Fiscalía expone esquema de enriquecimiento ilícito de Fernández Lippman

Tras la decisión del tribunal de rechazar los incidentes planteados por las defensas, la Fiscalía argumentó sus alegatos iniciales en el nuevo Juicio oral contra Fernández Lippman y Cristian León Guimaraes por Enriquecimiento Ilícito y Lavado de Dinero

La agente fiscal Victoria Acuña, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, es quien representa al Ministerio Público en el juicio oral contra el exsecretario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), Raúl Fernández Lippmann.

En el marco de la misma causa también se inició la audiencia pública contra  Cristian León Guimarães.

El juicio oral en la presente causa comenzó con los alegatos iniciales y ambas personas están acusadas por supuesto Enriquecimiento Ilícito y Lavado de Dinero. Cabe recordar que la fiscal Victoria Acuña interpuso un recurso de Apelación especial para anular la sentencia definitiva en la cual se absolvió de culpa y pena a Raúl Fernández Lippman y a Cristian León Guimaraes. Por este motivo, se realiza un nuevo juicio.

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Cabe mencionar que según la investigación fiscal, Fernández Lippman, exsecretario de Óscar González Daher en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), habría tenido un ingreso patrimonial no sustentable, de origen desconocido, de más de G. 1.300 millones, entre los años 2007 y 2017.

La Fiscalía sostiene que en dicho contexto, un análisis de ingresos y egresos, arrojó inconsistencias principalmente determinadas por la compra de tres vehículos de alto valor comercial, depósitos bancarios, mejoras de inmuebles y gastos familiares elevados, informó el Ministerio Público.

Entretanto Cristian León Guimaraes, en su carácter de funcionario del JEM, a cargo del secretario general Fernández Lippman, desde el 2013 al 2017, fungió de prestanombre de este último, para ocultar sumas de dinero en USD, por medio de la realización de operaciones en el sistema financiero.

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Para el Ministerio Público, el acusado habría realizado compras de divisas; compra de inmuebles y rodados; operaciones financieras en diferentes instituciones privadas de plaza; adquirió y vendió bienes en forma individual y con su pareja; y todo ello no se corresponde con los ingresos legítimos.

Primera ruta de hormigón del país supera los 14 kilómetros de pavimento ejecutado

La construcción de la primera ruta de hormigón del Paraguay continúa avanzando a buen ritmo en el tramo de la ruta PY05 que une Pozo Colorado con Concepción. Al cierre de la primera quincena de junio, la obra ya supera los 14 kilómetros de pavimento rígido ejecutado, marcando un importante avance en uno de los proyectos viales más emblemáticos actualmente en desarrollo en el país.

Los trabajos se llevan adelante de manera simultánea en dos frentes de obra, con jornadas diurnas y nocturnas que permiten sostener el cronograma de ejecución. El proyecto contempla la pavimentación de 90 kilómetros y beneficiará directamente a más de 400.000 habitantes del norte paraguayo.

Además de la colocación del hormigón, las tareas incluyen la preparación de la plataforma, el fortalecimiento de la base estructural de la calzada y la construcción de sistemas de drenaje, componentes esenciales para garantizar la durabilidad y resistencia de la futura carretera.

En el Lote A, a cargo del Consorcio Avanza Chaco, ya fueron construidos aproximadamente 8,76 kilómetros de pavimento rígido. En tanto, el Lote B, ejecutado por Ecomipa S.A., registra cerca de 6,06 kilómetros concluidos, totalizando más de 14 kilómetros de avance en toda la obra.

La utilización de pavimento de hormigón constituye uno de los aspectos más destacados del proyecto, ya que permitirá contar con una infraestructura de mayor vida útil y mejor comportamiento frente al intenso tránsito de cargas que caracteriza a este corredor estratégico.

Con una inversión superior a G. 611.000 millones, financiada por la CAF y Fonplata, la futura ruta busca transformar la conectividad entre el Chaco y la Región Oriental, fortaleciendo el desarrollo productivo, comercial y social de una de las zonas con mayor potencial de crecimiento del país.

Caso Canela: Tuma asume defensa para evitar el retorno con su agresor

La Dirección Nacional de Defensa Animal y Diana Camarasa rechazan la orden judicial que dispone la devolución de la perra a la familia anterior. El abogado Diego Tuma toma la representación legal del caso y promete acciones firmes ante la Justicia.

El caso de Canela toma un nuevo rumbo en el ámbito judicial. Una jueza ordenó la restitución de la perra a la casa de sus antiguos dueños. En ese lugar, el animal sufrió la perdida de la mandíbula debido a la explosión de un petardo el 1 de enero. La decisión provocó el repudio inmediato de la ciudadanía y de las instituciones protectoras.

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El abogado Diego Tuma asumió hoy la representación legal del caso. El profesional cuestionó con dureza el criterio de la jueza. Tuma afirmó que los animales poseen sensibilidad y que el sistema judicial debe otorgar protección real. También aseguró que peleará hasta las últimas consecuencias para impedir el regreso de Canela al entorno donde padeció el sufrimiento.

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La cuidadora actual, Diana Camarasa, anunció una postura firme. Camarasa gestionó las cirugías y la prótesis mandibular para la recuperación de la mascota. La mujer afirmó con seguridad que no entregará a Canela bajo estas condiciones.

¿Existe indemnización tras una separación amorosa?

Nuestra legislación esconde una figura jurídica poco conocida que contempla la posibilidad de que uno de los excónyuges o exconcubinos solicite una pensión o asistencia económica al otro tras concretarse la separación.

El abogado Francisco Segura Riveiro explicó a radio Ñanduti que la Ley 1/92 prevé una asistencia para el miembro de la pareja que quede desamparado o en situación de necesidad tras la ruptura. Sin embargo, reveló que es una herramienta muy poco utilizada debido a la interpretación restrictiva y “exagerada” que le dan los tribunales.

Recordó que este derecho existe para proteger a aquella persona que, tras la ruptura, queda en una situación de vulnerabilidad tal que no puede cubrir sus necesidades básicas por sí misma.

El profesional señaló que esta herramienta es poco utilizada y que muchas veces se interpreta de forma muy restrictiva en el ámbito judicial.

Desde el punto de vista técnico y doctrinario, la naturaleza de este reclamo genera debates entre los especialistas. “No está claro; algunos dicen que es una especie de derecho de alimento sobreviviente, otros dicen que es una indemnización”, detalló el abogado.

La base legal se encuentra establecida en el artículo 90 de la Ley 1/92, el cual estipula taxativamente: “Si terminada la convivencia y efectuada la separación de gananciales uno de los exconcubinos careciere de recursos y estuviere imposibilitado de procurárselo, podrá solicitar alimentos al otro mientras dure la emergencia”.

Segura Riveiro explicó que esta norma se extiende bajo la premisa de que, si a consecuencia del divorcio, especialmente en casos donde hay separación de bienes o donde la liquidación de la comunidad conyugal dejó más deudas que activos, uno de los cónyuges queda desamparado, subsiste un deber de auxilio que es remanente del matrimonio.

“Justamente esa norma la agregó mi suegra, que era una gran luchadora, que en paz descanse, una gran luchadora por los derechos de la mujer”, relató.

La ley buscaba convertirse en una vía de compensación para equilibrar esa cancha tras una ruptura. Explicó que el varón suele tener más facilidades para dedicarse por completo a su desarrollo profesional, mientras que la mujer generalmente posterga su crecimiento laboral, sobre todo cuando hay varios hijos de por medio.

A pesar del noble propósito con el que fue redactada, la herramienta permaneció prácticamente en el olvido desde su creación. Segura Riveiro lamentó que los juzgados civiles, desde la década de los 90 en adelante, le hayan dado una aplicación exageradamente rígida.

Para que los jueces otorguen este auxilio, prácticamente exigen que el cónyuge solicitante quede en una situación de miseria absoluta.

Debido a esta vara tan alta y restrictiva, los propios abogados litigaron muy poco bajo esta figura. “Yo he visto un par de demandas, no hay más”, dijo.