Ley de la función pública rige desde el miércoles: funcionarios se manifiestan
Funcionarios municipales se movilizan esta mañana en Asunción, en protesta contra la entrada en vigencia de la ley de la función pública que, según ellos, los degrada a jornaleros. El MEF emitió un comunicado sobre la legislación.
Este miércoles 16 de julio entra en vigencia la Ley N° 7445/2025 “De la Función Pública y del Servicio Civil”, que tiene como finalidad promover la profesionalización de los servidores públicos para lograr mayores niveles de eficiencia en las instituciones.
Al respecto, el Ministerio de Economía y Finanzas recuerda que la legislación abarca todas las instituciones públicas, pero que cada autoridad de aplicación deberá reglamentarla, conforme su ámbito de competencia
En el caso de las instituciones dependientes del Ejecutivo, la reglamentación está a cargo del Ministerio de Economía, a través del Viceministerio de Capital Humano.
Los procesos de concursos públicos, ingresos y promociones de funcionarios públicos, régimen del empleado público (contratados), traslados temporales (comisionamientos) y definitivos serán establecidos en la reglamentación
Al igual que todas las leyes, la de la función pública no tiene efecto retroactivo sobre los procesos de ingreso.
El abogado Jorge Rivas destaca que, si bien es una ley polémica antes de entrar a regir. recoge toda la experiencia administrativa laboral, pero sobre todo, y lo más importante, es que todas las normativas dispersas, las leyes sueltas que están por ahí, las recoge casi en su totalidad y las plasma en un solo cuerpo normativo.
El objeto de la legislación es establecer las disposiciones generales que rigen la función pública, regular, en específico, la carrera del servicio civil.
Además, admitir la competencia regulatoria en la materia de las municipalidades, Poder Judicial, Poder Legislativo, Tribunal Superior de Justicia Electoral, Consejo de la Magistratura, Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Fiscalía General del Estado, universidades nacionales, Contraloría General de la República, Banca Central del Estado, así como de otras instituciones públicas con autonomía en esta materia que no se encuentren dentro del ámbito del Poder Ejecutivo.
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El artículo 14 establece que el concurso público es la única vía de ingreso a la función pública, salvo los casos regulados de otra manera en la Constitución o en leyes especiales. El ingreso en trasgresión a esta disposición será nulo.
Quedan exceptuados los funcionarios públicos que hayan ingresado a la función pública para ocupar los puestos de asesores o los cargos de confianza previstos en las leyes especiales que regulan las distintas carreras de la función pública.
Además del concurso, los requisitos mínimos para aspirar al ingreso son: tener nacionalidad paraguaya, ser mayor de edad, tener idoneidad y capacidad para el ejercicio o desempeño en el puesto, estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos.
Establece también inhabilidades o hechos que impiden ingresar a la función pública: estar cumpliendo una pena carcelaria, haber sido condenado por hechos punibles contra el estado o por delitos de naturaleza electoral, haber recibido una inhabilitación para ocupar un cargo en la función pública, gozar de jubilación, haberse acogido a planes de retiro voluntario, etc.
MANIFESTACIÓN
Funcionarios municipales iniciaron esta mañana una marcha desde la comuna capitalina hasta el Congreso Nacional, utilizando como trayecto principal la Avda. Mariscal López. Posteriormente llegarán hasta el Poder Judicial.
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Exfutbolista es denunciado por presuntas estafas millonarias
El exjugador de la selección paraguaya de fútbol de playa, Edgar Barreto, conocido como “Roma”, fue denunciado por varias personas por un supuesto un esquema de estafas que habría causado pérdidas por unos 300 millones de guaraníes.
Una de las supuestas víctimas, un conductor de plataforma cuya identidad se mantiene en reserva, relató al canal GEN que el exfutbolista le prometió supuestamente conseguirle un empleo como chofer y jefe de flota en el Comité Olímpico Paraguayo.
Según su testimonio, Barreto le solicitó el pago de un canon de ingreso con la promesa de facilitarle el puesto sin necesidad de una entrevista laboral.
El denunciante aseguró que aceptó la propuesta y entregó el dinero, pero el trabajo nunca se concretó. “Perdí 15 días de mi tiempo y, como nunca me hicieron la entrevista, le exigí la devolución de mi dinero. Ahí se negó y empezó a amenazarme, aunque luego se comprometió a devolver el dinero, pero esto tampoco cumplió”, afirmó.
La presunta víctima indicó que conoce a Barreto porque ambos viven en el mismo barrio. En un primer momento, el exjugador habría prometido devolver el dinero, pero finalmente no cumplió con ese compromiso.
De acuerdo con su relato, más de 30 personas habrían sido afectadas por maniobras similares. Algunas ya presentaron denuncias por separado, mientras que otras planean unirse para impulsar una demanda colectiva.
Según el denunciante, Barreto utilizaba su condición de exdeportista para generar confianza entre las víctimas, ya que aseguraba que tenía contactos con exfutbolistas y políticos influyentes. “De acuerdo a la necesidad de cada uno, él se presentaba prometiendo soluciones a cambio de dinero”, explicó.
Incluso habría ofrecido camisetas firmadas de futbolistas reconocidos como Óscar Cardozo y Roque Santa Cruz, que finalmente nunca fueron entregadas, y en otro caso gestionaba para sacar a un convicto de la cárcel, según el denunciante, quien estima que el monto total de las presuntas estafas alcanzaría unos 300 millones de guaraníes.
Diez víctimas de feminicidio en poco más de dos meses : 14 niños huérfanos
En lo poco que va de este 2026, 10 mujeres fueron asesinadas por hombres, en la mayoría de los casos, sus parejas. También hubo ocho intentos de feminicidio.
El Observatorio de la Fiscalía dio a conocer un informe actualizado este lunes, en el que se detalla que hasta marzo 10 mujeres resultaron víctimas de feminicidios, lo que, a su vez, representa una pérdida para 22 hijos, de los cuales, 14 son menores de edad.
Igualmente, ocho mujeres fueron atacadas y, aunque se salvaron de morir, las agresiones fueron catalogadas como intento de feminicidio. A su vez, esto arroja tres víctimas colaterales, entre ellas, un niño.
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De las 10 víctimas de feminicidio, seis corresponden al mes de enero y cuatro en apenas 8 días de marzo: 7 en Central, una en Concepción, una en Asunción y una en Canindeyú.Además, siete de las mujeres asesinadas eran madres.
AUTORES
Los sindicados como autores de estos crímenes fueron parejas en tres casos, exparejas en dos hechos, un padrastro, un hijo, dos conocidos de la víctima y un parentesco a determinar. Tres de los asesinos se autoeliminan.
En cuanto al método, en 6 casos se utilizaron arma blanca, en dos, arma de fuego; mientras que una víctima falleció por asfixia y una por traumatismo, por golpes.
Tres de los hechos ocurrieron un día viernes, dos un sábado, dos un lunes y un caso cada uno en domingo, martes y jueves. Seis de los sospechosos están imputados, tres se suicidaron y uno está prófugo.
Directora de IPS responde a ABC: “Hay una terrible desinformación”
La directora de Auditoría Interna del Instituto de Previsión Social, Alicia Olazar, aseguró que existe “una terrible desinformación” sobre el proceso administrativo, a raíz de una publicación del diario ABC Color sobre la supuesta triangulación de más de 400 millones de guaraníes a favor de un exdirector jurídico de la institución.
En entrevista con el canal GEN, la funcionaria explicó que la publicación periodística del diario ABC Color mezcló dos situaciones diferentes. Por un lado, los acuerdos extrajudiciales utilizados para pagar a proveedores y, por otro, el trabajo de la Auditoría Interna.
“Antes que nada, la auditoría interna no forma parte del proceso de cobro de honorarios. Nosotros somos un órgano de control”, aclaró.
Olazar explicó que el origen de la situación se da cuando empresas proveedoras continúan prestando servicios al IPS aun cuando el contrato ya perdió vigencia, debido a que ciertos servicios no pueden interrumpirse.
Entre estos mencionó la provisión de alimentos, limpieza hospitalaria o recolección de residuos patológicos, que son considerados servicios esenciales para el funcionamiento de los centros de salud.
En esos casos, los administradores de contrato solicitan a las empresas continuar con la prestación hasta que se concrete una nueva licitación. “Un hospital no puede quedarse sin limpieza o sin alimento. Entonces la empresa sigue prestando el servicio sin contrato vigente”, indicó.
Según explicó, una vez prestado el servicio, la institución debe pagar al proveedor para evitar demandas judiciales y mayores costos para el Estado.
La auditora señaló que, ante la imposibilidad administrativa de pagar esos servicios bajo el rubro original del contrato, se utiliza el objeto de gasto 915, denominado “gastos de justicia”. Y afirmó que ese mecanismo está avalado por el Ministerio de Economía y Finanzas. “Se paga a proveedores a través del rubro 915. No se paga al director jurídico ni a ningún funcionario”, enfatizó.
Además, explicó que en administraciones anteriores esos pagos se realizaban bajo el objeto de gasto 845, correspondiente a indemnizaciones, lo que generaba inconsistencias contables. “Por eso hoy hay diferencia en los montos respecto a años anteriores, porque antes se utilizaba un rubro equivocado”, afirmó.
Olazar también detalló que la Auditoría Interna no tiene facultad para autorizar pagos, sino únicamente para verificar si los servicios fueron efectivamente prestados.
Indicó que, por prudencia administrativa, la Presidencia del IPS suele solicitar a su equipo revisar la documentación presentada por los proveedores antes de realizar los pagos. “Nosotros verificamos si el servicio se prestó y si están reunidos los documentos correspondientes. Nuestra función termina con el informe de auditoría”, explicó.
Posteriormente, el proceso pasa a la Dirección Jurídica y a la Gerencia Administrativa y Financiera, que son las áreas encargadas de definir el mecanismo de pago.
Consultada sobre el cobro de honorarios por parte de abogados del IPS en acuerdos extrajudiciales, la funcionaria afirmó que ese aspecto está fuera del ámbito de competencia de la Auditoría Interna.
No obstante, señaló que el cobro de honorarios profesionales en determinados procesos está contemplado en la legislación vigente y respaldado por jurisprudencia.
Olazar sostuvo que las informaciones difundidas afectan la credibilidad del equipo técnico de la institución. “Desinformar de esta manera daña la credibilidad de un equipo de profesionales que realiza informes de alta complejidad”, indicó.