Gobierno afianza al Paraguay como centro de acopio y exportación de cocaína

El senador Enrique Riera (Honor Colorado) cuestionó la ineficacia del Gobierno de Mario Abdo Benítez en combatir al narcotráfico y acusó que esta administración tiene una responsabilidad directa, ya sea por omisión o complicidad en el esquema de exportación de droga al extranjero. Esto lo dijo al darse una nueva incautación de 653 kilos de cocaína procedente de Paraguay en el extranjero.

En entrevista con el programa “Caja Negra”, emitido por Unicanal, el legislador colorado lamentó que se haya contaminado con droga un producto estrella del Paraguay, como lo es la carne. Se preguntó de dónde viene al país la cocaína que es almacenada y luego distribuida a países del mundo, convirtiendo así al Paraguay en un gran exportador de la sustancia ilícita.

El cargamento incautado en la ciudad de Montevideo, Uruguay, consistió en 653 kilos de cocaína, valuado en US$ 24,5 millones. La droga estaba camuflada con carne que tenía como destino final Rusia, con escala en Bélgica.

Riera detalló que meses atrás presentó ante el Congreso Nacional un informe con datos oficiales sobre el auge del narcotráfico durante la gestión de Abdo Benítez, ya que en los últimos 3 años se incautaron 47 toneladas de cocaína paraguaya, tanto en territorio local como en puertos marítimos de Europa. Sin embargo, según lamentó, nada se hizo para solucionar el problema. “Las denuncias brutales que hicimos con nombres, documentos, fechas y denuncias de publicaciones europeas y datos concretos no les movieron un pelo. ¿ Por qué no se corrigió? Si se tiene un modus operandi que es contaminar los contenedores, recibir las drogas de otros países, pasar a baja altura por el Chaco y aterrizar en pistas clandestinas, cruzar del Chaco al departamento Central donde están los puertos privados por el único puente que hay, esto quiere decir que existe una responsabilidad innegable por acción u omisión”, dijo.

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Con relación a este nuevo caso en Uruguay, dejó en claro que fue la inteligencia uruguaya la que detectó y pudo evitar que la droga contaminada llegue a destino. “El cargamento se recibió, se acopió y embaló en nuestras narices, salió de nuestro puerto y nadie vio; eso le hace mucho daño al Paraguay. Existe una responsabilidad indelegable de quien ejerce el gobierno porque además con lo que advertimos antes nada se corrigió, no hubo un cambio de ninguna autoridad ni de un eslabón menor. (…) La responsabilidad es por omisión, porque dejás hacer, o porque estás metido (complicidad)”, agregó.

“No hay forma de tapar, esto no se trata de cargar un contenedor o camionetas en casa privada, sino en un puesto privado que tiene sus instalaciones cerradas, con luces, cámaras, seguridad cómo es que no se puede detectar. Debió existir inmediatamente un comunicado del gobierno sobre la situación, con sumarios, con la identificación del responsable y las denuncias correspondientes en la Fiscalía, pero nada, acá se habla de cocaína pura en carne paraguaya”, dijo en otro momento de la entrevista televisiva.

El congresista sostuvo además que espera que las autoridades actúen en consecuencia y que la oposición y los medios de prensa afines al oficialismo pidan explicaciones. En ese sentido se preguntó por qué no hay sanciones en nuestro país por este escándalo, como por ejemplo al director de Puertos. No obstante, reconoció que las actuales autoridades se encuentran más abocadas a su campaña política antes que atender estos temas urgentes.

Finalmente, recordó que Arnaldo Giuzzio (exministro de Senad e Interior) había levantado los controles de los agentes antidrogas en los puertos privados.

“MEGACORREDOR DE COCAÍNA”

En setiembre pasado, el senador Enrique Riera presentó una denuncia ante la Cámara de Senadores, donde cuestionó la falta de operatividad para el control de tráfico de drogas en el país por parte de las instituciones como la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) y la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac), además de la Fuerza Aérea Paraguaya, que contribuyen a que el territorio nacional se haya convertido en un “megaco­rredor de cocaína”.

En los últimos tres años se incautaron 47 toneladas de cocaína “paraguaya”, tanto en el territorio local como en puertos maríti­mos de Europa. Durante el gobierno de Mario Abdo Benítez, el crimen organizado potenció sus acciones en Paraguay, revela un informe sobre el comportamiento del negocio de la droga.

El reporte presentado por el colorado señala que, del total de droga traficada, solamente se incauta el 10% y calcula que por Paraguay se movieron cerca de 470 toneladas del polvo blanco, el cual tiene un valor en el mercado de casi US$ 2.500 millones.

 

El Estado recupera otro lote de los Jardines de Remansito, suman 8 hasta ahora

La Procuraduría General de la República recibió las llaves del lote N° 5, de la finca 916, del distrito de Villa Hayes, el octavo recuperado por el Estado en la zona conocida como “Jardines de Remansito”, y que fueron ocupadas ilegalmente. Todavía quedan por recuperar otras propiedades más.

La entrega de la llave fue realizada por el señor por señor Tomás De Los Santos Lezcano Gaona, ante el Procurador General de la República, Marco Aurelio González.

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El terreno entregado cuenta con una superficie de 2.084 metros cuadrados, y forma parte de la propiedad perteneciente al Ministerio de Defensa y que fue desafectada a favor de la Municipalidad de Villa Hayes.

Con esto suman 8 llaves de las 16 que se devuelven al Estado, mientras que el resto se rehúsa a entregar porque continúa litigando.

La propiedad es conocida como la finca 916 Jardines de Remansito, que fue tomada por varias familias luego de que un proyecto de Ley, posteriormente vetado por el presidente Santiago Peña.

Desde la Procuraduría General de la República alientan a otros ocupantes irregulares a seguir el ejemplo y también entregar sus llaves.

Detienen a joven automovilista por masturbarse en la vía pública

Iván Daniel Ramírez, 21 años, fue detenido en la ciudad de Villa Elisa por policías de la comisaría jurisdiccional, después de ser acusado por realizar “sesiones” masturbatorias en la vía pública.

El informe policial señala que el hombre, que estaba al mando de un automóvil, realizaba paradas en calles, y cuando visualizaba el paso de mujeres, abría la puerta del auto y procedía a realizar el acto en cuestión.

La actitud y modus operandi del joven Iván Daniel, al decir de los intervinientes, era recurrente, ya que muchas mujeres de la zona en donde lo aprehendieron, ya se quejaron por episodios similares.

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“El (último) hecho ocurrió en Villa Elisa. La víctima estaba llegando a su casa, él estaba en un auto, él la llama, ella se acerca al auto y lo ve masturbándose en el vehículo. Hoy se realizó un allanamiento y ya se detuvo a esta persona, el Ministerio Público lo imputó por actos exhibicionistas. Él se abstuvo de declarar”, dijo a la 1020 AM la fiscal Andrea Ríos.

La misma señaló que se relevarán datos en torno al individuo para definir la categoría de delito, para resolver la correspondiente penalización.

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Ley que prohíbe paro de transporte está, si se ejecuta, la ‘pelota’ quedará en cancha de la Fiscalía

El paro de transporte público que anuncian empresarios del rubro cuenta como contrapunto una legislación que prohíbe a los mismos dejar sin el servicio a los usuarios.

La Ley Nº 6789, “cancela la licencia, itinerario y subsidio a empresas del transporte público a infractores del la ley”.

Artículo 1°.- Esta Ley tiene por objeto establecer causales y sanciones de rescisión de contratos e itinerario a las empresas del transporte público de las zonas y áreas metropolitanas que no cumplan con las leyes vigentes.

Artículo 2°.- Las empresas del transporte público, adjudicadas con contratos y licencias de transporte público que sean cesadas por las causales descriptas en esta Ley, no tendrán derecho a solicitar reembolso ni indemnizaciones de cualquier tipo por las sanciones administrativas que conlleve el incumplimiento de los presupuestos. A ese efecto las causales establecidas en esta Ley pasan a incorporarse a los términos de las concesiones de pleno derecho.

Artículo 3°.- Están sujetos a esta Ley todas las empresas del transporte público que fueron adjudicadas y cumplen con sus itinerarios en zonas y áreas metropolitanas en el país.

Artículo 4°.- Establecer las causales, faltas y sanciones aplicables a los infractores, según la siguiente clasificación:

a) La empresa que deje de prestar unilateralmente sus servicios acordados en la concesión en forma regular y no lo regularice en un período de 24 (veinticuatro) horas de intimada por la autoridad competente, será cancelada y perderá su licencia y su itinerario de pleno derecho, debiendo ser dictada la resolución pertinente inmediatamente cumplido el plazo previsto. En este caso, el itinerario volverá a ser licitado. En caso de reincidencia con otras adjudicaciones de la misma empresa en un período de 1 (un) año, serán aplicables las máximas sanciones administrativas, a más de las previstas en el inciso b) de este artículo.

b) La empresa que cometa la causal y falta prevista en el inciso a) de este artículo, durante un período de emergencia nacional, departamental o municipal, sea de naturaleza sanitaria u otra declarada por autoridad competente en el área donde presta servicios, además de cancelarse su licencia y su itinerario, tendrá prohibido participar de licitaciones en licencia o itinerario de transporte público por un plazo de 10 (diez) años. Esta sanción incluye a los directivos de las empresas o sociedades que no podrán participar bajo nuevas sociedades.

c) La empresa que no cuente en sus buses con elevadores o rampas de acceso para personas con incapacidad física, cuanto menos en un 50% (cincuenta por ciento) de su flota no tendrá derecho a percibir algún tipo de subsidio por parte del Estado. Se establece un plazo de 180 (ciento ochenta) días para que las empresas adecuen sus buses a las exigencias de este inciso.

Artículo 5°.- En caso que los directivos, accionistas o representantes legales o gremiales de las empresas del transporte público realicen algún tipo de amenaza o extorsión a órganos del Estado relacionados con la prestación de sus servicios, ya sea por cualquier medio, será considerado como hecho punible de coacción y perturbación de servicios públicos y cualquier ciudadano podrá denunciar estos hechos por cualquier medio a los órganos de persecución penal del Estado.

Artículo 6°.- El Poder Ejecutivo por medio del Viceministerio de Transporte deberá controlar la estricta aplicación de esta Ley.