Plan anticrisis de Marito: experta señala las deficiencias y las oportunidades

La economista Verónica Serafini hizo una lectura del plan anticrisis anunciado por el Gobierno de Mario Abdo Benítez para mitigar la situación actual.

En ese sentido, la experta expuso mediante su cuenta de Twitter que dado el nivel de la crisis, la propuesta pudo haber sido más ambiciosa y sobre todo asegurarse el impacto positivo superando la visión “emergencial”, y aprovechar así el esfuerzo para iniciar cambios estructurales.

“Tenemos todos los instrumentos para implementar medidas que impacten pero hay que ampliar su cobertura. Se requiere reasignar recursos ineficientes hacia políticas más eficientes y evitar que en lugar de mitigar profundicemos los problemas estructurales que tenemos. Deberíamos aprovechar la oportunidad de implementar medidas de corto plazo o de emergencia que inicien una reforma estructural, como en el caso de la necesaria transición energética”, esgrimió.

Sobre la pensión alimentaria anunciada por el Gobierno, con 15.000 nuevos titulares, Serafini refirió que hay 150.000 personas de 60 años o más en situación de pobreza y otros 150.000 cerca de caer en esa situación solo por efecto de la inflación.

“Tekoporá no cubre ni a la mitad de los niños y niñas que están en situación de pobreza. Las evaluaciones de Tekoporá muestran que mejora su alimentación y la permanencia en la escuela. El plan no menciona a PANI ni a almuerzo escolar cuyas coberturas también son mínimas. Estos 4 programas son fundamentales para mitigar parte de la crisis alimentaria”, señaló.

Así también resaltó que no hay mención a salud en una crisis sanitaria y que contribuye a la crisis económica de los hogares por el gasto de bolsillo y el endeudamiento que significa.

Tampoco hay mención a la recuperación económica de las mujeres que aún no se recuperaron de la crisis de la pandemia y son jefas del 40% de los hogares. Un plan económico sin enfoque de género pierde eficiencia a nivel macro e impacto a nivel micro, según su parecer.

En el caso de las obras, expuso que la construcción de viviendas tiene mayor efecto multiplicador que el resto de las obras, pero que a pesar de la inversión pública en obras, las estadísticas laborales no mejoraron en los años anteriores a la pandemia. Los ingresos laborales reales son los mismos que una década atrás y empezaron a caer en 2015, en pleno auge de obras públicas y de endeudamiento.

“Es insostenible seguir endeudándonos en obras que no generan retorno ni siquiera en tributos para pagar la deuda”, tuiteó.

Respecto al apoyo a la agricultura familiar, la economista sostuvo que el MAG tiene una cobertura de 60.000 fincas y en forma fragmentada de un total de 200.000 fincas, cuando en la práctica necesitamos producir alimentos para 7.000.000 de habitantes y estamos produciendo entre 20% y 45% de la demanda según el rubro.

Es fundamental también, según subrayó, la producción de insumos para cadenas alimentarias intensivas en trabajo y con alto efecto multiplicador en el desarrollo local. Muchas de ellas exportadoras y generadoras de divisas.

Consideró que la inflación actual es por el lado de la oferta y por ello necesitamos producir alimentos sanos y a precios justos para mantener la capacidad adquisitiva de los ingresos de trabajadores/as, atendiendo a que 26% del gasto familiar es en alimentos y mobilidad.

En movilidad se mantiene la política actual de subsidiar transporte público y reducir impuestos a un modelo de negocios que no es competitivo. “Profundizamos la ineficiencia del sistema y mala calidad. 2.000.000 de personas se mueven en solo dos núcleos urbanos del país. El problema no es solo el costo sino la baja calidad. Se pierden empleos y productividad manteniendo la situación actual”, resaltó.

Serafini argumentó que en lugar de reducir impuestos en un país de mayor aumento el precio de combustibles en la región, hay que destinar esos recursos a la reforma y electrificación del transporte público, al subsidio a la demanda (directo a la tarjeta Jaha-MAS), y a la ampliación de la tarifa social de la ANDE.

Hasta ahora continúa el endeudamiento de los hogares y las MPYMES. Según su apreciación, hay buenos programas de apoyo a las MPYMES pero que son de mínima cobertura. Cada crédito otorgado a una MPYME debe ir acompañado de un apoyo para el aumento de la productividad y formalización de sus trabajadores, según se explayó.

El Estado recupera otro lote de los Jardines de Remansito, suman 8 hasta ahora

La Procuraduría General de la República recibió las llaves del lote N° 5, de la finca 916, del distrito de Villa Hayes, el octavo recuperado por el Estado en la zona conocida como “Jardines de Remansito”, y que fueron ocupadas ilegalmente. Todavía quedan por recuperar otras propiedades más.

La entrega de la llave fue realizada por el señor por señor Tomás De Los Santos Lezcano Gaona, ante el Procurador General de la República, Marco Aurelio González.

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El terreno entregado cuenta con una superficie de 2.084 metros cuadrados, y forma parte de la propiedad perteneciente al Ministerio de Defensa y que fue desafectada a favor de la Municipalidad de Villa Hayes.

Con esto suman 8 llaves de las 16 que se devuelven al Estado, mientras que el resto se rehúsa a entregar porque continúa litigando.

La propiedad es conocida como la finca 916 Jardines de Remansito, que fue tomada por varias familias luego de que un proyecto de Ley, posteriormente vetado por el presidente Santiago Peña.

Desde la Procuraduría General de la República alientan a otros ocupantes irregulares a seguir el ejemplo y también entregar sus llaves.

Detienen a joven automovilista por masturbarse en la vía pública

Iván Daniel Ramírez, 21 años, fue detenido en la ciudad de Villa Elisa por policías de la comisaría jurisdiccional, después de ser acusado por realizar “sesiones” masturbatorias en la vía pública.

El informe policial señala que el hombre, que estaba al mando de un automóvil, realizaba paradas en calles, y cuando visualizaba el paso de mujeres, abría la puerta del auto y procedía a realizar el acto en cuestión.

La actitud y modus operandi del joven Iván Daniel, al decir de los intervinientes, era recurrente, ya que muchas mujeres de la zona en donde lo aprehendieron, ya se quejaron por episodios similares.

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“El (último) hecho ocurrió en Villa Elisa. La víctima estaba llegando a su casa, él estaba en un auto, él la llama, ella se acerca al auto y lo ve masturbándose en el vehículo. Hoy se realizó un allanamiento y ya se detuvo a esta persona, el Ministerio Público lo imputó por actos exhibicionistas. Él se abstuvo de declarar”, dijo a la 1020 AM la fiscal Andrea Ríos.

La misma señaló que se relevarán datos en torno al individuo para definir la categoría de delito, para resolver la correspondiente penalización.

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Ley que prohíbe paro de transporte está, si se ejecuta, la ‘pelota’ quedará en cancha de la Fiscalía

El paro de transporte público que anuncian empresarios del rubro cuenta como contrapunto una legislación que prohíbe a los mismos dejar sin el servicio a los usuarios.

La Ley Nº 6789, “cancela la licencia, itinerario y subsidio a empresas del transporte público a infractores del la ley”.

Artículo 1°.- Esta Ley tiene por objeto establecer causales y sanciones de rescisión de contratos e itinerario a las empresas del transporte público de las zonas y áreas metropolitanas que no cumplan con las leyes vigentes.

Artículo 2°.- Las empresas del transporte público, adjudicadas con contratos y licencias de transporte público que sean cesadas por las causales descriptas en esta Ley, no tendrán derecho a solicitar reembolso ni indemnizaciones de cualquier tipo por las sanciones administrativas que conlleve el incumplimiento de los presupuestos. A ese efecto las causales establecidas en esta Ley pasan a incorporarse a los términos de las concesiones de pleno derecho.

Artículo 3°.- Están sujetos a esta Ley todas las empresas del transporte público que fueron adjudicadas y cumplen con sus itinerarios en zonas y áreas metropolitanas en el país.

Artículo 4°.- Establecer las causales, faltas y sanciones aplicables a los infractores, según la siguiente clasificación:

a) La empresa que deje de prestar unilateralmente sus servicios acordados en la concesión en forma regular y no lo regularice en un período de 24 (veinticuatro) horas de intimada por la autoridad competente, será cancelada y perderá su licencia y su itinerario de pleno derecho, debiendo ser dictada la resolución pertinente inmediatamente cumplido el plazo previsto. En este caso, el itinerario volverá a ser licitado. En caso de reincidencia con otras adjudicaciones de la misma empresa en un período de 1 (un) año, serán aplicables las máximas sanciones administrativas, a más de las previstas en el inciso b) de este artículo.

b) La empresa que cometa la causal y falta prevista en el inciso a) de este artículo, durante un período de emergencia nacional, departamental o municipal, sea de naturaleza sanitaria u otra declarada por autoridad competente en el área donde presta servicios, además de cancelarse su licencia y su itinerario, tendrá prohibido participar de licitaciones en licencia o itinerario de transporte público por un plazo de 10 (diez) años. Esta sanción incluye a los directivos de las empresas o sociedades que no podrán participar bajo nuevas sociedades.

c) La empresa que no cuente en sus buses con elevadores o rampas de acceso para personas con incapacidad física, cuanto menos en un 50% (cincuenta por ciento) de su flota no tendrá derecho a percibir algún tipo de subsidio por parte del Estado. Se establece un plazo de 180 (ciento ochenta) días para que las empresas adecuen sus buses a las exigencias de este inciso.

Artículo 5°.- En caso que los directivos, accionistas o representantes legales o gremiales de las empresas del transporte público realicen algún tipo de amenaza o extorsión a órganos del Estado relacionados con la prestación de sus servicios, ya sea por cualquier medio, será considerado como hecho punible de coacción y perturbación de servicios públicos y cualquier ciudadano podrá denunciar estos hechos por cualquier medio a los órganos de persecución penal del Estado.

Artículo 6°.- El Poder Ejecutivo por medio del Viceministerio de Transporte deberá controlar la estricta aplicación de esta Ley.