Divulgan lista de empresas denunciadas por despedir a empleados que viven con VIH

El estado serológico de la persona no debe ser una condición para acceder a un trabajo o permanecer en él. Foto: Ilustrativa

El estado real o presunto de VIH positivo no constituye causa justificada de despido de ninguna persona sea en empresa o institución según establece la Ley 3940/09. La exigencia de realizarse el test como condición para acceder al empleo también es ilegal.

El Centro de Consejería y Denuncias de VIH/sida y Derechos Humanos dio a conocer el listado de empresas que fueron denunciadas entre los años 2016 y 2019 por violaciones a los derechos laborales garantizados en al Ley 3940/09.

Los afectados denunciaron que fueron desvinculados por suponer el estado serológico positivo o por negarse a que se les practique el test de Elisa.

Según los datos estadísticos en el periodo 2016 hasta mayo de 2019, se registraron un total de 43 denuncias hacia empresas, de las cuales 18 despidieron a sus trabajadores presumiendo que vivían con VIH, 3 de ellas exigieron la realización de los análisis y 3 laboratorios realizaron el test en violación de lo establecido por el artículo 4 de la ley, explicó el abogado Francisco Benítez Añazco.

Estás empresas violaron la Ley 3940/09 que en su Artículo 21 expresa: “Queda prohibida la realización hacia el trabajador de actos arbitrarios, hostigamientos, violaciones de la confidencialidad acerca del estado serológico, despidos u otra forma de discriminación en el empleo, así como ejerce sobre el mismo cualquier tipo de presión o coacción para que este se realice la prueba laboratorial para el diagnóstico de infección por VIH, y condicionar a la realización o al resultado de la prueba el acceso, promoción o permanencia en los puestos de trabajo. Serán aplicables en estos casos, las disposiciones del código laboral, sin prejuicio de otras acciones que pudiere ejercer el trabajador afectado”.

Las empresas se exponen desde multas o hasta cierre de sus actividades, derivadas de las denuncias por discriminación hacia personas que viven con VIH. El Centro de Consejería y Denuncias realizó las intervenciones pertinentes en todos los casos denunciados con el fin de orientar y asesorar a los denunciantes.

Además de la Ley 3940/09 se recuerda que el Ministerio del Trabajo emitió resolución mediante el cual comunicó que “los empleadores no habrán de exigir para la admisión, permanencia o promoción de los trabajadores, la presentación de los resultados de análisis de VIH, so pena de sufrir las sanciones previstas por el Código del Trabajo en sus artículos 278, 282, 385 y concordantes. Igualmente, se recuerda que el estado real o presunto de VIH positivo no constituye causa justificada de despido”.

Desde el Ministerio del Trabajo se realizaron aclaratorias explicando que el diagnóstico de infección por VIH no es obligatorio como examen médico admisional, ni para permanencia o promoción en lugar de trabajo.

Dispone que según lo que establece el artículo 278 del Código del Trabajo Ley 213/93; y sus modificaciones: “El incumplimiento por el trabajador y el empleador de sus obligaciones en materia de salud, higiene y seguridad en el trabajo constituye contravenciones graves sancionadas por este Código”.

En consecuencia, el empleador que exige al trabajador, como condición previa para acceder al empleo, el examen médico de VIH/sida, test de Elisa, será sancionado con una multa de 30 (treinta) jornales mínimos.

Se insta a denunciar ante el Centro de Consejería y Denuncias de VIH/sida y Derechos Humanos que tiene habilitados medios de contacto como la línea de WhatsApp 0985-649-119 o la línea gratuita habilitada desde tigo *3535.

Además, se atiende de forma confidencial en el local ubicado en Venezuela 888 casi Diagonal Mola. La organización también cuenta con todas las redes sociales y la página web www.denuncias-vih.org.py con servicio gratuito y confidencial.

En el caso de los laboratorios que también figuran en la lista, Benítez Añazco explicó que toda son los que realizan la prueba sin el consentimiento del empleado y entregan los resultados a la empresa.

En la batería de exámenes que se pide a los trabajadores no debe incluir el test de VIH y si este no accede está en todo su derechos sin necesidad de dar explicaciones de la negativa.

“Hay lugares donde se trabaja con comestibles que siguen exigiendo al trabajador que presente el resultado y el laboratorio que recibió la orden de realizar los estudios entrega los resultados a la empresa siendo que son confidenciales y esa exigencia dejó de ser tal con la vigencia de la ley desde el 2009”, explicó a HOY el abogado Benítez.

Listado de empresas e instituciones por despido en violación al artículo 21 de la ley:

Municipalidad de San Roque González de Santacruz

Consejo de Salud de San Roque González de Santacruz

Pechugon

Cooperativa 7 de agosto

Pollos Don Juan

Supermercado La Bomba

Hotel Visconde

Restaurante La Paraguayita

Hospital de Clínicas

Comando del Ejercito Paraguayo

Fuerzas Armadas de la Nación

Colegio Privado Nuestra Sra.de la Asunción

Retail SA

Jockey Club del Paraguay

Prosegur

Empresa de lavanderia

Servicios domésticos

Barcos y rodados s.a.

Las denuncias por exigencia de test en violación del artículo 21 de la ley corresponde a:

Vértice SACI

Supermercado Real

Vita Pan

Los laboratorios que realizan el test en violación al artículo 4 de ley:

Ortega Biolab

Meyer Lab

Laboratorio Riera

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Pensión alimentaria cubre al 55,4% de los adultos mayores 

Foto: archivo.

Al cierre de este año, un total de 310.609 personas reciben la pensión alimentaria, representando al 55,4% de la población de 65 años y más estimada para diciembre de 2023, según datos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

El beneficio de pensión alimentaria comenzó a implementarse en el año 2010, atendiendo las limitaciones del pilar no contributivo de la seguridad social. Según estimaciones de la Encuesta Permanente de Hogares, para ese año sólo el 15,4% de las personas de 65 años y más recibía una jubilación o pensión.

En un proceso de expansión progresiva, ya para comienzos de 2017 la pensión alimentaria cubría a 1 de cada 3 personas de 65 años y más, asegurando a los sectores más postergados de la adultez mayor, estando focalizada en las personas en situación de pobreza.

El programa siguió ampliando su cobertura, adecuando sus procedimientos a los cambios normativos (Ley Nº 6381/2020), donde se destaca la elevación del umbral social de acceso a la condición de “vulnerabilidad social”.

La actualización normativa fue acompañada con el fortalecimiento de recursos y procesos destinados a la protección económica de la población adulta mayor.

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Anuncian concurso para 50 cargos en Diputados e investigación de planillerismo

Raúl Latorre, presidente de la Cámara de Diputados.

El presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, anunció un llamado a concurso de méritos para la contratación de 50 personas. Además, una investigación de los casos de planillerismo. No se tomará ninguna medida con la designación de los “hijos de”, alegando que los nombramientos no representan una forma de nepotismo.

En una conferencia de prensa realizada esta mañana, Raúl Latorre, comunicó que, jóvenes de todo el país podrán participar en el concurso de méritos y aptitudes para 50 vacancias en distintos cargos para la Cámara de Diputados.

“Estos 50 espacios van a ser generados a partir de la disminución que logramos del personal contratado de confianza”, expresó Latorre.

También ordenó el inicio de una investigación preliminar sobre las denuncias de ausentismo a los cargos.

Vamos a combatir el planillerismo en forma frontal en nuestra administración, los responsables van a ser sometidos al sumario y a las sanciones correspondientes”, afirmó.

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Sin dar espacio a preguntas, Latorre presentó al abogado Máximo Medina como el nuevo director de asesoría jurídica y director interino de Recursos Humanos para dar más detalles y se retiró cerrando la puerta.

El abogado aseguró que, en relación a los hijos nombrados en cargos de confianza, no se configura ningún caso de nepotismo, tomando en cuenta que, la persona que los nombró, Latorre, no es pariente de ninguna de ellas.

Detalló que, la persona facultada a nombrar o contratar es la que puede cometer nepotismo, solamente si el nombrado es su pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, hechos que no se cumplen con Latorre.

Agregó que, tampoco se violó ninguna norma de ingreso a la función pública, pues, el artículo 63 de la ley de presupuesto exceptúa al Poder Judicial, al Legislativo y a los órganos auxiliares de, cumplimiento de dicha legislación.

Respecto a los planilleros, señaló que, tiene la instrucción de ser implacable con los que se ausentan a sus puestos de trabajo.

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Oficializan entrega de armas incautadas en Operativo Dakovo a la Policía Nacional

Miles de armas incautadas en el Operativo Dakovo fueron entregadas a la Policía Nacional. Foto: SENAD.

Las más de 2.000 armas de fuego incautadas en el marco del Operativo Dakovo fueron entregadas este viernes a la Policía Nacional, a fin de reforzar el combate a los criminales.

En un acto desarrollado esta mañana en la sede de la Intendencia de la Policía Nacional, se procedió a la entrega de las armas incautadas durante la Operación “Dakovo”.

Se trata de más de 2.000 armas de fuego cuyo valor supera los USD 5 millones y que habían sido importadas por la empresa International Auto Supply (IAS), propiedad del prófugo Diego Dirisio.

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Del acto participaron el presidente de la República, Santiago Peña, el ministro del Interior, Enrique Riera, el Comandante de la Policía Nacional, Crio. Gral. Carlos Benítez, y la jueza Lici Teresita Sánchez, entre otros.

El Estado no puede ser sometido por quienes decidieron caminar por fuera de la ley“, expresó Peña durante su discurso, destacando los resultados tanto de Dakovo como de otros operativos impulsados recientemente, incluyendo Veneratio.

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El lote incluye tanto armas de grueso calibre como armas cortas, las cuales pasarán a manos de las fuerzas de seguridad para reforzar el combate a la criminalidad en nuestro país.

Se espera que algunas de las armas incautadas también sean entregadas a la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD), a modo de que sus agentes especiales cuenten con el equipamiento necesario para sus procedimientos.

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