Guía ante averías eléctricas: Cómo lograr que la ANDE reponga tus electrodomésticos
La ley protege a los usuarios por daños derivados de baja tensión o fallas en el suministro. Presentar el reclamo formal ante la proveedora es el primer paso obligatorio para obtener la reparación o el reembolso tus bienes afectados.
La Ley N.º 1334/98 de Defensa del Consumidor garantiza el derecho a servicios públicos eficientes. Cuando el suministro eléctrico sufre alteraciones que dañan equipos, existe una presunción legal de culpabilidad contra la entidad proveedora. Esto significa que la ANDE debe demostrar que la falla no es su responsabilidad; de lo contrario, debe responder por los daños.
PASOS PARA RECLAMAR ANTE LA ANDE
El usuario dispone de un plazo máximo de 45 días desde el incidente para formalizar su queja. El proceso requiere los siguientes pasos a través de la aplicación móvil o la web de la institución:
- Acceda a la aplicación de la ANDE.
- Busque la sección de “Solicitudes Comerciales”.
- Seleccione la opción “Comunicación de avería de electrodomésticos”.
- Cargue sus datos personales y descargue el formulario específico.
- Prepare la documentación necesaria: el formulario completo, fotocopia de cédula del titular, el informe de un técnico y los presupuestos de reparación.
Si el técnico determina que el producto es irreparable, entregue un informe firmado y tres presupuestos de equipos similares. Es fundamental que los datos del titular y el consumo estimado (Carga de Potencia) coincidan con el sistema para evitar el rechazo del expediente. El proceso de evaluación y reposición demora, en promedio, tres meses. Para consultas, la línea 160 está disponible.
¿CUÁNDO ACUDIR A LA SEDECO?
Si la ANDE ignora el reclamo o no brinda una solución en 30 días, el consumidor tiene el derecho de recurrir a la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO). Esta institución actúa como mediadora y autoridad sancionadora.
Para formalizar la denuncia ante la SEDECO, ingrese a www.sedeco.gov.py y complete el formulario digital con estos documentos:
- Copia de cédula de identidad.
- Factura del servicio.
- Pruebas del daño (fotos del equipo, informe técnico, número de reclamo ante la ANDE).
AUDIENCIA Y SOLUCIÓN DIRECTA
Una vez admitida la queja, la SEDECO notifica a la ANDE, que dispone de 5 días para responder. Luego, ambas partes asisten a una audiencia de conciliación, que puede ser virtual.
En esta etapa, el 90% de los casos llega a un acuerdo satisfactorio. Además, existe un incentivo legal: si la empresa aplica medidas correctivas rápidas, como la reparación o reposición del bien, obtiene una reducción de hasta el 40% en posibles multas.
Si no hay acuerdo, la SEDECO inicia un sumario administrativo que puede derivar en sanciones económicas y la orden de devolver el dinero al usuario. Antecedentes muestran que la ANDE ya recibió multas previas por falta de información y mal servicio en casos similares.
Confirman prisión preventiva para Patricia Samudio y José Costa Perdomo
El Tribunal de Apelación en lo Penal, Segunda Sala, confirmó la resolución que ordenó la prisión preventiva de la ex presidenta de Petropar, Patricia Samudio, y de su esposo, José Costa Perdomo, rechazando los planteamientos impulsados por la defensa.
La decisión ratifica el Auto Interlocutorio N.º 663, dictado el pasado 9 de julio por el Tribunal de Sentencia, que revocó las medidas alternativas a la prisión luego de que la condena de ambos quedara firme tras el rechazo del recurso de casación por parte de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
La Fiscalía, representada por el agente Silvio Corbeta, sostuvo que las presentaciones realizadas por la defensa, entre ellas recursos de reposición, aclaratorias y una acción de inconstitucionalidad, tuvieron un carácter dilatorio con el objetivo de impedir la ejecución de la sentencia.
El Ministerio Público argumentó además que, al haber adquirido firmeza las condenas de cuatro años para Samudio y de tres años y nueve meses para Costa Perdomo, el Tribunal de Sentencia estaba facultado para revocar las medidas alternativas y ordenar la prisión preventiva, a fin de garantizar el cumplimiento efectivo de la pena.
Con esta resolución, el Tribunal de Apelación confirmó íntegramente la decisión recurrida y dejó firme la orden de prisión preventiva para ambos condenados, allanando el camino para la ejecución de la sentencia.
El caso se remonta al Gobierno de Mario Abdo Benítez, en abril del 2020, cuando la entonces presidenta de Petropar, Patricia Samudio compró agua tónica con una sobrefacturación de G. 359.700.000.
En aquel entonces, Samudio justificó la compra de esta manera: “El tema del coronavirus se va saliendo de a puchito … el agua tónica tiene una propiedad que se llama quinina que es la hidroxicloroquina, y dijeron que si tomabas tenías como una cierta inmunidad”.
Vuelco fatal de bus paraguayo: Brasil imputa a los 2 choferes
Aunque ambos choferes declararon que el freno falló, la justicia brasileña tiene indicios de que el bus paraguayo de la empresa Guaireña circulaba con exceso de velocidad. La Policía Civil ordenó la pericia accidentológica para verificar si son verídicas las declaraciones de los conductores.
João Louis Mioto, delegado de la Policía Civil de Santa Catarina, informó que uno de los choferes fue escuchado en el lugar del accidente y tuvo la oportunidad de dar su versión.
“El que manejaba al momento del accidente dijo que el vehículo tuvo una falla mecánica y el freno no funcionó, pero eso será esclarecido con la pericia solicitada a la policía científica”, explicó el jefe policial, en un contacto con Telefuturo.
También se recogieron testimonios de los pasajeros, quienes manifestaron su preocupación por el extraño balanceo del bus y comentaron que llevaba un exceso de velocidad.
Los conductores Fermín Espínola y Óscar Peralta fueron imputados por homicidio culposo y lesiones corporales en el tránsito. El resultado de la pericia será clave en la definición del futuro de ambos, pues, de confirmarse las sospechas, tendrán que responder a la justicia brasileña.
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El accidente de tránsito ocurrió en la madrugada del jueves 16 de julio en San Miguel de Boa Vista, Santa Catarina, donde se produjo un vuelco a la altura de una curva en “u”. El percance dejó como saldo cuatro personas fallecidas, tres adultas y una niña de 8 años.
Además, algunas personas sufrieron la amputación de los miembros, entre ellos, la pierna y el brazo. El resto de la delegación ya se encuentra en el país.
Tras ley contra la discriminación, admiten policías con tatuajes, salvo excepciones
El Isepol (Instituto Superior de Educación Policial) adecuó su reglamento a la ley contra la discriminación y, desde ahora, ya no rechaza a los postulantes con tatuajes, excepto que tengan ciertos diseños prohibidos. También eliminó las exigencias sobre la estatura mínima.
Brígido Ojeda, director de Isepol, confirmó que desde este mes, la institución a su cargo se adecuó a la Ley 6.634 que erradica la discriminación en razón de maternidad y paternidad y garantiza la igualdad de condiciones para el acceso, selección y admisión en las unidades académicas de formación de la Policía Nacional
“Tuvimos que cambiar nuestro proceso de admisión en lo referente a estatura, tatuajes, estado civil y admitir a personas con hijos o sin hijos”, reconoció Ojeda en una entrevista radial con la 1020 AM.
REQUISITOS ELIMINADOS
Los requisitos que existían hasta esta modificación eran:
No estar casado ni tener hijos
Estaturas mínimas: 1.60 m para mujeres, que luego se flexibilizó a 1.55. Además, 1,65 m para los hombres.
No tener tatuajes
Todo esto quedó sin efecto, pero con una acotación. Aunque los tatuajes están permitidos, se establece una excepción para ciertos diseños:
Los tatuajes relacionados con grupos criminales nacionales o extranjeros
Los diseños homófobos, xenófobos, violentos, ofensivos o sexistas
Los que hagan apología al consumo de drogas
Los que representen a partidos o movimientos políticos
Diseños contra grupos religiosos.
Calaveras, cuchillos, marihuana.
Vírgenes o payasos que son utilizados por miembros del crimen organizado como PCC o Comando Vermelho
“Si guardan relación con esas prohibiciones, sí se les rechaza en el proceso de admisión”, detalló el director de Isepol.
El Artículo 3º de la Ley 6.634 determina que las evaluaciones de ingreso deben desarrollarse obligatoriamente en un orden secuencial estricto:
Evaluación de conocimientos, de salud, de eficiencia física y evaluación psicotécnica.