Clausuran seis empresas de medicina prepaga tras detectar irregularidades

La Superintendencia de Salud dispuso la clausura de seis empresas de medicina prepaga, como resultado de un proceso de análisis que arrojó una serie de irregularidades administrativas.

Roberto Melgarejo, superintendente de Salud, confirmó al canal GEN la reciente resolución que dispone la clausura de seis firmas privadas del rubro de la medicina prepaga.

Las mismas son: Código Rojo, Cruz Blanca S.A., El Gato Negro S.A., Fundación Cardiovascular Paraguaya - Hospital del Corazón, Sanatorio Samaritano División Prepaga y SILPE S.A. - Médica Paraguaya, que se suman a otras dos que días atrás corrieron con la misma suerte.

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Como parte de estas sanciones, se ordenó la baja definitiva y la exclusión de dichas firmas del registro oficial de la Superintendencia de Salud.

Esta disposición -explicó- fue resultado de un exhaustivo proceso de revisión a dichas empresas, incluyendo en ello un análisis de sus balances e informes administrativos y contables.

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Dicha tarea arrojó a la luz una serie de irregularidades que derivaron en el sumario y posterior clausura por parte del ente rector. “Se comprobó una falta total de documentación respecto a las disposiciones y reglamentos que les rigen”, indicó Melgarejo.

A la fecha, ascienden a 12 las firmas de medicina prepaga sumariadas bajo estas causales, siendo 8 las que poseen sanciones de manera definitiva por parte de la Superintendencia de Salud.

Primera ruta de hormigón del país supera los 14 kilómetros de pavimento ejecutado

La construcción de la primera ruta de hormigón del Paraguay continúa avanzando a buen ritmo en el tramo de la ruta PY05 que une Pozo Colorado con Concepción. Al cierre de la primera quincena de junio, la obra ya supera los 14 kilómetros de pavimento rígido ejecutado, marcando un importante avance en uno de los proyectos viales más emblemáticos actualmente en desarrollo en el país.

Los trabajos se llevan adelante de manera simultánea en dos frentes de obra, con jornadas diurnas y nocturnas que permiten sostener el cronograma de ejecución. El proyecto contempla la pavimentación de 90 kilómetros y beneficiará directamente a más de 400.000 habitantes del norte paraguayo.

Además de la colocación del hormigón, las tareas incluyen la preparación de la plataforma, el fortalecimiento de la base estructural de la calzada y la construcción de sistemas de drenaje, componentes esenciales para garantizar la durabilidad y resistencia de la futura carretera.

En el Lote A, a cargo del Consorcio Avanza Chaco, ya fueron construidos aproximadamente 8,76 kilómetros de pavimento rígido. En tanto, el Lote B, ejecutado por Ecomipa S.A., registra cerca de 6,06 kilómetros concluidos, totalizando más de 14 kilómetros de avance en toda la obra.

La utilización de pavimento de hormigón constituye uno de los aspectos más destacados del proyecto, ya que permitirá contar con una infraestructura de mayor vida útil y mejor comportamiento frente al intenso tránsito de cargas que caracteriza a este corredor estratégico.

Con una inversión superior a G. 611.000 millones, financiada por la CAF y Fonplata, la futura ruta busca transformar la conectividad entre el Chaco y la Región Oriental, fortaleciendo el desarrollo productivo, comercial y social de una de las zonas con mayor potencial de crecimiento del país.

Caso Canela: Tuma asume defensa para evitar el retorno con su agresor

La Dirección Nacional de Defensa Animal y Diana Camarasa rechazan la orden judicial que dispone la devolución de la perra a la familia anterior. El abogado Diego Tuma toma la representación legal del caso y promete acciones firmes ante la Justicia.

El caso de Canela toma un nuevo rumbo en el ámbito judicial. Una jueza ordenó la restitución de la perra a la casa de sus antiguos dueños. En ese lugar, el animal sufrió la perdida de la mandíbula debido a la explosión de un petardo el 1 de enero. La decisión provocó el repudio inmediato de la ciudadanía y de las instituciones protectoras.

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El abogado Diego Tuma asumió hoy la representación legal del caso. El profesional cuestionó con dureza el criterio de la jueza. Tuma afirmó que los animales poseen sensibilidad y que el sistema judicial debe otorgar protección real. También aseguró que peleará hasta las últimas consecuencias para impedir el regreso de Canela al entorno donde padeció el sufrimiento.

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La cuidadora actual, Diana Camarasa, anunció una postura firme. Camarasa gestionó las cirugías y la prótesis mandibular para la recuperación de la mascota. La mujer afirmó con seguridad que no entregará a Canela bajo estas condiciones.

¿Existe indemnización tras una separación amorosa?

Nuestra legislación esconde una figura jurídica poco conocida que contempla la posibilidad de que uno de los excónyuges o exconcubinos solicite una pensión o asistencia económica al otro tras concretarse la separación.

El abogado Francisco Segura Riveiro explicó a radio Ñanduti que la Ley 1/92 prevé una asistencia para el miembro de la pareja que quede desamparado o en situación de necesidad tras la ruptura. Sin embargo, reveló que es una herramienta muy poco utilizada debido a la interpretación restrictiva y “exagerada” que le dan los tribunales.

Recordó que este derecho existe para proteger a aquella persona que, tras la ruptura, queda en una situación de vulnerabilidad tal que no puede cubrir sus necesidades básicas por sí misma.

El profesional señaló que esta herramienta es poco utilizada y que muchas veces se interpreta de forma muy restrictiva en el ámbito judicial.

Desde el punto de vista técnico y doctrinario, la naturaleza de este reclamo genera debates entre los especialistas. “No está claro; algunos dicen que es una especie de derecho de alimento sobreviviente, otros dicen que es una indemnización”, detalló el abogado.

La base legal se encuentra establecida en el artículo 90 de la Ley 1/92, el cual estipula taxativamente: “Si terminada la convivencia y efectuada la separación de gananciales uno de los exconcubinos careciere de recursos y estuviere imposibilitado de procurárselo, podrá solicitar alimentos al otro mientras dure la emergencia”.

Segura Riveiro explicó que esta norma se extiende bajo la premisa de que, si a consecuencia del divorcio, especialmente en casos donde hay separación de bienes o donde la liquidación de la comunidad conyugal dejó más deudas que activos, uno de los cónyuges queda desamparado, subsiste un deber de auxilio que es remanente del matrimonio.

“Justamente esa norma la agregó mi suegra, que era una gran luchadora, que en paz descanse, una gran luchadora por los derechos de la mujer”, relató.

La ley buscaba convertirse en una vía de compensación para equilibrar esa cancha tras una ruptura. Explicó que el varón suele tener más facilidades para dedicarse por completo a su desarrollo profesional, mientras que la mujer generalmente posterga su crecimiento laboral, sobre todo cuando hay varios hijos de por medio.

A pesar del noble propósito con el que fue redactada, la herramienta permaneció prácticamente en el olvido desde su creación. Segura Riveiro lamentó que los juzgados civiles, desde la década de los 90 en adelante, le hayan dado una aplicación exageradamente rígida.

Para que los jueces otorguen este auxilio, prácticamente exigen que el cónyuge solicitante quede en una situación de miseria absoluta.

Debido a esta vara tan alta y restrictiva, los propios abogados litigaron muy poco bajo esta figura. “Yo he visto un par de demandas, no hay más”, dijo.