El legado de Artemio Bracho, creador del Día de la Amistad, en riesgo por un conflicto familiar
El legado dejado por Don Artemio Bracho, creador del Día de la Amistad, corre riesgo de perderse, ya que la vivienda en la que residía -declarada Patrimonio Cultural- hoy se encuentra en litigio. Un conflicto familiar y una suspicaz resolución judicial enturbian el caso.
Por Robert Bourgoing (@robertb_py)
Hace exactamente una semana celebrábamos el Día de la Amistad, conmemoración que ya se ha vuelto una tradición no solo en Paraguay, sino también en otros países gracias a la iniciativa de un compatriota: Don Artemio Bracho.
La idea nacida en la mente de este ilustre médico durante una ronda de amigos permitió hacer posible, que hoy día miles de personas en todo el mundo tengan la oportunidad de enaltecer el valor de la amistad, a través de un día específico en el calendario.
El legado de Don Artemio Bracho se encuentra plasmado tanto en esta recordación como así también en los recuerdos que permanecen en su vivienda, ubicada sobre la calle Brasil, entre Manuel Domínguez y Fulgencio R. Moreno, en Asunción.
Esta propiedad, declarada como Patrimonio Cultural en el año 2022 por la Secretaría Nacional de Cultura (SNC), hoy se encuentra en medio de una disputa legal a raíz de un conflicto familiar entre los hijos del difunto creador del Día de la Amistad.

Patricia Bracho, una de las hijas de Don Artemio, en entrevista con HOY comentó que, todo inició posterior a la muerte de su padre en el 2021, cuando se dio apertura al trámite de sucesión del inmueble que la incluye a ella y sus otros cinco hermanos.
Ella y otra hermana son quienes viven actualmente en la vivienda dejada por sus padres y se encargan de la custodia del legado material que allí es conservado, incluyendo placas, certificados, fotografías, artículos personales y un sinfín de bienes de gran valor histórico y sentimental.
Los restantes cuatro hermanos -según cuenta- negociaron sin su consentimiento la venta de sus respectivas partes del inmueble, pese a que, al tratarse de una propiedad enmarcada bajo la figura de “condominio”, no puede ser comercializada a terceras personas hasta que acabe el juicio de sucesión o exista un común acuerdo entre todos los propietarios, cosa que no ocurrió.
A esto se le suma el hecho de que, tratándose de una vivienda declarada como Patrimonio Cultural, debe ser conservada de forma íntegra y sin sufrir ninguna alteración o modificación, por lo que, una venta o cesión de derechos implicaría eventuales cambios que infringirían esta normativa.
Dentro de este conflicto familiar se encuentra metida una tercera persona: la escribana Nancy Doria de Guggiari. La misma venía alquilando un pequeño espacio en la parte frontal de la residencia para montar su escribanía particular.
Con intenciones de adueñarse de toda la propiedad, decidió negociar con los cuatro hijos de Don Artemio Bracho la compra de la casa, a escondidas de Patricia y su otra hermana que son sus actuales ocupantes.
El caso llegó a manos del Ministerio Público, que resolvió la nulidad de la homologación de la cesión de derecho celebrada entre Nancy Doria de Guggiari y los hijos de Don Artemio debido a que no se cumplieron todos los trámites requeridos para el efecto, sin contar con la falta de aprobación de dos de las hermanas restantes.
“Mis hermanos hicieron una escritura de compraventa que no tiene validez ya que no fuimos partícipes los seis herederos legítimos”, añadió.

Pese a este fallo y no contar con un documento que la avale, la escribana se presentó alegando ser la legítima propietaria del inmueble y argumentó que por ello iba a dejar de pagar el alquiler de su local. Patricia señala que dicho impasse la obligó a decretar la rescisión del contrato y promover un juicio de desalojo contra Doria, ante su negativa de seguir pagando por el usufructo del espacio.
Dicho juicio tuvo un fallo favorable en primera instancia a favor de la escribana, hecho que Patricia Bracho cuestiona por la falta de sustento legal y documentos que la respalden en esta circunstancia. “La justicia está apañando la venta de un patrimonio cultural y eso no corresponde, debería ser imparcial, no
pueden basarse solo en un descargo
”.

Posteriormente, decidieron apelar esta resolución y el caso fue hasta el Tribunal de Apelación, donde nuevamente se decidió rechazar el planteamiento de la denunciante, quien considera esto muy llamativo y hasta sospecha de una parcialidad manifiesta a favor de Nancy Doria de Guggiari.
Patricia espera que este conflicto pueda resolverse prontamente y que la propiedad que pertenecía a su difunto padre se mantenga como lo que es: un legado imborrable y perenne del legítimo creador del Día de la Amistad.
Chef privada en casa: innovadora propuesta que ayuda a familias a comer mejor y sin estrés
Comer saludable, casero y adaptado a cada necesidad ya no es un privilegio reservado para pocos. En Asunción y Gran Asunción, el servicio de chef privada a domicilio comienza a consolidarse como una alternativa práctica para familias que buscan organizar mejor su alimentación sin resignar tiempo ni calidad.
En el programa Residentas (canal GEN), la emprendedora Christel Acosta contó cómo funciona esta modalidad a través de su proyecto Abejita Artesana, un emprendimiento que lleva la cocina directamente al hogar del cliente. La propuesta es simple, pero revolucionaria: cocinar en la casa, con los ingredientes y utensilios propios, respetando gustos, hábitos y restricciones alimentarias.
“El enfoque es ayudar a las familias a comer un poquito mejor, con comida saludable y casera, esa comida de casa que siempre dicen que es más rica”, explicó Acosta. El servicio se adapta a cada realidad, desde personas con intolerancias al gluten o la lactosa, hasta quienes siguen dietas específicas indicadas por nutricionistas.
Actualmente el trabajo se realiza en Asunción y Gran Asunción. El equipo se traslada al domicilio, cocina en una cocina previamente desinfectada y prepara los platos según lo que el cliente elija. En muchos casos, incluso se organizan las compras a partir de un menú previamente definido.
El costo base del servicio parte desde los 200.000 guaraníes y hoy ya funciona como una pequeña agencia de chefs privadas. “Somos cinco chicas en total, todas capacitadas, y siempre le explico al cliente que puede tocarle cualquiera del equipo, pero con la misma calidad”, señaló.
La modalidad permite cocinar en una sola jornada para toda la semana, quince días o incluso un mes, con instrucciones precisas sobre conservación y descongelado de los alimentos. En fresco, las comidas duran hasta tres días en heladera; el resto se congela respetando la cadena de frío.
Entre los menús más solicitados se destacan las dietas keto y los planes personalizados con gramajes indicados por nutricionistas. También es un servicio muy requerido por madres que parieron recién y que encuentran en esta opción una ayuda clave durante el posparto.
El emprendimiento nació hace cuatro años, casi de manera casual, cuando una clienta insistió en seguir consumiendo la comida de la chef Acosta luego del cierre del local donde trabajaba. De boca en boca, el servicio fue creciendo hasta convertirse en una propuesta consolidada.
Hoy, Abejita Artesana también tiene fuerte presencia en redes sociales como Instagram y TikTok, donde el proyecto ganó visibilidad y demanda.
Maltrato animal, alerta y evidente señal de un trastorno antisocial
La crueldad animal no es una simple conducta de algunas personas, tampoco una travesura de niños, no es un error y mucho menos un accidente, ninguna excusa es válida. Más allá de cualquier pretexto, el maltrato hacia un ser vivo e indefenso es criminal y puede ser síntoma de algún desorden mental. Psicólogos hablan de un trastorno disocial que ya se puede manifestar desde la niñez.
Canela es la perrita mestiza que sufrió un brutal maltrato animal por parte de un adolescente de 17 años, quien el 1 de enero pasado, explotó un cebollón cerca de la perra, dañando severamente su estructura ósea a la altura de la mandíbula. El animal sobrevivió al ataque, pero quedó sin la parte inferior de la boca, con daños irreversibles y permanentes por el resto de su vida.
Ahora debe aprender a alimentarse, ya que no hubo forma de lograr colocarle alguna prótesis que simule ser su mandíbula, debido al grave daño sufrido.
Un día después de que trascendiera el caso de Canela, se dio a conocer otro caso de maltrato contra un perro, pero esta vez, con el peor desenlace. León fue brutalmente violentado con una pirotecnia, no aguantó las heridas sufridas y murió. En esta ocasión, los victimarios también eran adolescentes que en la noche del 31 de diciembre estaban tirando bombas
Para la Mgtr. Alma María Segovia, psicóloga clínica y forense, pueden ser personas con psicopatía incipiente, es decir, que estén padeciendo de algún trastorno cuyo síntoma inicial sea, precisamente, atacar a un animal.
“Hacer sufrir a un ser vivo es una alerta y una señal de alarma. Si vemos que un niño le está maltratando a una mascota está ahogando a un gato, tiene que llamarnos la atención porque nos está dando el camino de que podemos estar ante una personalidad antisocial”, expresó Segovia durante una entrevista en el programa Aire de Todos de radio Montecarlo/Nación Media.
RESPETO A LA VIDA DE CUALQUIER SER VIVO
Según expresó la profesional, es clave que a los niños se les eduque en valores y en el respeto, en la tenencia responsable. No fomentar el rechazo hacia ciertos tipos de animales.
Un factor clave para entender la actitud de los niños o adolescentes con los animales es la forma en cómo viven y se relacionan con los demás. Si sufren violencia en su casa o escuela, es probable que busque descargar su ira hacia un ser más vulnerable, como los animales.
“A veces lo hacen para ser aceptados. La necesidad de aprobación también les lleva a los niños y adolescente a hacer muchas cosas, y luego se le suma la tecnología, todo lo que ven sin control”, agregó la magister.
El debate en todos los ámbitos es cómo pueden existir seres humanos capaces de cometer estas atrocidades a seres indefensos. Existen y siempre existirán. Por eso, más que nunca es importante insistir sobre la educación de valores y respeto desde pequeños. Insistir sobre la educación a temprana edad como miembros de una sociedad civilizada.
Si bien hoy las redes permiten grabar e identificar a los autores, el problema de fondo es que existan personas, en este caso adolescentes, que tienen esta conducta de maltrato.
Jubilación del sector público: las nuevas reglas propuestas para cubrir el déficit
En el ocaso del 2025, el Ejecutivo finalmente presentó el proyecto de Reforma de la Caja Fiscal, una propuesta que será debatida este año, pero que ya fue socializada durante los meses anteriores con los sectores afectados. Anualmente, el Estado destina cerca de USD 300 millones para cubrir el déficit de este sistema. Solucionar ese descalce es uno de los objetivos.
En los últimos años, la Caja Fiscal presenta un acelerado aumento del déficit global, explicado principalmente por el déficit de los sectores Magisterio Nacional y Fuerzas Públicas (Fuerzas Armadas y Policías Nacional).
Entre 2014-2024, el déficit total de estos sectores fue de USD 1.162 millones, de los cuales USD 748 millones corresponden a las Fuerzas Públicas, financiado con recursos del Tesoro, y, USD 414 millones al Magisterio Nacional, financiado con los excedentes del Programa Contributivo Civil, según cifras difundidas por el Ministerio de Economía y Finanzas.
De acuerdo con las proyecciones actuariales, si no se introduce una reforma, esos excedentes se agotarán en 2028, momento en el cual el déficit deberá ser cubierto en su totalidad con impuestos, sacándole espacio a áreas igualmente prioritarias como salud, educación, infraestructura y seguridad ciudadana.
EL PORQUÉ DE LA ACELERACIÓN DEL DÉFICIT
Según el análisis del MEF, plasmado en la exposición de motivos del proyecto, una de las causas fundamentales del acelerado déficit tiene que ver con las diferencias en el requisito de edad mínima. Mientras que el Magisterio Nacional, los Docentes Universitarios, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas no establecen una edad mínima, otros sectores la exigen, como es el caso de la Administración Pública, que establece como requisito para la jubilación ordinaria una edad mínima de 62 años.
Por tanto, los regímenes que no cuentan con el requisito de edad mínima incentivan jubilaciones tempranas, lo que prolonga durante décadas el pago de haberes, incrementando la presión sobre los recursos del sistema solidario.
En tal sentido, este proyecto establece el requisito de edad mínima de retiro para el Magisterio Nacional, los Docentes Universitarios, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. Esto apunta a que el acceso al beneficio previsional se produzca a edades más acordes con la sostenibilidad del sistema. Así, se limitan los retiros tempranos y se promueve la permanencia de los aportantes, lo que reduce el volumen de jubilaciones tempranas y contribuye al equilibrio financiero.
NUEVAS TASAS
Otro de los ajustes de esta reforma es la fijación de una tasa de aporte total del 22%, de la cual, el 19 %, corresponde al trabajador y el 3 % al Estado en su carácter de empleador.
FUERZAS PÚBLICAS Y OTRA CAUSA DEL DÉFICIT
En cuanto al Programa No Civil, que comprende a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional (Fuerzas Públicas), otra de las principales causas del déficit es la equiparación salarial entre el personal en actividad y los retirados. Bajo este esquema, los haberes previsionales se calculan de manera directa tomando como referencia la misma remuneración que perciben los activos.
La solución propuesta es adoptar la base de cálculo utilizada en la Administración Pública, esto es, promediar las remuneraciones percibidas durante los últimos cinco años para determinar el haber de retiro. Este método introduce un criterio contributivo más objetivo y contribuye a mejorar la sostenibilidad financiera.
DERECHO ADQUIRIDO DE LOS QUE YA REÚNEN CRITERIOS DE JUBILACIÓN
Para no perjudicar a los que ya reúnen los requisitos de jubilación antes de la vigencia de esta ley, este proyecto salvaguarda esos derechos al estipular que: todo cotizante que, al momento de la promulgación de a ley, haya reunido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la Jubilación o al retiro, podrá regirse por las disposiciones establecidas en la Ley N.º 2345/2003 y sus modificaciones, así como por las leyes especiales que regulan cada régimen específico del sistema, sin quedar sujeto a las nuevas disposiciones.
Los derechos consolidados forman parte del patrimonio de sus titulares y no pueden ser modificados ni desconocidos por normas posteriores. El nuevo marco normativo regirá únicamente para los futuros servidores públicos y para aquellos que aún no hayan configurado su derecho a la jubilación o al retiro, permitiendo así una transición ordenada, gradual y sin efectos retroactivos.
ACTUALIZACIÓN ANUAL DE LAS PRESTACIONES PREVISIONALES
El artículo 6 establece que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Economía y Finanzas, de oficio, actualizará anualmente las prestaciones previsionales en proporción a la variación del salario mínimo legal vigente. Los resortes legales de estas acciones se encuentran en:el artículo 103 de la Constitución de la República y en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidad Fiscal.
En ningún caso el monto resultante de la actualización de cada beneficiario podrá superar el equivalente al 25% del salario mínimo legal vigente.
BENEFICIOS ADICIONALES
La pensión por invalidez, la pensión a los herederos y la devolución de aportes, los cuales serán otorgados a los sectores que integran dicho sistema, son los beneficios adicionales contemplados en el artículo 7.
MAGISTERIO NACIONAL, DOCENTES UNIVERSITARIOS Y MAGISTRADOS JUDICIALES
EDADES MÍNIMAS
El artículo 8 indica que los afiliados de los sectores Magisterio Nacional, Docentes Universitarios y Magistrados Judiciales podrán acceder a la jubilación extraordinaria al cumplir al menos cincuenta y siete (57) años de edad, y a la jubilación ordinaria al cumplir al menos sesenta y dos (62) años de edad, con las tasas de sustitución que se establecen en la siguiente tabla, según años de aportes y edad de acceso al beneficio:
SEGURO SOCIAL Y DE SALUD
Los citados sectores aportarán al Seguro Social de Salud del Instituto de Previsión Social (IPS), siendo dicho aporte obligatorio para el Magisterio Nacional y voluntaria para Docentes Universitarios. En todos los casos, el aporte mensual es del 5,5% de la remuneración imponible del afiliado o del haber jubilatorio del beneficiario, según corresponda
CAMBIOS DE EDAD EN LA POLICÍA NACIONAL
Los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional tendrán derecho al haber de retiro al cumplir al menos cincuenta y siete (57) años de edad y siempre que acrediten un mínimo de veinte (20) años de aportes, según el artículo 93. El monto del haber de retiro se calculară aplicando sobre el promedio de la remuneración imponible percibida por el afiliado durante los últimos cinco (5) años anteriores al cese de funciones, las tasas de sustitución correspondientes a los años de aportes, de acuerdo con la siguiente escala:
El pago se hará efectivo desde la fecha del decreto que concede el retiro. Se establecerá un trámite simplificado que no deberá superar los 2 meses.
FUERZAS ARMADAS
Para las Fuerzas Armadas, el artículo 11 modifica los artículos 138, 188, 192 y 193 de la ley 115/1997 del Estatuto del Personal Militar.
138.- El retiro de oficio se otorga al militar que haya alcanzado la edad mínima de 57 años y esté incluido dentro de uno de los siguientes incisos:
Que haya cumplido los años de actividad máxima como oficial, suboficial o empleado militar, establecidos en el Anexo “3” de la presente ley; que, siendo coronel, capitán de navío o grado equivalente, haya cumplido cinco (5) años en el grado, salvo que no haya alcanzado los años de actividad establecidos en el Anexo “3”, en cuyo caso deberá continuar su carrera profesional hasta completar dichos años
Cuando en el grado de coronel o equivalente y grados superiores es ascendido un oficial de menor antigüedad, dentro de cada fuerza u organización militar,
Que haya sido declarado inepto para el servicio activo por la Junta de Reconocimiento Médico; que en las clasificaciones anuales figure en la Lista N. 5-Insuficiente;
Que en las clasificaciones anuales figure dos veces dentro del grado, en la Lista Nº4 Aceptable, por drogadicción o alcoholismo consuetudinario o crónico debidamente comprobado, por condena emanada de la Justicia Militar o decisión de la Junta de Calificación de Servicios.
Artículo 188. Los Oficiales y Suboficiales del Personal Militar tendrán derecho al haber de retiro al cumplir al menos cincuenta y siete (57) años de edad y siempre que acrediten un mínimo de veinte (20) años de aportes.
El haber de retiro se calculară aplicando sobre el promedio de la remuneración imponible percibida por el afiliado durante los últimos cinco (5) años anteriores al cese de funciones, las tasas de sustitución correspondientes a los años de aportes.
JUBILACIÓN TEMPRANA LA BOMBA QUE VA A ESTALLAR
Las estadísticas del MEF indican que la mayoría de las jubilaciones de estos sectores en el año 2024 se dio a la edad de 52 años (un 31,5 % entre 51 a 55 y un 27,8 % entre 46 a 50), ocho años antes de la edad promedio de jubilación en Latinoamérica y el Caribe. Además, un 1,1 % se jubiló con menos de 45.
En los últimos cinco años, las Fuerzas Públicas acumularon 801 millones de dólares de déficit, cubiertos con impuestos. El Magisterio Nacional, 579 millones, financiados con excedentes del Programa Civil. Entre ambos sectores, el déficit totalizó 1.380 millones de dólares.
Solamente en el año 2024, el Estado destinó 234 millones de dólares de los impuestos, es decir, del dinero que aporta el ciudadano, a cubrir el agujero de la Caja Fiscal.