Justicia archiva denuncia contra médico cirujano acusado de lesión grave
La Cámara de Apelación confirmó el fallo por el cual el Dr. Alexis Enrique Gallagher Domínguez fue sobreseído definitivamente de un hecho de lesión grave por el cual estuvo investigado casi tres años.
Los camaristas Emiliano Rolón Fernández, Arnulfo Arias y Gustavo Santander confirmaron el fallo dictado por la jueza penal de Garantías Magdalena Narváez por el cual sobreseyó a Gallagher al no encontrarse elementos que pudieran demostrar cometió el delito por el que fue imputado.
Todo se inició el 4 de setiembre de 2018 cuando se presentó una denuncia penal contra el Dr. Gallagher en el Ministerio Público de parte de Cecilia Samudio, una mujer quien acusaba al profesional médico de haber cometido el delito de lesión grave durante una intervención quirúrgica a la que fue sometida en un sanatorio privado.
La denunciante señala que el 2 de julio de 2018 fue sometida a una cirugía estética por Gallagher, pero que con el correr de los días y tras la curaciones que le hizo el profesional en la zona abdominal aparecieron señales de necropsia y luego se supo que tenía cuatro bacterias en su abdomen. Tras esto es que se presentó la denuncia penal que fue investigada en principio por la fiscala Stella Mary Cano quien el 7 de marzo de 2019 imputó al médico por lesión grave.
El análisis preliminar del caso señalaba que las lesiones que sufrió la paciente tras la cirugía fueron eventos que se dan tras una operación compleja como a la que fue sometida la mujer, por eso se solicitó que una junta médica analice el caso. Finalmente el informe de la junta señaló que en todo momento se tomaron los recaudos para la cirugía de Cecilia Samudio, que no hubo manejo negligente de parte del imputado y tampoco la vida de la mujer estuvo en riesgo.
Con todos estos elementos la fiscala Diana Laterza presentó su informe conclusivo y señaló que no existen elementos suficientes para requerir la apertura de un juicio oral contra el imputado Alexis Enrique Gallagher ya que basándose en el informe de la junta médica no se pudo demostrar su negligencia y tampoco hay evidencias de una intensión de dañar a la paciente, por lo que no se reúnen los requisitos para acusar por el hecho de lesión grave y se solicita el sobreseimiento definitivo, así como el archivamiento del caso.
El 20 de julio de 2020 la jueza penal de Garantías Magdalena Narváez hizo lugar al pedido de sobreseimiento definitivo y levantó todas las medidas restrictivas que pesaban sobre el imputado.
Sin embargo esta decisión fue apelada y ahora la Cámara resolvió confirmar la decisión de la jueza Narváez y de esta manera el Dr. Alexis Enroque Gallagher queda sobreseído definitivamente del caso donde se comprobó que no hubo negligencia alguna.
Fiscalía pide a la Policía información sobre adolescente desaparecida
La agente fiscal Amelia Bernal, de la Unidad Penal n. º 4, de Lambaré, requirió a la comisaría interviniente, un informe detallado sobre las diligencias investigativas realizadas en el marco de la denuncia sobre la desaparición de la adolescente Liz Carina Monzón Cantero, de 15 años.
El hecho fue puesto a conocimiento del Ministerio Público mediante nota policial, en la cual se reporta que la denuncia fue formulada por María Cristina Cantero, el pasado 4 de julio.
En ese contexto, la Fiscalía solicitó ser informada si ya se ha dispuesto formalmente la búsqueda y localización de la desaparecida y en caso contrario, que se proceda a su inmediata disposición.
Asimismo, el agente fiscal recordó a la comisaría actuante que debe cumplirse con lo dispuesto en los artículos 59 y 300 del Código Procesal Penal y remitir el correspondiente informe en un plazo de 24 horas desde la recepción del pedido. Además, se solicitó verificar y aplicar los protocolos vigentes ante casos de personas desaparecidas.
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La adolescente es domiciliada en el barrio Loma Pytã de la ciudad de Asunción.
La investigación está abierta a los efectos de esclarecer el hecho y determinar el paradero de la adolescente. Ante cualquier información que pueda aportar la ciudadanía se ruega comunicarse al número corporativo 0982 548017, de la Unidad n. º 4, de Lambaré.
Rampa de frenado suma otro logro al evitar accidente de camión en Pedrozo
La rampa de frenado ubicada en la Ruta PYO2, en zona de Pedrozo, permitió evitar un nuevo accidente de tránsito este fin de semana.
El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y el Consorcio Rutas del Este divulgaron un video en el que confirman, una vez más, la efectividad de la rampa de frenado instalada en la bajada del Cerro Caacupé.
“¡Otro accidente evitado!“, señala uno de los tweets que va adjunto con el material audiovisual, donde se muestra la utilización de la estructura por parte de un camión cisterna.
El vehículo de gran porte -que transportaba combustible- tuvo fallas en su sistema de frenos, razón por la que su conductor decidió utilizar la rampa de emergencia ubicada en la Compañía Pedrozo, en Ypacaraí.
Tanto el chofer como su acompañante lograron salir ilesos de este percance gracias a la rápida reacción para girar hacia la rampa, que se encuentra a la altura del Km 48,6 de la Ruta PY02.
Desde la cartera de Obras aprovecharon la ocasión para recordar a los conductores que esta infraestructura fue diseñada para reducir riesgos y que su uso es completamente gratuito.
De igual manera, el servicio de grúa para el retiro de vehículos con desperfectos mecánicos también es ofrecido a los usuarios sin costo alguno.
MADES plantea “transición controlada” ante proyecto para prohibir cianuro en la minería
El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) expresó su posición ante el proyecto de ley que pretende prohibir el uso de cianuro en la minería, planteando una “transición controlada”.
Durante una audiencia pública celebrada la semana pasada en el Senado, tanto autoridades como trabajadores y referentes del sector dialogaron sobre el proyecto que pretende restringir el cianuro en actividades mineras a nivel nacional.
De dicha actividad participaron representantes del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), quienes presentaron la posición técnica del ente sobre este tema.
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La cartera de Estado considera factible avanzar hacia una normativa que restrinja el uso del mercurio, pero mediante una transición gradual y de manera participativa, que incluya capacitación y asistencia técnica, esto ante la dependencia económica de miles de familias.
Respecto al cianuro, el MADES explicó que su uso, bajo condiciones técnicas adecuadas y monitoreo ambiental, permite una recuperación de oro superior al 90%, lo que representa una mayor eficiencia y rentabilidad para los pequeños productores mineros.
El hecho de prohibir esta sustancia -utilizada mayormente en la lixiviación de oro- sin ofrecer una alternativa técnica y económicamente viable podría afectar la sostenibilidad de la actividad minera en regiones como Paso Yobái, alegan.
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Tal es así que, incluso, consideran que una prohibición total podría empujar a la minería a la informalidad, donde no hay controles ambientales ni sanitarios. Igualmente, puede acarrear como consecuencia un aumento en el uso de sustancias más peligrosas como el mercurio.
Teniendo en cuenta estos aspectos, la institución medioambiental propuso una estrategia de “transición controlada”, basada en la formalización de los mineros, la promoción de buenas prácticas y la autorización del uso de cianuro únicamente en operaciones que cumplan con estándares ambientales y de seguridad verificados.