El golazo de Paraguay ante Gafilat: logro es del gobierno anterior y del actual, resaltan

El economista Carlos Fernández Valdovinos, expresidente del Banco Central del Paraguay (BCP) durante la administración de Horacio Cartes, resaltó que el logro obtenido por nuestro país ante Gafilat fue posible gracias a medidas adoptadas tanto en el gobierno anterior como así también en parte del actual.

En entrevista con el canal GEN / Nación Media, el economista Carlos Fernández Valdovinos expuso que esta semana Paraguay tuvo dos partidazos muy difíciles y que afortunadamente pudo vencerlos. “No es el campeonato pero fueron dos partidos muy importantes en la semana. La revisión de las perspectivas económicas de Moody’s y la segunda es la evaluación de Gafilat”, refirió.

“El país salió adelante, nos posiciona muy bien y espero que podamos aprovechar este buen momento”, dijo y expresó su deseo que la neblina política no entorpezca todo lo bueno que se vino haciendo en los últimos años.

“Por suerte tenemos jugadores que no son políticos, ambos (Moody’s y Gafilat) nos dicen que estamos haciendo bien las cosas”, resaltó.

Consultado sobre si el logro es del actual gobierno, ya que Mario Abdo Benítez quiso adjudicarse nuevamente, Fernández Valdovinos dejó en claro que fueron cuestiones técnicas las que se evaluaron y que “hay trabajo que se hizo en el gobierno anterior y este”. Destacó que cuando Benigno López era ministro de Hacienda hubo significativos avances.

“Varios jugadores ganaron, esto no es logro de A o B, es una conquista del país. Ahora que terminó el partido muchos van a querer decir que marcaron el gol, cuando es el equipo completo el que ganó. Hay que dejarnos de mirar al ombligo y ver cómo impactará esta buena decisión en la vida de los 7 millones de paraguayos. Esto es esfuerzo de los técnicos del sector público y privado, no le quito mérito ni a este gobierno ni al anterior”, insistió.

Recordó además que el año pasado, el entonces el entonces jefe del Gabinete Civil de Presidencia, Juan Ernesto Villamayor, había afirmado que en gran medida el estudio se centraba de Gafilat en la administración del expresidente Horacio Cartes. Al respecto dijo que Villamayor “quiso quitar la cola a la jeringa, de modo a que si todo estaba mal, iba a ser culpa del gobierno anterior, pero si salía bien, entonces iban a decir que ellos hicieron bien todo”.

 

En enero del año pasado, el entonces jefe del Gabinete Civil de Presidencia dijo a ABC: “hay un plazo que será controlado, gran parte del control cae en la administración de Cartes. No le interesa lo que paso después (mandato de Marito Abdo), eso se controlará dentro de tres años. Ya sucedió lo que vienen a controlar, ya terminó. (…) Gafilat busca saber qué hizo Paraguay en materia de lavado de dinero, no así por contrabando”.

 

SOBRE GAFILAT

El Gafilat agrupa a 17 países de América del Sur, Centroamérica, América del Norte y el Caribe para prevenir y combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales de prevención y combate a dichos temas, así como la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros.

En caso del incumplimiento en un número importante de recomendaciones y notas, el país evaluado entra en una lista de seguimiento intensivo, a cargo de Gafilat, desde su sede en Francia. Esta “lista gris” indica a nivel internacional que el país no es cooperante en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento de actividades ilícitas.

Yamy Nal apelará decisión de juez: “Es una barbaridad, deja nefasto precedente”

Óscar Tuma, abogado de la senadora Yamy Nal, cuestionó el fallo del juez laboral Rubén Darío López, quien hizo lugar al amparo de la abogada Alejandra Peralta Merlo y ordenó a la congresista que la desbloquee en la red social “X”.

En conversación con la radio 650 AM, Óscar Tuma, abogado de la senadora Yamy Nal, anunció que apelará el fallo del juez laboral Rubén Darío López, por carecer de fundamentos para conceder un amparo a favor de la abogada Alejandra Peralta Merlo.

“El fallo, con total seguridad, puedo decir que es una barbaridad desde todo punto de vista. Evidentemente, este amparo sobrepasó la capacidad del juez, que seguramente por ser nuevo, no tiene la solvencia necesaria para obrar conforme a derecho”, esgrimió. “Vamos a apelar porque deja un nefasto precedente”, indicó.

El abogado Tuma sostuvo que el amparo tiene como fin proteger un derecho constitucional y para que se haga lugar, la persona debe accionar contra un acto ilegal. “Ahí tenemos que preguntarnos si existe alguna norma de desbloquear o bloquear, o no interactuar con un internauta, y no existe. Entonces, no estamos ante un acto ilegal porque esta conducta no está legislada”, esgrimió.

Señaló que tampoco es ilegal porque la propia red social da la posibilidad de interactuar, bloquear, aceptar o rechazar a alguien. “La senadora no cometió un acto ilegal porque no está penalizada esta conducta y la propia red social permite esto”, dijo.

Otro punto esgrimido por Tuma es que no consiste en un caso de urgencia, tal como alegó el magistrado, porque la amparista podría recurrir a información a través de canales oficiales de la Cámara del Senado, tales como la cuenta oficial de esa institución o de la TV Cámara. “No iba a quedar sin el derecho a informarse o en indefesión porque fue bloqueada, puede acceder a la información a través de los medios de comunicación, o medios oficiales de los senadores”, resaltó.

Así también, el abogado resaltó que se debe diferenciar entre las cuentas oficiales y las personales. En ese sentido explicó que, la cuenta institucional se utiliza exclusivamente para comunicar los actos oficiales y las políticas institucionales, tal como lo hace el Senado mediante sus canales oficiales. En tanto que, un funcionario público o autoridad electa tiene el derecho de crear una cuenta privada donde emite opiniones personales que no son oficiales.

Finalmente Tuma consideró que se vulnera el derecho de la congresista, al obligarla a tener que aguantar todos los ataques de los demás cibernautas y no poder bloquearlos.

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Los cinco delitos por los que pueden procesar al “bromista” del avión

El empresario argentino que dijo tener una bomba en el vuelo de Jetsmart se expone a ser procesado por cinco hechos punibles previstos en el Código Penal. La Fiscalía analiza si abre la causa en Paraguay o solicita la apertura en Argentina.

Los artículos 120, 121, 203 y 213 de Código Penal son los que configuran los hechos punibles en los que incurrió el extranjero que retrasó un vuelo al amenazar con una bomba en pleno despegue.

El 120, sobre coacción, indica que, quien mediante fuerza o amenaza constriña gravemente a otro a hacer, no hacer o tolerar lo que no quiera, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa.

Además, el 121, coacción grave, señala que, se aplicará una pena no menor de ciento ochenta días-multa o una pena privativa de libertad de hasta tres años cuando la coacción se realizara. mediante amenaza con peligro para la vida o la integridad física.

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El 213, producción de riesgos comunes y el 213, atentados al tráfico civil aéreo y naval. El que:

1. aplicara fuerza o vulnerara la libre decisión de una persona o realizara otras actividades con el fin de influir sobre la conducción u obtener el control de una aeronave civil con personas a bordo o de un buque empleado en el tránsito civil; o

2. utilizara armas de fuego o intentara causar o causara una explosión o un incendio con el fin de destruir o dañar dicha aeronave o buque o su carga a bordo, será castigado con pena privativa de libertad de cinco a quince años.

Guillermo Bertolotto, ciudadano argentino que bromeó con una bomba en pleno despegue, pasó la noche en la Comisaría 3ª de Luque, donde espera lo que disponga el Ministerio Público en el marco de la investigación.

El extranjero dice ser ejecutivo de una empresa y que su visita a Paraguay responde a una invitación para un evento, pero que se disponía a retornar ayer.

Desde la Dinac, el titular Rubén Aguilar confirmó que, una de las sanciones a la que se expone Bertolotto es a la prohibición de volar desde Paraguay a otros destinos y viceversa.

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Hospital de Trauma incorpora equipo de última generación al servicio de fisioterapia

El paciente que lo requiera puede acercarse con cualquier orden proveniente de servicios dependientes del Ministerio de Salud, no solamente del hospital de Trauma.

Con el primer equipo de Ondas de Choque Radial en el Hospital de Trauma, se introduce una innovadora terapia en Salud Pública para combatir dolores articulares con un tratamiento no invasivo que produce alteraciones en la permeabilidad celular, generando un efecto analgésico y metabólico.

Las ondas acústicas generadas por esta terapia activan efectos biológicos que conducen a la curación más rápida y regeneración de los tejidos a largo plazo cuando están lesionados, logrando así disminuir la inflamación y, por consiguiente, el dolor articular, informó el Ministerio de Salud.

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Este tratamiento ayuda a acelerar el alivio del dolor y restablecer la movilidad de la zona afectada con altos niveles de éxito, sin el uso de medicamentos ni sedación y sin efectos secundarios.

La terapia de ondas de choque cubre una amplia gama de indicaciones: bursitis de hombro, codo, cadera y rodillas, epicondilitis lateral y medial, diversas tendinitis (bicipital, rotuliana, aquiliana, entre otras), fascitis plantar y espolones calcáneos. Cada sesión dura entre 20 y 30 minutos, y se necesitan entre 4 y 5 sesiones, una vez por semana, para lograr el porcentaje del éxito esperado.

En promedio, 2.900 pacientes son atendidos al mes en el servicio de Medicina Física y Rehabilitación.

De acuerdo al protocolo de atención, el paciente puede acercarse con cualquier orden proveniente de servicios dependientes del Ministerio de Salud, no solamente del hospital de Trauma.

Al paciente que se acerca con su orden de onda de choque se le requerirá evaluación del kinesiólogo certificado. Todos los pacientes indicados deberán estar munidos de sus estudios por imágenes, como ecografía de partes blandas.

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