Aclaran que los Parques Nacionales no son balnearios

El Ministerio del Ambiente recuerda a todos aquellos que desean visitar las Áreas Silvestres Protegidas la vigencia de la Resolución MADES N.° 613/25, “por la cual se establecen los reglamentos para el uso público de las Áreas Silvestres Protegidas”.

QUEDA PROHIBIDO:

  • Matar, dañar o asustar a los animales silvestres, o destruir sus guaridas, nidos o similares.
  • Destruir, arrancar o extraer las plantas del lugar.
  • Colectar y/o extraer cualquier material, vivo o muerto, sin el permiso correspondiente de la Autoridad de Aplicación de la Ley N.° 352/94 de Áreas Protegidas y 96/92 de Vida Silvestre, así como también de la Ley N.º 799/96 de Pesca.
  • Consumir o vender bebidas alcohólicas, narcóticos u otras drogas de cualquier tipo, así como ingresar al Área en estado de ebriedad.
  • Comercializar cualquier producto o servicio, salvo expresa autorización de la Administración.
  • Hacer ingresar o transitar animales domésticos dentro del Área, sin la autorización de la Administración.
  • Realizar cualquier actividad de prospección o producción relacionada directamente a los recursos naturales (agricultura, ganadería, minería, etc.) sin el permiso de la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 352/94 de Áreas Silvestres Protegidas.
  • Descargar sustancias extrañas o cualquier tipo de residuos (sólidos, líquidos 0 gaseosos; conocidos o extraños; tóxicos o no) al suelo, al agua o al ambiente y depositar los mismos en sitios diferentes a los indicados para el efecto.
  • Ingresar al Área con materiales bélicos, inflamables o explosivos (revólver, escopeta, rifle, puñal, juegos Pirotécnicos o fuegos artificiales, petardos, etc.).
  • Utilizar elementos sonoros (radios, instrumentos musicales, etc.) que perturben el ambiente natural o a otros visitantes.
  • Realizar actividades recreativas en sitios diferentes a los indicados (campamentos, fogatas, almuerzos, sitio de baño, etc.).
  • Realizar construcciones de cualquier tipo o intervenciones al medio natural sin el permiso escrito de la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 352/94 de Áreas Silvestres Protegidas.
  • Usar el Área Silvestre Protegida o sus instalaciones para actividades diferentes a las indicadas en las señalizaciones, por los Guardaparques y/o en el Plan de Manejo.
  • Ingresar al Área Silvestre Protegida sin registrarse en el puesto de control correspondiente.
  • Acceder a senderos, zonas remotas o de alta dificultad sin contar con el acompañamiento del guardaparque, cuando así lo exija la señalización correspondiente.
  • Ignorar las advertencias, carteles de restricción, señalizaciones o instrucciones dadas por el personal del área protegida, o realizar acciones temerarias que puedan poner en riesgo la propia integridad física o la de terceros

SE RECUERDA QUE:

  • Los grupos mayores de 15 (quince) personas, deberán contar con una notificación de visita antes del viaje al Área Silvestre Protegida, la cual será expedida por la Dirección de Áreas Silvestres Protegidas del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.
  • El cuidado de los objetos personales de los visitantes queda bajo entera responsabilidad de sus propietarios o portadores, durante su permanencia en el sitio.
  • Los visitantes serán responsables de los incidentes o accidentes que sufran por realizar actividades que atenten contra su integridad física o de terceros.

Paraguay y Japón suscriben acuerdo clave para el desarrollo de tecnología satelital

Los gobiernos de Paraguay y Japón suscribieron hoy las notas reversales del “Proyecto para el Desarrollo de las Instalaciones Relacionadas con la Tecnología Satelital”, que contará con un aporte no reembolsable de más de 24 millones de dólares.

El ministro de Relaciones Exteriores, Rubén Ramírez Lezcano, y el embajador del Japón en Paraguay, Katsumi Itagaki, firmaron el acuerdo que permitirá el desarrollo de tecnologías satelitales en nuestro país.

Se trata de un aporte no reembolsable de más de 24 millones de dólares, el cual será utilizado para ámbitos vinculados la innovación y el desarrollo científico.

Según el canciller nacional, permitirá dotar a la Agencia Espacial del Paraguay de infraestructura esencial para actividades vinculadas a la observación terrestre, el ensayo de pequeños satélites y el procesamiento de datos satelitales.

Agregó que, la instalación de laboratorios en el campus de la Universidad Nacional de Asunción fortalecerá la articulación entre el sector público, la academia y la comunidad científica, contribuyendo a la formación de profesionales altamente calificados en áreas estratégicas para nuestro país.

El proyecto contempla la construcción del Centro de Utilización de Tecnologías Espaciales y la provisión de equipamientos especializados para el Space Lab.

Entre ellos se destacan un equipo de ensayo de vibraciones para nanosatélites, una cámara de termo-vacío, una cámara anecoica y una antena de banda S y X, entre otros.

Aprueban ascenso póstumo al teniente coronel Guillermo Moral

La Cámara de Diputados, en sesión extraordinaria, sancionó el proyecto de ley “Que confiere el ascenso póstumo al grado inmediatamente superior al extinto teniente coronel Guillermo Moral”, en reconocimiento a su destacada trayectoria y los servicios prestados en las Fuerzas Armadas de la Nación.

De acuerdo con lo señalado en la exposición de motivos, durante su carrera militar, el oficial se distinguió por su firme compromiso con la disciplina, la ética, la legalidad y la transparencia institucional, cualidades que lo convirtieron en un referente para sus camaradas y subalternos.

Cabe recordar que, el teniente coronel Guillermo Moral falleció el 2 de octubre de 2025 mientras cumplía funciones vinculadas a su carrera militar, hecho que representó una significativa pérdida para la institución castrense y para la sociedad paraguaya, según se recordó.

Los proyectistas argumentan que la concesión de este ascenso póstumo constituye un acto de justicia y gratitud del Estado hacia quien dedicó su vida al servicio del uniforme.

Asimismo, indicaron que la iniciativa busca brindar un reconocimiento moral a sus familiares y contribuir a preservar la memoria de un servidor leal a la Nación, cuya entrega y compromiso marcaron su carrera militar.

Tras la sanción, el proyecto será remitido al Poder Ejecutivo para la promulgación.

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Curuguaty: Hombre que mató a su madre sería paciente psiquiátrico y no podrá ir a prisión

El hombre de 38 años de edad, acusado de matar a su propia madre de 7 puñaladas, fue imputado por feminicidio y se aguarda el estudio psiquiátrico para avanzar con el proceso en su contra.

El Ministerio Público imputó a Luis Alberto Meza González por feminicidio y homicidio doloso en grado de tentativa, luego de acabar con la vida de su madre de 70 años y herir gravemente a otra mujer.

Según el fiscal Rodrigo Giandinotto, la causa está abierta en contra de Meza, pero no podrá ir a prisión debido a que aparentemente padece de alguna condición psiquiátrica.

El proceso penal para personas con una condición psiquiátrica es distinta, la medida cautelar no puede ser en un centro penitenciario. El juicio oral se realizará pero la condena se dará de forma distinta, de acuerdo a la pericia psiquiátrica”, expresó al canal GEN/Nación Media.

Desde su lugar de reclusión, el hombre había confesado el crimen de su madre de manera extraoficial a un medio local, y sostuvo no pudo controlarse debido a que llevaba días sin consumir sus medicamentos.

La investigación señala como víctimas a Felipa González Flores, madre del imputado, quien falleció a consecuencia del ataque, y a Emiliana Benítez, quien logró escapar del presunto agresor.