Horas extras u horas extra: lo que aconseja la RAE

La Real Academia Española explica las diferencias entre utilizar la palabra extra en singular y hacerlo en plural.

A través de sus publicaciones diarias sobre dudas frecuentes del idioma, la RAE le dedicó un espacio a la confusión habitual entre decir horas extras o extra. Si bien ambas maneras son posibles, existen ciertas diferencias.

Si «extra» significa ‘adicional’, es preferible usar «extras» en plural («horas extras»), aunque es normal y válido mantenerlo invariable («horas extra»).

Si significa ‘superior’, lo indicado es usar «extra»: «aceites extra», «huevos extra»…

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Sin embargo, otras vertientes sostienen que, en realidad, extra es la forma empleada en reemplazo de extraordinaria, con el fin de que se vuelva algo más práctico y breve.

Por ejemplo: El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 35, regula las horas extra(ordinarias).

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Día de la Madre y otras festividades, siempre en mayúsculas

Mayo es un mes cargado de fechas festivas y con ellas, también aparecen las dudas respecto al uso de mayúsculas y minúsculas. Repasamos lo que indica la Real Academia Española al respecto.

El 1 de mayo por los trabajadores, el 14 y 15 por la patria, el 15 por la madre, varios son los motivos de celebración en el quinto mes del año.

Según la Ortografía de la lengua española, tanto los sustantivos como los adjetivos que forman parte del nombre de una festividad, sea esta religiosa, civil o militar, se escriben con mayúsculas.

Día de la Madre

Día del Trabajador

Día de la Independencia Nacional o Día de la Patria

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Aunque en este caso le dedicamos espacio al mes de mayo, la regla va para todas las festividades, como, por ejemplo, Día del Padre, Día del Niño, Día Internacional de la Mujer, entre otros.

En cuanto a los días de la semana, los meses y las estaciones del año, la Fundación Español Urgente recuerda que la escritura es siempre en minúscula, pues todos se consideran nombres comunes.

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La sección RAE del diario HOY tiene como fin promover el buen uso del idioma español, con el sustento de lo que dicta la RAE, máxima autoridad de la lengua que, con el correr de los años, va cambiando algunas reglas y proponiendo adaptaciones, según la necesidad.

La correcta lectura de León XIV y otros datos, según la RAE

Los números romanos tienen una forma de lectura que puede ser cardinal u ordinal, según el caso. El recordatorio llega en atención a la elección del papa León XIV.

Según la Ortografía de la lengua española, la regla para leer los números romanos es la siguiente:

Del uno al diez se leen como ordinales, es decir, primero (I), segundo (II), tercero (III) cuarto (IV), quinto (V), sexto (VI), séptimo (VII), octavo (VIII), noveno (IX) y décimo (X), con la acotación de que el X puede leerse tanto como ordinal como cardinal (diez o décimo).

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A partir del diez u once, estos números se leen como cardinales: diez, once, doce, trece, catorce, quince.

En conclusión, la correcta lectura del nombre del nuevo papa es León catorce y no León decimocuarto.

Si bien los números romanos se utilizan para indicar las series de papas, como Benedicto XVI, Juan Pablo II, en cualquiera de los casos, se apegan a las reglas mencionadas.

Una situación en la que podría utilizarse el número ordinal es si dijéramos que León es el decimocuarto (también válida la forma décimo cuarto, en dos palabras) papa que utiliza este nombre.

NACIONALIDAD Y ORDEN SACERDOTAL

En cuanto a la nacionalidad, considerando que el papa nació en Chicago, Estados Unidos, pero también adquirió la nacionalidad peruana, lo recomendado es referirse a él como peruanoestadounidense, sin guion (guion ya no lleva tilde), antes que estadounidenseperuanao, al margen de que su lugar de origen sea Estados Unidos y tenga prioridad de orden.

Respecto a la orden de San Augustín, se consideran válidos tanto el término agustino como agustiniano.

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Se dice abigeos, no abigeadores

El sustantivo que designa a los delincuentes que se dedican al abigeato admite una sola denominación, según la Real Academia Española.

El abigeato es un delito tipificado en el artículo 163 de Código Penal paraguayo, en el que se establece que: el que hurtara una o más cabezas de ganado, mayor o menor, de un establecimiento rural, granja, quinta, casa o en campo abierto, será castigado con pena privativa de libertad de hasta diez años.

Revisado el aspecto jurídico, vamos al ámbito lingüístico. Según el diccionario, la definición de abigeato es: hurto de ganado.

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En reportes relacionados a este hecho punible, no es raro leer vacilaciones respecto a la palabra utilizada para referirse a las personas que cometen el abigeato.

El término abigeadores no existe en el diccionario de la lengua española y, por tanto, su uso es incorrecto.

La palabra apropiada y la única admitida es abigeos, cuya definición dice: ladrón de ganado y, según la RAE, es utilizada en Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Honduras, México, Nicaragua, Paraguay, Perú y Uruguay.

Abigeo proviene del latín tardío (nombre académico que se le da al latín escrito durante la Antigüedad tardía, generalmente entre los siglos III y VI d.C.) abigeus, el cual proviene del latín abigere: apartar, ahuyentar, robar ganado.

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