Abuso sexual en niños, maltrato infantil y estupro: los más denunciados en el 2022

Los más denunciados en el 2022 fueron abuso sexual infantil, maltrato a menores bajo tutela y estupro. En menor proporción, se registraron la trata de personas, la pornografía infantil, abuso sexual en personas bajo tutela, proxenetismo, actos sexuales contra menores y otros.

Datos del Ministerio Público dan a conocer que de enero a diciembre del año 2022 ingresaron 6.153 denuncias de presuntos hechos punibles contra niños, niñas y adolescentes registrados por la institución, en hechos de Abuso Sexual Infantil, Maltrato a menores y Estupro.

En lo que respecta a la comisión del hecho punible de Abuso Sexual en Niños, en el 2022, en enero hubo 216 casos, en febrero 218, en marzo 256, en abril 226 y en mayo 418.

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A mitad de año, ingresaron 405 casos, en julio 355 y en agosto 374 casos. En septiembre 358, en octubre 343, en noviembre 370 y en diciembre 265.

Las cifras expuestas suman un total de 3.804 casos de Abuso Sexual en Niños registrados durante el mencionado año.

Asimismo, cabe resaltar que las cifras más elevadas se registran en Central, Asunción, Alto Paraná, Itapúa y Caaguazú.

Referente al Maltrato de Niños y Adolescentes bajo tutela, en enero hubo 125 casos, en febrero 115, en marzo 150 y en abril 86. Seguidamente, en mayo 139, junio 128 casos, en julio 116 y en Agosto 107.

Asimismo, en septiembre 118 casos, en octubre 114, en noviembre 123 y en diciembre 131.

Los números mencionados dan una suma de 1.452 casos de Maltrato de Niños y Adolescentes bajo tutela, desde enero a diciembre del 2022.

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Respecto al Estupro, en enero hubo 53 casos, en febrero 59, en marzo 73, en abril 56 y en mayo 79. En junio ingresaron 79 casos, en julio 77 y en agosto 87 casos. En septiembre 76, en octubre 88, en noviembre 96 y en diciembre 74.

Las cifras expuestas suman un total de 897 casos de Estupro registrados durante el mencionado año.

Se destaca las altas cifras en que Central, Asunción, Alto Paraná, Itapúa y Caaguazú, las zonas que registraron mayor cantidad de denuncias.

Finalmente, el Ministerio Público informó que el año pasado se incrementaron entre 10 a 13 víctimas por día, atendiendo a un total de 3.804 víctimas por Abuso Sexual, otras 1.400 por Maltrato y casi 900 casos por Estupro.

Limpieza del oído: instan a no introducir cotonetes o llaves

La doctora Asihiria Acuña recomendó no introducir objetos al oído que pueda dañarlo, pues el mismo tiene un sistema propio de autolimpieza. Ante molestias, la persona debe acudir a la consulta con un otorrinolaringólogo para un diagnóstico preciso y recibir el tratamiento adecuado.

La médica Asihiria Acuña, del Hospital de clínicas, explicó que la manipulación del canal auditivo, es algo comúnmente realizado sobre todo al introducir diversos tipos de objetos, sea cotonetes, incluso llaves, cuyo empleo daña al oído y produce microtraumatismo en la piel al retirar la cera.

El oído tiene su propio mecanismo de autolimpieza, no necesita que se utilicen elementos, de hecho, la cera es una estructura fundamental y cumple una función específica, es esencial para mantener la piel hidratada y un pH ácido en el oído, para que esos gérmenes que normalmente viven el conducto externo no empiecen a invadir y generar procesos infecciosos.

Finalmente, la médica acotó que el oído está listo para defenderse incluso del agua.


Viuda de Pecci refuta declaraciones del fiscal general y niega obstrucción

Claudia Aguilera, esposa Marcelo Pecci, respondió a las declaraciones del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, quien manifestó que la investigación de la muerte de su esposo no avanzaba porque la misma se negaba a entregar todas las evidencias.

“Desmiento mi oposición a la inclusión del celular de mi esposo en la investigación. Al respecto, he solicitado que los trabajos técnicos y periciales del teléfono los realice la Fiscalía de Colombia, conjuntamente con los investigadores de Estados Unidos”, dice el comunicado emitido por Claudia Aguilera, viuda del fiscal Marcelo Pecci.

Al respecto, explicó que el teléfono estuvo lacrado desde el día del asesinato del fiscal en Colombia, y desde ese momento fue entregado a los investigadores de dicho país. Aguilera sostiene que recién el pasado 18 de marzo de 2024, la Fiscalía de Paraguay le solicitó suscribir un escrito por el cual autorizaba el pedido del teléfono celular de Marcelo Pecci a la Fiscalía de Colombia, a los efectos de considerar la extracción de datos y diligencias técnicas.

“El 29 de abril del corriente año, remití una nota a la Fiscalía de Colombia, señalando mi autorización para que tanto la Fiscalía colombiana como los fiscales investigadores de Estados Unidos accedan al teléfono y realicen las pericias correspondientes al celular de Marcelo”, agrega.

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Sobre la actuación del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, Aguilera señala que de manera recurrente se excusó en los avances de la investigación por falta de recursos, ausencia de mecanismos tecnológicos, y manifestaciones similares, por lo cual considera pertinente el apoyo internacional en esta causa, encontrando en Estados Unidos y Colombia el interés para esclarecer el caso.

“El teléfono de mi esposo no es la única evidencia que he entregado, sin embargo, hasta la fecha nada sé sobre las diligencias realizadas a otros aparatos electrónicos. Rechazo cualquier señalamiento hacia mi persona de obstruir la investigación, puesto que desde el principio estuve abierta a cooperar, poniendo no solo a disposición los aparatos electrónicos de Marcelo, sino también los míos”, subraya.

Además, enfatiza que es su propósito que se conozca a los responsables del hecho, por lo que seguirá colaborando en la investigación. “Reitero mi conformidad con la cooperación de Estados Unidos y Colombia para poder encaminar con mejor tino la investigación del magnicidio de mi esposo y padre de mi hijo”, indica.

Controversia y censura: revelan impacto de ley en la libertad de expresión en Paraguay

Una nueva investigación llevada a cabo por la ONG TEDIC en colaboración con el Centro de Estudios de Libertad de Expresión (CELE) de la Universidad de Palermo de Argentina pone en foco seis casos legales bajo la Ley 5777/16 “De Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de violencia” en Paraguay.

El estudio evidencia preocupaciones serias sobre cómo se está utilizando esta normativa para limitar la libertad de expresión de periodistas y comunicadores en lugar de su propósito original de proteger a las mujeres contra toda forma de violencia.

Maricarmen Sequera, codirectora de TEDIC e investigadora, destaca la importancia del estudio: “Este análisis demuestra que, aunque la protección contra la violencia es fundamental, es igualmente crucial garantizar que las leyes no se utilicen como herramientas para suprimir la libertad de expresión. Encontramos que en todos los casos de interés público analizados, la ley fue aplicada de manera que podría considerarse censura previa”.

La primera parte del estudio analiza el marco legal de protección sobre la libertad de expresión, así como los estándares internacionales establecidos por el sistema interamericano de derechos humanos, incluyendo catorce jurisprudencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Este apartado tiene un especial enfoque en cómo se configura censura previa, el umbral de protección aplicable a funcionarios públicos y personas públicas en el ejercicio de su libertad de expresión, y cómo este puede verse comprometido por interpretaciones erróneas de la Ley 5777/16 por parte de los Juzgados de Paz en el país.

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En este análisis, se exploran seis casos actuales en Paraguay donde se evidencia la posible tergiversación de la Ley 5777/16 para restringir el ejercicio de la libertad de expresión en casos de interés público.

Entre los hallazgos del estudio se resalta la necesidad de un enfoque equilibrado que proteja tanto los derechos de las mujeres como la libertad de expresión y el debido proceso legal en una sociedad democrática. “La ponderación de ambos derechos deben ser diferenciados en casos de interés público y persona pública. Es importante reconocer que existen situaciones legítimas en las que las medidas similares pueden ser necesarias, como cuando se prohíbe a una persona con antecedentes de violencia mencionar o dirigirse a su ex pareja a través de mensajerías y redes sociales”, afirma Sequera.

Además de los análisis de casos, la investigación proporciona recomendaciones concretas para ajustar la aplicación de la Ley 5777/16, incluyendo la necesidad de regulación más detallada y capacitación para los profesionales de la justicia, para asegurar que se respeten tanto los derechos de las mujeres como la libertad de expresión.