Usuarios denuncian que rampas de buses “no funcionan”

Los usuarios del transporte público criticaron que la línea 23 no utiliza la rampa de los buses para subir a las personas que utilizan silla de ruedas. Sin embargo, la empresa aseveró que cada aparato colocado costó 10.000 dólares y que no invertirán tanto dinero para no utilizarlo, por lo que investigarán la queja. Los encargados adelantaron que despedirán al chofer que esté cometiendo la irregularidad.

A través de las redes sociales, se denunció el caso de un menor de edad que supuestamente fue rechazado por un conductor de una de las unidades de la línea 23, que es explotada por la empresa Transporte y Turismo Lambaré (TTL).

“Este niñito con capacidad diferente quiso abordar el colectivo de la línea 23 para llegar a su escuela y el chofer de la línea de transporte, le hace bajar a una pasajera para comunicarle que esa puerta para discapacitados no funciona!!!!. A la puta carajo porque mierda no funciona!!!!. Cuál es el problema para que es puerta no funcione!! (sic)”, publicó el ciudadano Hugo Flores.

Al respecto, César Ruiz Díaz, apoderado de dicha firma y presidente del Centro de Empresarios del Transporte (Cetrapam), sostuvo que este martes tuvo conocimiento de la queja realizada. Aclaró que pese a no existir una denuncia concreta, pidió a la Dirección de Recursos Humanos que abra un sumario al chofer de dicho bus. “Tenemos los datos de esa unidad y fácilmente podemos esclarecer el caso”, contó.

En contacto con la redacción de HOY el empresario indicó que de comprobarse de que el conductor impidió que el menor utilice la rampa para discapacitados, el trabajador será inmediatamente echado de la empresa.

“No creo que esto se invente porque es grave. El chofer será echado si se confirma este caso. Nosotros no gastamos 10.000 dólares en cada rampa para no utilizarlas. Ese fue el monto extra que gastamos para colocar cada rampa”, dijo Ruiz Díaz al momento de agregar que de momento la línea 23 cuenta con 50 unidades que poseen el aparato para subir a las personas que andan en sillas de ruedas.

Por último detalló que el Gobierno Nacional estableció que para el mes de diciembre el 15 % de los buses que circulan en el Área Metropolitana (unos 300 colectivos) sean 0KM y con rampas.

Limpieza del oído: instan a no introducir cotonetes o llaves

La doctora Asihiria Acuña recomendó no introducir objetos al oído que pueda dañarlo, pues el mismo tiene un sistema propio de autolimpieza. Ante molestias, la persona debe acudir a la consulta con un otorrinolaringólogo para un diagnóstico preciso y recibir el tratamiento adecuado.

La médica Asihiria Acuña, del Hospital de clínicas, explicó que la manipulación del canal auditivo, es algo comúnmente realizado sobre todo al introducir diversos tipos de objetos, sea cotonetes, incluso llaves, cuyo empleo daña al oído y produce microtraumatismo en la piel al retirar la cera.

El oído tiene su propio mecanismo de autolimpieza, no necesita que se utilicen elementos, de hecho, la cera es una estructura fundamental y cumple una función específica, es esencial para mantener la piel hidratada y un pH ácido en el oído, para que esos gérmenes que normalmente viven el conducto externo no empiecen a invadir y generar procesos infecciosos.

Finalmente, la médica acotó que el oído está listo para defenderse incluso del agua.


Viuda de Pecci refuta declaraciones del fiscal general y niega obstrucción

Claudia Aguilera, esposa Marcelo Pecci, respondió a las declaraciones del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, quien manifestó que la investigación de la muerte de su esposo no avanzaba porque la misma se negaba a entregar todas las evidencias.

“Desmiento mi oposición a la inclusión del celular de mi esposo en la investigación. Al respecto, he solicitado que los trabajos técnicos y periciales del teléfono los realice la Fiscalía de Colombia, conjuntamente con los investigadores de Estados Unidos”, dice el comunicado emitido por Claudia Aguilera, viuda del fiscal Marcelo Pecci.

Al respecto, explicó que el teléfono estuvo lacrado desde el día del asesinato del fiscal en Colombia, y desde ese momento fue entregado a los investigadores de dicho país. Aguilera sostiene que recién el pasado 18 de marzo de 2024, la Fiscalía de Paraguay le solicitó suscribir un escrito por el cual autorizaba el pedido del teléfono celular de Marcelo Pecci a la Fiscalía de Colombia, a los efectos de considerar la extracción de datos y diligencias técnicas.

“El 29 de abril del corriente año, remití una nota a la Fiscalía de Colombia, señalando mi autorización para que tanto la Fiscalía colombiana como los fiscales investigadores de Estados Unidos accedan al teléfono y realicen las pericias correspondientes al celular de Marcelo”, agrega.

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Sobre la actuación del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, Aguilera señala que de manera recurrente se excusó en los avances de la investigación por falta de recursos, ausencia de mecanismos tecnológicos, y manifestaciones similares, por lo cual considera pertinente el apoyo internacional en esta causa, encontrando en Estados Unidos y Colombia el interés para esclarecer el caso.

“El teléfono de mi esposo no es la única evidencia que he entregado, sin embargo, hasta la fecha nada sé sobre las diligencias realizadas a otros aparatos electrónicos. Rechazo cualquier señalamiento hacia mi persona de obstruir la investigación, puesto que desde el principio estuve abierta a cooperar, poniendo no solo a disposición los aparatos electrónicos de Marcelo, sino también los míos”, subraya.

Además, enfatiza que es su propósito que se conozca a los responsables del hecho, por lo que seguirá colaborando en la investigación. “Reitero mi conformidad con la cooperación de Estados Unidos y Colombia para poder encaminar con mejor tino la investigación del magnicidio de mi esposo y padre de mi hijo”, indica.

Controversia y censura: revelan impacto de ley en la libertad de expresión en Paraguay

Una nueva investigación llevada a cabo por la ONG TEDIC en colaboración con el Centro de Estudios de Libertad de Expresión (CELE) de la Universidad de Palermo de Argentina pone en foco seis casos legales bajo la Ley 5777/16 “De Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de violencia” en Paraguay.

El estudio evidencia preocupaciones serias sobre cómo se está utilizando esta normativa para limitar la libertad de expresión de periodistas y comunicadores en lugar de su propósito original de proteger a las mujeres contra toda forma de violencia.

Maricarmen Sequera, codirectora de TEDIC e investigadora, destaca la importancia del estudio: “Este análisis demuestra que, aunque la protección contra la violencia es fundamental, es igualmente crucial garantizar que las leyes no se utilicen como herramientas para suprimir la libertad de expresión. Encontramos que en todos los casos de interés público analizados, la ley fue aplicada de manera que podría considerarse censura previa”.

La primera parte del estudio analiza el marco legal de protección sobre la libertad de expresión, así como los estándares internacionales establecidos por el sistema interamericano de derechos humanos, incluyendo catorce jurisprudencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Este apartado tiene un especial enfoque en cómo se configura censura previa, el umbral de protección aplicable a funcionarios públicos y personas públicas en el ejercicio de su libertad de expresión, y cómo este puede verse comprometido por interpretaciones erróneas de la Ley 5777/16 por parte de los Juzgados de Paz en el país.

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En este análisis, se exploran seis casos actuales en Paraguay donde se evidencia la posible tergiversación de la Ley 5777/16 para restringir el ejercicio de la libertad de expresión en casos de interés público.

Entre los hallazgos del estudio se resalta la necesidad de un enfoque equilibrado que proteja tanto los derechos de las mujeres como la libertad de expresión y el debido proceso legal en una sociedad democrática. “La ponderación de ambos derechos deben ser diferenciados en casos de interés público y persona pública. Es importante reconocer que existen situaciones legítimas en las que las medidas similares pueden ser necesarias, como cuando se prohíbe a una persona con antecedentes de violencia mencionar o dirigirse a su ex pareja a través de mensajerías y redes sociales”, afirma Sequera.

Además de los análisis de casos, la investigación proporciona recomendaciones concretas para ajustar la aplicación de la Ley 5777/16, incluyendo la necesidad de regulación más detallada y capacitación para los profesionales de la justicia, para asegurar que se respeten tanto los derechos de las mujeres como la libertad de expresión.