Cambios en la ley del JEM: lo que se discute y lo que se descarta de entrada
El escándalo desatado con la filtración de los chats del finado Eulalio Gomes fue el disparador de propuestas para modificar la ley que rige el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. El senador José Oviedo tomó la iniciativa con un anteproyecto debatido ayer en audiencia y que tendrá varias modificaciones. También hay planteamientos de otros legisladores.
La Cámara de Senadores organizó una audiencia pública con formato de mesa de trabajo para debatir sobre el anteproyecto de Ley que Modifica y Amplia varios artículos de la Ley que Regula el Procedimiento para el Enjuiciamiento y Remoción de Magistrados judiciales, agentes Fiscales, defensores públicos, Síndico de Quiebra y Deroga la “Ley, 3759/2009″. Para que el contenido tenga el sustento de los entendidos en la materia, fueron invitados abogados, jueces y juristas.
El objetivo de Oviedo es buscar pluralidad en la conformación del del JEM y un mecanismo de control sobre la gestión de los miembros del JEM. Además, bajar la cantidad de votos para el inicio de una investigación de oficio ante un mal desempeño de los magistrados, así como permitir que los miembros sean electos por p votación popular y duren en sus cargos cinco años.
“El pueblo es el soberano y si el pueblo elige a los representantes en del Jurado, a lo mejor tenemos esa pluralidad que evita que intereses sectarios estén instalados en el Jurado, como ahora”, explicó el senador Oviedo.
Paralelamente, el senador Ever Villalba propone eliminar las investigaciones de oficio y la diputada Rocío Vallejo plantea reducir a un año la duración de los mandatos. Toda la discusión de modificaciones se sustenta en el artículo 253 de la Constitución Nacional, que dice: Los magistrados judiciales sólo podrán ser enjuiciados y removidos por la comisión de delitos, o mal desempeño de sus funciones definido en la ley, por decisión de un Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. Este estará integrado por dos ministros de la Corte Suprema de Justicia, dos miembros del Consejo de la Magistratura, dos senadores y dos diputados; éstos cuatro últimos deberán ser abogados. La ley regulará el funcionamiento del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
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ELECCIÓN POPULAR, RECHAZADA DE ENTRADA
Que los miembros del Jurado sean electos por el pueblo no tiene sustento ni probabilidades de prosperar, a juzgar por las explicaciones de Jorge Rolón Luna. “Me cuesta ver que no colisione con la Constitución Nacional, un escenario donde ministros de la Corte tengan que hacer campaña política. Me cuesta ver la viabilidad”, opinó.
Por su parte, Manuel Benítez Riera argumentó que, la legitimidad de una sentencia no reposa en la cantidad de votos, sino en su apego a las leyes.
Al término de la audiencia, José Oviedo admitió que tendrá que modificar varios aspectos del proyecto, entre ellos, el de la elección popular. Anunció que se tomará al menos dos semanas para recibir por notas las propuestas de los magistrados y abogados que participaron de la reunión.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados tiene un presupuesto anual de USD 5 millones de dólares con solamente dos destituciones en su haber y 20 juicios de 280.000 dólares cada uno, detalló Oviedo. También mencionó la figura del apercibimiento como inconstitucional.
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Primera ruta de hormigón del país supera los 14 kilómetros de pavimento ejecutado
La construcción de la primera ruta de hormigón del Paraguay continúa avanzando a buen ritmo en el tramo de la ruta PY05 que une Pozo Colorado con Concepción. Al cierre de la primera quincena de junio, la obra ya supera los 14 kilómetros de pavimento rígido ejecutado, marcando un importante avance en uno de los proyectos viales más emblemáticos actualmente en desarrollo en el país.
Los trabajos se llevan adelante de manera simultánea en dos frentes de obra, con jornadas diurnas y nocturnas que permiten sostener el cronograma de ejecución. El proyecto contempla la pavimentación de 90 kilómetros y beneficiará directamente a más de 400.000 habitantes del norte paraguayo.
Además de la colocación del hormigón, las tareas incluyen la preparación de la plataforma, el fortalecimiento de la base estructural de la calzada y la construcción de sistemas de drenaje, componentes esenciales para garantizar la durabilidad y resistencia de la futura carretera.
En el Lote A, a cargo del Consorcio Avanza Chaco, ya fueron construidos aproximadamente 8,76 kilómetros de pavimento rígido. En tanto, el Lote B, ejecutado por Ecomipa S.A., registra cerca de 6,06 kilómetros concluidos, totalizando más de 14 kilómetros de avance en toda la obra.
La utilización de pavimento de hormigón constituye uno de los aspectos más destacados del proyecto, ya que permitirá contar con una infraestructura de mayor vida útil y mejor comportamiento frente al intenso tránsito de cargas que caracteriza a este corredor estratégico.
Con una inversión superior a G. 611.000 millones, financiada por la CAF y Fonplata, la futura ruta busca transformar la conectividad entre el Chaco y la Región Oriental, fortaleciendo el desarrollo productivo, comercial y social de una de las zonas con mayor potencial de crecimiento del país.
Caso Canela: Tuma asume defensa para evitar el retorno con su agresor
La Dirección Nacional de Defensa Animal y Diana Camarasa rechazan la orden judicial que dispone la devolución de la perra a la familia anterior. El abogado Diego Tuma toma la representación legal del caso y promete acciones firmes ante la Justicia.
El caso de Canela toma un nuevo rumbo en el ámbito judicial. Una jueza ordenó la restitución de la perra a la casa de sus antiguos dueños. En ese lugar, el animal sufrió la perdida de la mandíbula debido a la explosión de un petardo el 1 de enero. La decisión provocó el repudio inmediato de la ciudadanía y de las instituciones protectoras.
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El abogado Diego Tuma asumió hoy la representación legal del caso. El profesional cuestionó con dureza el criterio de la jueza. Tuma afirmó que los animales poseen sensibilidad y que el sistema judicial debe otorgar protección real. También aseguró que peleará hasta las últimas consecuencias para impedir el regreso de Canela al entorno donde padeció el sufrimiento.
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La cuidadora actual, Diana Camarasa, anunció una postura firme. Camarasa gestionó las cirugías y la prótesis mandibular para la recuperación de la mascota. La mujer afirmó con seguridad que no entregará a Canela bajo estas condiciones.
¿Existe indemnización tras una separación amorosa?
Nuestra legislación esconde una figura jurídica poco conocida que contempla la posibilidad de que uno de los excónyuges o exconcubinos solicite una pensión o asistencia económica al otro tras concretarse la separación.
El abogado Francisco Segura Riveiro explicó a radio Ñanduti que la Ley 1/92 prevé una asistencia para el miembro de la pareja que quede desamparado o en situación de necesidad tras la ruptura. Sin embargo, reveló que es una herramienta muy poco utilizada debido a la interpretación restrictiva y “exagerada” que le dan los tribunales.
Recordó que este derecho existe para proteger a aquella persona que, tras la ruptura, queda en una situación de vulnerabilidad tal que no puede cubrir sus necesidades básicas por sí misma.
El profesional señaló que esta herramienta es poco utilizada y que muchas veces se interpreta de forma muy restrictiva en el ámbito judicial.
Desde el punto de vista técnico y doctrinario, la naturaleza de este reclamo genera debates entre los especialistas. “No está claro; algunos dicen que es una especie de derecho de alimento sobreviviente, otros dicen que es una indemnización”, detalló el abogado.
La base legal se encuentra establecida en el artículo 90 de la Ley 1/92, el cual estipula taxativamente: “Si terminada la convivencia y efectuada la separación de gananciales uno de los exconcubinos careciere de recursos y estuviere imposibilitado de procurárselo, podrá solicitar alimentos al otro mientras dure la emergencia”.
Segura Riveiro explicó que esta norma se extiende bajo la premisa de que, si a consecuencia del divorcio, especialmente en casos donde hay separación de bienes o donde la liquidación de la comunidad conyugal dejó más deudas que activos, uno de los cónyuges queda desamparado, subsiste un deber de auxilio que es remanente del matrimonio.
“Justamente esa norma la agregó mi suegra, que era una gran luchadora, que en paz descanse, una gran luchadora por los derechos de la mujer”, relató.
La ley buscaba convertirse en una vía de compensación para equilibrar esa cancha tras una ruptura. Explicó que el varón suele tener más facilidades para dedicarse por completo a su desarrollo profesional, mientras que la mujer generalmente posterga su crecimiento laboral, sobre todo cuando hay varios hijos de por medio.
A pesar del noble propósito con el que fue redactada, la herramienta permaneció prácticamente en el olvido desde su creación. Segura Riveiro lamentó que los juzgados civiles, desde la década de los 90 en adelante, le hayan dado una aplicación exageradamente rígida.
Para que los jueces otorguen este auxilio, prácticamente exigen que el cónyuge solicitante quede en una situación de miseria absoluta.
Debido a esta vara tan alta y restrictiva, los propios abogados litigaron muy poco bajo esta figura. “Yo he visto un par de demandas, no hay más”, dijo.