Dos pacientes con botulismo continúan internados en terapia intensiva del IPS

El Instituto de Previsión Social (IPS) emitió un nuevo reporte oficial sobre la situación epidemiológica del botulismo en el Hospital Central, confirmando que dos personas permanecen internadas en terapia intensiva tras haber sido derivadas desde el sector privado. Los afectados son adultos que requieren de asistencia médica de alta complejidad.

El primer caso corresponde a una mujer de 59 años de edad, quien ingresó al IPS el pasado 7 de mayo de 2026. Tras confirmarse el diagnóstico de botulismo, la paciente fue instalada en el Servicio de Terapia Intensiva Adultos I. A la fecha, el reporte médico señala que se encuentra lúcida, afebril y traqueostomizada, mostrando una mejoría neurológica de carácter progresivo.

Por su parte, el segundo paciente es un hombre de 62 años que fue hospitalizado más recientemente, el pasado 2 de junio, bajo condiciones de derivación similares desde un sanatorio privado.

Los especialistas indicaron que el hombre se encuentra estable, lúcido y con pupilas reactivas, aunque todavía presenta ptosis palpebral (caída del párpado), un síntoma característico de esta toxina. El mismo cuenta con traqueostomía y gastrostomía para asegurar su soporte vital y nutricional.

A pesar de la gravedad que reviste el botulismo, una enfermedad neuromuscular rara pero potencialmente letal, ambos pacientes muestran signos de evolución positiva.

El reporte del IPS enfatiza que los dos adultos mayores se encuentran movilizando las extremidades y están sujetos a un riguroso seguimiento multidisciplinario diario que involucra a diversas especialidades médicas, así como a programas intensivos de rehabilitación física.

Frente a este escenario que mantiene en alerta a la comunidad médica, las autoridades sanitarias del hospital recordaron la importancia del diagnóstico precoz y la inmediata atención especializada en casos de sospecha.

Instan a la población a mantener la calma y a seguir los canales oficiales para informarse sobre la evolución de los casos y las medidas de prevención pertinentes.

Confirman prisión preventiva para Patricia Samudio y José Costa Perdomo

El Tribunal de Apelación en lo Penal, Segunda Sala, confirmó la resolución que ordenó la prisión preventiva de la ex presidenta de Petropar, Patricia Samudio, y de su esposo, José Costa Perdomo, rechazando los planteamientos impulsados por la defensa.

La decisión ratifica el Auto Interlocutorio N.º 663, dictado el pasado 9 de julio por el Tribunal de Sentencia, que revocó las medidas alternativas a la prisión luego de que la condena de ambos quedara firme tras el rechazo del recurso de casación por parte de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

La Fiscalía, representada por el agente Silvio Corbeta, sostuvo que las presentaciones realizadas por la defensa, entre ellas recursos de reposición, aclaratorias y una acción de inconstitucionalidad, tuvieron un carácter dilatorio con el objetivo de impedir la ejecución de la sentencia.

El Ministerio Público argumentó además que, al haber adquirido firmeza las condenas de cuatro años para Samudio y de tres años y nueve meses para Costa Perdomo, el Tribunal de Sentencia estaba facultado para revocar las medidas alternativas y ordenar la prisión preventiva, a fin de garantizar el cumplimiento efectivo de la pena.

Con esta resolución, el Tribunal de Apelación confirmó íntegramente la decisión recurrida y dejó firme la orden de prisión preventiva para ambos condenados, allanando el camino para la ejecución de la sentencia.

El caso se remonta al Gobierno de Mario Abdo Benítez, en abril del 2020, cuando la entonces presidenta de Petropar, Patricia Samudio compró agua tónica con una sobrefacturación de G. 359.700.000.

En aquel entonces, Samudio justificó la compra de esta manera: “El tema del coronavirus se va saliendo de a puchito … el agua tónica tiene una propiedad que se llama quinina que es la hidroxicloroquina, y dijeron que si tomabas tenías como una cierta inmunidad”.

Vuelco fatal de bus paraguayo: Brasil imputa a los 2 choferes

Aunque ambos choferes declararon que el freno falló, la justicia brasileña tiene indicios de que el bus paraguayo de la empresa Guaireña circulaba con exceso de velocidad. La Policía Civil ordenó la pericia accidentológica para verificar si son verídicas las declaraciones de los conductores.

João Louis Mioto, delegado de la Policía Civil de Santa Catarina, informó que uno de los choferes fue escuchado en el lugar del accidente y tuvo la oportunidad de dar su versión.

El que manejaba al momento del accidente dijo que el vehículo tuvo una falla mecánica y el freno no funcionó, pero eso será esclarecido con la pericia solicitada a la policía científica”, explicó el jefe policial, en un contacto con Telefuturo.

También se recogieron testimonios de los pasajeros, quienes manifestaron su preocupación por el extraño balanceo del bus y comentaron que llevaba un exceso de velocidad.

Los conductores Fermín Espínola y Óscar Peralta fueron imputados por homicidio culposo y lesiones corporales en el tránsito. El resultado de la pericia será clave en la definición del futuro de ambos, pues, de confirmarse las sospechas, tendrán que responder a la justicia brasileña.

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El accidente de tránsito ocurrió en la madrugada del jueves 16 de julio en San Miguel de Boa Vista, Santa Catarina, donde se produjo un vuelco a la altura de una curva en “u”. El percance dejó como saldo cuatro personas fallecidas, tres adultas y una niña de 8 años.

Además, algunas personas sufrieron la amputación de los miembros, entre ellos, la pierna y el brazo. El resto de la delegación ya se encuentra en el país.

Tras ley contra la discriminación, admiten policías con tatuajes, salvo excepciones

El Isepol (Instituto Superior de Educación Policial) adecuó su reglamento a la ley contra la discriminación y, desde ahora, ya no rechaza a los postulantes con tatuajes, excepto que tengan ciertos diseños prohibidos. También eliminó las exigencias sobre la estatura mínima.

Brígido Ojeda, director de Isepol, confirmó que desde este mes, la institución a su cargo se adecuó a la Ley 6.634 que erradica la discriminación en razón de maternidad y paternidad y garantiza la igualdad de condiciones para el acceso, selección y admisión en las unidades académicas de formación de la Policía Nacional

“Tuvimos que cambiar nuestro proceso de admisión en lo referente a estatura, tatuajes, estado civil y admitir a personas con hijos o sin hijos”, reconoció Ojeda en una entrevista radial con la 1020 AM.

REQUISITOS ELIMINADOS

Los requisitos que existían hasta esta modificación eran:

No estar casado ni tener hijos

Estaturas mínimas: 1.60 m para mujeres, que luego se flexibilizó a 1.55. Además, 1,65 m para los hombres.

No tener tatuajes

Todo esto quedó sin efecto, pero con una acotación. Aunque los tatuajes están permitidos, se establece una excepción para ciertos diseños:

Los tatuajes relacionados con grupos criminales nacionales o extranjeros

Los diseños homófobos, xenófobos, violentos, ofensivos o sexistas

Los que hagan apología al consumo de drogas

Los que representen a partidos o movimientos políticos

Diseños contra grupos religiosos.

Calaveras, cuchillos, marihuana.

Vírgenes o payasos que son utilizados por miembros del crimen organizado como PCC o Comando Vermelho

Si guardan relación con esas prohibiciones, sí se les rechaza en el proceso de admisión”, detalló el director de Isepol.

El Artículo 3º de la Ley 6.634 determina que las evaluaciones de ingreso deben desarrollarse obligatoriamente en un orden secuencial estricto:

Evaluación de conocimientos, de salud, de eficiencia física y evaluación psicotécnica.