“Mujeres republicanas” objetan proyecto de ley de Paridad Democrática

El movimiento colorado “Mujeres Republicanas Unidas” emitió un comunicado en el que plantea una serie de objeciones al proyecto de ley de Paridad Democrática que busca dar una participación equitativa a las mujeres en los espacios de poder.

El documento en cuestión analiza punto por punto varios de los artículos del proyecto de ley (cuyo tratamiento fue postergado en la Cámara de Diputados) y que, a criterio de esta nucleación interna de la ANR, “atenta contra los principios de la democracia representativa republicana”.

En el primer punto señala que la propuesta “busca redefinir el concepto de igualdad ante la ley por igualdad mediante la ley”, argumentando que tanto la Constitución Nacional como la Ley Electoral y de la Función Pública lo garantizan plenamente. Por ello, consideran que “es un error conceptual confundir la igualdad de oportunidades con igualdad de resultados”.

Así también, afirman que el proyecto en sí “atenta contra el Artículo 118 de la CN que habla sobre el sufragio. “El elector debe sentirse libre de votar a quienes lo representan, el proyecto de ley asume que la representatividad se basa en las características biológicas de los candidatos”, refiere el texto.

En relación al Art. 1 del proyecto de ley de Paridad Democrática que indica que “la ley tiene por objeto establecer, regular y garantizar la participación y representación paritaria de mujeres”, este movimiento sostiene que “la ley debe garantizar el derecho de todo paraguayo a presentarse a elecciones como ejercer el derecho a voto” y, por tal motivo, “no se puede obligar a la participación ni garantizar el resultado de las elecciones según un diseño demográfico impuesto”.

El artículo 7 señala que “la Presidencia de la República integrará su gabinete ejecutivo con un porcentaje de mujeres y hombres de manera paritaria”. Sobre este punto, las integrantes de “Mujeres Republicanas Unidas” aseguran que contradice a la Constitución Nacional en su Art. 238 inciso 6 donde habla de nombrar y remover por sí a los ministros del Poder Ejecutivo. “Claramente el proyecto es inconstitucional, pero si así no se entendiera, abriría a que se siga legislando sobre otras características que deben cumplir los ministros, limitando así la potestad del Poder Ejecutivo de nombrar libremente a su gabinete”, reza el comunicado.

Entre otros aspectos importantes, la nucleación afirma que el proyecto de ley “elimina el criterio de concurso de méritos para acceso a la función pública”, “crea una discriminación hacia el hombre al considerar que no serán incluidos en las capacitaciones”, además de sostener que hoy día “no existe barrera legal que impida la participación política de las mujeres”.

“El proyecto de ley de paridad quiere ‘imponer’ y no promover, debilitando la libre determinación del pueblo paraguayo a elegir a sus representantes independientemente de las características biológicas de estos”, finaliza el documento.

Revés judicial para abogado de Abdo que insiste en atornillarse en el Consejo

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó la medida cautelar presentada por Alfredo Enrique Kronawetter para ser repuesto en el Consejo de la Magistratura. El abogado de Mario Abdo Benítez, busca atornillarse en el cargo cuyo mandato feneció en marzo del 2023.

La Sala Constitucional de la Corte rechazó la acción de Alfredo Enrique Kronawetter y Carlos César Trapani en contra de la resolución que les destituyó del Consejo de la Magistratura.

Cabe recordar que el mandato de Alfredo Enrique Kronawetter en el Consejo de la Magistratura feneció en marzo del 2023, sin embargo, desde entonces busca atornillarse en el cargo pese a que el presidente Santiago Peña haya designado a la doctora Alicia Pucheta como su representante.

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En el caso de Carlos César Trapani, él figuraba como miembro suplente del Consejo de la Magistratura.

Ambos abogados actualmente ejercen la defensa legal del expresidente de la República, Mario Abdo Benítez, en el marco de la causa relacionada a las filtraciones de Seprelad.

Lucha de Marito por la ‘señora del agua tónica’ llegó a su fin: ¿irá de visita al Buen Pastor?

Una de las coincidencias en política de las cadenas de medios de comunicación, durante la pandemia, fue la implicancia de Patricia Samudio (titular de Petropar de la era Abdo) en un claro hecho de corrupción, como fue el caso ‘agua tónica’.

Otra fue la posición harto sospechosa del expresidente Mario Abdo Benimítez, en defender a Patricia “hasta que se demuestre lo contrario”, no obstante la evidente responsabilidad en la apropiación indebida (robo) de dinero del contribuyente, para fines personales.

Entre los funcionarios implicados en corrupción, Patricia fue, junto a Andrés Gubetich (extitular de IPS) entre las figuras más consentidas y apoyadas por el exmandatario, a pesar de la ‘montaña’ de pruebas que consignaban culpas sobre autoridades metidas en irregularidades.

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El 21 de abril del 2020, Samudio renunció a su cargo de presidente de la petrolera estatal, después de que hasta la ‘prensa amiga’ le bajara el pulgar por su obvia responsabilidad en el ilícito. En el decreto de aceptación de renuncia, Abdo Benítez “agradeció los servicios prestados a la Nación” a la hasta ese momento funcionaria más cuestionada a la hora de hablar de corrupción.

Ahora, tres años después de aquella renuncia -y de una seguidilla de chicanas para intentar la extinción de la causa- Patricia Samudio fue condenada a prisión por la justicia que ratificó punto por punto las acusaciones publicadas y demostradas. La mujer es, de hecho, el primer caso de funcionariado de la era Abdo que recibe condena por robos en pandemia.

Las reacciones en las redes sociales a la condena de Patricia no dejaron de lado aristas jocosas. En algunos memes se aborda la pregunta de si Abdo Benítez irá al Buen Pastor a visitar a la más “consentida” de sus amigas de los tiempos de la buena vida (y para muchos poca vergüenza) al frente de la administración central.

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Corte rechaza medida cautelar de Kattya para recuperar su banca

La Sala Constitucional de la Corte dio trámite a la acción de inconstitucionalidad presentada por la exsenadora Katya González en fue contra de su destitución del Senado. Sin embargo, rechazó la medida cautelar para que sea reincorporada a su banca.

La Sala Constitucional de la Corte admitió la acción de inconstitucionalidad de la exsenadora Kattya González, pero no hizo lugar a la medida cautelar que solicitó de suspender los efectos de la resolución de pérdida de investidura.

Los ministros de la Corte, Víctor Ríos, Gustavo Santander y César Diesel, fueron quienes rubricaron el documento dado a conocer en la fecha.


El 14 de febrero del 2024, la Cámara de Senadores aprobó la pérdida de investidura de Kattya González, por el uso indebido de influencias fehacientemente comprobado.

El 27 de febrero, la exsenadora del PEN presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de su expulsión. Entre los argumentos esgrimidos figuran la falta de notificación sobre la acusación, la ausencia de plazo para la defensa, la alteración ilegítima de la composición del Senado, la defraudación de la voluntad popular.

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