Investigado por mala praxis, pero ‘condenado’ a realizar cirugías reconstructivas

El doctor Miguel Ángel Cavallo deberá cumplir una pena privativa de libertad de 2 años debido a que fue hallado responsable del hecho punible de Declaración Falsa. Una de las medidas otorgadas por el Colegiado Judicial es que el cirujano plástico realice, una vez al mes, intervenciones quirúrgicas reconstructivas en el Hospital del Quemado, por el período de prueba que se le impuso.

Durante el Juicio Oral representó al Ministerio Público el agente fiscal de la Unidad Penal Ordinaria de la Barrial N°. 8 de Asunción, Yoan Paul López Samudio. El fiscal reunió los elementos de convicción en tiempo y forma, que fueron valorados por el órgano juzgador, integrado por los jueces Manuel Aguirre, Blanca Gorostiaga y Rossana Maldonado, para el dictado del fallo.

El cirujano, de acuerdo con los antecedentes de su caso, realizaba intervenciones quirúrgicas estéticas (cirugías plásticas) en su domicilio particular, utilizaba una pieza situada en el fondo de la casa de manera improvisada y sin reunir los elementos e instrumentos médicos adecuados para llevar a cabo las operaciones que deben ser en quirófano.

Fue investigado por supuesta mala praxis, y falta del deber de cuidado como médico en el marco de una intervención quirúrgica, ocurrido el 27 de mayo de 2016, en su llamada Clínica Cirugía Plástica.

Según datos, a lo largo de la Audiencia Oral y Pública, la Fiscalía demostró que el médico acusado falseó datos relevantes para las relaciones jurídicas y presentó una Declaración Jurada en la que había distorsionado referencias ante el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS), institución que cuenta con un órgano que aprueba la habilitación de los consultorios en las Clínicas y los sanatorios.

De tal forma, se comprobó que el doctor Cavallo solicitó la habilitación en carácter de consultorio médico, sin quirófano alguno. Sin embargo, durante un allanamiento fiscal y policial realizado el 6 de julio del año 2016 se comprobó la existencia de la improvisada sala de cirugía y se encontró al médico operando a una paciente.

Limpieza del oído: instan a no introducir cotonetes o llaves

La doctora Asihiria Acuña recomendó no introducir objetos al oído que pueda dañarlo, pues el mismo tiene un sistema propio de autolimpieza. Ante molestias, la persona debe acudir a la consulta con un otorrinolaringólogo para un diagnóstico preciso y recibir el tratamiento adecuado.

La médica Asihiria Acuña, del Hospital de clínicas, explicó que la manipulación del canal auditivo, es algo comúnmente realizado sobre todo al introducir diversos tipos de objetos, sea cotonetes, incluso llaves, cuyo empleo daña al oído y produce microtraumatismo en la piel al retirar la cera.

El oído tiene su propio mecanismo de autolimpieza, no necesita que se utilicen elementos, de hecho, la cera es una estructura fundamental y cumple una función específica, es esencial para mantener la piel hidratada y un pH ácido en el oído, para que esos gérmenes que normalmente viven el conducto externo no empiecen a invadir y generar procesos infecciosos.

Finalmente, la médica acotó que el oído está listo para defenderse incluso del agua.


Viuda de Pecci refuta declaraciones del fiscal general y niega obstrucción

Claudia Aguilera, esposa Marcelo Pecci, respondió a las declaraciones del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, quien manifestó que la investigación de la muerte de su esposo no avanzaba porque la misma se negaba a entregar todas las evidencias.

“Desmiento mi oposición a la inclusión del celular de mi esposo en la investigación. Al respecto, he solicitado que los trabajos técnicos y periciales del teléfono los realice la Fiscalía de Colombia, conjuntamente con los investigadores de Estados Unidos”, dice el comunicado emitido por Claudia Aguilera, viuda del fiscal Marcelo Pecci.

Al respecto, explicó que el teléfono estuvo lacrado desde el día del asesinato del fiscal en Colombia, y desde ese momento fue entregado a los investigadores de dicho país. Aguilera sostiene que recién el pasado 18 de marzo de 2024, la Fiscalía de Paraguay le solicitó suscribir un escrito por el cual autorizaba el pedido del teléfono celular de Marcelo Pecci a la Fiscalía de Colombia, a los efectos de considerar la extracción de datos y diligencias técnicas.

“El 29 de abril del corriente año, remití una nota a la Fiscalía de Colombia, señalando mi autorización para que tanto la Fiscalía colombiana como los fiscales investigadores de Estados Unidos accedan al teléfono y realicen las pericias correspondientes al celular de Marcelo”, agrega.

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Sobre la actuación del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, Aguilera señala que de manera recurrente se excusó en los avances de la investigación por falta de recursos, ausencia de mecanismos tecnológicos, y manifestaciones similares, por lo cual considera pertinente el apoyo internacional en esta causa, encontrando en Estados Unidos y Colombia el interés para esclarecer el caso.

“El teléfono de mi esposo no es la única evidencia que he entregado, sin embargo, hasta la fecha nada sé sobre las diligencias realizadas a otros aparatos electrónicos. Rechazo cualquier señalamiento hacia mi persona de obstruir la investigación, puesto que desde el principio estuve abierta a cooperar, poniendo no solo a disposición los aparatos electrónicos de Marcelo, sino también los míos”, subraya.

Además, enfatiza que es su propósito que se conozca a los responsables del hecho, por lo que seguirá colaborando en la investigación. “Reitero mi conformidad con la cooperación de Estados Unidos y Colombia para poder encaminar con mejor tino la investigación del magnicidio de mi esposo y padre de mi hijo”, indica.

Controversia y censura: revelan impacto de ley en la libertad de expresión en Paraguay

Una nueva investigación llevada a cabo por la ONG TEDIC en colaboración con el Centro de Estudios de Libertad de Expresión (CELE) de la Universidad de Palermo de Argentina pone en foco seis casos legales bajo la Ley 5777/16 “De Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de violencia” en Paraguay.

El estudio evidencia preocupaciones serias sobre cómo se está utilizando esta normativa para limitar la libertad de expresión de periodistas y comunicadores en lugar de su propósito original de proteger a las mujeres contra toda forma de violencia.

Maricarmen Sequera, codirectora de TEDIC e investigadora, destaca la importancia del estudio: “Este análisis demuestra que, aunque la protección contra la violencia es fundamental, es igualmente crucial garantizar que las leyes no se utilicen como herramientas para suprimir la libertad de expresión. Encontramos que en todos los casos de interés público analizados, la ley fue aplicada de manera que podría considerarse censura previa”.

La primera parte del estudio analiza el marco legal de protección sobre la libertad de expresión, así como los estándares internacionales establecidos por el sistema interamericano de derechos humanos, incluyendo catorce jurisprudencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Este apartado tiene un especial enfoque en cómo se configura censura previa, el umbral de protección aplicable a funcionarios públicos y personas públicas en el ejercicio de su libertad de expresión, y cómo este puede verse comprometido por interpretaciones erróneas de la Ley 5777/16 por parte de los Juzgados de Paz en el país.

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En este análisis, se exploran seis casos actuales en Paraguay donde se evidencia la posible tergiversación de la Ley 5777/16 para restringir el ejercicio de la libertad de expresión en casos de interés público.

Entre los hallazgos del estudio se resalta la necesidad de un enfoque equilibrado que proteja tanto los derechos de las mujeres como la libertad de expresión y el debido proceso legal en una sociedad democrática. “La ponderación de ambos derechos deben ser diferenciados en casos de interés público y persona pública. Es importante reconocer que existen situaciones legítimas en las que las medidas similares pueden ser necesarias, como cuando se prohíbe a una persona con antecedentes de violencia mencionar o dirigirse a su ex pareja a través de mensajerías y redes sociales”, afirma Sequera.

Además de los análisis de casos, la investigación proporciona recomendaciones concretas para ajustar la aplicación de la Ley 5777/16, incluyendo la necesidad de regulación más detallada y capacitación para los profesionales de la justicia, para asegurar que se respeten tanto los derechos de las mujeres como la libertad de expresión.