Empleo a tiempo parcial: cómo calcular salario, vacaciones, horas extras e IPS

Hace unos días se concretó la aprobación del proyecto de ley que regula el empleo a tiempo parcial. La normativa, que deberá ser analizada por el Ejecutivo, apunta a formalizar a aquellos trabajadores que trabajan menos de 48 horas semanales. En esta nota te contamos los detalles de la propuesta.

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles el proyecto de ley “Que regula el empleo a tiempo parcial”, el cual había sido presentado en el año 2018 como resultado de un proceso de diálogo desarrollado entre el Gobierno Nacional y las organizaciones empresariales y sindicales.

La propuesta legislativa tiene como fin “regular el funcionamiento de la contratación de trabajadores a tiempo parcial en búsqueda del mejoramiento de sus condiciones laborales”.

Asimismo, se pretende dar un marco regulatorio para la formalización de más de 129.000 personas que, según las estimaciones, se encuentran trabajando bajo la modalidad de empleo parcial, además de otorgar mayor flexibilización de horarios de trabajo para jóvenes y mujeres que no están disponibles para cumplir jornadas de 8 horas diarias.

EN QUÉ CONSISTE EL TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

El proyecto de ley refiere que el trabajo será considerado “a tiempo parcial” cuando la actividad laboral del trabajador tenga una duración de entre 16 a 32 horas semanales.

Asimismo, establece que el contrato de trabajo deberá formalizarse por escrito y que cualquier tipo de contrato celebrado entre el trabajador y el empleador que supere las 32 horas semanales será considerado como “relación laboral a tiempo completo”.

El documento señala que las modalidades de contrato podrán ser establecidas “por tiempo determinado, indeterminado, continuo, discontinuo, ocasional” u otras formas a ser determinadas en la reglamentación respectiva.

Dentro del límite de horario semanal permitido, se podrán distribuir las jornadas de trabajo estableciéndose el número de horas al día, de días a la semana o de semanas al mes en que el trabajador deberá cumplir con su labor en la empresa.

PAGO DE HORAS EXTRA

En caso de que el empleado supere el total de horas máximas de trabajo fijadas en la presente ley, el empleador deberá retribuir las horas complementarias trabajadas, es decir, estará obligado a pagar horas extra.

El total de horas semanales complementarias no podrá exceder el 10% del total de horas semanales establecidas en el contrato, dentro del límite de las 32 horas semanales establecido en la ley.

En caso de que la jornada diaria tuviese una duración superior a las 5 horas de trabajo, la jornada se dividirá en dos partes con un descanso intermedio que se adapte racionalmente a la naturaleza del trabajo y a las necesidades de los trabajadores, el cual no será menor de media hora.

Según el proyecto de ley, el tiempo de descanso no se computará dentro de la jornada de trabajo.

CÁLCULO DEL SALARIO MENSUAL

La normativa establece que la remuneración de los trabajadores a tiempo parcial se calculará teniendo en cuenta la cantidad de horas trabajadas. Dicho cálculo se realizará sobre la base del salario convenido entre la partes, divido 26 días y el resultado dividido por 8 horas.

La ley contempla que en ningún caso podrá utilizarse una base de cálculo inferior al salario mínimo legal vigente (en este caso, G. 2.112.562) para efectuar el cálculo de las remuneraciones por hora del trabajador a tiempo parcial.

Cabe recordar que, actualmente, el monto establecido por cada hora de trabajo es de G. 10.156.

VACACIONES

Según el proyecto de ley, el trabajador a tiempo parcial tendrá derecho a un periodo de vacaciones remuneradas después de cada año de trabajo continuo, tal y como en los casos de trabajo a tiempo completo.

La duración de las vacaciones se regirá por lo dispuesto en el Código del Trabajo. En este caso, para trabajadores de hasta 5 años de antigüedad se establecen 12 días hábiles corridos; para trabajadores con más de 5 años y hasta 10 años de antigüedad, 18 días hábiles corridos; y para trabajadores con más de 10 años de antigüedad, 30 días hábiles corridos.

SEGURO SOCIAL DE IPS

El empleado que se desempeñe bajo esta modalidad de trabajo será sujeto del seguro social obligatorio del Instituto de Previsión Social (IPS), lo cual se dará por cada vínculo laboral que desempeñe.

El porcentaje de los aportes al IPS serán los mismos establecidos para el régimen general del seguro social, lo cual significa que el empleado sufrirá un descuento del 9% sobre su salario mensual y el empleador deberá realizar un aporte del 16,5%.

La base imponible que se tendrá en cuenta para estos aportes será la remuneración efectiva que perciba el trabajador a tiempo parcial. En caso de que la remuneración sea inferior al salario mínimo legal vigente, el empleador deberá completar el 100% del monto destinado solamente para cubrir el Fondo de Enfermedad-Maternidad. Por su parte, el Fondo de Jubilaciones y Pensiones quedará cubierto por lo realmente ingresado en concepto de cotizaciones al seguro social.

De acuerdo al proyecto de ley, los trabajadores bajo la modalidad de empleo a tiempo parcial tendrán derecho a todas las prestaciones de corto y largo plazo otorgadas por el seguro social del IPS, es decir, atención médica, internaciones, cirugías, además de la jubilación.

PLURIEMPLEO Y BONIFICACIÓN FAMILIAR

Los trabajadores a tiempo parcial podrán celebrar contratos de trabajo con dos o más empleadores y no se podrá pactar la exclusividad de servicios en favor de uno solo, de acuerdo a la ley. Con esto, se permite que los mismos puedan trabajar en más de una empresa sin restricción alguna.

De igual manera, también se contempla que el empleado tendrá derecho a percibir una asignación equivalente al 5% del salario mínimo mensual vigente por cada hijo, hasta su mayoría de edad, de conformidad con lo establecido en los artículos 262 y 263 del Código Laboral.

A LA ESPERA DE LA DECISIÓN DEL PRESIDENTE

Tras su aprobación en Diputados, el proyecto de ley que regula el empleo a tiempo parcial será remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.

Peña reglamenta ley que crea el Sistema Nacional de Investigadores

El Poder Ejecutivo emitió el Decreto por el cual se reglamenta la Ley Nº 7064/2023, “Que crea el Sistema Nacional de Investigadores (SISNI) y establece la carrera del investigador científico”. Para muchos significa un gran paso hacia un desarrollo de la ciencia en Paraguay.

La reglamentación de esta ley implica que el científico paraguayo va a tener mejores herramientas para poder realizar su tarea, y la carrera misma del investigador toma otra preponderancia, según explicó el presidente del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), Benjamín Barán, quien además destacó que la carrera del investigador está plenamente vigente.

El decreto firmado por el presidente Santiago Peña busca sentar las bases para la implementación de una política pública que impulse la labor científica, con observancia de principios y valores éticos, esperando que su labor redunde en beneficio de la calidad de vida de toda la población.

Por su parte, el asesor presidencial en materia científica, Antonio Cubilla, destacó que esta reglamentación marca un hito en la historia de la ciencia paraguaya y resaltó el gran apoyo del presidente Santiago Peña quien brindó todas las garantías para que se lleve adelante este proyecto.

Asimismo, se crea una estructura orgánica dentro del sistema que tendrá como rol la implementación de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la actividad científica y, en particular, los mecanismos y lineamientos para el acceso, permanencia, ascenso, descenso o salida de los investigadores del sistema.

Allanan planta transmisora ilegal y requisan equipos

Una comitiva fiscal allanó una planta transmisora en Juan León Mallorquín por operar ilegalmente.

El fiscal Edgar Benítez Delgado, de la Unidad Especializada en la Lucha contra la Propiedad Intelectual, el Contrabando, Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo, allanó el local de “Cable Visión Kaarendy” de la ciudad de Juan León Mallorquín y decomisó equipos codificadores que transmitían señales ilegalmente.

La intervención se produjo tras una denuncia presentada por representantes de empresa Teledeportes Paraguay y en cumplimiento de una disposición judicial firmada por el juez de atención permanente, Amílcar Antonio Marecos.

Los responsables del hecho serán investigados por los presuntos delitos de violación del derecho de autor y aprovechamiento clandestino de señal.

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Más de 2.200 familias afectadas por inundaciones

Hasta el momento se contabilizan 2.268 familias afectadas por inundaciones ocasionadas por las intensas lluvias registradas en territorio nacional, según el Centro Nacional de Información y Vigilancia de Salud.

La mayor proporción de las 2.268 familias afectadas se reporta en Ñeembucú, departamento declarado en situación de emergencia. Allí, hay 2.204 familias damnificadas y desplazadas por la crecida de las aguas, con anegamiento de sus viviendas, pérdidas materiales y daños en cultivos. Igualmente se encuentran afectadas unas 64 familias provenientes del departamento de Misiones.

De dicha cifra, las Unidades de Salud de la Familia (USF) asistieron a unas 1.628 personas, con atención médica y vacunación. También se brindó provisión de víveres a través de la gobernación de Ñeembucú.

Los principales problemas de salud registrados fueron diarrea y enfermedades tipo influenza (ETI). No se registran accidentes por animales ponzoñosos.

Existe una alta probabilidad de que se generen fenómenos de tiempo severo en el transcurso de lo que queda de esta semana en Misiones y Ñeembucú.

En Limpio, Pilar y Tacuaras se estableció emergencia distrital.