Para la Junta Municipal, casinos y moteles pueden estar cerca de guarderías
La Junta Municipal de Asunción aprobó este miércoles un dictamen en el que establece que una guardería y un jardín de infantes no tienen función educacional, es decir, no son instituciones educativas. Con este visto bueno, se sienta un antecedente que podrá ser utilizado por empresas de juegos de azar, bares e incluso moteles que deseen instalar comercios cerca de locales que reciben a bebés y niños.
En la sesión ordinaria de hoy, la Junta Municipal de Asunción trató un dictamen de la Comisión de Planificación, Urbanismo y Ordenamiento Territorial, con relación a una nota presentada por Juan Norberto Rubio, representante de la empresa American Golden SA dedicada al rubro de los juegos de azar, por la cual solicitó una aclaración sobre el alcance de la función educacional mencionado en el artículo 122 de la ordenanza 43/94, que establece el Plan Regulador de Asunción.
El artículo en cuestión indica textualmente: “Prohíbase la implantación de programas compatibles con la función educacional en un radio mínimo de 300 metros”. El siguiente artículo considera programas incompatibles a: industrias con emisión de ruido, humo, olores o gases, entre otros; talleres mecánicos; aserraderos; bares y clubes nocturnos; salones y juegos de azar; moteles urbanos o moteles de alta rotatividad.
Sin embargo, el pleno de la Junta aprobó el dictamen que indica que las guarderías y/o jardines de infantes no son instituciones de función educacional, con lo cual da vía libre a empresas de cualquier rubro a establecer sus respectivos emprendimientos.
Sobre el punto, el concejal Sebastián Villarejo (PQ) dijo a HOY Digital que la nota fue enviada en forma genérica y que no establece la situación geográfica del local. Por otro lado, expresó que la nota no pasó por la Comisión de Legislación que también debe evaluar puntos similares a este.
El dictamen pasará a consideración del intendente Mario Ferreiro que tiene la posibilidad de vetarlo o aprobarlo para que este se convierta -o no- en ordenanza.
En noviembre del año 2016, la Municipalidad de Asunción ya había revocado la resolución que aprobó el permiso de explotación de máquinas tragamonedas al casino de la empresa Crown Gaming Paraguay SA, que iba a establecerse en San Martín casi Teniente Vera de Asunción. El motivo fue que este local iba a funcionar en las cercanías de tres instituciones educativas.
En este sentido también está vigente la resolución 36/2016 de la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) que establece que no se podrá aprobar la construcción de casinos a menos de 500 metros de instituciones educativas.
Incautan casi 1000 pares de calzados sin documentación en Coronel Oviedo
Funcionarios de la DNIT, con apoyo de la Policía Nacional, retuvieron un cargamento de calzados de distintas marcas durante un control realizado en Coronel Oviedo. La mercadería sería de posible procedencia brasileña y no contaba con documentación que acreditara su importación o libre tránsito en Paraguay.
El procedimiento fue realizado este martes 18 de agosto, desde las 04:00, por funcionarios de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), con apoyo de personal policial, en la zona de Coronel Oviedo.
Durante el control fue verificado un vehículo perteneciente a la empresa transportadora Alberdi Exprés, en cuyo interior se encontraban varias mercaderías.
Entre la carga fueron detectadas 74 cajas de calzados, cada una con 12 pares, además de otra caja que contenía 36 pares de calzados de distintas marcas.
En total, fueron retenidos 924 pares de calzados deportivos, que, de acuerdo con el informe de la DNIT, serían de posible procedencia brasileña.
Al momento de solicitar la documentación correspondiente, se presentó una Boleta de Levante N.º 0001425, a nombre de una ciudadana argentina. Sin embargo, según el informe, no se contaba con documentación que acreditara la importación o el libre tránsito de los calzados dentro del territorio nacional.
Posteriormente, una vez trasladado el procedimiento al predio de GICAL, se presentó Carlos Saúl González Báez, quien se identificó como propietario de la empresa transportadora.
El hombre fue informado sobre la situación de las mercaderías retenidas durante el procedimiento.
EL RESTO DE LA CARGA SÍ TENÍA DOCUMENTOS
Desde la DNIT señalaron que las demás mercaderías transportadas contaban con sus respectivas documentaciones legales.
Por este motivo, esas cargas fueron liberadas, al igual que el vehículo de la empresa transportadora.
El procedimiento culminó a las 10:46 y quedó documentado con la firma de los funcionarios intervinientes y del propietario de la empresa.
La mercadería retenida quedó sujeta al procedimiento correspondiente para determinar su situación legal y eventual ingreso irregular al país.
Debe G. 131 millones en prestación alimentaria y sigue sin figurar en la lista del REDAM
Rocío Melgarejo denunció públicamente enfrentarse a constantes suspensiones de juicios y trabas institucionales para registrar a su expareja en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), a pesar de que el hombre acumula una deuda superior a los 130 millones de guaraníes y permaneció prófugo de la justicia en varias ocasiones.
La mujer expuso públicamente en comunicación con la radio Universo 970/Nación Media, la crítica situación burocrática y procesal que atraviesa desde hace más de cinco años. Denunció el incumplimiento del deber alimentario por parte de su expareja, quien pese a acumular una deuda calculada en G. 131.791.000 y contar con antecedentes de rebeldía judicial, no figura en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM).
El conflicto inició en el año 2016 con la firma de un acuerdo de homologación judicial en el cual se estableció una prestación mensual de G. 2.000.000 más la cobertura de un seguro médico.
Según el relato de Melgarejo, el demandado nunca cumplió con el pago del seguro ni con el monto estipulado de forma regular. Ante la falta de pago, en el año 2020 la denunciante formalizó la denuncia en la vía penal, lo que derivó en la apertura de una investigación fiscal por el incumplimiento de las obligaciones alimentarias.
Durante el proceso penal, el denunciado fue declarado en rebeldía y se mantuvo prófugo de la justicia durante varios años. Pese a que en las audiencias el imputado alegaba no contar con recursos económicos para cubrir la suma adeudada, el Ministerio Público otorgó un plan de pagos a 36 meses, pero volvió a incumplir lo pactado y permaneció prófugo dos años más, hasta entregarse en febrero de este año.
Melgarejo señaló que el tercer juicio oral programado para el pasado 30 de julio volvió a ser suspendido, mientras que el hombre actualmente se desempeña en el área de gastronomía y trabaja en instituciones educativas.
La denunciante cuestionó además las barreras administrativas para lograr la inclusión del moroso en el REDAM. Tras iniciar las averiguaciones este año, Melgarejo acudió al juzgado de la niñez correspondiente para solicitar el trámite, esperando que la inscripción fuera inmediata o respetara los plazos estipulados de 72 horas. Sin embargo, denunció haber recibido un trato deficiente y exigencias que contravienen la normativa vigente.
Fiscalía debe decidir si lleva a juicio a hombre que intentó matar a su hermano
La fiscala adjunta de San Pedro, Alicia Saprisa, deberá resolver si presenta acusación y solicita la elevación a juicio oral de Ignacio Benítez Duarte, procesado por tentativa de homicidio doloso tras presuntamente intentar asesinar a su propio hermano.
El caso tomó un rumbo llamativo luego de que el fiscal Walter Javier Melo solicitara el sobreseimiento provisional del procesado, pese a que, según la querella adhesiva, existen elementos de prueba suficientes para sostener una acusación.
Durante la audiencia preliminar ante el juez penal de garantías Óscar Segovia, el fiscal interino Pedro Nelson Acuña se ratificó en el pedido de sobreseimiento provisional.
Sin embargo, el magistrado, tras analizar los elementos reunidos en la carpeta fiscal, decidió dar trámite de oposición al requerimiento y remitir los antecedentes a la fiscala adjunta Alicia Saprisa, quien deberá estudiar los motivos por los cuales se solicitó la desvinculación provisional del procesado y definir si corresponde presentar acusación.
VÍCTIMA TEME POR SU VIDA Y LA DE SU PADRE DE 99 AÑOS
Durante la diligencia judicial, la víctima, Luis Miguel Benítez, expresó su temor por su seguridad y la de su padre, de 99 años. Según manifestó, teme que, si Ignacio Benítez Duarte recupera su libertad, pueda atentar contra sus vidas.
Además, señaló que esta sería la tercera denuncia presentada contra el imputado y cuestionó la actuación de la Justicia en los casos anteriores. Por ello, exige que el Ministerio Público presente una acusación y que el proceso avance conforme a derecho.
Por su parte, la querella adhesiva sostiene que existen suficientes elementos para llevar el caso a juicio oral y público. Entre las evidencias citadas se encuentran declaraciones testificales y varios videos que, según la parte querellante, muestran claramente lo ocurrido.
CUESTIONAN PEDIDO DE OBRESEIMIENTO PROVISIONAL
El fiscal Walter Melo fundamentó su pedido de sobreseimiento provisional en la necesidad de realizar algunas diligencias pendientes dentro de la investigación.
No obstante, desde la querella consideran que varias de esas medidas son básicas y cuestionan que se haya solicitado el sobreseimiento pese a la existencia de elementos que, a su criterio, permitirían sostener una acusación.
Ahora, la decisión queda en manos de la fiscala adjunta de San Pedro, Alicia Saprisa, quien deberá determinar si ratifica el pedido de sobreseimiento provisional o si ordena la presentación de una acusación contra Ignacio Benítez Duarte para que el caso sea debatido en un juicio oral y público.