Tras crimen de niña, reflotan proyecto para restringir los indultos presidenciales
Hasta el momento la Ley permite al Poder Ejecutivo conceder indulto incluso a los reos que cometieron crímenes, ya que el Parlamento aun no estudia un proyecto que permitirá dar la amnistía solo a los que realizaron delitos. La propuesta fue reflotada tras el caso de Iluminada Ruiz Díaz.
El diputado colorado Óscar Tuma presentó, hace más de un año, un proyecto de ley para modificar la Ley que establece el indulto presidencial, de modo a que no sean beneficiados los reos que ingresaron al sistema penitenciario por haber cometido crímenes.
El parlamentario señaló este viernes que el objetivo será prohibir dicha amnistía en casos de homicidio doloso, coacción sexual, violación, delitos de genocidio, de lesa humanidad y crímenes de guerra. De aprobarse este documento, solamente podrán ser indultados los internos de las cárceles que cometieron delitos y demuestran que desean reinsertarse a la sociedad.
Este pedido reflota tras el macabro asesinato de la niña Iluminada Ruiz Díaz (8), quien fue arrojada con vida a las aguas del río Paraná, luego de ser violentada sexualmente. El presunto agresor es Agustín Anzoategui, quien fue indultado por el entonces presidente de la República, Fernando Lugo, en el año 2011.
“Es fundamental, porque es como un premio el indulto, pero no puede ser otorgados para los que cometieron crímenes porque salen a delinquir nuevamente. Hay muchos casos de personas que cometieron feminicidios, por eso es el planteamiento es la modificación, que lo presenté hace mucho tiempo”, resaltó.
Óscar Tuma lamentó que el texto se encuentra en las comisiones asesoras y estas aún no están dictaminando, por lo que se dilata el estudio en la Cámara Baja.
SALDRÁN EN LIBERTAD
Por otra parte, este viernes, el presidente de la República, Horacio Cartes, emitió la lista de las personas indultadas. Esto se da tras el pedido expreso del papa Francisco al mandatario paraguayo, para que conceda la libertad a los presos que están arrepentidos de los hechos ilícitos cometidos.
La nómina está integrada por Liz del Carmen Espinoza Coronel, Natividad Antúnez, Alba Lilian Espínola Antúnez, Matilde Larrea Riquelme, Cynthia Mariela Lezcano Bedoya, María Esther Servín y Felicita Giménez de Retamozo, todas ellas de la correccional de mujeres “Casa del Buen Pastor”.
La lista continúa con Luisa Victoria Franco y Floriana Fariña Escurra, ambas de la correccional “Juana María de Lara”. Con Mirna Miguelina Román Salinas, de la penitenciaría regional de Encarnación, se cierra la lista de mujeres indultadas.
Otros beneficiados son Walter Daniel Giménez Echagüe, Laureano Silver Jara, Ramón Darío Sánchez Villalba e Isabelino Franco Benítez, todos de la penitenciaría de Tacumbú. Antonio Delvalle y Tomás Federico Gómez González, ambos de la granja penitenciaría Itá Porâ, también saldrán en libertad gracias al indulto.
Defensa de Boidanich presenta alegatos finales hoy
El juicio oral al exministro de la Seprelad, acusado por frustración de la persecución penal en el caso Messer, continúa este jueves con la presentación de los alegatos finales de la defensa. Si la Fiscalía no solicita aclaraciones al respecto, la sentencia podría conocerse hoy.
El exministro de la Seprelad es acusado de frustración de la persecución penal y demora. En el primer caso, una supuesta omisión por no haber enviado un informe de inteligencia de la SEPRELAD en un determinado periodo de tiempo, con la presunta intención de retardar un borrador de informe para favorecer a otro (en relación con el caso de Darío Messer) y evitar que fuera condenado o sometido a una medida. En cuanto a la demora, según el abogado Óscar Lovera, la Fiscalía fundamenta su acusación en una afirmación genérica en un plazo largo de tiempo para el envío de ese informe.
Hoy a las 8:30 se reanuda el juicio a Óscar Boidanich; luego de que el jueves pasado la Fiscalía presentara sus alegatos, esta vez le toca el turno a la defensa.
El abogado Claudio Lovera, entrevistado esta mañana por el canal Gen, expuso los argumentos que dejan sin sustento la acusación de la Fiscalía:
Inexistencia de perjuicio o riesgo en las decisiones jurídicas: La fiscalía reconoce que todas las medidas cautelares sobre los bienes de Darío Messer se aplicaron de oportunamente y se aplicó el comiso sobre el 100% de sus bienes. Por lo tanto, la SEPRELAD no pudo haber puesto en riesgo ninguna decisión, ya que las decisiones de la Fiscalía para el comiso se apoyaron en fallos dictados en Brasil que aún no existían cuando la SEPRELAD realizaba su análisis financiero.
El informe de inteligencia financiera se entregó oportunamente: el trámite del informe transcurrió por las etapas y distintas áreas previstas dentro de la Secretaría (las cuales no corresponden a Óscar Boidanich) y llegó de manera oportuna al Ministerio Público. De hecho, el trabajo previo de la SEPRELAD le permitió a la Fiscalía ganar mucho tiempo en su investigación.
No hubo instrucciones para retrasar el informe: a lo largo del juicio declararon 12 personas de diferentes áreas de la SEPRELAD, y quedó acreditado que Óscar Boidanich no dio ninguna indicación o instrucción para que no se realizaran los trámites del borrador del informe, el cual se procesó conforme a lo previsto.
Ausencia de Boidanich en el cargo por razones de salud y vacaciones: durante gran parte de enero, febrero, todo marzo y hasta el 14 de abril de 2018, Boidanich no estaba ejerciendo la función de secretario ejecutivo debido a vacaciones y a una internación por una operación médica muy seria. Tras recibir el alta el sábado 14 de abril, se reincorporó el lunes 16 de abril de 2018, siendo uno de sus primeros actos la firma y el envío del informe al Ministerio Público. La fiscalía no cuestiona la gestión de quienes quedaron como encargados de despacho en ese periodo.
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Falta de sustento en la acusación de la fiscalía: La acusación de la fiscalía se basa en una afirmación muy genérica de “demora” en un plazo largo de tiempo, sin precisar ni delimitar temporalmente de acuerdo con el ejercicio de las funciones de Boidanich, y sin basarse en las pruebas producidas durante el juicio.
No se cumplen los estándares del tipo penal: El delito de “frustración de la persecución penal” exige un estándar de requisitos muy elevado en el Código Penal que no se presenta en este caso, el cual no debe confundirse con un sumario administrativo sobre la gestión de la Secretaría.
EL ITINERARIO FINAL
Una vez presentados los alegatos de la defensa, la Fiscalía tendrá el derecho a solicitar una réplica si considera que algunos puntos no quedaron claros. En caso de utilizar este recurso, la defensa deberá contestar.
Posteriormente, concluidos esos momentos, el Tribunal deberá dictar sentencia, lo cual podría darse hoy mismo de manera verbal y en un plazo de cinco días por escrito.
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Control a ONG: reglamentan rendiciones y establecen plazos
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) formalizó las reglas de juego para la presentación de informes de las Organizaciones sin Fines de Lucro (OSFL) en Paraguay.
A través de la Resolución MEF N.º 337, la cartera económica estableció los procedimientos operativos, los requisitos y el calendario oficial para que las entidades civiles cumplan con sus obligaciones de transparencia bajo el nuevo marco legal.
Esta disposición complementa lo establecido en la Ley N.º 6446/2019 y la Ley N.º 7363/2024, buscando consolidar la digitalización y el orden de los registros administrativos del Estado. A partir de este diseño, todos los trámites e informes deberán canalizarse de manera exclusiva a través del Sistema Integrado de Administración de los Registros Administrativos (SIARA).
La nueva normativa aprueba las herramientas de rendición que ya se encuentran disponibles para los usuarios en la web de la institución.
Se habilitaron los formularios oficiales de cuentas dentro del módulo específico de Transparencia y Rendición de Cuentas del SIARA, acompañados de sus respectivos manuales de instrucción.
La reglamentación detalla con precisión la información que deben reportar las organizaciones locales y establece normas específicas de control para las entidades constituidas en el extranjero que operan en territorio nacional.
Se unifican los criterios operativos para asegurar que las comunicaciones y actualizaciones de datos mantengan la validez legal exigida por las normativas vigentes.
El Ministerio de Economía y Finanzas estructuró las fechas de vencimiento de manera que las organizaciones tengan el tiempo necesario para adecuar sus registros internos al formato digitalizado del SIARA.
Para este periodo de implementación, se determinaron los plazos de presentación.
La primera Rendición de Cuentas obligatoria abarcará detalladamente las actividades y recursos del periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026.
Las organizaciones civiles tendrán tiempo de cargar sus balances y planillas en la plataforma digital hasta el 30 de junio de 2027.
El reporte inicial de transparencia, correspondiente al mismo intervalo del cierre de 2026, deberá ser publicado de forma obligatoria a más tardar el 31 de enero de 2027.
Cualquier reporte o carga posterior a estas fechas deberá ajustarse estrictamente a los cronogramas ordinarios que dicta la propia resolución ministerial.
Para facilitar la transición y mitigar las dudas del sector, el MEF habilitó el canal de comunicación directa a través del correo institucional atencion_osfl@mef.gov.py. Tanto el texto completo de la Resolución N.º 337 como sus anexos técnicos, guías y tutoriales de uso ya se encuentran disponibles de manera libre en el portal oficial de la institución.
Electrodomésticos del hogar: ¿cuánto consume cada uno?
Aunque en temporada de invierno casi desaparece el uso del aire acondicionado, muchos optan por la calefacción. ¿Cuánto consumen este y otros electrodomésticos?
Un aire acondicionado de 1.500 w de potencia, por un uso de ocho horas diarias, consume 360 kwh/mes. Esto equivale a G. 156.784. Estos valores son referenciales y, claramente varían en función a la potencia de cada equipo y al tiempo que permanecen encendidos.
Una ducha eléctrica de 5.000 w de potencia, por dos horas diarias de uso, consume 300 kwh/mes. En guaraníes, esto representa G. 130.653.
Una heladera de 400 W de potencia, enchufada 12 horas por día, demanda 144 Kwh/mes, equivalente a G.62.713. Sin embargo, con esta cálculo, todavía faltan otras 12 horas para completar un día y, como nadie en su sano juicio puede tener desconectado el refrigerador mitad del tiempo, multiplicamos todo por 2 y queda así: partiendo de la misma potencia son 288 Kwh/mes por 24 horas al día dan G. 125.416.
Por otro lado, una plancha de 100 W de potencia, por el uso de dos horas diarias, consume 60 Kwh/mes. Esto representa G. 26.131.
Finalmente, un foco común de 100 w de potencia, encendido ocho horas en un día, utiliza 24 Kwh/mes, lo que equivale a G. 10.452.
Según refieren desde la ANDE, entender el consumo mensual permitirá a los usuarios utilizar la energía de manera más eficiente y, sobre todo, ahorrar más.