Despidos de embarazadas son nulos: cómo actuar ante estos atropellos laborales

La trabajadora embarazada está amparada por la ley de maternidad. Foto: elembarazo.net

La inamovilidad laboral durante el embarazo está contemplada en la ley 5508/15 que protege a la trabajadora en este periodo y durante la lactancia. Si la mujer recibe una comunicación de despido este se anula y debe permanecer en su puesto laboral en las mismas condiciones. Asuntos Laborales del Ministerio del Trabajo recibe al mes alrededor de 20 denuncias de incumplimiento de esta normativa.

Desde el momento en que una trabajadora conoce su estado de gravidez está amparada por la Ley Nº5508/15 De Protección de la Maternidad y la Lactancia Materna y no puede ser despedida de su puesto laboral hasta un año después del nacimiento del hijo o de la hija y en caso que reciba una notificación laboral esta es nula, debe permanecer en su cargo ser repuesta.

En caso que una mujer sea afectada por el incumplimiento de la ley de maternidad ya sea por despido en estado de gravidez, en periodo de maternidad, durante la lactancia, no inclusión en IPS, cobro de subsidio o la alteración de las condiciones de trabajo como la disminución salarial o cambio de puesto sin estar de acuerdo, puede ser asesorada y guiada por el Ministerio de Trabajo donde puede acudir para la resolución, explicó la abogada Jessica Espínola, jefa de Asuntos Laborales del Ministerio del Trabajo.

Según los registros, hasta setiembre dieron 1314 asesoramientos sobre la ley de maternidad y atendieron 240 denuncias de infracción que fueron llevadas a mediación y aquellos casos que no son solucionados cada viernes son remitidos a la Dirección de Inspección y Fiscalización que al constatar la persistencia procede a derivar a la Asesoría Jurídica para la aplicación de la multa de 100 jornales mínimos equivalente a G. 8.125.200 por cada trabajadora afectada y en caso de reincidencia la empresa debe pagar 150 jornales mínimos, más de 12 millones de guaraníes.

Alrededor de 20 denuncias de incumplimientos de la ley son registrados desde inicios de año con relación a la legislación vigente desde el año 2015. “Independientemente del asesoramiento que reciba la trabajadora, le indicamos los pasos a seguir, por ejemplo si la patronal no se presenta a la mediación o no le ofrece una solución se el ofrece la posibilidad de contar con una defensa pública, agotar las instancias administrativas conforme a los reclamos presentados y luego ya iniciar las acciones judiciales correspondientes”, explicó Espínola.

Ante la vulneración de sus derechos como trabajadora, la mujer puede acudir aunque no cuente con papeles o documentos firmados que crea que la vinculen con la empresa, de todas formas será asesorada en la institución, aclaró Espínola.

“Si no cuenta con documentos por alguna condición laboral irregular con más razón tiene que acercarse, vamos a asesorarla y guiarla. Hay casos en los que muchas facturan y tienen una relación de dependencia, es una simulación, detectamos y le tomamos la denuncia, no tiene que preocuparse por esas cuestiones, porque la legislación protege a la trabajadora solo basta su manifestación sobre un incumplimiento y el empleador es quien debe presentar las pruebas, ella no tiene nada que temer”, afirmó.

La profesional indicó que cuando una trabajadora se presenta para ser asesorada no se tramite la liquidación por despido porque es nulo por ley desde el momento en que el embarazo está en curso y lo que corresponde es que sea reintegrada en las mismas condiciones laborales.

“El espíritu de la ley no es que se pague una liquidación, es garantizarle una estabilidad, que cuente con un trabajo, seguro social y salario en esa etapa tan importante en su vida”, agregó.

Aclaró que las condiciones en las que el embarazo es comunicado tampoco son determinantes ya que el empleador no puede alegar desconocimiento del estado de la trabajadora que lo puede comunicar por escrito, en el mejor de los casos.

“La justicia acompaña este criterio y están ordenando todas las reposiciones que salen a favor de la trabajadora y no hay casos negativos de los que fueron asesorados”, señaló e instó a las mujeres que se encuentran en una situación de incumplimiento que busquen apoyo legal porque la ley las ampara en todo sentido.

Lactancia protegida

Una vez que la trabajadora retorna de su permiso de maternidad tiene el de lactancia que contempla 90 minutos diarios para alimentar a su bebé hasta los siete meses de su nacimiento.

“Si ella viene y denuncia que la empresa no está otorgando ese permiso, primero asesoramos a la empresa y si persiste en la infracción tomamos la denuncia para la mediación y sigue el proceso porque intentamos siempre agotar las instancias y si solo fue un error por ignorancia, y si no ya corre la denuncia”, explicó.

Para buscar asesoramiento, las afectadas pueden recurrir a las oficinas del Ministerio del Trabajo en Herrera esquina Paraguarí de Asunción de lunes a viernes de 7:00 a 15:00 horas en forma presencial o enviar un correo con sus consulta a mujertrabajadora@mtess.gov.py o llamar al 021 490930 en el mismo horario de atención.

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Pensión alimentaria cubre al 55,4% de los adultos mayores 

Foto: archivo.

Al cierre de este año, un total de 310.609 personas reciben la pensión alimentaria, representando al 55,4% de la población de 65 años y más estimada para diciembre de 2023, según datos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

El beneficio de pensión alimentaria comenzó a implementarse en el año 2010, atendiendo las limitaciones del pilar no contributivo de la seguridad social. Según estimaciones de la Encuesta Permanente de Hogares, para ese año sólo el 15,4% de las personas de 65 años y más recibía una jubilación o pensión.

En un proceso de expansión progresiva, ya para comienzos de 2017 la pensión alimentaria cubría a 1 de cada 3 personas de 65 años y más, asegurando a los sectores más postergados de la adultez mayor, estando focalizada en las personas en situación de pobreza.

El programa siguió ampliando su cobertura, adecuando sus procedimientos a los cambios normativos (Ley Nº 6381/2020), donde se destaca la elevación del umbral social de acceso a la condición de “vulnerabilidad social”.

La actualización normativa fue acompañada con el fortalecimiento de recursos y procesos destinados a la protección económica de la población adulta mayor.

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Anuncian concurso para 50 cargos en Diputados e investigación de planillerismo

Raúl Latorre, presidente de la Cámara de Diputados.

El presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, anunció un llamado a concurso de méritos para la contratación de 50 personas. Además, una investigación de los casos de planillerismo. No se tomará ninguna medida con la designación de los “hijos de”, alegando que los nombramientos no representan una forma de nepotismo.

En una conferencia de prensa realizada esta mañana, Raúl Latorre, comunicó que, jóvenes de todo el país podrán participar en el concurso de méritos y aptitudes para 50 vacancias en distintos cargos para la Cámara de Diputados.

“Estos 50 espacios van a ser generados a partir de la disminución que logramos del personal contratado de confianza”, expresó Latorre.

También ordenó el inicio de una investigación preliminar sobre las denuncias de ausentismo a los cargos.

Vamos a combatir el planillerismo en forma frontal en nuestra administración, los responsables van a ser sometidos al sumario y a las sanciones correspondientes”, afirmó.

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Sin dar espacio a preguntas, Latorre presentó al abogado Máximo Medina como el nuevo director de asesoría jurídica y director interino de Recursos Humanos para dar más detalles y se retiró cerrando la puerta.

El abogado aseguró que, en relación a los hijos nombrados en cargos de confianza, no se configura ningún caso de nepotismo, tomando en cuenta que, la persona que los nombró, Latorre, no es pariente de ninguna de ellas.

Detalló que, la persona facultada a nombrar o contratar es la que puede cometer nepotismo, solamente si el nombrado es su pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, hechos que no se cumplen con Latorre.

Agregó que, tampoco se violó ninguna norma de ingreso a la función pública, pues, el artículo 63 de la ley de presupuesto exceptúa al Poder Judicial, al Legislativo y a los órganos auxiliares de, cumplimiento de dicha legislación.

Respecto a los planilleros, señaló que, tiene la instrucción de ser implacable con los que se ausentan a sus puestos de trabajo.

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Oficializan entrega de armas incautadas en Operativo Dakovo a la Policía Nacional

Miles de armas incautadas en el Operativo Dakovo fueron entregadas a la Policía Nacional. Foto: SENAD.

Las más de 2.000 armas de fuego incautadas en el marco del Operativo Dakovo fueron entregadas este viernes a la Policía Nacional, a fin de reforzar el combate a los criminales.

En un acto desarrollado esta mañana en la sede de la Intendencia de la Policía Nacional, se procedió a la entrega de las armas incautadas durante la Operación “Dakovo”.

Se trata de más de 2.000 armas de fuego cuyo valor supera los USD 5 millones y que habían sido importadas por la empresa International Auto Supply (IAS), propiedad del prófugo Diego Dirisio.

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Del acto participaron el presidente de la República, Santiago Peña, el ministro del Interior, Enrique Riera, el Comandante de la Policía Nacional, Crio. Gral. Carlos Benítez, y la jueza Lici Teresita Sánchez, entre otros.

El Estado no puede ser sometido por quienes decidieron caminar por fuera de la ley“, expresó Peña durante su discurso, destacando los resultados tanto de Dakovo como de otros operativos impulsados recientemente, incluyendo Veneratio.

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El lote incluye tanto armas de grueso calibre como armas cortas, las cuales pasarán a manos de las fuerzas de seguridad para reforzar el combate a la criminalidad en nuestro país.

Se espera que algunas de las armas incautadas también sean entregadas a la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD), a modo de que sus agentes especiales cuenten con el equipamiento necesario para sus procedimientos.

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