Piden ampliar inmunización contra VSR a niños y niñas con síndrome de Down

El Virus Sincitial Respiratorio (VSR) es la enfermedad viral que ocasiona más hospitalizaciones y muertes por infección aguda de las vías respiratorias bajas. En nuestro país, se prevé la inmunoprofilaxis contra el VSR a recién nacidos pretérmino con cardiopatía congénita o displacia pulmonar. El Dr. Fernando Burgos considera, en base a su experiencia, que están dadas las condiciones para ampliar los criterios de inmunización preventiva a niños y niñas con Síndrome de Down.

El Dr. Burgos, médico pediatra argentino experto del Hospital Universitario Austral de Argentina, brindó una jornada de actualización a médicos del área de pediatría y neonatología del sistema público. En la oportunidad expuso las condiciones de susceptibilidad a infecciones que presentan los niños y niñas con Síndrome de Down y la necesidad de abrir el análisis sobre los criterios de inmunización contra el VSR en los países del Cono Sur y que puedan abarcar a esta población sin excepciones hasta los 2 años de edad.

El especialista detalló que tan solo en el Hospital Universitario Austral un 50 % de los niños y niñas con SD presentan cardiopatía, cianóticas y no cianóticas, pudiendo aumentar la posibilidad de tener hipertensión pulmonar según la región donde se evidencien.

El doctor menciono además que el 100 % de los SD tienen hipotonía. Todas estas conficiones hacen necesario abrir el debate que permita ampliar los criterios de inclusión a los programas de inmunización con el anticuerpo monoclonal Palivizumab a niños y niñas con síndrome de Down, aun sin presentar necesariamente cardiopatía congénita, prematuridad, ni anomalías del aparato respiratorio.

“En Japón, la aplicación indiscriminada a menores de 2 años con síndrome de Down, desde una regulación en el 2014, arroja una reducción de hasta un 50% menos en la incidencia de admisiones hospitalarias por VSR de ese grupo etario a nivel país”, compartió el experto.

El Dr. Burgos explicó que, ante los buenos resultados que arroja la aplicación de forma temprana y preventiva de las 5 dosis del medicamento monoclonal Palivizumab en la temporada principal del VSR (otoño-invierno) a poblaciones de riesgo, también se debería poner sobre la mesa la posibilidad de realizar las aplicaciones fuera de este periodo.

“Por ejemplo, en casos donde se deba cerrar una 4° o 5° aplicación de un bebé en verano donde las estadísticas a nivel regional del año 2021 detectaron casos epidemiológicos fuera de esta temporada tradicional del virus y una resistencia durante todo el año”, señaló el médico pediatra.

Profesionales locales valoraron el encuentro

La doctora María Esther Gómez, neonatóloga del Hospital Nacional de Itauguá y el IPS, quien ofició además de moderadora de la jornada expresó que “generar conversaciones y espacios con profesionales de otros países, sirven para transmitir experiencia desde todo punto de vista, no solo desde lo profesional y científico, sino también, la experiencia humana”.

Por su parte, la doctora Margarita krutzfeldt, encargada de la Dirección de Seguimiento del Servicio de Neonatología del Hospital Nacional de Itauguá, coincidió en señalar que, desde su punto de vista, las experiencias compartidas pueden ser aplicadas a nivel local.

En Paraguay, desde las direcciones pertinentes del MSPBS, se sigue trabajando la inclusión de más hospitales de referencia para la inmunización contra el VSR, que incluya, además de los hospitales de Asunción y el Departamento Central, a los de ciudades como Ciudad del Este, Coronel Oviedo o Encarnación.

En nuestro país, alrededor de 300 bebés recién nacidos prematuros han sido incluidos en el programa de inmunización contra el virus sincitial respiratorio (VSR) del año 2022 que culminará con la jornada de aplicación de la 5ta dosis recomendada entre los meses de agosto/setiembre.

Los hospitales donde se implementa el Programa de Inmunización Preventiva contra el VSR son el Hospital San Pablo, Itauguá, Barrio Obrero, Acosta Ñu y el IPS.

Limpieza del oído: instan a no introducir cotonetes o llaves

La doctora Asihiria Acuña recomendó no introducir objetos al oído que pueda dañarlo, pues el mismo tiene un sistema propio de autolimpieza. Ante molestias, la persona debe acudir a la consulta con un otorrinolaringólogo para un diagnóstico preciso y recibir el tratamiento adecuado.

La médica Asihiria Acuña, del Hospital de clínicas, explicó que la manipulación del canal auditivo, es algo comúnmente realizado sobre todo al introducir diversos tipos de objetos, sea cotonetes, incluso llaves, cuyo empleo daña al oído y produce microtraumatismo en la piel al retirar la cera.

El oído tiene su propio mecanismo de autolimpieza, no necesita que se utilicen elementos, de hecho, la cera es una estructura fundamental y cumple una función específica, es esencial para mantener la piel hidratada y un pH ácido en el oído, para que esos gérmenes que normalmente viven el conducto externo no empiecen a invadir y generar procesos infecciosos.

Finalmente, la médica acotó que el oído está listo para defenderse incluso del agua.


Viuda de Pecci refuta declaraciones del fiscal general y niega obstrucción

Claudia Aguilera, esposa Marcelo Pecci, respondió a las declaraciones del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, quien manifestó que la investigación de la muerte de su esposo no avanzaba porque la misma se negaba a entregar todas las evidencias.

“Desmiento mi oposición a la inclusión del celular de mi esposo en la investigación. Al respecto, he solicitado que los trabajos técnicos y periciales del teléfono los realice la Fiscalía de Colombia, conjuntamente con los investigadores de Estados Unidos”, dice el comunicado emitido por Claudia Aguilera, viuda del fiscal Marcelo Pecci.

Al respecto, explicó que el teléfono estuvo lacrado desde el día del asesinato del fiscal en Colombia, y desde ese momento fue entregado a los investigadores de dicho país. Aguilera sostiene que recién el pasado 18 de marzo de 2024, la Fiscalía de Paraguay le solicitó suscribir un escrito por el cual autorizaba el pedido del teléfono celular de Marcelo Pecci a la Fiscalía de Colombia, a los efectos de considerar la extracción de datos y diligencias técnicas.

“El 29 de abril del corriente año, remití una nota a la Fiscalía de Colombia, señalando mi autorización para que tanto la Fiscalía colombiana como los fiscales investigadores de Estados Unidos accedan al teléfono y realicen las pericias correspondientes al celular de Marcelo”, agrega.

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Sobre la actuación del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, Aguilera señala que de manera recurrente se excusó en los avances de la investigación por falta de recursos, ausencia de mecanismos tecnológicos, y manifestaciones similares, por lo cual considera pertinente el apoyo internacional en esta causa, encontrando en Estados Unidos y Colombia el interés para esclarecer el caso.

“El teléfono de mi esposo no es la única evidencia que he entregado, sin embargo, hasta la fecha nada sé sobre las diligencias realizadas a otros aparatos electrónicos. Rechazo cualquier señalamiento hacia mi persona de obstruir la investigación, puesto que desde el principio estuve abierta a cooperar, poniendo no solo a disposición los aparatos electrónicos de Marcelo, sino también los míos”, subraya.

Además, enfatiza que es su propósito que se conozca a los responsables del hecho, por lo que seguirá colaborando en la investigación. “Reitero mi conformidad con la cooperación de Estados Unidos y Colombia para poder encaminar con mejor tino la investigación del magnicidio de mi esposo y padre de mi hijo”, indica.

Controversia y censura: revelan impacto de ley en la libertad de expresión en Paraguay

Una nueva investigación llevada a cabo por la ONG TEDIC en colaboración con el Centro de Estudios de Libertad de Expresión (CELE) de la Universidad de Palermo de Argentina pone en foco seis casos legales bajo la Ley 5777/16 “De Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de violencia” en Paraguay.

El estudio evidencia preocupaciones serias sobre cómo se está utilizando esta normativa para limitar la libertad de expresión de periodistas y comunicadores en lugar de su propósito original de proteger a las mujeres contra toda forma de violencia.

Maricarmen Sequera, codirectora de TEDIC e investigadora, destaca la importancia del estudio: “Este análisis demuestra que, aunque la protección contra la violencia es fundamental, es igualmente crucial garantizar que las leyes no se utilicen como herramientas para suprimir la libertad de expresión. Encontramos que en todos los casos de interés público analizados, la ley fue aplicada de manera que podría considerarse censura previa”.

La primera parte del estudio analiza el marco legal de protección sobre la libertad de expresión, así como los estándares internacionales establecidos por el sistema interamericano de derechos humanos, incluyendo catorce jurisprudencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Este apartado tiene un especial enfoque en cómo se configura censura previa, el umbral de protección aplicable a funcionarios públicos y personas públicas en el ejercicio de su libertad de expresión, y cómo este puede verse comprometido por interpretaciones erróneas de la Ley 5777/16 por parte de los Juzgados de Paz en el país.

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En este análisis, se exploran seis casos actuales en Paraguay donde se evidencia la posible tergiversación de la Ley 5777/16 para restringir el ejercicio de la libertad de expresión en casos de interés público.

Entre los hallazgos del estudio se resalta la necesidad de un enfoque equilibrado que proteja tanto los derechos de las mujeres como la libertad de expresión y el debido proceso legal en una sociedad democrática. “La ponderación de ambos derechos deben ser diferenciados en casos de interés público y persona pública. Es importante reconocer que existen situaciones legítimas en las que las medidas similares pueden ser necesarias, como cuando se prohíbe a una persona con antecedentes de violencia mencionar o dirigirse a su ex pareja a través de mensajerías y redes sociales”, afirma Sequera.

Además de los análisis de casos, la investigación proporciona recomendaciones concretas para ajustar la aplicación de la Ley 5777/16, incluyendo la necesidad de regulación más detallada y capacitación para los profesionales de la justicia, para asegurar que se respeten tanto los derechos de las mujeres como la libertad de expresión.