Todo sobre la nueva ley de la función pública y servicio civil

La semana pasada fue promulgada la ley bien vista por unos y criticada por otros. Los primeros, alegan que se mejora notablemente el ingreso y permanencia en la función pública. Los segundos, sostienen que se mantienen los viejos vicios. Revisamos esta ley punto por punto para que sea usted mismo quien saque sus conclusiones.

La ley 7445 de la Función Pública y del Servicio Civil, cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Economía y Finanzas, tiene como finalidad promover la profesionalización de los servidores públicos para lograr mayores niveles de eficiencia en las instituciones públicas para ofrecer servicios oportunos y de calidad.

En su capítulo I describe que su objeto es establecer las disposiciones generales que rigen la función pública, regular, en específico, la carrera del servicio civil.

Además, admitir la competencia regulatoria en la materia de las municipalidades, Poder Judicial, Poder Legislativo, Tribunal Superior de Justicia Electoral, Consejo de la Magistratura, Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Fiscalía General del Estado, universidades nacionales, Contraloría General de la República, Banca Central del Estado, así como de otras instituciones públicas con autonomía en esta materia que no se encuentren dentro del ámbito del Poder Ejecutivo.

Si bien el Ministerio de Economía y Finanzas es la autoridad de aplicación, en las instituciones que se encuentren fuera del ámbito del Ejecutivo, las autoridades serán otras, entre ellas: municipalidad, Poder Judicial, Poder Legislativo, TSJE, JEM, Fiscalía General, Contraloría, universidades nacionales y Banca Central del Estado.

SUJETOS EXCLUIDOS

Si bien se les aplican las limitaciones y prohibiciones, se encuentran excluidos los funcionarios que ocupen los siguientes cargos de conducción política:

Senadores y diputados, gobernadores y miembros de las juntas departamentales, intendentes y miembros de las juntas municipales y demás personas que ejercen cargos de elección popular.

Presidente de la República y vicepresidente

Ministros del Ejecutivo, y secretarios ejecutivos de la Presidencia

Presidente y miembros del directorio de la Banca Central del Estado

Presidente y miembros del directorio de las entidades financieras oficiales.

Procurador General de la República.

Ministros de la Corte Suprema de Justicia.

Fiscal General del Estado.

Defensor General y Síndico General.

Ministros del Tribunal Superior de Justicia Electoral.

Defensor del Pueblo y el Defensor del Pueblo adjunto.

Contralor General y el Subcontralor General de la República.

Presidentes, directores nacionales o equivalentes, y miembros de directorios o consejos de las entidades descentralizadas

LA VÍA DE ACCESO, LOS REQUISITOS Y LAS INHABILIDADES

El artículo 14 establece que el concurso público es la única vía de ingreso a la función pública, salvo los casos regulados de otra manera en la Constitución o en leyes especiales. El ingreso en trasgresión a esta disposición será nulo.

Quedan exceptuados los funcionarios públicos que hayan ingresado a la función pública para ocupar los puestos de asesores o los cargos de confianza previstos en las leyes especiales que regulan las distintas carreras de la función pública.

Además del concurso, los requisitos mínimos para aspirar al ingreso son: tener nacionalidad paraguaya, ser mayor de edad, tener idoneidad y capacidad para el ejercicio o desempeño en el puesto, estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos.

Establece también inhabilidades o hechos que impiden ingresar a la función pública: estar cumpliendo una pena carcelaria, haber sido condenado por hechos punibles contra el estado o por delitos de naturaleza electoral, haber recibido una inhabilitación para ocupar un cargo en la función pública, gozar de jubilación, haberse acogido a planes de retiro voluntario, etc.

ASESORES SIN CONCURSO: HASTA TRES POR CADA POLÍTICO

Quienes ocupen puestos de conducción política podrán tener hasta tres asesores nombrados sin concurso público dentro del ámbito de su organización administrativa. Sin embargo, no podrán elegir a cualquiera. Necesariamente será alguien que acredite cinco años de experiencia profesional (como mínimo) en la materia respectiva.

Los funcionarios de carrera que hayan sido designados para ocupar los puestos de asesores conservarán los derechos adquiridos con anterioridad a la respectiva designación y, al finalizar sus funciones, deberán volver al último puesto anterior ocupado, con la progresión en los niveles y grados correspondientes.

PROHIBICIÓN DE NEPOTISMO EN CARGOS DE CONFIANZA

No podrán ser designados para cargos de confianza, en ningún caso, el cónyuge, concubino o parientes comprendidos dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, sea en línea recta o colateral, de quienes ejerzan puestos de conducción política en la misma institución.

Los funcionarios que ocupen puestos de conducción política no podrán, en ningún caso, ejercer influencia para la designación de estos cargos en otra institución pública

QUIÉNES PUEDEN EJERCER UN CARGO DE CONFIANZA

Los viceministros, gerentes generales, gerentes y demás funcionarios públicos en puestos y condiciones similares que se organizan jerárquicamente inmediatamente por debajo de los puestos de conducción política señalados en la presente ley.

b) Los secretarios designados con rango de ministros, los directores y los coordinadores del Gabinete Civil de la Presidencia de la República.

c) Los embajadores, cónsules y representantes nacionales ante organizaciones

internacionales en los que la República del Paraguay participe, oficialmente, de

conformidad con las leyes que regulan el servicio diplomático y consular.

d) Los asesores nombrados de conformidad con la presente ley.

e) Los directores de comisiones y de bancada del Poder Legislativo.

f) Independientemente de la denominación que tenga el puesto, cargo o función, los directores generales de los siguientes puestos directivos en sus respectivas instituciones públicas:

Administración y Finanzas, Gabinete, Secretaría General y Asesoría Jurídica.

PRUEBA DE SEIS MESES

El nombramiento de un funcionario público será de carácter provisorio durante seis meses. En este período, cualquiera de las partes podrá dar por terminada la relación jurídica sin mediar causa y sin responsabilidad pecuniaria alguna derivada de la terminación. Las actuaciones del funcionario público durante el período de prueba serán válidas, sin perjuicio de su responsabilidad personal por las consecuencias de su gestión.

Pasado al período de evaluación, en el cual deberá satisfacer los requisitos previstos en la presente ley para alcanzar dicha estabilidad laboral. En este período, cualquiera de las partes podrá dar por terminada la relación jurídica sin mediar causa, pero el funcionario público gozará del derecho a preaviso y a la indemnización por despido injustificado, conforme con los parámetros establecidos en el Código del Trabajo.

ESTABILIDAD CON DOS AÑOS

El derecho del funcionario público que ingresa a la función pública mediante concurso público, a no ser desvinculado sin justa causa y a conservar el cargo alcanzado lo adquiere al haber cumplido dos años ininterrumpidos de servicio en la función pública

CUARENTA HORAS SEMANALES

La jornada ordinaria de trabajo efectivo no podrá exceder de cuarenta horas semanales, salvo casos especiales previstos en las leyes especiales y sus normas reglamentarias. Las ampliaciones de la jornada ordinaria de trabajo, que se hiciesen para extender el descanso semanal, no constituirán trabajo extraordinario.

PERMISOS ESPECIALES CON Y SIN GOCE DE SUELDO

Los funcionarios públicos podrán gozar de permisos especiales sin goce de sueldo para prestar servicios en otra institución pública por hasta dos años, ejercer funciones en organismos internacionales por hasta cuatro años, realizar estudios de postgrados por dos años, ejercer cargos electivos y de conducción política por el periodo que dure el mandato.

Los funcionarios con estabilidad laboral tendrán permiso con goce de sueldo para hacer estudios de postgrado en el exterior, por el tiempo que dure el programa académico. No podrá exceder de seis años.

ASCENSOS

El ascenso de los funcionarios públicos se produce cuando se pasa a un cargo y puesto de mayor nivel dentro del mismo grupo ocupacional, y también cuando se pasa a un cargo y puesto de un grupo ocupacional superior en caso de que se haya llegado al máximo nivel y grado del grupo ocupacional de origen.

El ascenso debe ser de a un nivel por vez, salvo que el funcionario público reúna los requisitos de grupos ocupacionales superiores y siempre que el concurso se dé en el primer nivel del grupo ocupacional en cuestión

Registro del “guaraní oral”, un proyecto que busca preservar nuestra riqueza lingüística

Desde la Secretaría de Políticas Lingüísticas (SPL) impulsan un interesante proyecto que tiene como finalidad el registro y la documentación del guaraní oral, a partir de relatos con hablantes nativos de la lengua.

Por Robert Bourgoing (@robertb_py)

Conocer la profundidad del guaraní y sus orígenes necesariamente nos remonta a nuestros ancestros, aquellos primeros aborígenes que poblaron estas tierras y nos dejaron como legado imperecedero este dulce idioma que, con el paso de los siglos, sigue más vigente que nunca.

Para cualquier idioma en el mundo, la conservación va relacionada directamente con la transmisión oral de la misma, puesto que, si no existen hablantes de una lengua, la misma va perdiendo fuerza hasta acabar muriendo con el paso del tiempo.

Buscando documentar ese “guaraní oral”, la Secretaría de Políticas Lingüísticas (SPL) impulsa un ambicioso proyecto que abarca entrevistas a personas de diferentes puntos del país y que tienen un rasgo en común: son hablantes nativos de la lengua.

Para lograrlo, se llevan a cabo entrevistas con personas mayores de 60 años, de modo a registrar y documentar el “guaraní oral” y con ello gestionar la recopilación de relatos que luego permitirán preservar esta lengua ancestral, que constituye un pilar fundamental de la identidad cultural del país.

A través de grabaciones en audio y video, se busca construir un “corpus lingüístico” que abarque diversos aspectos de la vida y cultura paraguaya, incluyendo la vida en el campo, sabiduría popular, costumbres, creencias, tradiciones, agricultura y gastronomía.

La iniciativa, liderada por la Dirección General de Investigación Lingüística de la SPL, pretende llegar a todo el territorio nacional. En esta primera etapa, se seleccionaron siete departamentos de la Región Oriental, que son: Caaguazú, Caazapá, Guairá, Cordillera, Paraguarí, San Pedro y Misiones, abarcando un total de 21 distritos y más de 50 informantes, entre hombres y mujeres.

El director general de la Dirección General de Investigación Lingüística, Arnaldo Casco Villalba, junto con los jefes de departamento Biera Cubilla y Christian Ojeda, y el director de Tecnología de la Información y Comunicación, Moisés Olmedo, han liderado estas expediciones, asegurando la calidad y autenticidad de los registros obtenidos.

El registro del corpus del guaraní oral, a partir de relatos libres y espontáneos de hablantes nativos de la lengua (con preferencia monolingües guaranihablantes), puede servir de base y fuente de documentación, estudio, análisis y caracterización del idioma.

La importancia de este proyecto radica en la preservación del guaraní en su forma más pura y auténtica, tal como es hablado por las generaciones mayores. Al documentar estos relatos, la SPL no solo conserva una parte esencial del patrimonio cultural inmaterial de Paraguay, sino que también proporciona recursos valiosos para futuras investigaciones lingüísticas y educativas.

Además, este esfuerzo contribuye al cumplimiento de la Ley de Lenguas de Paraguay, que establece la promoción y desarrollo de las lenguas oficiales y la preservación de las lenguas indígenas. La creación de un corpus del guaraní oral facilitará la implementación de políticas lingüísticas más efectivas y la promoción del bilingüismo en el país.

“Nuestro país conserva en esta generación de adulto mayor, especialmente del interior del país, un rico y casi inexplorado contenido sociocultural vehiculizado en el idioma guaraní; y lograr la mayor cantidad de registro posible de esta sabiduría popular, vivencias del campo, costumbres y tradiciones relatados en guaraní servirán, primeramente, como un rescate lingüístico-cultural, además de aportar para varios otros estudios que se desean realizar sobre estos contenidos propios de la vida del campo y de una generación que se está yendo y que nunca más será suplantada, por el cambio social que existe hoy día”, afirmó Arnaldo Casco en entrevista con HOY.

La SPL planea continuar con este proyecto en otros departamentos, ampliando la base de datos y asegurando que las futuras generaciones tengan acceso a la riqueza lingüística y cultural que el guaraní representa. Este esfuerzo es un testimonio del compromiso de Paraguay con la preservación de su identidad cultural y la promoción de la diversidad lingüística.

Las primeras visitas arrancaron en noviembre pasado y, hasta la fecha, se tienen recopilaciones de 21 informantes. Se prevé la conclusión de esta primera etapa para abril del 2025.

Impuesto a servicios digitales: en qué casos se aplican y cuál es el porcentaje de cobro

En redes sociales, muchas personas expresaron sorpresa ante el cobro del 10 % “extra” del IVA ante la compra de una entrada para un concierto musical en el extranjero. Sin embargo, existe una ley vigente desde el 2021 que establece dicho porcentaje a favor del fisco. Netflix, Spotify, YouTube y ¿hasta entradas para conciertos en el exterior?

Por @JuancitoRiveros

“Increíble cómo los bancos te cobran por un impuesto sobre una entrada a un show que ni siquiera es en Paraguay”, fue una de las quejas de los usuarios en redes sociales días atrás.

Ante esta situación, Óscar Orué, director nacional de Ingresos Tributarios, explicó que existe una ley vigente desde enero del 2021, específicamente la 6.380 del “Impuesto a la Renta de No Residentes (INR)”, conocida como la Ley de Servicios Digitales.

“Nosotros aplazamos la implementación en el 2020 por la pandemia y entró en vigencia desde el 2021”, señaló Orué, afirmando al mismo tiempo que, en el caso expuesto inicialmente, corresponde el pago del 10 % del IVA.

“La ley no habla de actividad, sino de la característica del servicio. Si una plataforma o sistema intermedia en la compra de algo, sea lo que sea, se paga el IVA”, agregó Orué, en conversación con Universo 970 AM de Nación Media.

Al respecto, cabe mencionar que, la ley de Servicios Digitales es aplicada a aquellas operaciones efectuadas por las entidades bancarias, financieras, casas de cambio, cooperativas, procesadoras de pago o entidades similares, al momento de la adquisición desde el territorio nacional de servicios digitales de personas domiciliadas o entidades constituidas en el exterior del país, prevista en el Artículo 4° del Decreto N° 3107/2019 “Por el cual se reglamenta el Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en la Ley N° 6380/2019 “De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional”.

Para la DNIT, se consideran servicios digitales a efectos impositivos, los que se proporcionen mediante aplicaciones, plataformas de intermediación o contenidos en formato digital a través de internet, o cualquier otra red o sistema, esencialmente automatizados, pudiendo o no requerir una intervención humana mínima, siempre que por los servicios mencionados se cobre una contraprestación.

Los servicios digitales estarán gravados por el IVA y el INR cuando son UTILIZADOS Y APROVECHADOS EN EL PAÍS, a dicho efecto se considerará las siguientes situaciones, cuando:

- La dirección IP del dispositivo utilizado por el cliente o código país de la tarjeta SIM;

- La dirección de facturación del cliente;

- La cuenta bancaria utilizada para la remisión del pago;

- La dirección de facturación del cliente de la que disponga el banco;

- La entidad financiera emisora de la tarjeta de crédito o de débito con que se realice el pago.

Padres exigentes vs. niños felices: malas notas no significan fracaso

La vuelta a clases no solo implica retomar los estudios, sino también adaptarse a nuevos ritmos y exigencias. Un pediatra advierte que la presión por las calificaciones puede generar ansiedad en los niños, afectando su bienestar emocional y su aprendizaje.

Con el inicio del año escolar, muchos niños y niñas enfrentan no solo el desafío de volver a las aulas, sino también la presión de cumplir con altas expectativas académicas de parte de sus padres.

En ese sentido, especialistas advierten que exigir calificaciones perfectas sin priorizar el bienestar emocional puede generar estrés y ansiedad en los estudiantes, afectando su desarrollo integral.

Al respecto, el pediatra Robert Núñez explicó que el regreso a clases representa un proceso de adaptación tanto física como emocional para los niños.

“Deben dejar atrás la rutina de las vacaciones y ajustarse nuevamente a horarios, reglas y la convivencia con otros. Esto no siempre es fácil y puede generar ansiedad si no se maneja correctamente”, señaló.

Más que notas, el aprendizaje

Uno de los principales errores que cometen algunos padres es enfocarse únicamente en las calificaciones, sin considerar el proceso de aprendizaje y la salud emocional de sus hijos.

“Las notas no son el objetivo final. Lo importante es que el niño adquiera conocimientos y habilidades para su futuro. Una mala calificación no significa que no esté aprendiendo, pero una presión excesiva sí puede generar frustración y afectar su autoestima”, explicó Núñez en entrevista con la 680 AM.

El especialista también mencionó que muchos niños enfrentan estándares superficiales impuestos por la sociedad, donde se valora más el rendimiento numérico que el desarrollo integral.

“Es fundamental que los padres promuevan una formación equilibrada, donde el arte, el deporte y el desarrollo personal sean tan importantes como las materias escolares”, agregó.

Acompañamiento y diálogo en casa

Para evitar que la escuela se convierta en una fuente de estrés, Núñez recomienda fomentar el diálogo en casa.

“Los niños de hoy tienen más herramientas para expresarse, debaten, cuestionan y buscan comprender su entorno. Es clave que los padres los escuchen, los orienten y los ayuden a manejar la ansiedad de forma saludable”, explicó.

También destacó la importancia de establecer hábitos que faciliten la adaptación al año escolar, como mantener horarios de sueño adecuados, reducir el tiempo frente a pantallas y organizar el tiempo de estudio sin dejar de lado el descanso y la recreación.

Preparar a los niños para la vida, no solo para los exámenes

Finalmente, Núñez enfatizó que la manera en que los niños gestionen sus emociones durante la etapa escolar marcará su desarrollo en el futuro.

“Un niño que aprende a manejar la presión y la frustración con el apoyo de su familia tendrá más herramientas para afrontar los desafíos de la vida adulta. El objetivo no es solo que aprueben exámenes, sino que crezcan seguros y emocionalmente fuertes”, concluyó.

El regreso a clases debe ser un proceso acompañado de comprensión y equilibrio. Más allá de las calificaciones, lo esencial es que los niños se sientan apoyados en su aprendizaje y desarrollo.