Agencia de Tránsito tiene hasta el 15 de junio para aplicar nuevos costos de habilitaciones
Hasta la fecha, la ley que establece los nuevos criterios para el pago de patentes no fue reglamentada, por lo que su aplicación todavía no es posible en ningún municipio. Desde la Agencia Nacional de Tránsito trabajan para aplicar la normativa antes del 15 de junio.
Las habilitaciones vehiculares vencen el 30 de junio en todos los municipios del país, y existe mucha confusión en los conductores con relación pago de las mismas considerando la nueva ley sobre sus costos.
Aunque la normativa ya fue promulgada por el Poder Ejecutivo el pasado 15 de abril, su aplicación no es posible debido a que la reglamentación sigue pendiente.
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Desde su promulgación, la Agencia Nacional de Transito tiene 60 días para reglamentar la normativa, y el plazo se cumple el 15 de junio, según explicó su director Félix Giménez en conversación con el programa Cuenta Final en Universo 970 AM/Nación Media.
“Estábamos con el borrador final del reglamento, una vez que se termine se estaría plasmando en una resolución, eso sería el 15 de junio a reventar. Después de eso pondríamos para los municipios, un valor único y agregarles las tasas municipales“, expresó.
Giménez explicó que una vez que la resolución se remita a todos los municipios, estos podrán aplicar en 15 días o un mes, dependiendo del proceso de cada municipio.
“Hay municipios que están esperando solo el valor imponible, ese valor nosotros ya vamos a estar publicando en los próximos días para que cuando se reglamente ya se aplique”. agrego.
Cabe destacar que la normativa N° 7.459, establece un nuevo criterio para el cálculo de la patente de rodados, que será del 0,3 % del valor imponible del vehículo, con una reducción progresiva del 5 % anual hasta los 10 años de antigüedad del automotor.
Caso Canela: Tuma asume defensa para evitar el retorno con su agresor
La Dirección Nacional de Defensa Animal y Diana Camarasa rechazan la orden judicial que dispone la devolución de la perra a la familia anterior. El abogado Diego Tuma toma la representación legal del caso y promete acciones firmes ante la Justicia.
El caso de Canela toma un nuevo rumbo en el ámbito judicial. Una jueza ordenó la restitución de la perra a la casa de sus antiguos dueños. En ese lugar, el animal sufrió la perdida de la mandíbula debido a la explosión de un petardo el 1 de enero. La decisión provocó el repudio inmediato de la ciudadanía y de las instituciones protectoras.
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El abogado Diego Tuma asumió hoy la representación legal del caso. El profesional cuestionó con dureza el criterio de la jueza. Tuma afirmó que los animales poseen sensibilidad y que el sistema judicial debe otorgar protección real. También aseguró que peleará hasta las últimas consecuencias para impedir el regreso de Canela al entorno donde padeció el sufrimiento.
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La cuidadora actual, Diana Camarasa, anunció una postura firme. Camarasa gestionó las cirugías y la prótesis mandibular para la recuperación de la mascota. La mujer afirmó con seguridad que no entregará a Canela bajo estas condiciones.
¿Existe indemnización tras una separación amorosa?
Nuestra legislación esconde una figura jurídica poco conocida que contempla la posibilidad de que uno de los excónyuges o exconcubinos solicite una pensión o asistencia económica al otro tras concretarse la separación.
El abogado Francisco Segura Riveiro explicó a radio Ñanduti que la Ley 1/92 prevé una asistencia para el miembro de la pareja que quede desamparado o en situación de necesidad tras la ruptura. Sin embargo, reveló que es una herramienta muy poco utilizada debido a la interpretación restrictiva y “exagerada” que le dan los tribunales.
Recordó que este derecho existe para proteger a aquella persona que, tras la ruptura, queda en una situación de vulnerabilidad tal que no puede cubrir sus necesidades básicas por sí misma.
El profesional señaló que esta herramienta es poco utilizada y que muchas veces se interpreta de forma muy restrictiva en el ámbito judicial.
Desde el punto de vista técnico y doctrinario, la naturaleza de este reclamo genera debates entre los especialistas. “No está claro; algunos dicen que es una especie de derecho de alimento sobreviviente, otros dicen que es una indemnización”, detalló el abogado.
La base legal se encuentra establecida en el artículo 90 de la Ley 1/92, el cual estipula taxativamente: “Si terminada la convivencia y efectuada la separación de gananciales uno de los exconcubinos careciere de recursos y estuviere imposibilitado de procurárselo, podrá solicitar alimentos al otro mientras dure la emergencia”.
Segura Riveiro explicó que esta norma se extiende bajo la premisa de que, si a consecuencia del divorcio, especialmente en casos donde hay separación de bienes o donde la liquidación de la comunidad conyugal dejó más deudas que activos, uno de los cónyuges queda desamparado, subsiste un deber de auxilio que es remanente del matrimonio.
“Justamente esa norma la agregó mi suegra, que era una gran luchadora, que en paz descanse, una gran luchadora por los derechos de la mujer”, relató.
La ley buscaba convertirse en una vía de compensación para equilibrar esa cancha tras una ruptura. Explicó que el varón suele tener más facilidades para dedicarse por completo a su desarrollo profesional, mientras que la mujer generalmente posterga su crecimiento laboral, sobre todo cuando hay varios hijos de por medio.
A pesar del noble propósito con el que fue redactada, la herramienta permaneció prácticamente en el olvido desde su creación. Segura Riveiro lamentó que los juzgados civiles, desde la década de los 90 en adelante, le hayan dado una aplicación exageradamente rígida.
Para que los jueces otorguen este auxilio, prácticamente exigen que el cónyuge solicitante quede en una situación de miseria absoluta.
Debido a esta vara tan alta y restrictiva, los propios abogados litigaron muy poco bajo esta figura. “Yo he visto un par de demandas, no hay más”, dijo.
Una foto en redes y un chofer de plataforma logran reencuentro de dos hermanos tras 45 años
Una cadena de solidaridad que comenzó en un viaje de plataforma y culminó en el Hospital de Clínicas hizo posible el reencuentro de José Domingo Guerrero y Graciela Martínez, dos hermanos que llevaban más de cuatro décadas sin saber el uno del otro. La mujer vivió todo ese tiempo creyendo que su hermano había fallecido.
José Domingo Guerrero viajó desde Misiones, Argentina, con el único objetivo de encontrar a su hermana Graciela, a quien no veía desde hacía 45 años. Al llegar a Asunción, el hombre abordó un vehículo de plataforma y contó su historia al conductor, a quien mencionó que la única pista que tenía era que la mujer había trabajado alguna vez en el Hospital de Clínicas.
Conmovido por el relato, el chofer y su pareja decidieron ayudarlo, no solo le aconsejaron acudir al centro médico, sino que difundieron la foto del hombre de 70 años en redes sociales para iniciar una búsqueda comunitaria.
La publicación en Facebook se viralizó rápidamente y llegó a Sara, vecina de Graciela en Ypacaraí.
Graciela Martínez confirmó que, efectivamente, se trataba de su hermano a quien creyó muerto víctima de un asalto o un accidente. Una falsa historia que le contó una tía tiempo atrás.
Tras la confirmación de la fotografía en redes, Andrea Oviedo, hija de Graciela contactó a una excompañera de facultad que se encontraba de guardia como obstetra en el Hospital de Clínicas. La profesional, junto al personal de seguridad del hospital, localizó al hombre en los pasillos de la institución.
A través de una videollamada facilitada por los trabajadores de Clínicas, se dio en primer encuentro entre los hermanos luego de 45 años.
Los hermanos se reencontraron físicamente en Ypacaraí y ya realizan las gestiones para contactar a Rosa, la menor de la casa que reside en Choré, con el fin de seguir uniendo a los 11 hermanos sobrevivientes de la familia.