Aplican fuerte multa a supuestos responsables del comercio ilegal de Guacamayo Azul

La Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), resolvió dar por concluido el sumario contra supuestos responsables del comercio ilegal de animales silvestres – Guacamayo Azul y sancionarlos con una multa de 10.000 jornales mínimos vigentes (más de Gs. 800.000.000).

La institución calificó de “infracción grave” la conducta de Carlos Sánchez Ortiz, Nahuel Areco Ruiz, Julio César Ortiz y Carlos Hugo Aguilera, cuando el pasado 28 de octubre durante un operativo conjunto entre fiscalizadores del MADES y efectivos del Departamento de Bosques y Asuntos Ambientales de la Policía Nacional (DEBOA), se procedió a la intervención y decomiso de tres individuos de la especie Guacamayo Azul.

Estos animales estaban siendo ofrecidos por las redes sociales con un valor de Gs. 6.000.000 cada uno y que mediante una compra simulada, se logró llegar a los supuestos responsables.

Cabe resaltar que esta especie de Guacamayo se encuentra en peligro de extinción y protegido por la ley 96/92 de Vida Silvestre. Esta normativa, en su artículo 37 establece que se encuentra prohibido la caza, transporte, comercialización, exportación, importación y reexportación de todas las especies de la fauna silvestre, así como sus piezas y/o productos derivados que no cuenten con la expresa autorización de la autoridad de aplicación. 

Además, el Guacamayo Azul es una especie que se encuentra listada en la Resolución MADES N° 254/19 “Especies Protegidas de Aves”, como especie en “Peligro de Extinción”.

Tras el procedimiento de octubre de 2021 pasado, los ejemplares quedaron en custodia temporal de la Organización Papageien Paraguay, para su evaluación clínica y cuidados necesarios. Posteriormente, fueron entregados a la Unidad de Cría del Zoológico de Asunción.

Anciana fue atacada por jauría de perros Bulldog y quedó en grave estado

Una mujer de 72 años fue atacada por una jauría de perros de la raza Bulldog y quedó con graves heridas en el cuerpo. El episodio se registró en la zona de Ciudad del Este.

Esta mañana se reportó el ataque de una jauría de perros en una vivienda ubicada sobre la calle Nicolás Arguello del barrio Gral. Pablo Rojas de Ciudad del Este.

La víctima de este suceso fue identificada como Vitorina Ferreira, de 72 años, de nacionalidad brasileña, quien sufrió serias lesiones tras ser mordida por varios canes.

Te puede interesar: Apuñaló a un anciano para robarle el celular: Policía, tras los pasos de “Aldo Loco”

Según el informe, unos seis perros de la raza Bulldog atacaron a la mujer cuando la misma había cruzado cerca del lugar donde se encontraban alimentándose.

Posteriormente, fue socorrida por bomberos voluntarios y trasladada de urgencia hasta el Hospital Regional de Ciudad del Este para recibir atención médica.

Leé también: Prometió conseguir celulares que nunca llegaron: atrapan a “pirañita” que estafó a turista en CDE

El Dr. Federico Schrodel, director del citado centro asistencial, confirmó al canal C9N que la anciana sufrió heridas desgarrantes a causa de las mordidas, a tal punto de perder gran parte de la piel.

Asimismo, precisó que, a raíz del estado en que llegó, la mujer fue ingresada a quirófano para ser sometida a una cirugía de urgencia. Luego de su intervención, se tendrá un mejor panorama sobre su condición, añadió.

Crimen por “orden divina”: condenan a padre e hijo por doble feminicidio

Un hombre fue condenado a 29 años y medio de cárcel por asesinar a su esposa y a su hija por orden divina, debido a que la última estaba poseída por un “espíritu maligno”. Su hijo también fue condenado a 10 años de prisión por haber ayudado a su padre a cometer el atroz doble feminicidio.

La agente fiscal Reinalda Palacios, de Pedro Juan Caballero, representó al Ministerio Público en el  juicio oral en la causa por doble feminicidio que resultó en la condena de Pablino Giménez Ledesma y su hijo José David Giménez Romero, hallados culpables por la muerte de Patrocinia Romero y Noelia Giménez Romero, madre e hija.

Pablino Giménez fue sentenciado a cumplir una pena de 29 años y 6 meses, y su hijo cómplice a 10 años de privación de libertad.

El hecho fue descubierto en el mes de noviembre del 2021, en el asentamiento “Soberanía” del barrio Defensores del Chaco de la ciudad de Pedro Juan Caballero. Según los antecedentes del hecho, Pablino asesinó a su esposa e hija con la ayuda de su hijo José en el mes de agosto del 2021, pero fue no fue hasta noviembre cuando fueron encontrados los cuerpos en el interior de la vivienda.

En ese entonces, el padre confesó que mató a su esposa e hija “por mandato de Dios”, ya que ambas estaban “endemoniadas” y para cometer el atroz hecho, pidió ayuda a su hijo, quien sujetó del brazo a su propia madre para que la pudiera matar.

“Por orden de Jesús sacrifiqué a mi hija porque tenía muchos espíritus malignos. Reprendí al demonio y le tapé la boca “, había dicho Pablino a los medios de prensa.

Ambos cumplirán su pena en la penitenciaría Regional de Pedro Juan Caballero. El Tribunal de Sentencia estuvo integrado por los jueces Ana Aguirre, presidenta, Mirna Soto y Marcelina Quintana, como miembros.

Nota relacionada: Doble crimen en PJC: autor confesó que mató a su esposa e hija por “orden de Jesús”

Fiscalía General acciona contra la restitución de fueros

Una acción de inconstitucionalidad presentó el Ministerio Público ante la Sala Constitucional, a fin de dejar sin efecto la restitución de fueros aprobada en la sesión del 4 de abril.

El documento promovido por la Fiscalía General del Estado es contra la resolución del Senado por la cual se derogan los documentos que aprobaron los desafueros de los legisladores Erico Galeano, Rafael Filizzola y Hernán Rivas.

El argumento que sustenta la acción de constitucionalidad es que, con la resolución aludida se desvirtuó el debido proceso paralizándolos, cuando en su momento ya se otorgaron los desafueros.

Esta interrupción tiene efecto constitucional en el artículo 137 de la Carta Magna, donde, se estipula que “carecen de validez todas las disposiciones y los actos de autoridad opuesto a lo establecido en esta Constitución”.

Nota relacionada: Restitución de fueros: piden análisis constitucional para sentar postura

Otro artículo mencionado es el 248, donde se establece que el funcionario solo puede realizar los actos estrictamente legislador, con prohibición absoluta de lo no admitido.

Gustavo Santander, César Diesel y Víctor Ríos integran la Sala Constitucional de la Corte que deberá expedirse sobre esta acción.

Respecto a Celeste Amarilla, el escrito menciona que el Senado se excedió en sus atribuciones al rechazar el oficio que comunicaba la situación judicial de la legisladora y al no examinar el mérito sumario como lo indica el artículo 191 de la Constitución.