Trasladan a Carmen Villalba a Minga Guazú y la ubican en celda de máxima seguridad
El Ministerio de Justicia concretó el traslado de Carmen Villalba, su hermana Laura y otra interna a la penitenciaría de Minga Guazú. Las reclusas fueron ubicadas en el recientemente habilitado pabellón de máxima seguridad, donde no podrán esperar ningún privilegio.
El Gobierno procedió al traslado de las internas Carmen Villalba, Francisca Andino y Laura Villalba al módulo de máxima seguridad para mujeres de la penitenciaría de Minga Guazú, departamento de Alto Paraná.
El traslado fue vía aérea y posteriormente por tierra.
Laura es hermana de Carmen, mientras que, Francisca Andino, también integra el mismo grupo criminal y cumple condena por el secuestro y asesinato de Cecilia Cubas. Por su parte, Villalba había sido condenada por el secuestro de María Edith Bordón. Se presume que desde la cárcel continuó liderando la agrupación criminal.
En septiembre pasado, otras cinco mujeres cercanas a Carmen Villalba ya había sido sacadas del Buen Pastor y llevadas a las penitenciarías de San Pedro, Pedro Juan Caballero y Villarrica.
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EL NUEVO LUGAR DE RECLUSIÓN
La moderna cárcel de Minga Guazú ya contaba con un pabellón de máxima seguridad exclusivamente para varones, sin embargo, se dispuso la división y separación administrativa de este módulo, con la habilitación de uno diferenciado, que será únicamente para mujeres de alta peligrosidad.
La fundadora del EPP fue movilizada desde la cárcel del Buen Pastor. Foto: Gentileza
Esta penitenciaría fue habilitada en mayo de este año con una capacidad para 1.237 reclusos. La particularidad de los pabellones de máxima seguridad es que tienem restringida la circulación de internos por los pasillos. Los condenados pueden salir de sus celdas individuales solamente dos horas al día. Allí adentro reciben los servicios básicos.
Otra restricción es la de las vistas privadas, salvo excepciones de visitas comunes recomendadas por el del Organismo Técnico Criminológico (OTC). De ser así, tendrá agendamiento previo.
El modelo que aplicado abarca programas de reinserción que buscan reducir los índices de reincidencia de quienes cumplen sus condenas.
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Se cumplen 52 años del Tratado de Itaipú, documento que originó la hidroeléctrica
El 26 de abril de 1973 fue firmado el Tratado de Itaipu, documento que estableció las bases para la construcción de la mayor planta hidroeléctrica en generación de energía del mundo.
Se trata del acuerdo internacional más importante del siglo XX para el país después de la firma del Tratado de Paz del Chaco; porque cambiaría la historia de Paraguay y Brasil.
Las diferencias limítrofes entre ambos países encontraron la solución en una obra para el aprovechamiento de los recursos hidráulicos del río Paraná, perteneciente en condominio a las dos naciones, desde el Salto del Guairá o Salto Grande de Sete Quedas hasta la desembocadura del río Yguazú.
La rúbrica del instrumento tuvo lugar hace 52 años en el Palacio de la Meseta, Brasilia, y en representación de las Altas Partes Contratantes suscribieron el documento los cancilleres Raúl Sapena Pastor (Paraguay) y Mario Gibson Barboza (Brasil), ante la presencia de los presidentes Alfredo Stroessner y Emilio Garrastazú Médici, respectivamente.
El documento estableció las bases para la construcción de la mayor planta hidroeléctrica en generación de energía del mundo. Posteriormente, el Tratado sería aprobado primero en el Brasil el 30 de mayo de 1973, y luego en el Paraguay el 17 de julio de 1973.
Su entrada en vigor se produjo el 13 de agosto del mismo año con el intercambio de los documentos de ratificación.
Con la firma del documento se dio cumplimiento a lo establecido en el Acta Final firmada en Foz de Yguazú el 22 de junio de 1966, en lo que respecta a la división en partes iguales, entre los dos países, de la energía eléctrica eventualmente producida en el tramo referido. De hecho, la mencionada acta es considerada la piedra angular sobre la cual se erigió posteriormente el Tratado.
Otorgan libertad ambulatoria a abogado que abofeteó a fiscalizadora del INTN
El juez interino Amílcar Marecos benefició a Walter Ramón Acosta con la libertad ambulatoria bajo fianza de G. 200 millones. El abogado está procesado por agredir a una funcionaria del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
El Juzgado Penal de Garantías de Ciudad del Este, anuló la prisión preventiva que pesaba sobre el abogado Walter Acosta desde hace un mes.
Acosta, imputado por coacción, coacción grave y resistencia luego de agredir a una fiscalizadora del INTN, ofreció propiedades y otros bienes como caución real.
Pese a que la fiscal Rocío González y los abogados querellantes Karina Almeida y Daniel Alarcón se opusieran a la medida, el juez interino Amilcar Marecos decidió otorgar al abogado medidas alternativas a la prisión, como la prohibición de salir del país.
Walter Acosta está procesado por agredir cobardemente a la funcionaria el pasado 18 de marzo durante una verificación de los picos expendedores de combustibles en la estación de servicios Tres Fronteras.
El INTN había presentado una querella adhesiva por resistencia contra Walter Ramón Acosta, bajo patrocinio de la Procuraduría General de la República.
Imputan a trabajador que mató a joven de 18 años tras intentar asaltarlo en Santa Ana
El Ministerio Público formuló imputación en contra Carlos Alberto Garcete, por el supuesto hecho punible de homicidio doloso. El hombre disparó contra dos personas que intentaron asaltarlo, una de ellas murió.
La fiscal María Laura Finestra imputó al trabajador de 60 años que, el jueves pasado, cuando descargaba mercaderías en un negocio del barrio Santa Ana de Asunción, fue interceptado por dos hombres armados en una motocicleta.
En ese instante Carlos Alberto se percató de las intenciones de las dos personas y con un arma de fuego calibre 38 que poseía en su vehículo, bajó y realizó disparos intimidatorios hacia arriba, sin mirar hacia donde fue el proyectil que luego impactó en Jonatan Ariel Franco Galeano, quien falleció en el sitio.
El fallecido cuenta con frondosos antecedentes por robo agravado entre el año 2022 y 2023.
El trabajador se puso a disposición de la justicia y el viernes declaró ante el Ministerio Público que, finalmente, lo imputó según lo establecido en el Art. 105 inc. 3 del Código Penal.