Fiscal que investiga muerte de Nico: “Conducir bajo los efectos del alcohol ya no es delito”

El fiscal Óscar Delfino, quien investiga la muerte del joven Rubén Nicolás Fernández, alegó que el informe pericial señala que la responsabilidad del accidente no recae en el conductor Mauricio Matías Gulino Lird, a quien solo lo acusó por omisión de auxilio y lo liberó del homicidio culposo. Además de indicar que la víctima cruzó mal, remarcó que para la Corte Suprema de Justicia, ya no es delito conducir bajo los efectos del alcohol.

Con relación al caso del joven Rubén Nicolás Fernández Cañiza, quien murió en un accidente de tránsito en la vía pública, el fiscal Óscar Delfino indicó que Mauricio Matías Gulino Lird fue imputado inicialmente por Homicidio Culposo y Omisión de auxilio, pero que solo lo acusó por el segundo delito porque el peritaje realizado por el perito de la Policía Nacional, Oficial 1ro Carlos Javier Rotela, concluyó que no había responsabilidad por parte del conductor.

Según el fiscal, el perito informó que la velocidad determinada al momento del impacto era de 59,07 KM/h. De acuerdo con dicho informe pericial, “el accidente era inevitable para el conductor”, porque la zona del cruce que realizó el peatón no fue en área peatonal, la luminosidad jugó en contra, entre otros aspectos.

“Aquella responsabilidad recae en el factor humano (peatón) quien ejecuta una maniobra de cruce en lugar no habilitado para dicha acción, además de hacerlo en forma intempestiva lo cual no le dio espacio, ni tiempo suficiente para finalizar la acción del cruce constituyendo un peligro para su propia integridad física con lo cual se produce el atropello. El mismo falleció a causa de las lesiones”, concluye.

CONDUCIR EBRIO YA NO ES DELITO

Mauricio Matías Gulino Lird fue sometido a la prueba de alcohol y el resultado fue de 0,04 mg/l (miligramos de alcohol por litro de aire espirado), según los antecedentes del caso.

En ese sentido, el fiscal recurre a una Jurisprudencia de la Corte (marzo de 2019) para mencionar que “conducir bajo los efectos del alcohol ya no es delito”. Al repecto, ahonda que conducir bajo los efectos del alcohol se subsumía en “Exposición a peligro en el tránsito terrestre, que a su vez se remitía a una ley especial que establecía las graduaciones (ley de tránsito y seguridad vial). Pero la Corte, en una resolución de 2019, determinó que dicha Ley tenía una laguna en lo relativo a la graduación y determinó que conducir bajo los efectos del alcohol es una conducta atípica. Con esta posición la Corte excluye la intervención del Ministerio Público por no ser delito.

El Ministerio Público anteriormente realizaba la investigación e imputación en los casos de alcotest positivo. Sin embargo, con esta postura de la Corte Suprema de Justicia que rechaza la intervención de la Fiscalía, estos casos quedan sin poder ser imputados por conducir en estado de ebriedad. En el 2019 se intentó una modificación de la ley pero no tuvo avances porque la misma fue vetada por el Poder Ejecutivo.

Si bien la ley dice que el Ministerio Público sólo puede actuar en casos de falta gravísima, tampoco la ley establece que graduación es gravísima y establece una sanción hasta 2 años o multa.

Incluso, el Juzgado Penal de Garantías afirmó en aquel entonces que la decisión de la Corte era correcta desde el punto de vista legal, la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que interpreta que conducir en estado de ebriedad es falta administrativa y no delito que merece persecución penal.

También la Fiscalía informa que A fin de relevar más datos sobre los procedimientos realizados en dicha causa la misma será sometida a una auditoría de control de gestión a fin de un análisis exhaustivo de las diligencias realizadas.

OTRO CASO SIMILIAR

Para sustentar su argumento, el fiscal de la causa recuerda que la misma Sala de la Corte confirmó el pasado 1 de julio el sobreseimiento definitivo de una mujer que dio al alcotest 0.364 mg/L. En ambos casos, el ministro Manuel Ramírez Candia estableció que por la baja graduación alcohólica, los casos debían dirimirse en el ámbito administrativo, acorde a la misma ley de tránsito, y también advirtió que existe un obstáculo legal en casos así.

“Al no hallarse en la norma el límite máximo de la falta gravísima el aplicador se encuentra en la imposibilidad de determinar a partir de cuánto la conducta podría ser punible”, menciona Ramírez Candia en la sentencia del año pasado. Peña se adhirió a su voto, según expone el Ministerio Público.

“La Corte hace un argumento basándose en un principio cardinal del derecho penal, el principio de legalidad. La ley no dice claramente a partir cuánto sería delito. Técnicamente hoy no hay un tipo penal, no sabemos a partir de qué momento se configuraría la exposición al peligro en el tránsito terrestre”, resalta el fiscal.

Abogados de Abdo y gavilla no refutan imputación y buscan sabotear causa

Los abogados defensores de Mario Abdo Benítez y varios exministros de su gabinete, ante la imposibilidad de negar los hechos que se describen en el acta de imputación y refutar con argumentos, se dedican a paralizar el proceso penal y sabotear el trabajo de la Fiscalía. La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia tiene en sus manos destrabar la causa y permitir que la investigación.

Por Cinthia Mora

Periodista

La estrategia de defensa desarrollada por los abogados de Mario Abdo Benítez y su gavilla se dedica desde el 11 de marzo pasado, fecha en que se conoció la imputación, a la defensa mediática más que jurídica. Presentaron una docena de recursos procesales que lograron, hasta ahora, paralizar la causa.

La campaña desatada por los medios afines al abdismo y los abogados defensores para intentar invalidar la imputación cae por su propio peso al demostrarse que todo el procedimiento fiscal estuvo ajustado a lo que establece la ley penal. Las actuaciones de los fiscales Aldo Cantero y Giovanni Grisetti, actualmente desafectados de la causa, contó con aval y control judicial. El acta de imputación fue admitida por un Juzgado Penal de Garantías por reunir todos los requisitos que establece la ley.

Uno de los argumentos utilizados por la estrategia mediática de los abogados para intentar sabotear la investigación es que sus clientes “no fueron notificados” por la Fiscalía de que estaban siendo investigados. Trasladando el mismo argumento al plano de lo absurdo, a partir de ahora los casos de narcotráfico o secuestro que se encuentren en plena etapa de investigación (durante la etapa preparatoria) se tendrían que poner a conocimiento de los sospechosos la existencia de una investigación en curso.

Ante la imposibilidad de refutar los más de 40 elementos que aporta la Fiscalía y que sostienen la imputación, una de las abogadas defensoras, Cecilia Pérez, quien actúa en representación del diputado Mauricio Espínola, plantea este argumento: “Esta es una causa jurídico-política y separar no es posible”; mientras que su defendido, quien sigue gozando de fueros, solicita que la causa “comience de cero”.

Tanto el actual diputado, sobre quien existe un pedido de desafuero para que se someta a la Justicia, como su abogada Cecilia Pérez no pueden desconocer la existencia de la publicación realizada con los datos confidenciales.

En una entrevista radial, la propia Cecilia Pérez quedó en “off side” cuando fue consultada sobre la ilegalidad de la publicación realizada por su cliente y solo atinó a responder que en este caso le corresponde hablar como abogada y no en otra condición.

Esos documentos confidenciales filtrados, según sostienen los fiscales, se obtuvieron de la Seprelad, ya que consta en los registros encontrados durante la pesquisa, que fueron redactados dentro de una oficina paralela por funcionarios ajenos a la institución y montados exclusivamente para perseguir a los enemigos políticos de Abdo.

DILACIÓN EN LA CORTE

Hace 15 días que los ministros e integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, Luis María Benítez Riera, César Diesel y Manuel Ramírez Candia, no resuelven la recusación que pesa sobre los camaristas María Belén Belén Agüero, Arnaldo Fleitas y Jesús Riera, recusados por el abogado Felino Amarilla, defensor del imputado por la filtración de información de la Seprelad, Carlos Arregui, extitular de esa institución.

Una vez que los magistrados se expidan sobre la recusación contra los camaristas, los mismos a su vez deberán estudiar la recusación contra la jueza penal de Garantías Cynthia Lovera. En caso de que Lovera sea confirmada para el presente caso, deberá resolver más de doce chicanas presentadas por los abogados defensores del expresidente y sus excolaboradores.

NUEVO EQUIPO DE FISCALES

Por otra parte, el fiscal Osmar Segovia, de la Unidad Especializada de Lucha contra el Narcotráfico y Crimen Organizado, conformará el equipo de agentes fiscales encargados de investigar al exmandatario Mario Abdo Benítez y otros ocho altos funcionarios de su administración en la causa que investiga la denuncia por persecución política durante su gobierno con el uso de las instituciones públicas como garrote político.

La decisión fue dada a conocer a través de la resolución n.° 986 firmada por el titular del Ministerio Público, Emiliano Rolón. De esta forma, Segovia se integra al equipo conformado por Fabiola Molas y Guillermo Sanabria para continuar con las investigaciones en torno a las supuestas filtraciones de informes de inteligencia de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad).

Once empresas interesadas en contrucción de planta de tratamiento

Once empresas se presentaron al llamado del Ministerio de Obras Públicas para la precalificación para la contratación de diseño y construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) y emisario subfluvial, cuenca Lambaré”.

En total, presentaron sus propuestas 11 empresas, en forma individual y consorciadas. Conforme a los procedimientos, toda la documentación fue entregada a la Coordinación de Evaluación de Ofertas para continuar el proceso correspondiente.

Las obras sanitarias de la Cuenca Lambaré, mejorarán la calidad de vida de más de 335.000 personas de los municipios de Lambaré, Asunción y Fernando de la Mora que verán una transformación real de sus condiciones de salubridad y del medioambiente. Además, a través del proyecto se generarán cientos de nuevos puestos de trabajos directos e indirectos antes, durante y después de la ejecución de las obras.

Las tareas comprenden la construcción de 22 Km de colectores principales, 16 Km de líneas de impulsión, 15 estaciones de bombeo, 877 Km de colectores secundarios y terciarios a más de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) de Lambaré, cuya apertura de propuestas de para precalificación se realizó en la fecha, la cual tendrá capacidad para procesar hasta 2.226 litros por segundo de aguas cloacales, devolviéndola limpia mediante un emisario subfluvial al cauce principal de río Paraguay.

El emprendimiento implica una inversión de USD 165 millones proveniente del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE), junto con la donación de la UE/LAIF, ambos gestionados por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

Atraco a sede del BNF en Itapúa: delincuentes intentaron tomar la Comisaría

Los delincuentes que atracaron la sede del Banco Nacional de Fomento en la localidad de Natalio, también intentaron tomar la Comisaría, tal como lo hicieron semanas atrás en el municipio de Yatytay, ubicado en el mismo departamento de Itapúa.

El suboficial mayor Aldo Paredes, subjefe de la Comisaría de Natalio, contó a Telefuturo detalles del ataque tipo comando perpetrado por al menos 15 delincuentes a la sede del BNF.

Al respecto, indicó que recibió una llamada telefónica de un transeúnte sobre la presidencia de clavos miguelito en varios puntos de acceso a la ciudad. Esa situación hizo que la fuerza policial se movilice y al llegar hasta la sede del BNF, fueron recibidos a balazos.

El jefe policial indicó que otros agentes quedaron en custodia de la Comisaría, ya que los delincuentes intentaron tomarla, tal como lo hicieron semanas atrás en la localidad de Yatytay, donde explosionaron un cajero automático.

Por su parte, el Crio. Ramón Delvalle, jefe policial de Itapúa, relató a Radio Ñandutí que aparentemente los delincuentes tenían un dato erróneo sobre una recarga de dinero que finalmente se tenía que dar recién el lunes.