Justicia Electoral reitera prohibiciones durante los comicios

La Justicia Electoral reiteró lo que está prohibido durante las votaciones que se desarrollan en estos momentos a nivel país para elegir a los intendentes y concejales.

Como primer punto, queda prohibida la aglomeración de personas o la organización de grupos en un radio inferior a 200 metros de los centros en que funcionen las meses receptoras de votos que directa o indirectamente puedan significar cualquier presión sobre los electores.

Tampoco está permitido el ingreso al local de votación portando armas, aún mediante autorización acordada por autoridades administrativas.

Se recuerda que continúa prohibida la venta de bebidas alcohólicas, hasta dos horas después de finalizar los comicios.

Los locales gastronómicos podrán atender normalmente sin vender bebidas alcohólicas, también hasta dos horas después de finalizar las elecciones.

No está permitida la celebración de espectáculos públicos desde las 0:00 horas de este domingo, hasta dos después de finalizar las votaciones.

Al momento del sufragio, está prohibido ingresar al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras o cualquier otro aparato capaz de captar o transmitir imágenes que hagan posible vulnerar el secreto del voto.

Asimismo, está prohibido ingresar al local de votación con cualquier distintivo de candidaturas.

Por último, no está permitido difundir el resultado de sondeos de boca de urna, hasta una hora después de la señalada para el cierre de las mesas receptoras de votos.

Hay 4.649.000 electores habilitados, de los cuales 83.000 son extranjeros residentes en Paraguay. Los paraguayos residentes en el exterior no podrán participar de estas elecciones. No se puede cambiar el local de votación. El voto es obligatorio hasta los 75 años, luego es opcional. Sin embargo, no habrá sanciones para aquellos que no vayan a sufragar.

El horario de votación será de 07:00 a 17:00.

Consulta de candidatos:https://candidaturas.tsje.gov.py/consultas/reporte_candidato_mv.php. Consulta al padrón: https://padron.tsje.gov.py/

Retiro de fueros no constituye hecho penal: jurista da detalles del dictamen

La restitución de fueros y la posterior anulación de esa decisión son actos jurídicamente nulos, reprochables políticamente, pero carentes de consecuencias penales por no existir una figura que los encuadre. Esta es la interpretación del jurista Marcelo Duarte, quien analizó el cass y dio detalles del dictamen emitido.


“Me pidió el dictamen un cliente mío, una persona que está muy ligada a la empresa y esta situación de incertidumbre afecta el comercio, la industria entonces para saber dónde estaban parados”, reveló el abogado Marcelo Duarte, a quien se le encargó el dictamen que posteriormente utilizó la bancada de Honor Colorado para anular la restitución de fueros a tres senadores.

A su criterio, esta situación estaba generando un deterior, pues, pareciera que el Ejecutivo encara un tipo de trabajo, mientras que, su mayoría del Congreso (ANR) está jugando con otras estrategias que lo perjudican.

El derecho público tiene sus reglas, una de las principales es que, las autoridades pueden hacer solamente lo que las normas les permiten, sea la Constitución o la ley, acotó.

“La Constitución Nacional determina expresamente qué funcionarios tiene fueros y establece por qué y cómo se les retiran los fueros, no se les puede retirar porque a uno se le ocurre, sino dentro del marco que la CN establece, es decir, para su investigación dentro del proceso penal”, indicó Duarte, en un contacto con Abc TV.

El Congreso, sea en la Cámara de Diputados o en la Senadores, puede retirarle los fueros a una persona para que sea procesada dentro de una investigación penal, pero no es atribución del Congreso otorgarle fueros a nadie. Está en la Constitución Nacional. No está en la facultad devolverle los fueros.

NO HAY HECHO PUNIBLE, SÍ ACTOS REPROCHABLES

Para Marcelo Duarte es reprochable el que hayan cometido un error de esta naturaleza, y también políticamente censurable, pero para aplicarle una sanción penal tiene que estar expresamente el tipo penal en el Código, algo que no se da en este caso.

“Si vamos a librar a la interpretación de turno que hoy puede ser una, mañana otra, entonces no hay seguridad jurídica”, afirmó. El jurista no ve cómo encajar esto en el marco penal sin forzar alguna figura.

Accidente fatal en San Lorenzo: pasó semáforo en rojo y arrolló a motociclista

Un motociclista falleció esta madrugada en un accidente de tránsito registrado en la ciudad de San Lorenzo. El mismo fue arrollado por un automóvil que cruzó el semáforo en rojo, según testigos.

Poco después de las 02:00 hs de este jueves se registró un accidente de tránsito con derivación fatal sobre la Ruta PY02 casi Dr. Rodríguez de Francia, en la zona céntrica de la ciudad de San Lorenzo.

El percance vial involucró a un vehículo de la marca Toyota modelo Vitz color rojo, al mando de Miguel Ángel Godoy Peña (24), y a una motocicleta de la marca Honda modelo CB 150 cc color rojo, guiada por un hombre cuya identidad aún no trascendió, ya que carecía de documentos.

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Según menciona el informe policial, el conductor iba sobre la Ruta PY02 en el sentido Asunción-San Lorenzo cuando impactó de lleno contra el biciclo, haciendo que su conductor salga despedido varios metros sobre el asfalto.

Testigos mencionaron a los intervinientes que, aparentemente, el automóvil cruzó el semáforo en rojo y no tuvo tiempo de reaccionar, por lo que acabó arrollando al motociclista. A esto se le sumaría la alta velocidad en la que circulaba.

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Tras el choque, el rodado impactó contra un árbol que se encontraba sobre la vereda e hizo que caiga al suelo, quedando luego incrustrado por una muralla. Asimismo, el chofer quedó atrapado en el habitáculo durante varios minutos.

Debido la gravedad de sus heridas, el motociclista falleció instantes después del accidente. Por su parte, Godoy se encuentra grave tras sufrir múltiples fracturas y contusiones en la cabeza, por lo que fue trasladado al Hospital del Trauma.

Disfrazadas de monjas explotaban laboralmente a niñas, investigan si eran abusadas

Una red liderada por una mujer que se disfrazaba, junto a otras, de monjas, fue intervenida por el Ministerio Público. Ocurrió en la ciudad de Minga Guasù, departamento de Alto Paraná.


La fiscal Vivian Coronel, ordenó la detención de la persona que creó un membrete : “Hijas de la Virgen de Caacupe”, para camuflar una agencia de empleos, en un negocio de explotación laboral infantil y juvenil.

La mujer trataba con familias de escasos recursos (así como niñas en situación de calle) para convencerlas con “ayudas” para conseguir trabajo, por un lado, y asistencia “22espiritual y religiosa”, por el otro.

Con esta estrategia logró atraer a su proyecto a 17 niñas. Estas eran “colocadas” como empleadas domesticas en casas particulares, pero cuyos salarios iban a parar para ella. No se se descarta que con este ropaje, las menores haya sufrido abuso sexual, teniendo en cuenta la tendencia existente en ese ámbito delictual.

“Hasta ahora el ilícito es por explotación laboral y esclavitud. Pero se investiga si no hubo otro tipo de violación a la ley”, dijo la fiscal Coronel en comunicación con la 1020 AM. Añadió que la presunción del Ministerio Público es que habría “muchos casos más”, que irían saltando conforme la evolución de la pesquisa.

El método de las implicadas era, en apariencia, bastante efectiva, teniendo en cuenta que, vestidas de monjas, lograban granjearse la confianza de los familiares y victimas.

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