Fiscal que investiga muerte de Nico: “Conducir bajo los efectos del alcohol ya no es delito”

El fiscal Óscar Delfino, quien investiga la muerte del joven Rubén Nicolás Fernández, alegó que el informe pericial señala que la responsabilidad del accidente no recae en el conductor Mauricio Matías Gulino Lird, a quien solo lo acusó por omisión de auxilio y lo liberó del homicidio culposo. Además de indicar que la víctima cruzó mal, remarcó que para la Corte Suprema de Justicia, ya no es delito conducir bajo los efectos del alcohol.

Con relación al caso del joven Rubén Nicolás Fernández Cañiza, quien murió en un accidente de tránsito en la vía pública, el fiscal Óscar Delfino indicó que Mauricio Matías Gulino Lird fue imputado inicialmente por Homicidio Culposo y Omisión de auxilio, pero que solo lo acusó por el segundo delito porque el peritaje realizado por el perito de la Policía Nacional, Oficial 1ro Carlos Javier Rotela, concluyó que no había responsabilidad por parte del conductor.

Según el fiscal, el perito informó que la velocidad determinada al momento del impacto era de 59,07 KM/h. De acuerdo con dicho informe pericial, “el accidente era inevitable para el conductor”, porque la zona del cruce que realizó el peatón no fue en área peatonal, la luminosidad jugó en contra, entre otros aspectos.

“Aquella responsabilidad recae en el factor humano (peatón) quien ejecuta una maniobra de cruce en lugar no habilitado para dicha acción, además de hacerlo en forma intempestiva lo cual no le dio espacio, ni tiempo suficiente para finalizar la acción del cruce constituyendo un peligro para su propia integridad física con lo cual se produce el atropello. El mismo falleció a causa de las lesiones”, concluye.

CONDUCIR EBRIO YA NO ES DELITO

Mauricio Matías Gulino Lird fue sometido a la prueba de alcohol y el resultado fue de 0,04 mg/l (miligramos de alcohol por litro de aire espirado), según los antecedentes del caso.

En ese sentido, el fiscal recurre a una Jurisprudencia de la Corte (marzo de 2019) para mencionar que “conducir bajo los efectos del alcohol ya no es delito”. Al repecto, ahonda que conducir bajo los efectos del alcohol se subsumía en “Exposición a peligro en el tránsito terrestre, que a su vez se remitía a una ley especial que establecía las graduaciones (ley de tránsito y seguridad vial). Pero la Corte, en una resolución de 2019, determinó que dicha Ley tenía una laguna en lo relativo a la graduación y determinó que conducir bajo los efectos del alcohol es una conducta atípica. Con esta posición la Corte excluye la intervención del Ministerio Público por no ser delito.

El Ministerio Público anteriormente realizaba la investigación e imputación en los casos de alcotest positivo. Sin embargo, con esta postura de la Corte Suprema de Justicia que rechaza la intervención de la Fiscalía, estos casos quedan sin poder ser imputados por conducir en estado de ebriedad. En el 2019 se intentó una modificación de la ley pero no tuvo avances porque la misma fue vetada por el Poder Ejecutivo.

Si bien la ley dice que el Ministerio Público sólo puede actuar en casos de falta gravísima, tampoco la ley establece que graduación es gravísima y establece una sanción hasta 2 años o multa.

Incluso, el Juzgado Penal de Garantías afirmó en aquel entonces que la decisión de la Corte era correcta desde el punto de vista legal, la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que interpreta que conducir en estado de ebriedad es falta administrativa y no delito que merece persecución penal.

También la Fiscalía informa que A fin de relevar más datos sobre los procedimientos realizados en dicha causa la misma será sometida a una auditoría de control de gestión a fin de un análisis exhaustivo de las diligencias realizadas.

OTRO CASO SIMILIAR

Para sustentar su argumento, el fiscal de la causa recuerda que la misma Sala de la Corte confirmó el pasado 1 de julio el sobreseimiento definitivo de una mujer que dio al alcotest 0.364 mg/L. En ambos casos, el ministro Manuel Ramírez Candia estableció que por la baja graduación alcohólica, los casos debían dirimirse en el ámbito administrativo, acorde a la misma ley de tránsito, y también advirtió que existe un obstáculo legal en casos así.

“Al no hallarse en la norma el límite máximo de la falta gravísima el aplicador se encuentra en la imposibilidad de determinar a partir de cuánto la conducta podría ser punible”, menciona Ramírez Candia en la sentencia del año pasado. Peña se adhirió a su voto, según expone el Ministerio Público.

“La Corte hace un argumento basándose en un principio cardinal del derecho penal, el principio de legalidad. La ley no dice claramente a partir cuánto sería delito. Técnicamente hoy no hay un tipo penal, no sabemos a partir de qué momento se configuraría la exposición al peligro en el tránsito terrestre”, resalta el fiscal.

Atrapan a “Guapo”, líder de pirañitas que estafan y asaltan a turistas en CDE

La Policía Nacional concretó la detención de alias “Guapo”, sindicado como supuesto líder del grupo de falsos guías turísticos (pirañitas) que operan en el microcentro de Ciudad del Este.

A raíz de la denuncia formulada por un ciudadano brasileño, agentes de la Policía Turística de Alto Paraná ayer concretaron la detención de Juan Godoy Núñez, de 40 años.

Según el informe, Gregory Ribas, de profesión piloto, acudió hasta la Perfumería Elegancia, que funciona dentro del Shopping Vendôme de Ciudad del Este, con el fin de realizar compras.

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Fue en ese momento cuando el extranjero fue víctima de un robo, siendo acusado por este ilícito el ahora detenido, quien es conocido bajo el alias de “Guapo”.

De acuerdo a medios locales, Godoy es sindicado como líder del grupo de falsos guías turísticos, conocidos en la zona como “pirañitas”, que se encargan de estafar a turistas en el microcentro de CDE.

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Tras la denuncia, una comitiva se constituyó hasta el local en cuestión en compañía de la víctima, quien logró identificar a “Guapo”. A raíz de ello, el fiscal Gabriel Segovia ordenó su detención.

Godoy presuntamente manejaría varios locales en la capital altoparanaense que funcionan como “negocios de fachada” y que servirían para embaucar a los compristas extranjeros, refiere el diario La Clave.

Mujer fallece tras ser arrollada por una camioneta en Arroyito

Una mujer perdió la vida luego de ser arrollada por un vehículo en la ciudad de Arroyito, departamento de Concepción. El conductor fue detenido tras el percance fatal.

Alrededor de las 19:00 hs del miércoles se registró un trágico accidente de tránsito sobre la Calle 18 del distrito de Arroyito, Concepción.

La víctima fatal de este suceso fue identificada como Nidia Beatriz Candado de Acosta, de 68 años, quien perdió la vida luego de haber sido arrollada.

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El causante del accidente es Ariel Benítez Insfran, de 38 años, quien iba al mando de una camioneta de la marca Chevrolet modelo Montana año 2018.

Según el reporte de Concepción al Día, la víctima se encontraba de camino a un local de la zona y, al momento de cruzar la ruta, fue atropellada por el vehículo manejado por Benítez.

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A raíz del impacto, Candado acabó siendo arrojada sobre la capa asfáltica y sufrió lesiones graves. Posteriormente, fue trasladada al Sanatorio San Antonio de Horqueta, donde ya llegó sin signos vitales.

Por su parte, el conductor del rodado involucrado en el choque fue detenido por agentes de la Policía Nacional y se encuentra a disposición del Ministerio Público y el juzgado.

VIDEO | Iracundo destrozó la moto de su sobrino tras recibir insultos y amenaza

Un hombre destrozó a golpes la motocicleta de su sobrino luego de aparentemente recibir una amenaza con arma blanca. El hecho ocurrió en la zona de Paraguarí.

En redes sociales cobró notoriedad un video en el que se observa cómo una motocicleta estacionada en la vereda es severamente dañada a golpes por un hombre.

El protagonista de esta filmación es Carlos Gustavo Roa, siendo el propietario del biciclo su sobrino, Ulises Matías Mendoza Ferreira.

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De acuerdo a la publicación de Sucesos Paraguay, la situación se desencadenó luego de que Mendoza haya ido hasta la vivienda de su tío para insultarlo y amenazarlo con un cuchillo.

DAÑO A GOLPES LA MOTO DE SU SOBRINO PARAGUARI. Un tipo destruyó la moto de su sobrino a golpes en un lío familiar ocurrido en las calles San Blas II de Paraguarí. Carlos Gustavo Roa, manifestó que se acercó hasta su domicilio su sobrino Ulises Mendoza de 26años y de manera prepotente y empezó a pronunciar palabras ofensivas contra su persona. Refirió que llevaba un arma blanca en la mano, lo amenazó y posterior se retiró del lugar, alegando que el Ulises Mendoza cuenta con Restricción y Prohibición de acercamiento a su domicilio, con Oficio Judicial del Juzgado de Paz de Paraguarí. Posterior al hecho mencionado se virilizó un video en las redes sociales (Facebook), donde se observa al señor Carlos Gustavo Roa, con un objeto en la mano ocasionando daños a una motocicleta marca Taiga, modelo TL150cc, color negro, propiedad de su sobrino Ulises Matias Mendoza Ferreira, cuyo biciclo se encontraba en la vía publica frente a su domicilio.

Publicada por SucesosParaguay en Jueves, 28 de marzo de 2024

Luego de este episodio, Roa decidió tomar cartas en el asunto y fue hasta la casa de su sobrino, a quien confrontó de manera verbal por lo sucedido.

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Instantes después, el mismo empezó a golpear la motocicleta perteneciente a Mendoza con un palo, provocándole serios daños en el tablero y el tanque de combustible, según se aprecia en el audiovisual.

Cabe mencionar que Ulises Mendoza cuenta con una restricción y prohibición de acercamiento a la vivienda de Carlos Roa, con Oficio Judicial del Juzgado de Paz de Paraguarí, detalla la publicación.