La justicia europea mantuvo firme multimillonaria multa de la UE a Google

El Tribunal General de la Unión Europea mantuvo firme este miércoles una multa superior a 2.400 millones de euros (unos 2.800 millones de dólares) al gigante tecnológico Google por abuso de posición dominante en sus servicios de comparación de precios en línea.

Ese tribunal rechazó una apelación presentada por Google a la sanción que le había sido aplicada por la autoridad antimonopolio de la Comisión Europea en 2017, y que en su momento constituía un monto sin precedentes en el bloque.

El caso estaba centrado en el mecanismo de comparación de precios de Google, en el que favorecía su propia herramienta -Google Shopping- sobre otras firmas en la presentación de los resultados, violando de esa forma la normativa europea sobre competencia.

Así, el Tribunal General reconoció la “naturaleza anticompetitiva” de esa práctica, consideró que produjo “efectos dañinos” en el mercado y rechazó los argumentos de Google para justificar su conducta.

Por eso, el Tribunal “concluye su análisis considerando que el valor de la multa pecuniaria impuesta a Google debe ser confirmada”, Dijo la institución en un comunicado.

La apelación a la multa había sido presentada por Google y una empresa asociada, Alphabet.

Sin dejar dudas, el Tribunal informó que descartó “la mayor parte de la acción presentada por las dos empresas, y mantiene la multa impuesta por la Comisión (Europea)”.

Por su parte, un portavoz de la división europea de Google apuntó en un escueto comunicado que “revisaría cuidadosamente” el fallo de este miércoles.

La firma recordó que había introducido cambios al mecanismo de comparación de precios “en 2017 para cumplir con la decisión de la Comisión Europea. Nuestro abordaje ha funcionado exitosamente por más de tres años”.

Ante esta determinación, Google tiene ahora por delante únicamente una apelación a la máxima corte europea, el Tribunal de Justicia de la UE, también con sede en Luxemburgo.

Para la Comisión Europea, el veredicto “es un mensaje claro que la conducta de Google fue ilegal, y proporciona necesaria claridad legal al mercado”.

La Comisión “seguirá utilizando todas las herramientas a su disposición para abordar el papel de las grandes plataformas digitales”, agregó en una nota.
La red Organización Europea de Consumidores (BEUC, por sus siglas en francés) saludó la decisión del Tribunal General de la UE.

– Importante victoria para Bruselas –

Monique Govons, directora de la entidad, apuntó que “las prácticas engañosas e injustas de Google perjudicaron a millones de consumidores europeos al garantizar que los servicios de comparación de precios de los rivales sean prácticamente invisibles”.

Esta investigación había sido abierta en 2010 ante denuncias presentadas por empresas que se enviaron perjudicadas por Google Shopping, como TripAdvisor o la firma francesa Twenga.

Al ser anunciada, esta multa era la más grande de la historia de la UE aunque en 2018 quedó pulverizada por otra sanción a Google por 4.300 millones de euros, por su control sobre el uso del sistema operativo Android, para teléfonos móviles.

Además en 2019 la UE sancionó a Google con una multa por 1.500 millones de euros por prácticas anticompetitivas de su red publicitaria AdSense.

Esta batalla jurídica entre la Comisión Europea y Google es apenas un capítulo en los empeños de Bruselas contra los gigantes digitales y sus prácticas comerciales e impositivas.

La responsable antimonopolio de la UE, Margrethe Vestager, ya había llevado a los tribunales a Apple, a quien le exigía que pague 13.000 millones de euros a los contribuyentes de Irlanda, pero el caso fue derrotado en la justicia.

En tanto, en esta misma jornada Google consiguió una victoria en la justicia británica, que descartó una querella colectiva que la acusaba d utilizar ilegalmente datos personales en teléfonos iPhone.

La Comisión Europea impulsa una ambiciosa nueva legislación para controlar la actuación de los gigantes digitales en el bloque, mediante dos leyes paralelas cuya aprobación negocia con el Parlamento Europeo.

Se trata de una Ley de Servicios Digitales y otra sobre Mercados digitales, que impone límites estrictos a la operación de gigantes como los llamados GAFAM (Google, Apple, Facebook, Amazon y Microsoft).

Mujer deberá indemnizar a su exesposo con casi 13 millones de pesos tras escracharlo en redes

Según el fallo que trató las injurias, la denunciada contaba con diferentes perfiles falsos desde donde gestionaba los agravios. Su defensora brindó otra versión de los hechos

Una mujer deberá indemnizar a su ex marido con casi 13 millones de pesos por realizar escraches virtuales en su contra. Así resolvió la Justicia de Control y Garantías de La Banda, Santiago del Estero, en el marco de una audiencia para analizar el delito de injurias concretado a través de publicaciones en redes sociales.

El proceso judicial que culminó con una sentencia indemnizatoria del juez Pedro Carlos Juri por una suma de 12.800.000 de pesos duró tres años y dio cuenta de que la demandada hostigaba a su ex pareja por medio de distintos perfiles falsos que utilizaba para agraviarlo en las redes.

“Este es un fallo ejemplar, que sienta precedentes en la Justicia de Santiago del Estero”, declaró a Noticiero 7 el abogado querellante Rolando Gómez Vélez, quien agregó: “Esto ha sido una odisea judicial”.

Al respecto, el abogado que representó al particular damnificado comentó que el trámite en la Justicia tuvo su inicio antes de la pandemia en virtud de “una mujer” que, “no contenta con la separación de su pareja, comenzó a escracharlo mediante numerosas publicaciones en redes sociales”.

“Él -relato Gómez Vélez-, cansado de estos escraches, se contactó conmigo con el objetivo de frenar este tipo de publicaciones que lo injuriaban. Entonces le enviamos una carta documento para intimarla al cese de las publicaciones, bajo el apercibimiento de iniciar las acciones penales y civiles. Ella no contestó la carta documento y dio pie a realizar la denuncia por calumnias e injurias.

Las injurias se inscriben dentro de los delitos que protegen el honor y están previstas en el artículo 110 del Código Penal de la Nación. Esta cláusula, en rigor, sanciona con una multa al que “intencionalmente deshonrare o desacreditare a una persona física”.

Tras la apertura del expediente, según detalló el abogado, el Ministerio Público Fiscal de La Banda dispuso el secuestro y requisa del celular de la mujer demandada. En esa diligencia se constató que ella, en efecto, era la titular de las cuentas desde donde se efectuaban los posteos. “Con eso, más las capturas de pantallas que tenía mi cliente de esas publicaciones, se pudo comprobar la culpabilidad”, explicó.

En ese contexto, el abogado querellante precisó que su cliente se dedicaba al comercio y que los comentarios en internet de su exesposa le habían generado una “notable disminución en su cartera de clientes”. Por esa razón, abundó, “pedimos ante el juez el resarcimiento por los daños y perjuicios y el cese de las publicaciones”.

Luego agregó: “El juez no puede obligar a alguien a no hacer esto si la persona no quiere. Pero sí puede obligarla a pagar la indemnización en concepto de daño moral causado al honor, el buen nombre y la dignidad de mi cliente, entendido esto como un derecho personalísimo de raíz constitucional, que debe tener efectivamente una tutela procesal efectiva”.

Y concluyó: “Al juez no le ha quedado otra opción que fallar a favor de mi cliente. Más allá de que las injurias hayan sido verdaderas o falsas, lo que hacen es menoscabar el honor, independientemente de qué es a lo que se esté refiriendo”.

Por otro lado, en diálogo con El Liberal, la abogada defensora de la mujer demandada, Elizabeth Maldonado, contó su versión de los hechos, atravesados, según dijo, por una “violencia de género, tanto económica, física, y psicológica por años” de parte de su ex marido para con ella. Los ex esposos tienen tres hijos en común y el hombre cuenta con una medida de prohibición de acercamiento hacia su exesposa.

En la versión de la abogada, el conflicto judicial se originó a través de una demanda de alimentos en contra del hombre, que “siempre fue renuente a pagar y por ello se lo condenó a multas diarias, por burlarse con pagos irrisorios, a los fines de burlarse de mi clienta y de lo que ordenaba la jueza de familia”.

Bajo esos términos, para la letrada el padre de los tres chicos “nunca demostró hasta la fecha reales ingresos de su supuesta empresa, porque nunca mostró de qué trabaja o cuáles son sus ingresos reales”. A su vez, sobre las publicaciones en las redes sociales la defensora explicó que el hombre “denunció como injurias un reclamo por ser deudor, y la supuesta pérdida de clientes de una empresa que nunca se llegó a probar sus libros contables, y balances hasta el día de hoy, por el cual la jueza de Familia lo volvió a condenar a una multa diaria (...)”.

Además, entre otros asuntos, explicó al diario santiagueño que la indemnización “no está firme” debido al recurso de apelación que presentó ante la alzada. Consideró también que “esta sentencia además de ser un retroceso, viola los tratados internacionales incorporados en la Constitución Nacional, en especial con relación a la perspectiva de género la ley que ampara en la Argentina establece un principio en el Art. 7 inc. c, el principio de transversalidad que toda norma se debe aplicar teniendo en cuenta la perspectiva de género”.

La abogada intimó al letrado Gómez Vélez para que se retracte por “su violencia mediática en los medios de prensa”, ya que, según consignó, “es falso que se le secuestró el celular” en la causa. Luego concluyó: “El pedido del pago de la cuota alimentaria a un deudor moroso no debe ser respondido como una despechada, muy sexista y con un estereotipo machista que la ley de protección integral desea erradicar, como las políticas públicas del Estado”.


Denuncian el ‘robo’ de los genitales de 7 hombres con un acto de brujería

Un sospechoso confesó haber empleado poderes sobrenaturales conocidos como 'juju' en Ghana para robar su último 'trofeo' a un joven tras un contacto físico no especificado.

Siete residentes de la ciudad de Kasoa, en Ghana, perdieron sus miembros viriles en una sola semana en circunstancias inexplicables: todos denunciaron que sus genitales se desvanecieron tras un supuesto hechizo después de un contacto físico con desconocidos, sin ofrecer más detalles sobre el encuentro.

A juzgar por los relatos, las víctimas no fueron castradas a machetazos y tampoco parece que sufrieron agresiones físicas en el momento del ‘robo’ de sus penes. El último caso ocurrió este lunes, y el sospechoso confesó ante la Policía local haber empleado poderes sobrenaturales conocidos como ‘juju’ para obtener el ‘trofeo’.

La última víctima, un joven que vendía zapatos en la ciudad, se quedó sin pene durante el encuentro con dos desconocidos que afirmaron ser de Níger y expresaron interés por su mercancía, pidiendole asistencia ante aparentes problemas con el idioma local, recoge Pulse.

Según el reporte, en el proceso, uno de los desconocidos se acercó al vendedor y tras un contacto físico no especificado le provocó un ‘shock’ repentino que recorrió todo su cuerpo y la sensación de una extraña pesadez en la zona genital.

El joven ghanés se dio cuenta de que su miembro viril había desaparecido y entró en pánico en un frenesí de gritos y exigencias para que le devolvieran su pene. Los residentes locales acudieron en ayuda y capturaron al misterioso ‘cliente’, llevándolo a la comisaría. Durante el interrogatorio, el sospechoso afirmó haber empleado magia ‘juju’ para robar los genitales al vendedor.

Los intentos del ‘brujo’ de revertir su hechizo y devolver el órgano fueron infructíferos. El medio local asegura que víctimas anteriores de este tipo de brujería tuvieron más suerte. Sin embargo, aunque lograron recuperar sus genitales, no lograron tener erecciones.

Colombia rompe relaciones con Argentina, tras expresiones de Milei

Las agresivas expresiones del presidente argentino Javier Milei contra su par colombiano Gustavo Petro, determinó el rompimiento de relaciones entre los dos países.


El Gobierno de Colombia resolvió la expulsión de todo el cuerpo diplomático de Argentina en su país, tras las declaraciones que el presidente Milei hizo en contra del mandatario colombiano, Gustavo Petro, a quien en una entrevista con CNN llamó “asesino terrorista”.

“Las expresiones del presidente argentino han deteriorado la confianza de nuestra nación, además de ofender la dignidad del presidente Petro, quien fue elegido de manera democrática”, dijo el Gobierno de Colombia en un comunicado.

Las decisión de Colombia se produce luego de que en conversación con Andrés Oppenheimer, Milei dijera, en referencia al pasado guerrillero de Petro, que “mucho no se puede esperar de alguien que era un asesino terrorista”.

De acuerdo a la Cancillería de Colombia, el alcance de la expulsión “se comunicará a la embajada argentina por los canales institucionales diplomáticos”.

CNN solicitó a la Cancillería de Argentina comentarios sobre esta decisión y está en espera de respuesta.

Antes de conocerse la decisión, el embajador de Colombia en Argentina, Camilo Romero, anticipó en su cuenta de X que el Gobierno colombiano “está explorando todas las medidas” para responder a las declaraciones de Milei en contra de Petro. “Pronto se anunciarán decisiones”, señaló.

Fuente: CNN / Agencias