Pediatras insisten en vacunar a los niños con la hexavalente

La Sociedad Paraguaya de Pediatría, insistió sobre la importancia de protegerse contra enfermedades prevenibles mediante la vacunación.

La Sociedad Paraguaya de Pediatría (SPP), fundada en setiembre de 1938, celebra su 85º aniversario este mes, con objetivos primordiales como: promover el desarrollo de la pediatría y ciencias afines, y estimular la educación pediátrica en su más alto nivel. La SPP brinda asistencia técnica al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y a otras instituciones que lo requieran. Además, favorece la participación de niños, niñas, adolescentes, docentes y padres con el fin de promover el conocimiento y el respeto de sus derechos.

El presidente de la SPP, Dr. Ernesto Weber, recordó a los padres que está vigente el plan nacional de inmunización con la vacuna hexavalente acelular. La Sociedad Paraguaya de Pediatría (SPP) celebra este gran avance y lo apoya a través de su campaña Vacunarse es poder. “Este año es de festejo para la Sociedad Paraguaya de Pediatría; por eso es que desde principios de año estamos con la campaña Vacunarse es poder. Estuvimos acompañando varias campañas del Ministerio de Salud. Ahora estamos con la vacuna hexavalente acelular, que está teniendo buena aceptación. Recibimos buenos comentarios de los padres”, informó el Dr. Ernesto Weber, presidente de la Sociedad Paraguaya de Pediatría (SPP).

Siguió diciendo que “estamos viendo muchos menos efectos que veíamos antes con la pentavalente. Para los niños es menos sufrimiento ya que se reducen los pinchazos y también los efectos colaterales son mucho menores”.

Instó a la ciudadanía a tomar conciencia sobre la importancia de seguir los esquemas de vacunación, ya que las vacunas son seguras, protegen y salvan vidas.

La vacuna pediátrica hexavalente acelular protege contra 6 enfermedades: difteria, tétanos, tos ferina o tos convulsa, poliomielitis, enfermedad invasiva por Haemophilus influenzae tipo b y hepatitis B.

Se encuentra disponible en el Esquema Regular de Vacunación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y se aplica gratuitamente a todos los niños y niñas nacidos a partir del mes de abril del año 2023 al cumplir los 2, 4, 6 y 18 meses de vida.

Ventajas de la aplicación de la vacuna Hexavalente
Al unirse 6 vacunas en 1:
-Se simplifica el proceso de vacunación, ya que reduce el número de inyecciones que los niños deben recibir, generando menos dolor para ellos y menos estrés para sus padres.
-Es una vacuna segura que, al ser acelular, reduce los eventos adversos: el dolor en un 40%, la hinchazón en el sitio de inyección en un 30%, la fiebre en un 41%, y los posibles errores de administración.
-Aumenta la adherencia, facilitando completar el esquema de vacunación.
-Mejora el proceso y los tiempos de aplicación.
-Disminuye la aparición del síndrome de hipotonía-hipo respuesta y el llanto agudo persistente en comparación con la vacuna contra pertussis de células completas, que son eventos adversos muy desagradables para la familia.
-Minimiza el riesgo de casos de poliomielitis asociados o derivados de la vacuna contra la polio oral.

Paraguay es el cuarto país de Latinoamérica que incorpora al calendario nacional las vacunas hexavalentes: Panamá lo hizo en el 2016, Chile en el 2018, México en el 2019 y ahora Paraguay en el 2023.

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Desconocidos incendian camión y provocan daños en panadería en Ñemby

Un incendio provocado de manera intencional consumió un camión utilitario y parte de una panadería ubicada en la ciudad de Ñemby. Los autores se desplazaban a bordo de una motocicleta.

En la madrugada del domingo se registró un siniestro sobre la calle Pacholi casi Plaza San Antonio del barrio Pa’i Ñu de Ñemby, frente a la panadería denominada “El Artesano”.

Se vio afectado por este incendio un camión de la marca DFSK modelo EQ1020TF color blanco, perteneciente a Néstor Andrés Páez Gómez, de 54 años.

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Dos hombres con prendas oscuras y encapuchados llegaron frente al local comercial a bordo de una motocicleta y, aprovechando la nula presencia de personas, derramaron un líquido combustible sobre el vehículo.

Posteriormente, decidieron prenderle fuego y se dieron a una rauda fuga con rumbo desconocido, mientras las llamas iban consumiendo el camión utilitario por completo.

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A raíz del incendio, el camión se movió de su sitio y terminó impactando contra el negocio, ocasionándole daños materiales, indica el informe del portal Sucesos Paraguay.

De momento, se desconoce la identidad de los autores del hecho, así como también el trasfondo de este incendio provocado de forma intencional.

Joven muere calcinada y sospechan de la expareja de su concubino

Una joven de 19 años falleció calcinada tras el incendio de su precaria vivienda en la ciudad de Nanawa. El caso es investigado como un presunto hecho intencional y la principal sospechosa sería la expareja del concubino de la víctima.

El hecho ocurrió el lunes en el barrio Quinta de la mencionada ciudad. La víctima fue identificada como Amalia Beatriz Cáceres González, de 19 años, cuyo cuerpo fue encontrado completamente calcinado tras el siniestro.

De acuerdo con el informe de la Comisaría Séptima de Nanawa, la joven se encontraba en la vivienda junto a su concubino, Cristian Rolón Maidana, de 40 años.

Las primeras versiones indican que el incendio habría sido provocado por Porfiria Diana Giménez Aguirre, de 34 años, expareja del hombre, quien supuestamente prendió fuego al colchón donde se encontraba descansando la pareja.

Rolón Maidana logró salir de la habitación, pero Cáceres González quedó atrapada en el interior de la vivienda en llamas.

La madre de la víctima denunció además que la presunta autora habría golpeado previamente a la joven, dejándola inconsciente antes de iniciar el incendio.

El médico forense Augusto Schacht diagnosticó como probable causa de muerte la calcinación. Por disposición del Ministerio Público, el cuerpo fue trasladado a la morgue judicial para la realización de la autopsia correspondiente.

En el marco de la investigación, tanto Rolón Maidana como Giménez Aguirre fueron aprehendidos y trasladados a la Comisaría Cuarta de Villa Hayes, donde quedaron a disposición de las autoridades mientras continúan las diligencias del caso.

Abogado de Erico Galeano señala que tribunal no exigió renuncia ni pérdida de investidura

El abogado Ricardo Estigarribia aseguró que el tribunal que condenó al senador Erico Galeano a 13 años de prisión no impuso ninguna condición para que el legislador renuncie a su banca ni para que pierda su investidura parlamentaria.

El defensor explicó al canal GEN que la decisión del senador de solicitar permiso en el cargo fue voluntaria y responde a una estrategia para continuar sometiéndose al proceso judicial sin afectar la imagen institucional.

“El Tribunal de Sentencia no puso ninguna condicionante para que el senador renuncie. Ellos tampoco tienen facultad para hacerle perder la investidura, porque eso es competencia exclusiva de la Cámara de Senadores”, afirmó.

Tras conocerse la sentencia en su contra por lavado de dinero y asociación criminal, Galeano solicitó permiso sin goce de dieta ante el presidente del Senado, Basilio Núñez, amparándose en el reglamento interno de la Cámara.

El legislador argumentó además lo establecido en el Constitución Nacional del Paraguay, específicamente el principio de presunción de inocencia, que establece que toda persona es considerada inocente hasta que exista una sentencia firme.

De acuerdo con su defensa, la intención del senador es apartarse temporalmente de sus funciones mientras continúa el proceso judicial.

“Él decide pedir permiso para no generar ningún tipo de daño a la imagen del Congreso ni de las instituciones”, sostuvo Estigarribia.

El abogado también explicó la diferencia entre los fueros parlamentarios y la inmunidad que tienen los legisladores. Recordó que Galeano ya había renunciado a sus fueros al inicio del proceso para permitir que avance la investigación penal en su contra.

“Los fueros sirven para evitar que un legislador sea procesado. En cambio, la inmunidad parlamentaria evita que sea detenido mientras esté en funciones”, explicó.

En ese sentido, citó el artículo 191 de la Constitución, que establece que ningún senador o diputado puede ser detenido desde el día de su elección hasta el final de su mandato, salvo que la propia Cámara decida retirarle esa protección.

El abogado cuestionó además la decisión del tribunal de condicionar el cumplimiento de la pena a que la sentencia quede firme o a que el senador pierda su condición de legislador.

A su criterio, esa determinación traslada al Congreso una decisión que debería ser estrictamente judicial. “Es la primera vez que vemos que una resolución judicial termina dependiendo del Poder Legislativo. El tribunal debió asumir la responsabilidad de ordenar la prisión o disponer la libertad”, afirmó.

Según indicó, esa situación evidencia que el juicio tuvo una fuerte carga política y mediática.

Estigarribia explicó que la sentencia contra Galeano aún puede ser apelada y que la eventual prisión solo podría ejecutarse cuando la condena quede firme y ejecutoriada, es decir, cuando ya no existan recursos judiciales pendientes.

En caso de que el senador sea absuelto en instancias posteriores, podría levantar su permiso y retomar su banca en el Senado. “Si la condena se confirma y queda firme, seguramente presentará su renuncia”, sostuvo.

Un tribunal de sentencia condenó a Galeano a 13 años de cárcel por lavado de dinero proveniente del narcotráfico y asociación criminal, una pena menor a los 17 años solicitados por el Ministerio Público.

Según la investigación, el legislador habría participado en una operación de lavado de dinero mediante la venta de una vivienda en el complejo Aqua Village por un millón de dólares, presuntamente pagados en efectivo.

Además, la Fiscalía sostuvo que el senador habría facilitado su aeronave al grupo criminal liderado por Miguel Ángel Insfrán, presuntamente para el traslado de sustancias ilícitas.