Apoderado explica error y cachafacería de la Concertación en pedido de abrir el Sobre 4

El abogado Jorge Rivas Careaga, exapoderado del PEN y apoderado distrital de la Concertación, explicó en qué casos corresponde solicitar la apertura del Sobre 4 y por qué es improcedente el reclamo de la Concertación de solicitar el recuento de manera aleatoria. Calificó todo como una “cachafacería”.

Durante las elecciones, el proceso electoral culmina con el día de la votación y con el escrutinio público y fiscalizado, que consiste en que, el presidente de mesa muestra el boletín que se utilizó, lo pasa por la urna y en la urna aparece el voto que está impreso en el boletín, ahí tenemos el primer mecanismo del control

Luego, se imprimen las actas de escrutinio, los certificados de resultados que se entregan a los apoderados e interesados en general, se cierran los sobres, se lacran, se envían al TSJE

“Supongamos que en la mesa uno de un colegio, la candidata A tuvo 200 votos y el candidato B 100 votos. ¿Hubo reclamo en mesa? No, porque todos coincidimos que esos son los resultados de la mesa, pero cuando vamos a la JE encontramos que B tuvo 300 y A 0. Algo no está bien o el acta es falsa o se adulteró de alguna forma, esa es una de las denuncias”, dijo Careaga, a modo de ejemplo.

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En un caso así, la manera correcta de impugnar es mediante la presentación del certificado de resultado, contrastándolo con el acta en manos del TSJE.

En tal sentido, se puede solicitar la apertura del Sobre 4, pero, en el marco de una impugnación por falsificación de acta de escrutinio.

“El cómputo provisorio, el juzgamiento de acta definitiva y la proclamación son un procedimiento reglado, tenemos que ser serios con las impugnaciones, no es que la doctora Polo ni Laura en América deciden, no puedo pedir que se abra aleatoriamente el Sobre 4, porque la ley me dice que se hace en cada etapa, porque no está permitido el recuento, es una cachafacería”, afirmó.

Insistió en que no corresponde abrir aleatoriamente el Sobre 4 en el 10 % de las mesas, porque lo que dice la ley es que, la apertura se hace sobre el juzgamiento de actas, por lo tanto, si no existe impugnación, no tiene sentido abrir el sobre.

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Insólito: en Encarnación, prohiben a vehículos de plataformas tener logos y ploteados

Una insólita disposición rige en la ciudad de Encarnación, donde los vehículos que operan en plataformas de transporte como Bolt y Uber no pueden contar con ploteados o logos.

El subjefe de la Policía Municipal de Tránsito (PMT) de Encarnación, Adolfo Duarte, explicó que la Ordenanza 110/24, aprobada la semana pasada, establece nuevas disposiciones para los vehículos que operan en plataformas de transporte alternativo.

Una de las medidas tiene que ver con la utilización de ploteados y logotipos alusivos al servicio prestado (Bolt, Uber, etc.), que con esta nueva disposición se encuentran prohibidos en la ciudad itapuense.

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No pueden tener ningún logo por el vehículo, tampoco pueden hacer paradas en ningún lugar”, manifestó en entrevista con el medio Más Encarnación.

De igual manera, resaltó la importancia de que estos trabajadores del volante se encuentren registrados en la Municipalidad de Encarnación y que cuenten con habilitación y licencia de conducir de dicho municipio.

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Duarte señaló que ya se encuentran haciendo la debida comunicación sobre esta exigencia a los conductores que operan con plataformas digitales, antes de empezar a aplicar las sanciones correspondientes.

En caso de incumplimiento posterior al periodo de socialización, los mismos se exponen a multas administrativas, adelantó.

Bus chatarra choca contra vivienda tras quedarse sin frenos

El choque se registró ayer en el barrio Pablo Rojas de Ciudad del Este. Se reportaron dos heridos.

Un chofer de un colectivo de la empresa Alto Paraná perdió el control del mismo y fue a impactar contra una casa.

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Niño de Jesús Benítez Aranda, trabajador del volante, relató que el choque se debió a desperfectos mecánicos del bus que manejaba. Indicó que mientras circulaba sobre la ruta intentó frenar, hecho que no ocurrió, por lo que fue a parar contra una vivienda y el poste de la ANDE.

En consecuencia del impacto, el chofer y una pasajera sufrieron lesiones siendo derivados hasta el hospital regional de Ciudad del Este, donde recibieron atención médica.

Los agentes policiales de la comisaría 4° intervinieron en el sitio, incautaron el bus que quedó con importantes daños materiales.

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Epidemia que no deja dormir en Asunción y Central: 50 denuncias, un condenado, miles de insatisfechos

La polución sonora es una de las ‘epidemias’ que azota a pobladores de la capital y Central, principalmente, en donde se verifica la mayor cantidad de denuncias.

La fiscal Lorena Ledesma abordó al respecto el sufrimiento que viven las personas que viven cerca de locales nocturnos o bares, en donde la música a volúmenes superiores a lo permitido, convierte en infierno la vida de muchos.

En el caso Asunción – apuntó la fiscal- hay varios locales nocturnos que funcionan en terrazas de edificios del centro, lo cual dificulta mucho la identificación de los propietarios.

“Todos los días se tiene denuncias y lo que se pide a los vecinos es acercarse al Ministerio Público y comunicar efectivamente a qué hora los locales están funcionando… En muchos casos no podemos acceder a los propietarios del lugar porque no están registrados, porque no están habilitados y cuando la municipalidad se constituye están cerrados y no hay forma de identificar a los propietarios”, expresó Ledesma en comunicación con la 1080 AM.

Apuntó que en la actualidad hay alrededor de 50 denuncias formales por polución sonora en Asunción, San Lorenzo, Luque, Fernando de la Mora, entre otros, varios de los cuales fueron emplazados para adecuar sus locales a lo que dispone la legislación.

“Las mediciones realizadas demostraron que los niveles de ruido superaron ampliamente lo permitido. la Fiscalía se encuentra trabajando para abordar y dar respuesta en todos los casos”, añadió.

CONDENAS

Un tribunal integrado por las juezas Laura Ocampos, Cándida Fleitas y Mesalina Fernández condenó a dos años de cárcel, con suspensión de la pena, al empresario César Campiz Leguizamón. Este es propietario del bar Moe, y la sanción es por los delitos de contaminación del aire y emisión de ruidos dañinos.

Las reglas de conducta impuestas por las juezas al infractor , es la orden de realizar donaciones a instituciones de beneficencia como reparación del daño.

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