Covid-19: Endurecen medidas de restricción durante la cuarentena
El ministro del Interior, Euclides Acevedo, detalló las medidas restrictivas más duras y estrictas, así como las excepciones que serán reducidas, contempladas en el nuevo Decreto Presidencial.
El titular del Interior, dio a conocer las nuevas medidas del aislamiento preventivo general, establecido en el Decreto Presidencial N° 3490/20, que tiene vigencia hasta el 12 de abril del 2020.
“Este será un Decreto, más que interpretativo, mucho más claro, conciso, preciso y coercitivo”, explicó el ministro Euclides Acevedo.
Las nuevas y principales restricciones refieren a:
Se exceptúa la circulación de las personas que cumplan las siguientes actividades y servicios
1) Autoridades Nacionales, departamentales y municipales, autoridades diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables; servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos y hospitalarios; Personal de Salud, Fuerzas Militares y Policiales.
2) Las personas que deban asistir a otras con discapacidad, a adultos mayores, niños y adolescentes.
3) Trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios, con constancia de la función y horarios de cobertura específica.
4) Supermercados, despensas, farmacias y la cadena logística para la provisión de los alimentos. Así como los servicios de veterinarias para
casos de urgencias.
5) Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones) y de emergencias, con el personal mínimo necesario para su funcionamiento.
6) Servicios funerarios.
7) Las personas afectadas a las obras públicas en general. En la zona urbana de la capital, están autorizadas sólo las obras relacionadas al área de la Salud.
8) Servicios de entrega a domicilio (delivery) de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad básica, a partir de las 05:00 horas hasta las 23:00 horas, salvo las farmacias que atienden las 24 horas. El delivery de bebidas alcohólicas no está permitido en ningún horario.
9) Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos; así como residuos generados en establecimientos de salud y afines.
10) Estaciones expendedoras de combustibles y distribuidores de garrafas de gas, a partir de las 05:00 horas hasta las 23:00 horas.
11) Servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero.
12) Cadena Logística (puertos, buques fluviales, líneas marítimas, transporte terrestre de carga). Servicios aduaneros de carga y descarga de mercaderías
Todas las empresas exceptuadas deberán adoptar los máximos recaudos de prevención y cuidados sanitarios indicados por el MSPBS y el protocolo respectivo del Ministerio del Trabajo.
No se deben incluir a las personas menores de 18 ni mayores de 60 años de edad, salvo aquellas que ejerzan servicios médicos de urgencia o aquellos afectados a servicios imprescindibles para la comunidad.
Los habitantes que incumplan el decreto serán sancionados conforme al “Código Sanitario”, la Ley “Que sanciona delitos contra el medio ambiente”, el Código Penal vigente y demás leyes aplicables.
El ciudadano que presente un justificativo para la circulación durante la cuarentena total tendrá carácter de declaración jurada a los efectos legales, en los controles de las fuerzas del orden. Estos son los puntos del decreto sobre las nuevas medidas de restricción para la circulación durante el aislamiento
preventivo general
Restringir el tránsito de personas y vehículos hasta el 12 de abril
Durante la vigencia los habitantes deberán permanecer en sus residencias y podrán hacer desplazamientos mínimos para adquirir alimentos, medicamentos y artículos de limpieza
Se exceptúa la circulación de las personas que cumplan las siguientes actividades y servicio.
Incendio en el banco San Miguel consumió varias viviendas y hectáreas
Más de 200 bomberos voluntarios trabajaron para apagar el incendio que inició en horas de la tarde del sábado y afectó viviendas de la zona.
En horas de la tarde de este sábado un incendio se produjo en la zona del banco San Miguel en Asunción e inmediatamente el equipo de reacción de bomberos de las Fuerzas Armadas y Bomberos Voluntarios llegaron al lugar.
El fuego se extendió hacia una zona poblada, constituida por casas precarias que fueron alcanzadas por llamas.
Según los primeros reportes, el incendio, que consumió varias hectáreas y llenó de humo la Costanera de Asunción, fue provocado.
Ambulancias también llegaron hasta la zona porque se reportaron niños y voluntarios intoxicados.
Adolescente muere ahogado tras lanzarse al río Paraná
Un adolescente perdió la vida al ahogarse en el río Paraná tras lanzarse para darse un chapuzón. Su cuerpo fue encontrado dos horas después tras una intensa búsqueda en Ñacunday, Alto Paraná.
Un trágico incidente ocurrió en Ñacunday, Alto Paraná, cuando un adolescente de 14 años perdió la vida tras lanzarse al río Paraná para darse un chapuzón. El mismo no logró salir del agua, y su cuerpo fue encontrado dos horas después.
El hecho tuvo lugar alrededor de las 15:45, a 1.500 metros de la Subcomisaria 33ª del Puerto Paranambú. Según José del Socorro Ortega, testigo del suceso, el adolescente se lanzó al río y desapareció rápidamente en las aguas.
La búsqueda fue liderada por personal de la Marina, con el apoyo de vecinos de la zona, quienes lograron localizar el cuerpo sin vida del joven tras una intensa labor.
El caso fue comunicado a la Unidad Penal N.º 1 de Iruña, donde la agente fiscal María del Carmen Meza quedó a cargo de las diligencias correspondientes.
Villa Elisa contra ley que unifica costos de patentes, califica de “inconstitucional”
La Municipalidad de Villa Elisa anunció que promoverán una acción de inconstitucionalidad contra la nueva normativa que establece el costo único de la habilitación vehicular en todos los municipios.
En un comunicado, la Municipalidad de Villa Elisa informó que recurrirán a un recurso legal para impedir que la ley que aumenta y unifica el costo de los patentes vehiculares se aplique.
“En nuestra opinión, la Ley no considera adecuadamente la capacidad contributiva de los ciudadanos ni se alinea con principios económicos y sociales justos”, expresa parte de documento donde, además, señala que la normativa vulnera el principio de igualdad tributaria.
La legislación promulgada el 6 de enero y en vigencia desde el 13 de enero establece el método para fijar los costos mínimos de las habilitaciones de motocicletas, automóviles, autobús, ómnibus, automóvil de carga, camioneta, camión, tractocamión, furgón, maquinaria de transporte y trenes tomando como base el jornal diario.
La Ley Nº 7447/2025 no todos los municipios la aplican de manera inmediata, otros la rechazan, como el caso de Villa Elisa.
Desde la Municipalidad de Villa Elisa anunciaron, además, que desde la intendencia presentarán una propuesta a la Junta Municipal para modificar un artículo en la Ordenanza Tributaria.