Transexualidad ya no es enfermedad mental y abuso de videojuegos es un desorden

Ginebra - La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha excluido la transexualidad como una enfermedad mental y ha incorporado el uso abusivo de los videojuegos como un desorden de comportamiento en la primera actualización de su Clasificación Internacional de Enfermedades en casi tres décadas publicada hoy.

Tras once años de trabajos, la OMS ha decidido que la transexualidad, que es un desorden de la identidad de género, salga del apartado de enfermedades mentales -algo que llevaban años reclamando las asociaciones LGTBI-, y entre en el de los comportamientos sexuales.

Se mantiene de esta forma dentro de la clasificación para que cuando una persona busque ayuda médica la obtenga ya que en muchos países, si la diagnosis no está incluida en la lista, el sistema sanitario público o privado no reembolsa el tratamiento.

“Queremos que las personas que padecen estas condiciones puedan obtener la ayuda sanitaria cuando la necesiten”, explicó en rueda de prensa el director del departamento de Salud Mental y Abuso de Substancias de la OMS, Shekhar Saxena.

Pero deja de ser considerada una enfermedad mental “porque no hay evidencias de que una persona con un desorden de identidad de género deba tener automáticamente al mismo tiempo un desorden mental, aunque suceda muy a menudo que vaya acompañado de ansiedad o depresión”.

Además, “si a las personas con un desorden de identidad de género se las identifica automáticamente como alguien con un desorden mental, en muchos países se les estigmatiza y puede que se les reduzca las oportunidades de buscar ayuda”.

Otra de las modificaciones más llamativas de la clasificación es la inclusión de los videojuegos en un nuevo desorden, el del “juego” pernicioso, que se incorpora a la misma lista donde también está la acción dañina de apostar.

“Incluimos el desorden de jugar de forma adictiva tras analizar las pocas evidencias que tenemos y tras escuchar a un Comité Científico que sugirió que este nuevo fenómeno se incluyera como una enfermedad que puede y debe ser tratada”, resaltó Saxena.

Precisamente, esta falta de datos empíricos es una de las razones para incluir este desorden en la lista, porque las informaciones que se han analizado apuntan hacia una dirección, pero la OMS quiere cerciorarse y valorar su alcance real.

De hecho, la OMS estima que entre un 2 y un 3 por ciento de los que juegan a videojuegos tienen un comportamiento abusivo y pernicioso, pero quieren tener certeza científica.

Asimismo, el hecho de que este desorden esté incluido en la lista de enfermedades permite a las personas que lo padecen contar con ayuda de forma oficial, dado que el sistema lo reconoce como una dolencia, por lo que está cubierto por los sistemas públicos de salud y por los seguros.

Saxena especificó que el hecho de jugar a un videojuego no es nocivo por si mismo, igual que no lo es ingerir alcohol, algo que hace regularmente el 40 por ciento da la población mundial o entre un 70 y 80 por ciento de los europeos.

El problema es cuando el consumo es abusivo y cambia el comportamiento de la persona que lo ejerce, por eso se ha incluido en el apartado de uso de sustancias perniciosas y otros comportamientos adictivos.

“Si el niño, adolescente o adulto que juega lo hace sin parar y deja de salir con sus amigos, deja de hacer actividades con sus padres, se aisla, no estudia, no duerme y solo quiere jugar, eso son signos de alerta de que podría tener un comportamiento adictivo y que tiene que buscar ayuda”, señaló Saxena.

“Si encima hay incentivos como dinero cuando se juegan con otras personas, eso incrementa el comportamiento adictivo y por lo tanto, el desorden”, agregó.

La Clasificación Internacional de Enfermedades es una codificación estandarizada de todas las dolencias, desórdenes, condiciones y causas de muerte que sirve para que los países obtengan datos estadísticos y epidemiológicos sobre su situación sanitaria y puedan planear programas y recursos en consecuencia.

La última revisión de esta norma se hizo hace 28 años, y durante 11 años se ha analizado la información científica más reciente para crear un nuevo estándar que está disponible para ser usado por el personal médico del mundo entero, aunque los Estados tienen tiempo para adaptarse hasta el 1 de enero de 2022.

Este proceso ha servido para actualizar una clasificación que en muchos casos estaba desfasada, no reflejaba la realidad o no incluía comportamientos que ahora se consideran enfermedades o desórdenes.

La clasificación incluye 55.000 códigos distintos.

Mujer deberá indemnizar a su exesposo con casi 13 millones de pesos tras escracharlo en redes

Según el fallo que trató las injurias, la denunciada contaba con diferentes perfiles falsos desde donde gestionaba los agravios. Su defensora brindó otra versión de los hechos

Una mujer deberá indemnizar a su ex marido con casi 13 millones de pesos por realizar escraches virtuales en su contra. Así resolvió la Justicia de Control y Garantías de La Banda, Santiago del Estero, en el marco de una audiencia para analizar el delito de injurias concretado a través de publicaciones en redes sociales.

El proceso judicial que culminó con una sentencia indemnizatoria del juez Pedro Carlos Juri por una suma de 12.800.000 de pesos duró tres años y dio cuenta de que la demandada hostigaba a su ex pareja por medio de distintos perfiles falsos que utilizaba para agraviarlo en las redes.

“Este es un fallo ejemplar, que sienta precedentes en la Justicia de Santiago del Estero”, declaró a Noticiero 7 el abogado querellante Rolando Gómez Vélez, quien agregó: “Esto ha sido una odisea judicial”.

Al respecto, el abogado que representó al particular damnificado comentó que el trámite en la Justicia tuvo su inicio antes de la pandemia en virtud de “una mujer” que, “no contenta con la separación de su pareja, comenzó a escracharlo mediante numerosas publicaciones en redes sociales”.

“Él -relato Gómez Vélez-, cansado de estos escraches, se contactó conmigo con el objetivo de frenar este tipo de publicaciones que lo injuriaban. Entonces le enviamos una carta documento para intimarla al cese de las publicaciones, bajo el apercibimiento de iniciar las acciones penales y civiles. Ella no contestó la carta documento y dio pie a realizar la denuncia por calumnias e injurias.

Las injurias se inscriben dentro de los delitos que protegen el honor y están previstas en el artículo 110 del Código Penal de la Nación. Esta cláusula, en rigor, sanciona con una multa al que “intencionalmente deshonrare o desacreditare a una persona física”.

Tras la apertura del expediente, según detalló el abogado, el Ministerio Público Fiscal de La Banda dispuso el secuestro y requisa del celular de la mujer demandada. En esa diligencia se constató que ella, en efecto, era la titular de las cuentas desde donde se efectuaban los posteos. “Con eso, más las capturas de pantallas que tenía mi cliente de esas publicaciones, se pudo comprobar la culpabilidad”, explicó.

En ese contexto, el abogado querellante precisó que su cliente se dedicaba al comercio y que los comentarios en internet de su exesposa le habían generado una “notable disminución en su cartera de clientes”. Por esa razón, abundó, “pedimos ante el juez el resarcimiento por los daños y perjuicios y el cese de las publicaciones”.

Luego agregó: “El juez no puede obligar a alguien a no hacer esto si la persona no quiere. Pero sí puede obligarla a pagar la indemnización en concepto de daño moral causado al honor, el buen nombre y la dignidad de mi cliente, entendido esto como un derecho personalísimo de raíz constitucional, que debe tener efectivamente una tutela procesal efectiva”.

Y concluyó: “Al juez no le ha quedado otra opción que fallar a favor de mi cliente. Más allá de que las injurias hayan sido verdaderas o falsas, lo que hacen es menoscabar el honor, independientemente de qué es a lo que se esté refiriendo”.

Por otro lado, en diálogo con El Liberal, la abogada defensora de la mujer demandada, Elizabeth Maldonado, contó su versión de los hechos, atravesados, según dijo, por una “violencia de género, tanto económica, física, y psicológica por años” de parte de su ex marido para con ella. Los ex esposos tienen tres hijos en común y el hombre cuenta con una medida de prohibición de acercamiento hacia su exesposa.

En la versión de la abogada, el conflicto judicial se originó a través de una demanda de alimentos en contra del hombre, que “siempre fue renuente a pagar y por ello se lo condenó a multas diarias, por burlarse con pagos irrisorios, a los fines de burlarse de mi clienta y de lo que ordenaba la jueza de familia”.

Bajo esos términos, para la letrada el padre de los tres chicos “nunca demostró hasta la fecha reales ingresos de su supuesta empresa, porque nunca mostró de qué trabaja o cuáles son sus ingresos reales”. A su vez, sobre las publicaciones en las redes sociales la defensora explicó que el hombre “denunció como injurias un reclamo por ser deudor, y la supuesta pérdida de clientes de una empresa que nunca se llegó a probar sus libros contables, y balances hasta el día de hoy, por el cual la jueza de Familia lo volvió a condenar a una multa diaria (...)”.

Además, entre otros asuntos, explicó al diario santiagueño que la indemnización “no está firme” debido al recurso de apelación que presentó ante la alzada. Consideró también que “esta sentencia además de ser un retroceso, viola los tratados internacionales incorporados en la Constitución Nacional, en especial con relación a la perspectiva de género la ley que ampara en la Argentina establece un principio en el Art. 7 inc. c, el principio de transversalidad que toda norma se debe aplicar teniendo en cuenta la perspectiva de género”.

La abogada intimó al letrado Gómez Vélez para que se retracte por “su violencia mediática en los medios de prensa”, ya que, según consignó, “es falso que se le secuestró el celular” en la causa. Luego concluyó: “El pedido del pago de la cuota alimentaria a un deudor moroso no debe ser respondido como una despechada, muy sexista y con un estereotipo machista que la ley de protección integral desea erradicar, como las políticas públicas del Estado”.


Denuncian el ‘robo’ de los genitales de 7 hombres con un acto de brujería

Un sospechoso confesó haber empleado poderes sobrenaturales conocidos como 'juju' en Ghana para robar su último 'trofeo' a un joven tras un contacto físico no especificado.

Siete residentes de la ciudad de Kasoa, en Ghana, perdieron sus miembros viriles en una sola semana en circunstancias inexplicables: todos denunciaron que sus genitales se desvanecieron tras un supuesto hechizo después de un contacto físico con desconocidos, sin ofrecer más detalles sobre el encuentro.

A juzgar por los relatos, las víctimas no fueron castradas a machetazos y tampoco parece que sufrieron agresiones físicas en el momento del ‘robo’ de sus penes. El último caso ocurrió este lunes, y el sospechoso confesó ante la Policía local haber empleado poderes sobrenaturales conocidos como ‘juju’ para obtener el ‘trofeo’.

La última víctima, un joven que vendía zapatos en la ciudad, se quedó sin pene durante el encuentro con dos desconocidos que afirmaron ser de Níger y expresaron interés por su mercancía, pidiendole asistencia ante aparentes problemas con el idioma local, recoge Pulse.

Según el reporte, en el proceso, uno de los desconocidos se acercó al vendedor y tras un contacto físico no especificado le provocó un ‘shock’ repentino que recorrió todo su cuerpo y la sensación de una extraña pesadez en la zona genital.

El joven ghanés se dio cuenta de que su miembro viril había desaparecido y entró en pánico en un frenesí de gritos y exigencias para que le devolvieran su pene. Los residentes locales acudieron en ayuda y capturaron al misterioso ‘cliente’, llevándolo a la comisaría. Durante el interrogatorio, el sospechoso afirmó haber empleado magia ‘juju’ para robar los genitales al vendedor.

Los intentos del ‘brujo’ de revertir su hechizo y devolver el órgano fueron infructíferos. El medio local asegura que víctimas anteriores de este tipo de brujería tuvieron más suerte. Sin embargo, aunque lograron recuperar sus genitales, no lograron tener erecciones.

Colombia rompe relaciones con Argentina, tras expresiones de Milei

Las agresivas expresiones del presidente argentino Javier Milei contra su par colombiano Gustavo Petro, determinó el rompimiento de relaciones entre los dos países.


El Gobierno de Colombia resolvió la expulsión de todo el cuerpo diplomático de Argentina en su país, tras las declaraciones que el presidente Milei hizo en contra del mandatario colombiano, Gustavo Petro, a quien en una entrevista con CNN llamó “asesino terrorista”.

“Las expresiones del presidente argentino han deteriorado la confianza de nuestra nación, además de ofender la dignidad del presidente Petro, quien fue elegido de manera democrática”, dijo el Gobierno de Colombia en un comunicado.

Las decisión de Colombia se produce luego de que en conversación con Andrés Oppenheimer, Milei dijera, en referencia al pasado guerrillero de Petro, que “mucho no se puede esperar de alguien que era un asesino terrorista”.

De acuerdo a la Cancillería de Colombia, el alcance de la expulsión “se comunicará a la embajada argentina por los canales institucionales diplomáticos”.

CNN solicitó a la Cancillería de Argentina comentarios sobre esta decisión y está en espera de respuesta.

Antes de conocerse la decisión, el embajador de Colombia en Argentina, Camilo Romero, anticipó en su cuenta de X que el Gobierno colombiano “está explorando todas las medidas” para responder a las declaraciones de Milei en contra de Petro. “Pronto se anunciarán decisiones”, señaló.

Fuente: CNN / Agencias