Subsidios, apoyo financiero e “indulgencia” en alquileres: qué contempla la Ley de Emergencia

El proyecto de ley de Emergencia presentado por el Poder Ejecutivo contempla diversos aspectos que permitirán hacer frente a la crisis económica generada por el coronavirus. Entre otras cuestiones, prevé subsidios para trabajadores, respaldo financiero a microempresarios, la postergación del pago de ANDE, Essap y Copaco, así como excepciones para el pago de alquileres.

En la tarde de este lunes, el Poder Ejecutivo remitió al Congreso Nacional el proyecto de ley “Que declara Estado de Emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay ante la pandemia declarada por la OMS a causa del COVID-19 y se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras”.

En primera instancia, propone fortalecer el sistema de salud a través de la compra de los insumos, equipamientos y personal necesario para atender esta situación, cuidando la protección de los médicos, aumentando la capacidad de testing y así enfrentar con las mejores herramientas los desafíos de esta coyuntura. Este apoyo demandará una inversión de más de 500 millones de dólares.

Referente al tema de protección al empleo, se pretende impulsar una ayuda integral a los trabajadores vulnerables afectados ante esta situación a través de una ayuda alimentaria, un subsidio monetario temporal y la disponibilidad de créditos en condiciones financieras extraordinarias. Asimismo, se propone el diferimiento de los pagos por los servicios básicos y los impuestos.

En el mismo orden de cosas, se propone un apoyo al sector de empleados formales que consistirá en un subsidio temporal por reposo o suspensión de contrato. Para dicho fin, el Tesoro aportará un monto de hasta US$ 400 millones.

A fin de asegurar el crédito a las MiPymes, al sector agrícola, comercial y otros servicios, se plantea capitalizar a la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD), al Fondo de Garantía de las MiPymes y al Crédito Agrícola de Habilitación (CAH). Igualmente, se espera una importante capitalización para la Essap, a fin de mitigar los problemas de la situación de provisión de agua potable. Todo esto tendrá una inversión aproximada de US$ 45 millones.

A los efectos de generar el espacio financiero y presupuestario requerido para asegurar el financiamiento del presente plan, el gobierno propone las siguientes medidas:

*El redireccionamiento de créditos presupuestarios de los organismos y entidades del Estado a las entidades directamente afectadas por la emergencia sanitaria (en este caso, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio del Interior, el Hospital de Clínicas, el Ministerio de Desarrollo Social, entre otros);

*La aplicación de medidas de racionalización de gastos en ítems como catering, transporte, pasajes y viáticos, subsidio familiar en entidades públicas, retiro voluntario de funcionarios públicos, entre otros;

*La contratación temporal de personal para el MSPyBS, el IPS, Hospital de Clínicas, Hospital Militar y de Policía y al Ministerio de Justicia, así como la compra directa y simplificada para bienes e insumos necesarios para la atención de la pandemia;

*El diferimiento del pago de los organismos y entidades del Estado de servicios básicos a las empresas públicas, lo cual incluirá un refinanciamiento en 18 cuotas sin recargos ni intereses.

Un detalle importante contemplado es la creación de un “Fondo de Emergencia Sanitaria” que estará constituido por una parte de los recursos previstos en esta ley y por los previstos en el presupuesto del Ministerio de Salud que podrán ser reprogramados, así como por las donaciones que se reciban.

El proyecto establece medidas de política económica y financiera que comprenden la contratación de empréstitos y bonos del Tesoro por un monto máximo de US$ 1.600 millones a los efectos de asegurar el financiamiento del plan de contingencia.

POSTERGACIÓN PARA DECLARACIONES JURADAS Y PAGO DE IMPUESTOS

En lo que se refiere a las medidas de protección al empleo y la mitigación financiera, se prevé disponer la prórroga de fechas de vencimientos de presentación de las declaraciones juradas y pagos, total o parcialmente, de aquellos impuestos que liquiden en el régimen establecido en la Ley 6380/19 correspondiente al presente ejercicio fiscal.

De igual manera, se suspenden durante la vigencia de la declaración de emergencia el ingreso de nuevas solicitudes de devolución de créditos fiscales, así como la resolución de aquellas que se encuentren en trámite, salvo que estas últimas sean del régimen acelerado.

POSTERGACIÓN DE PAGO DE SERVICIOS BÁSICOS

El pago de las facturas por los servicios de ANDE, Essap y Copaco correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo podrán ser diferidas temporalmente. Este plazo podrá ser prorrogado de acuerdo a las condiciones económicas y la posibilidad de financiamiento. Las obligaciones impagas resultantes de esta medida temporal podrán ser financiadas hasta en 18 cuotas sin intereses ni recargos.

APOYO FINANCIERO A MIPYMES

Se establecerá un fideicomiso con el fin de apoyar a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en base al 20% de las utilidades netas no capitalizadas del BNF que resulten del Ejercicio Fiscal 2019, a ser administrado por la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD). De igual manera, se dispondrá de créditos para este mismo sector a través de las entidades de intermediación financiera de primer piso.

VIGENCIA DEL TELETRABAJO

Durante la vigencia de la ley -siempre que la naturaleza de la relación laboral así lo permita-, se establecerá un “régimen jurídico del teletrabajo” en relación de dependencia para el sector privado y también para el sector público de conformidad a la reglamentación de cada entidad.

SUBSIDIO PARA SECTOR DE TRABAJADORES INFORMALES

El proyecto también establece la implementación de medidas para salvaguardar los ingresos de los trabajadores en situación de informalidad. Para el efecto, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, prevé otorgar un subsidio del 25% del salario mínimo legal vigente a este sector de la población. Dicho beneficio podrá ser otorgado hasta dos veces por el mismo monto y será abonado a los beneficiarios a través de entidades de pago.

Las entidades que presten el servicio de pago podrán bloquear la utilización de sus sistemas de pago exclusivamente para compras a ser realizadas en supermercados y farmacias, a fin de garantizar el destino del subsidio.

Este beneficio se podrá otorgar a trabajadores cuentapropistas o dependientes de las MIPYMES que cuenten con 18 años de edad o más, que no coticen a la seguridad social (IPS), que no sean funcionarios o contratados de ninguna institución dependiente del Estado o de alguna binacional, que no sean jubilados o pensionados de alguna de las entidades de jubilaciones y pensiones públicas o privadas y que no sean beneficiarios de algún programa de asistencia social del Estado como Tekoporâ, Adultos Mayores, etc., que estén registrados o no como contribuyentes en la SET, excepto aquellos que sean aportantes del Impuesto a la Renta Personal (IRP).

A fin de dar cumplimiento con lo estipulado anteriormente, se ha planificado la creación de un “Fondo Social” que será administrado por el Ministerio de Hacienda, el cual recibirá un aporte gubernamental superior a los un billón de guaraníes (alrededor de US$ 300 millones).

LÍNEAS DE CRÉDITO PARA EMPRESAS PÚBLICAS

En otro orden de cosas, se prevé que las empresas públicas puedan solicitar al Banco Nacional de Fomento (BNF) o al Tesoro Público líneas de crédito con el objetivo de financiar requerimientos temporales producto de la disminución de sus ingresos, como consecuencia del estado de emergencia declarado por el gobierno.

Así también, se autorizará el aumento del capital integrado del Crédito Agrícola de Habilitación (CAH) por un monto total de G. 120.000 millones y un aporte de capital a la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) por esta misma cifra para el financiamiento de las medidas de mitigación de los efectos económicos del COVID-19, con especial énfasis en las MIPYMES.

Bajo la misma línea, se prevé un aporte estatal por valor de G. 30.000 millones para el Fondo de Garantía para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas creado por Ley 5628/16.

SUBSIDIOS DE IPS EN CASO DE DESPIDOS

El Ministerio de Hacienda podrá disponer los mecanismos para un aporte al Instituto de Previsión Social (IPS) de hasta G. 638.200 millones que serán destinados para los gastos vinculados al “Subsidio por Reposo por Enfermedad” y para otorgar una compensación económica a los trabajadores cotizantes activos, cuando a causa de la emergencia sanitaria se establezca el cese total de las actividades de los sectores económicos afectados o la suspensión temporal de los contratos de los trabajadores.

SIN AUMENTOS SALARIALES PARA SECTOR PÚBLICO

Asimismo, a partir del siguiente ejercicio fiscal se establecerá la convergencia al límite del déficit fiscal del 1,5% en un plazo máximo de 4 años. Hasta tanto no se llegue a dicho límite, durante este período queda prohibido todo aumento salarial destinado al personal público permanente o contratado, con las excepciones del fortalecimiento de capital humano de áreas prioritarias.

CHEQUES RECHAZADOS POR FALTA DE FONDOS

Excepcionalmente hasta el 1 de mayo de 2020, los bancos de plaza se abstendrán de aplicar y comunicar a la Superintendencia de Bancos sanciones de inhabilitación de cuentas corrientes bancarias que deriven de cheques rechazados por insuficiencia de fondos.

PERIODO DE GRACIA PARA PAGO DE ALQUILERES

Uno de los aspectos más importantes tiene que ver con el tema de los alquileres ya que se establece que el incumplimiento en el pago no será causal de desalojo hasta el mes de junio del presente año, siempre que se justifique el pago de cuanto menos el 40% del valor del alquiler mensual.

Las sumas que queden pendientes deberán ser prorrateadas y sumadas al valor del alquiler mensual a ser pagados en su totalidad a partir del mes de julio. Las deudas prorrateadas deberán ser canceladas en un plazo máximo de seis meses.

El no cumplimiento de lo previsto en este apartado habilita al locatario a solicitar eventualmente el desalojo correspondiente, de acuerdo al documento.

Festejos por el Día del Trabajador: “Nos sorprendió la cantidad de accidentes”

Desde la Cruz Roja Paraguaya reportaron un importante número de accidentes de tránsito, donde el denominador común fue el alcohol.

“Estadísticamente tuvimos un accidente cada 30 minutos, el 80% de los que provocaron los accidentes estaban alcoholizados”, comentó César Pujol, voluntario de la Cruz Roja, en conversación con la 1020 AM.

Agregó que algunos accidentados que estaban alcoholizados, quisieron agredir a los voluntarios. “Eran personas que no estaban ubicadas en el espacio tiempo debido al alcohol”, indicó.

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“Nos sorprendió la cantidad de accidentes que se dieron en 12 horas”, subrayó el voluntario.

Explicó además que como Cruz Roja, el trabajo que tienen es llevar a las personas accidentadas hasta el centro asistencial más cercano, ya que se debe atender a los pacientes lo más rápido posible.

El Ejecutivo establece lineamientos para la preparación del PGN 2025

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto N° 1603/2024 por el cual se establecen los lineamientos para la programación, formulación y presentación de los anteproyectos de presupuestos para el ejercicio fiscal 2025.

El decreto establece las pautas generales y describe los mecanismos, las metodologías y herramientas esenciales para la programación presupuestaria de todas las entidades del sector público.

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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) anunció que, los plazos para la carga de los respectivos anteproyectos quedan definidos de la siguiente manera: el Anteproyecto de Presupuesto 2025 hasta el 27 de junio de 2024; y el Presupuesto Plurianual 2025–2027 hasta el 22 de julio de 2024.

Los Organismos y Entidades del Estado (OEE) en el proceso de elaboración de los anteproyectos de presupuesto deberán asignar los recursos para satisfacer las necesidades de la población, enfocándose en el logro de metas y resultados tangibles que beneficien a la sociedad.

Las entidades deberán planificar la adquisición de bienes y servicios que cumplan con los requerimientos para el cumplimiento de sus fines misionales y reflejar en el anteproyecto los requerimientos financieros para el efecto.

El gasto público debe mantenerse coherente con la capacidad de generación de recursos fiscales, en un contexto de racionalidad y austeridad en el uso de los recursos disponibles.

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Anuncian plan de contingencia en el tránsito ante anuncio de tormentas en Asunción

La Dirección de Tránsito de Asunción anunció la implementación de un plan de contingencia, ante el anuncio del ingreso de un sistema de tormentas a la capital.

“Desde la dirección de la Policía Municipal de Tránsito se prevé un plan de contingencia por los días de lluvia”, refiere el comunicado.

La medida es adoptada ante los inconvenientes registrados en las últimas lluvias, donde los semáforos quedaron fuera de funcionamiento y algunas calles fueron inundadas.

La alerta meteorológica es por el ingreso de sistema de tormentas es para la Región Oriental y sur de la Región Occidental, desde este miércoles 1 al viernes 3 de mayo.

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Los departamentos afectados son: Ñeembucú, Misiones, Itapúa, Central, Cordillera, Caaguazú, Guairá, Paraguarí, Caazapá, Alto Paraná, Presidente Hayes, Boquerón, San Pedro, Canindeyú y Concepción, además de la ciudad de Asunción.

El boletín refiere que se esperan lluvias con acumulados de entre 50 y 80 mm por día, con ráfagas de viento en torno a los 120 km/h.

Existe además una alta probabilidad de ocurrencia de granizo. Se espera que las condiciones climáticas tengan mejoras parciales con el correr de los días.