Las respuestas de la ministra Lafuente a la interpelación

Si bien la ministra de Educación, Marta Lafuente, no acudió a la interpelación, preparó las respuestas a las 16 preguntas. Esta mañana el Senado define el voto censura en su contra y los alumnos de diversos colegios continúan exigiendo la renuncia de la secretaria de Estado.

Esta mañana la Cámara de Senadores definirán el voto censura en contra de la ministra de Educación, Marta Lafuente. Si bien esta herramienta no es vinculante, a través de la misma, se recomienda al presidente la remoción de la secretaria de Estado.

Paralelamente, los alumnos continúan la toma de colegios en varios puntos del país y no se moverán hasta que Lafuente salga del cargo.

Ante esta situación, la ministra pidió postergar la interpelación, no obstante, remitió las respuestas a las 16 preguntas y se transcriben a continuación:

1º ¿Cuáles son los criterios adoptados por el Ministerio de Educación y Cultura al momento de valorar las ofertas presentadas en sus procesos de contrataciones o licitaciones?

RESPUESTA: Los criterios de evaluación tenidos en cuenta por el Ministerio son los establecidos en la Ley 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y su Decreto ReglamentarioNro. 21.909/03,a los efectos de determinar si las ofertas se ajustan a los requisitos del pliego de bases y condiciones, para posteriormente pasar a verificar si cumplen con los criterios de adjudicación.

De esta manera, en cumplimiento de todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, se adjudica a la oferta evaluada que cumpla con las condiciones legales y técnicas estipuladas en el Pliego de Bases y Condiciones, tenga las calificaciones y la capacidad necesaria para ejecutar el contrato y que presente el precio más bajo…cualquiera sea la modalidad, por el total, por ítem o por lotes. Cuando en el Pliego de Bases y Condiciones, de una licitación, se establece que el sistema de adjudicación será por “LOTE”, se efectúa una comparación de todas las ofertas presentadas para ese lote específico y se adjudica a aquel que ofrece el precio global más bajo.

2º ¿Cómo establece el MEC los precios de referencias a ser utilizados como parámetros?

RESPUESTA:los precios referenciales, se establecen conforme a la naturaleza y/o complejidad de la contratación requerida por la institución, en primer lugar para determinar el procedimiento de contratación y afectación específica de los créditos presupuestarios, realizando una estimación del valor de los bienes y/o servicios a ser contratados en todas sus etapas.

A dicho efecto, se realiza un estudio de mercado para determinar los costos, no sólo del bien o servicio a contratar, sino también de aquellos que impactarán en el precio final de las ofertas a ser presentadas por las empresas y/o comercios del ramo, ciñéndonos a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley de Contrataciones Públicas, que establece que se deberán tener en cuenta: “…desde el momento de la convocatoria al procedimiento de adjudicación que corresponda, todas las formas de erogación, incluyendo el costo principal, el mantenimiento, las refacciones, los insumos para su operación, los fletes, los seguros, las comisiones, los costos financieros, los tributos, los derechos, las primas y cualquier otra suma que deba erogarse como consecuencia de la contratación”.

Así pues, a los efectos de realizar este estudio de mercado se solicita, como mínimo, el presupuesto de los bienes y/o servicios a contratar a tres casas de comercio del ramo, a fin de promediar el precio final del producto y/o servicio que se requiere.

Asimismo, se investigan los precios con que estos bienes o servicios requeridos son ofertados en páginas webs de casas de comercio, en catálogos, revistas y/o publicaciones especializadas sobre la materia a contratar.

3º¿Existe una instancia interna de control, responsable de supervisar las contrataciones del MEC?

RESPUESTA: Los procesos de contrataciones del MEC pasan por diversas instancias, desde las dependencias ministerialesen las que se originan las necesidades, hasta llegar a la adjudicación efectiva, en todas ellas son objeto de un riguroso control.De esta forma, cada dependencia originaria del objeto de las inversiones se responsabiliza de velar y llevar a cabo la prestación efectiva de los contratos con el acompañamiento simultaneo de la Dirección Administrativa y de la Jefatura de Contratos, para el fiel cumplimiento de las cláusulas contractuales estipuladas para el efecto, incluyendo las garantías documentales establecidas para todos los contratos públicos de la Cartera.

Además el Ministerio ha implementado una política institucional de transparencia en la gestión y poniendo a disposición de la ciudadanía en general, a través de su página WEB, todo lo relacionado a los recursos humanos, financieros, locales escolares, contrataciones, disposiciones administrativas, entre otros, como herramienta de control y rendición de cuentas permanente del uso de los recursos públicos.

No obstante, estos procesos de contrataciones también son auditados permanentemente por la Dirección General de Auditoría Interna, evaluando la gestión y elevando los informes a las instituciones control externopertinentes.

4º ¿Qué medidas adopta el MEC afin de garantizar los mejores precios y la utilización más eficiente de sus recursos presupuestarios?

RESPUESTA: A fin de obtener las mejores condiciones en cuanto a oportunidad, calidad y costo de las contrataciones, el MEC ajusta sus procesos de adquisición a los objetivos, metas y prioridades establecidas en la Agenda Estratégica ylos programas emblemáticos de la Institución.

A dicho efecto, las necesidades de la Institución son planificadas y consolidadas en el “Plan Anual de Contrataciones” (PAC), unificando aquellas adquisiciones que tienen las mismas características, en cuanto a requerimientos técnicos, plazos de ejecución y otros requisitos, ya sean bienes, servicios u obras.

Para ello, se tiene en cuenta las previsiones legales establecidas en la Ley del Presupuesto General de la Nación (PGN) y su decreto reglamentario, además de las disposiciones vigentes en la materia de “Contrataciones Públicas”. Igualmente desarrollando diversas acciones como elaboración de estudios, seguimiento de indicadores en materia de contrataciones públicas, capacitación a funcionarios y diseño de diversas estrategias de contratación.

Estamos convencidos que el cumplimiento irrestricto de la Ley es el único mecanismo posible para realizar correctamente las contrataciones.

5º ¿Mediante qué mecanismos la Ministra Supervisa y controla los Llamados a Contrataciones y Licitaciones?

RESPUESTA: Como se ha manifestado en la respuesta a la tercera pregunta, los procesos de contratación del MEC son objeto de un riguroso control por parte de todas las dependencias involucradas en dicho proceso. En cuanto a la participación de la Ministra en la supervisión del proceso, ésta consiste en la verificación del cumplimiento del mencionado proceso, en sus respectivas instancias.

Los mecanismos desupervisión inician ya en la planificación misma de las inversiones, dondecon el apoyo de los especialistas y los equipos técnicos,se establecenlos lineamientos de las metas en el tiempo para el logro de los objetivos. A partir de esto, las Unidades de Contrataciones del MEC llevan a cabo los procedimientos de contrataciones reglamentadospara cada tipo de adquisición, tanto de bienes, obras y servicios, siempre en estricta observancia de la Ley 2051/03, sus reglamentaciones y sus modificaciones.

6º¿Cuál es su posición con respecto al caso de conocimiento público relacionado al proceso de compra de bebidas y alimentos?

RESPUESTA: Debemos recordar que el llamado estaba destinado a contratar un SERVICIO cuyos componentesfueron estructurados en LOTES, así uno de ellos consistía en salones de eventos para 50 a 400 personas, dentro de un hotel de categoría 4 o 5 estrellas, ubicado en el micro-centro de Asunción, los que debían contar, como mínimo, con sistema de climatización, servicio de conexión a internet (WIFI), mesas con manteles y sillas, Micrófonos de mesa para participantes, Equipos de audio (Parlantes o bafles con pedestal) para disertantes, maestro de ceremonias, Proyector (tipo infocus) con pantalla gigante para proyección de Alta Definición, Notebook, Impresoras, traducción Simultánea Español-Inglés, Inglés-Español, Auriculares, trasmisor digital para 2 idiomas, Servicio de catering en el hotel, Servicios de mozo. Fueron recibidas 2(dos) ofertas.El montode la oferta 1fue de Gs.21.624.000 y de la oferta 2, de GS. 40.293.000. El servicio para este lotefue adjudicadoa la oferta 1

Para el otro lote, éste sservicio era el de catering en lugares indicados por la contratante. Ofertas recibidas 2(dos), montos de la oferta 1 Gs. 1.110.100 oferta 2 GS. 1.039.200 adjudicado a oferta 1, atendiendo a que en la evaluación de la oferta se observó que la oferta 2 no cumplía con el requerimiento de contar con Certificado de la INAN consistente en el registro de elaborador de alimentos.

Cabe destacar que la entrega de los servicios debía realizarse de acuerdo a las actividades a ser llevadas a cabodurante los años 2016 y 2017.

En el caso del lotecorrespondiente al serviciodentro del hotel era para la realización de los seminarios internacionales que reunirían a intelectuales, académicos, científicos y expertos del mundo, de un total de 20 (veinte países) y 10 (diez) lenguas diferentes.En el caso del otro lote (catering),era para provisión de los servicios en el lugar indicado por la institución, en distintas fechas,dentrodel casco urbano de la ciudad de Asunción y/o gran Asunción; y debían ser llevados a cabo por la empresa prestadora del servicio de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas.

Cabe resaltar, que se tomó la decisión de cancelar el llamado por indicación expresa del Señor Presidente de la República, a los efectos de someter la cuestión a todos los organismos de control para su análisis. La ley permite esta acción en cualquier momento, sin acarrearperjuicios patrimoniales para el Estado, por lo que, en cumplimiento de la política de transparencia promovida por el Gobierno Nacional a partir del momento mismo de la cancelación desde Ministerio de Educación y Cultura y por iniciativa propia se remitieron todos los antecedentes al Ministerio Público, Auditoria General del Poder Ejecutivo, Contraloría General de la República y al ente rector, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.

Es importante aclarar que no se suscribió contrato alguno, consecuentemente no se ha efectuado ningún tipo de pago, a lo que se suma también la cancelación de la Licitación.

7º ¿Existe algún antecedente de contratación similar “con esos precios y esos productos en la cartera bajo su responsabilidad?

RESPUESTA: Desde que se ha iniciado esta gestión no se han contratado otros servicios de organización de eventos y gastronomía para el Ministerio de Educación y Cultura, debido a que en reiteradas ocasiones los procesos iniciados debieron ser declarados desiertos, atendiendo a que las ofertas presentadas superaban la disponibilidad presupuestaria prevista. El Ministerio de Educación y Cultura actualmente no dispone de servicios de cafetería o catering ni para la Ministra, Viceministros o demás funcionarios. Ni siquiera para uso protocolar.

8º¿Cuál es el motivo de realizar reuniones de trabajos en hoteles de lujo?

RESPUESTA: Se consideró necesaria la contratación de dicho SERVICIO a los efectos de brindar el mejor trato posible a los intelectuales, académicos, científicos y expertos del mundo que vienen desinteresadamente a aportar sus conocimientos en los seminarios internacionales que se realizan en marco del Programa Pisa que está destinado a beneficiar a la educación paraguaya.

9° ¿Dispone el MEC de oficinas de reuniones propias donde se pueda realizar estas reuniones de trabajo de forma a reducir costos y ahorrar recursos?

RESPUESTA: El MEC dispone de un salón específicoque se encuentra en PRODEPA, que no reúne las condiciones necesarias de infraestructura para el desarrollo de eventosde la envergadura detallada en la respuesta a la pregunta anterior.

Sin embargo, también se encuentran calendarizadas actividades de este Programa en el salón mencionado, pero ya para la realización de las capacitaciones a los técnicos responsables de la aplicación de los instrumentos de evaluación y factores asociados (trabajo de campo) razón por la cual también se previóel servicio de catering.

10¿Se ha impulsado algún sumario o medidas tendientes a fin de evitar la reiteración de un caso similar?

RESPUESTA:

Hemos referido que no se suscribió contrato alguno, consecuentemente no se ha efectuado ningún tipo de pago, a lo que se suma también la cancelación de la Licitación.

No obstante, he procedido inmediatamente a instruir los sumarios administrativos correspondientes a los funcionarios que intervinieron en el llamado, también, se encuentra abierta una Investigación a toda la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP), al igual que se halla en proceso una auditoria a todos los llamados de los años 2015 y 2016, la cual incluye la ejecución de los contratos.

1.- Como explica la Ministra la diferencia entre las raciones a) Contratadas, b) Entregadas y c) Consumidas?

RESPUESTA: En el marco de la alimentación escolar con el nueva disposición normativase enfatiza el enfoque de derechos, se incorporan los alimentos frescos, se priorizan las compras de la agricultura familiar, se incorpora la participación de la familia y la comunidad y se promueve el monitoreo social, así como el trabajo interinstitucional e intersectorial.

Diferencia entre contratadas y entregadas

Como primera medida, esta administración ha realizado el llamado bajo la modalidad de contrato abierto, a diferencia de años anteriores, (posibilidad de ajustar cantidades, dentro de un mínimo y un máximo establecido), a diferencia de los llamados anteriores que eran decontratos cerrados, es decir, por cantidad fija.

La contratación del servicio se realiza a través de llamados plurianuales por imperio de la Ley de Presupuesto. Esto implica que los mismos se llevan a cabo sobre matrículas proyectadas

La modalidad utilizada es la de contrato abierto,esto permite ajustar las cantidades conforme a los datos reportados por los responsables de las instituciones educativas al inicio y durante el año escolar, a través de instrumentos elaborados para el efecto. Es decir, las ordenes de compras o servicios son emitidas según la matricula oficialmente informadas por las instituciones beneficiadas.

a) Diferencia entre entregadas y consumidas

La diferencia se da por múltiples motivos, como la migración de estudiantes de una institución a otra, ausencias por inundaciones, días de lluvia u otros motivos, alumnos que no almuerzan por decisión propia o de la familia, lo cual genera diferencias entre lo que efectivamente se consume y la cantidad de matriculados existentesen cada institución, también suelen incidir las jornadas sindicales y movilizaciones de docentes o alumnos. Las ordenes de servicio son ajustadas permanentemente conforme a las variaciones reportadas por los responsables de las instituciones educativas y del equipo de monitoreo.

Recordemos que se ajusta la cantidad hasta un día antes de la provisión de las raciones a ser llevadas al día siguiente para el consumo de los alumnos en las instituciones educativas.

b) Diferencia entre contratada y la consumida

Como se ha explicado, actualmente es un contrato abierto lo que permite ajustar las cantidades.

Acciones implementadas para garantizar el uso de los recursos: contrato abierto, incorporación de un sistema de monitoreo diario, instrumentos de recolección de datos de las instituciones educativas y actualmente en pleno desarrollo, el Registro Único del Estudiante, que dará mayor precisión a los datos necesarios para las contrataciones.

12. Cuáles son las causas o factores que influye en un sobrante importante de alimentos entregados y cuál es su destino?

RESPUESTA: Constantes variaciones de la matrícula, como ya se expresó en la respuesta anterior. A lo que se suma otro factor, la pérdida de la cultura alimentaria característica de nuestro país en el caso demuchos estudiantes, (un gran número de ellos se vuelcan a las comidas chatarra o fastfood) proveídas en las cantinas, razón por la cual, a partir de la Promulgación de la Ley de Alimentación escolar y Control Sanitario en junio del 2014, se inició la instalación de la Educación Alimentaria y Nutricional en el proceso de enseñanza – aprendizaje, pero su práctica se encuentra todavía en una etapainsipiente,atendiendo a la promulgación a la Ley.

Cabe destacar que los alimentos proporcionados a los estudiantes son saludables en los cuales se respeta la combinación de ellos, según los grupos establecidos en las guías alimentarias del Paraguay, además de los requerimientos nutricionales para el grupo etareo.

13. En referencia a que existe una sobre estimación de la cantidad de potenciales consumidores (estudiantes), cuál es el sistema utilizado para esa situación.

La modalidad del contrato abierto utilizado actualmente, en la ejecución de la provisión del almuerzo escolar en la Capital, nos permite el ajuste de matrícula diariamente,de conformidad a los informes proveídos por las Instituciones Educativas beneficiarias. Además, las contrataciones se realizan sobre la cantidad de alumnos matriculados al tiempo del llamado.

14. En referencia a que el almuerzo escolar no es consumido únicamente por el estudiantes, en contravención a lo dispuesto en la Ley N° 5210/2014 “De Alimentación Escolar”, cómo explica la Ministra, que docentes, funcionarios administrativos, padres y terceros, están consumiendo la Alimentación Escolar.

Continuamente se busca monitorear todas las instituciones que reciben el servicio,apelando mucho a la conciencia de los directores, los docentes y los padres, a los efectos de evitar ese tipo de situaciones; por lo que constantemente, en atención a la calidad de contrato abierto que se tiene, se pone énfasis en el ajuste de cantidades a lo estrictamente necesario.

De tener denuncias vinculadas al consumo por terceras personas, inmediatamente se envía un equipo interdisciplinario para verificar la denuncia y recolectar datos, al tiempo de abrir las investigaciones para el deslinde de responsabilidades.p

15.- Diga la interpelada: Cuáles fueron los motivos que justificaron los despidos de varios docentes de larga trayectoria sindical, con motivo de la huelga realizada en el 2013. Citamos algunos de ellos:

Carlos Antonio Parodi

Víctor Antonio Sanguina Martínez

Aldo Isidro Gray Pereira

Mario Villamayor Torres

Blanca Ávalos.

RESPUESTA: Si bien es cierto que estas personas han sido sancionadas administrativamente con la medida disciplinaria de la destitución, luego de haberse instruido los sumarios administrativos correspondientes, hay que precisar que no todas ellas fueron destituidas por el mismo motivo.

Es así que, de entre las personas nombradas, solo el señor Carlos Parodi ha sido destituido como consecuencia de la huelga declarada ilegal, llevada adelante durante el año 2013, por lo que se expondrá cada caso para despejar las imprecisiones:

CARLOS ANTONIO PARODI

Participó como Presidente de la Asamblea en la oportunidad en que se decidió adoptar la medida de fuerza llevada a cabo en los meses de julio y agosto de 2013, siendo parte a su vez de la Comisión de Huelga. Esta huelga llevada adelante por la Federación de Educadores del Paraguay (FEP); fue declarada ilegal por la Justicia Ordinaria, por no cumplir con los requisitos formales para su realización; además, por haber afectado a más de 800.000 niños, a quienes se les dejó de proveer el servicio educativo, perjudicando al mismo tiempo a otros miles que fueron privados de la alimentación escolar diaria que recibían.En consecuencia, previo procedimiento de sumario administrativo, donde se respetaron todas las garantías procesales, el Juzgado de Instrucción resolvió aplicar la sanción disciplinaria de la destitución, establecida en el Art. 49 inc. c) de la Ley Nro. 1725/01 “Que Establece el Estatuto del Educador”

En la actualidad este caso está siendo objeto de un proceso judicial ante el Tribunal de Cuentas.

BLANCA ÁVALOS BARRIOS

Con relación a la misma, se instruyó el sumario administrativo como consecuencia de la acumulación de Ausencias injustificadas y la Asistencia irregular en las que incurrió en la Esc. Básica Nº 7.332 “San Pedro” de Ypané, Dpto. Central y en el Centro Nº 81 “Ntra. Sra. de la Asunción”, Capital.

No cumplió funciones en institución educativa alguna u otra dependencia del MEC, desde inicios del año 2014 hasta el mes de agosto de 2014 (7 meses aproximadamente), percibiendo su salario sin demostrar contraprestación laboral para con el Estado Paraguayo.

Desde finales del mes de agosto del año 2014, hasta finales del mes de noviembre del mismo año asistió irregularmente a su lugar de trabajo, en la Esc. Bás. Nº 7.332 “San Pedro” de Ypané;

Durante los meses de febrero a mayo del año 2015,ha asistido impuntualmente a su lugar de trabajo, en el Centro Nº 81 “Ntra. Sra. de la Asunción” de la Capital, no firmó la hora de entrada y en otros casos la salida;

En consecuencia,el Juzgado Administrativo, luego del procedimiento sumarial en el que se observaron todas las garantías procesales vigentes, determinó que la Profesora Blanca Avalos Barrios incurrió en las faltas previstas en la Ley Nº 1725/01 “Que establece elEstatuto del Educador” Art. 52 incisos: “a) ausencia injustificada por más de dos días en forma consecutiva o tres alternada en el transcurso de un mes;b) abandono del cargo; (conforme al Decreto 468/2003 “Por el cual se reglamenta la aplicación de la Ley Nro. 1725/01 “Estatuto del Educador”; Art. 45. Se entenderá por abandono del cargo la ausencia injustificada de tres (3) días consecutivos y cinco (5) alternados en el añopor parte del educador…”), incurriendo al mismo tiempo en, lo establecido en el mismo Art. 52, incisos c)incumplimiento de las disposiciones emanadas de la superioridady e) reiteración o reincidencia en las causales pasibles de penas de primer grado”.

Resolviendo el Juzgado de Instrucción aplicar la sanción disciplinaria de la destitución, establecida en el Art. 49 inc. c) de la Ley Nro. 1725/01 “Que Establece el Estatuto del Educador”

En la actualidad este caso está siendo objeto de un proceso judicial ante el Tribunal de Cuentas.

Con relación a los señores Víctor Antonio Sanguina Martínez, Aldo Isidro Gray Pereira y Mario Villamayor Torres, expresamos cuanto sigue:

• Los señores Víctor Antonio Sanguina, Aldo Gray y Mario Villamayor: accedieron a la suspensión condicional del procedimiento en un proceso penal que se les sigue, expediente Nro. 0012-02-02-0002-2013-1618, caratulado: “VÍCTOR ANTONIO SANGUINA MARTÍNEZ Y OTROS S/ PERTURBACIÓN DE LA PAZ PÚBLICA Y AMENAZA DE HECHOS PUNIBLES EN LA COLONIA YAGUARETÉ FOREST – SANTA ROSA DEL AGUARAY”, tramitado por ante el Juzgado Penal de Garantías de Santa Rosa, Circunscripción Judicial de San Pedro.

La medida judicial de Suspensión Condicional del Procedimiento,al tener entre sus requisitos imprescindibles para su otorgamiento la admisión de los hechos punibles que se les atribuyen y la reparación del daño causado, obligan a la administración a tomar las medidas correspondientes, consistentes en la aplicación del régimen disciplinario establecido en la Ley 1725/01, previo sumario administrativo, en el que se considera lo siguiente:

La Ley Nº 1264/98 “General de Educación”, que en su Art. 136 prevé que son deberes de los profesionales de la Educación, inc. b) respetar la dignidad y la libertad de los alumnos y de los demás miembros de la comunidad educativa, en el marco de la convivencia. Asimismo, la Ley 1725/01 “Estatuto del Educador” establece en su Art. 5.- El ejercicio de la profesión de educador estará a cargo de personas de reconocida honorabilidad y buena conducta en la comunidad educativa e idoneidad comprobada en la materia.Igualmente, el Art.- 41 dispone en su inc. f) Observar dentro y fuera de la institución una conducta ética y democrática;

Normas vigentes que no fueron observadas por las referidas personas, quienes de esta forma incurrieron en la falta establecida en el Art. 52, inc. c) incumplimiento de las disposiciones emanadas de la superioridad, aplicándoseles la sanción disciplinaria de la destitución, en atención a que con sus conductas han quebrantado disposiciones prescriptas para el ejercicio de la función docente, considerando que la tarea fundamental del Ministerio de Educación y Cultura es la de brindar y garantizar una educación plena, integral y de calidad a los niños y adolescentes, basada en la garantía Constitucional de prevalencia de sus derechos.

16.- Diga la interpelada: Cuáles han sido los argumentos que justifican la suspensión del subsidio para las Escuelas Agrícolas Subvencionadas, del sector privado, que se ha dado durante el ejercicio presupuestario 2016?

El Ministerio de Educación y Cultura no administra los referidos recursos, es decir, los mismos nunca formaron parte del presupuesto de la Cartera de Estado, por lo que el MEC no ha proveído ni suspendido el subsidio para las Escuelas Agrícolas Subvencionadas.

Dinavisa clausura laboratorio por vender productos sin registro sanitario

La Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria emitió una alerta sanitaria ante la circulación y venta de medicamentos ilegítimos fabricados por Laboratorio del Águila. Instan a prestar atención a al número de registro sanitario a la hora de adquirir algún insumo médico.

Una larga lista de medicamentos aparecen como comercializados y Dinavisa llegó hasta el supuesto laboratorio donde constataron que no estaba habilitado y no cumplía con las normas mínimas.

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El titular de Dinavisa, Dr. César Cristaldo, indicó a la radio 650 AM que todos los medicamentos fueron retirados y el laboratorio clausurado. La situación fue comunicada al Ministerio Público.

Recordó que hay riesgos graves si se adquieren o utilizan productos no registrados ante la autoridad sanitaria, que se manipulan en establecimientos no habilitados, en condiciones que no cumplen con las normativas vigentes

Los medicamentos adquiridos deben contar el número de registro sanitario, expedido por Dinavisa, dato del lote de fabricación, vencimiento, responsable técnico, reacciones adversas, indicaciones, advertencias, posología.



Presentan denuncia contra expresidente del IPS por estafa

El extitular del Instituto de Previsión Social (IPS), Andrés Gubetich, fue denunciado penalmente por los supuestos hechos de estafa agravada y lavado de activos.

La denuncia refiere que Andrés Gubetich firmó contratos de compraventa sobre 4 inmuebles comprometiéndose a transferirlos libre de gravámenes al denunciante, Eustacio Rojas.

Sin embargo, uno de los inmuebles estaba hipotecado, otro tenía un usufructo vitalicio, otro ya estaba transferido a un tercero y el último también terminó escriturado a un tercero.

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El abogado José Fernández Zacur, explicó a Universo 970 AM de Nación Media, que en todos los casos recibió entregas dinerarias y pagarés o cheques que descontó dejando al comprador con las deudas.

Al respecto de la participación de su esposa, María Rosa Araujo, el abogado explicó que los bienes eran gananciales al momento de las “ventas” y la mujer omitió suscribir los contratos frustrando cualquier reclamación civil por cumplimiento contractual.

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Asimismo, el abogado enfatizó que el matrimonio Gubetich - Araujo utilizó al sistema financiero para descontar varios de los títulos de crédito provenientes de la estafa. El perjuicio asciende a cerca de U$s. 2.400.000.

Arancel Cero: crean cuenta exclusiva en el BCP y fijan diálogo con estudiantes

Una cuenta independiente tendrá a partir de ahora el programa Arancel Cero de manera a garantizar la disponibilidad de los fondos. La misma fue creada por el Gobierno en el Banco Central del Paraguay (BCP) con USD 14,7 millones para su ejecución durante este año. Además, convocan a una mesa de diálogo con estudiantes en paro de manera a disipar dudas,

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) anunció que, con la creación de esta cuenta, los recursos estarán disponibles y blindados durante todo el 2024.

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Para este año, ya se depositó en la misma 14,7 millones de dólares pertenecientes al saldo actual. Cada año se realizarán los depósitos correspondientes.

“Esta medida asegura que las universidades públicas contarán con los recursos necesarios de manera inmediata y garantizada en la cuenta mencionada, para la ejecución total del Arancel cero, beneficiando a estudiantes y familias de todo el país”, expresa parte del comunicado del MEF.

El lunes pasado, el presidente de la República, Santiago Peña, firmó el documento que reglamenta la gratuidad universitaria y prometió que el Arancel Cero no se verá afectado durante su gobierno.

El Gobierno ya había anunciado que el programa estaba completamente garantizado con la ley modificada en la Cámara de Diputados y promulgada por el Ejecutivo. Ahora, aseguran que el blindaje se refuerza todavía más al crear una cuenta única y exclusiva para el dinero del Arancel Cero.

Esto ocurre al mismo tiempo que representantes del Gobierno y autoridades de las universidades públicas convocan a una mesa de diálogo con los estudiantes en paro para este viernes. Buscan disipar dudas y hablar sobre el aseguramiento del arancel cero y proyectos previamente financiados por el Fonacide.

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