Empleadores deben presentar planillas laborales
El contenido de las planillas laborales tendrá carácter de declaración jurada del empleador por lo que luego de su presentación no podrá ser modificado. La falta de presentación en el plazo y modalidad establecidos es pasible de multas.
Los empleadores tienen la obligación de presentar al Ministerio de Trabajo las planillas laborales de sus trabajadores. Se estableció el cronograma de entrega de dichas planillas desde el próximo 1 de marzo hasta el 30 de abril de este año, según la Resolución N° 64/2024.
Igual deben hacerlo los empleadores con, al menos, un trabajador inscripto durante el ejercicio fiscal 2023. La presentación de los documentos se debe realizar a través del sistema informático REOP.
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Las informaciones sobre la presentación de planillas laborales y comunicaciones están disponibles en este enlace: https://acortar.link/UVusL9
Las planillas deben contener los datos personales del trabajador, su cargo, profesión, fecha de entrada, horario de trabajo, fecha de salida y el motivo. Además, debe detallar y documentar los sueldos y jornales del trabajador, indicando las horas extras, aguinaldo, bonificaciones, vacaciones, total de horas trabajadas, salarios percibidos en el año, entre otros datos.
Así también, debe incluir un resumen general de personas ocupadas, como cantidad de supervisores o jefes varones y/o mujeres, cantidad de empleados varones y/o mujeres, cantidad de obreros hombres y/o mujeres, cantidad de menores varones y/o mujeres.
El contenido de las planillas laborales tendrá carácter de declaración jurada del empleador por lo que luego de su presentación no podrá ser modificado. La falta de presentación en el plazo y modalidad establecidos es pasible de multas.
Para consultas, recurrir a la Dirección de Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo, ubicada en Avda. Perú y Río de Janeiro, llamar al 021 729 0100, al (0986) 790 101 o escribir al correo reop@mtess.gov.py .
Aprueban proyecto que permitirá exoneración de cobro de peajes a pobladores locales
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que establece la exoneración del cobro de peajes a pobladores que residen en aquellas ciudades donde se encuentran dichos puestos.
En la sesión ordinaria de este martes, la Cámara Baja analizó en uno de sus puntos del orden del día el proyecto de ley “Que establece el procedimiento jurídico marco para la exoneración de la tasa de peajes del país”.
Por mayoría, los diputados resolvieron aprobar esta propuesta, que permitirá realizar los trámites para exoneración del cobro a lugareños de cada ciudad donde existan puestos de peaje.
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El documento establece el descuento del 100% del pago de la tasa a los ciudadanos de aquellos distritos donde se encuentran los peajes. Dicho beneficio solo podrá ser utilizado dos veces al día (ida y vuelta).
Por otra parte, también contempla un descuento del 50% para los habitantes de otras ciudades que se encuentran en el mismo departamento donde operan los puestos de peaje, bajo el mismo criterio de ida y vuelta.
Los documentos requeridos para acceder a este beneficio son: constancia de inscripción en el Registro Cívico Permanente (RCP) correspondiente al distrito de residencia, copia autenticada de cédula de identidad, certificado de vida y residencia expedido por la comisaría local, copia autenticada de la licencia de conducir y la habilitación vehicular del municipio, y una copia de la cédula verde o contrato privado.
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En vista a que esta propuesta generaliza a todos los distritos donde exista intención de lograr una exoneración, los parlamentarios optaron por rechazar los proyectos similares que corresponden a las ciudades de General Delgado, Presidente Franco y Emboscada.
El proyecto pasa ahora a la Cámara de Senadores, para su respectivo estudio.
Chinos ingresaron de forma irregular al país desde Bolivia y fiscal los liberó
Dos hombres de nacionalidad china ingresaron de manera irregular al país, cruzando a través del Chaco. Llamativamente, un agente fiscal tomó la determinación de dejarlos en libertad.
El agente fiscal de Filadelfia, Lucrecio Cabrera, se encuentra en el ojo de la tormenta luego de verse vinculado a un llamativo caso de liberación de personas.
El representante del Ministerio Público dispuso la libertad de dos personas oriundas de China Continental, quienes habrían ingresado a nuestro país a través de la frontera con Bolivia.
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Según el reporte, ambos extranjeros, identificados como Jinxing Zhuang (35) y Yan Xiwu (48), eludieron los controles migratorios, por lo que no contaban con un documento que certifique su ingreso legal a Paraguay.
Los asiáticos se encontraban transitado la Ruta Transchaco cuando fueron interceptados por agentes policiales de Mariscal Estigarribia. Al solicitarles sus respectivas documentaciones, estos no presentaron ningún papel, por lo que fueron detenidos.
Luego de remitirse los antecedentes del caso a la Fiscalía, Cabrera tomó la determinación de poner en libertad a los chinos, junto a las otras dos personas que los acompañaban. Se trata de Miguel Ángel Cardozo Ramírez y Pablo Emanuel Arequipa, este último de nacionalidad argentina.
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Así también, el fiscal no realizó la comunicación formal del hecho a la Dirección Nacional de Migraciones, al tratarse de la institución que debe atender estos asuntos y ordenar la expulsión de los extranjeros.
Para su estadía legal en suelo paraguayo, los ciudadanos chicnos debían de contar con una visa expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Recuerdan que cruzar con el semáforo en rojo es una falta gravísima y se cobra vidas
El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) recuerda a toda la ciudadanía la importancia de respetar las señales luminosas del tránsito, en especial la luz roja del semáforo, como medida esencial para prevenir accidentes y garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía pública.
De acuerdo con la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N.º 5016/14, el conductor debe detenerse por completo ante la luz roja, antes de la línea de frenado o del cruce peatonal, evitando todo tipo de movimiento. Esta norma no solo protege a otros vehículos, sino también a peatones y ciclistas, quienes muchas veces se ven vulnerables ante maniobras imprudentes.
El artículo 62 de la mencionada ley establece que, incluso cuando el semáforo indique luz verde, no debe iniciarse la marcha si la intersección está obstruida, a fin de evitar el bloqueo del cruce. Asimismo, la luz amarilla debe ser interpretada como una advertencia: si no se podrá cruzar antes de que cambie a rojo, lo correcto es detenerse.
MULTAS
Cruzar con luz roja representa una infracción gravísima y, según el artículo A62.A.2, se sanciona con una multa de 15 jornales mínimos, equivalente a G. 1.614.405. Además del impacto económico, esta conducta pone en riesgo la vida de conductores, pasajeros y transeúntes, y puede derivar en responsabilidades penales en caso de un accidente.
Desde el MOPC insisten en que el respeto a las señales de tránsito, en especial a los semáforos, es un acto de responsabilidad ciudadana que contribuye al orden vial, reduce los niveles de siniestralidad y mejora la convivencia en las calles. Los semáforos no son simples luces, sino dispositivos esenciales para la gestión segura del tránsito en cruces, avenidas y zonas escolares.