Fecundación in vitro: transferencia de embrión debe realizarse con consentimiento mutuo

Doctor Roger Molinas, especialista en reproducción asistida. Foto: Antonella Eguren.

El consentimiento firmado por ambos miembros de la pareja que inicia un tratamiento de fecundación determina que continúe el proceso siempre y cuando los dos estén de acuerdo. La posibilidad médica en todo el proceso llega hasta la transferencia embrionaria y no la implantación en el útero, ya que este último es un proceso natural que lleva al embarazo, explicó el doctor Roger Molinas, especialista en reproducción asistida.

La fecundación in vitro es un tratamiento de reproducción asistida para el que no existe ninguna regulación desde el punto de vista legal y desde el momento en que se inicia el proceso en pareja esta firma un consentimiento informado donde se le explica el paso a paso que inicia con la estimulación ovárica y termina con la transferencia embrionaria y la vitrificación (congelamiento) de los embriones sobrantes.

En cualquier etapa del proceso los dos miembros o uno de ellos puede decir que no quiere que se continúe, mientras ese proceso sea propio de una de las partes, la otra no le puede obligar, como por ejemplo el marido o la pareja no puede decir que no se realice la estimulación a la esposa o la captura de los óvulos, ambos son procesos propios de la mujer, los óvulos son propiedad de la mujer y él no puede decir qué hacer con ellos.

“Sí, desde el momento en que se hizo la fecundación y existe un embrión es propiedad de ambos, entonces ambos tienen que estar de acuerdo y si no, hay un vacío legal, no se sabe qué se va a hacer, priman cuestiones extrabiológicas y legales. La mujer puede decir que quiere realizarse la transferencia y el varón dice que no y el consentimiento dice que los dos tiene que estar de acuerdo”, detalló el especialista Roger Molinas, doctor en Medicina y Cirugía Reproductiva.

“Cuando se plantea al revés qué ocurrirá, ¿dónde se va a poner ese embrión? Es todo un problema en el cual si no hay un acuerdo médicamente hablando lo que se hace es mantener los embriones congelados hasta que haya un acuerdo. Tiene que haber un acuerdo de ambas partes salvo que uno de ellos renuncie a sus derechos y le transfiera a la otra persona”, agregó.

Indicó que hay muchos casos en los que al final uno de los miembros de la pareja no está de acuerdo en continuar, pero lo particular de este caso que se hizo público en el que la mujer exige seguir con el proceso pese a la negativa de su ex pareja, es que un juez obliga a un médico a realizar una implantación siendo que es un paso natural y escapa a la posibilidad del médico.


Gameto femenino, gameto masculino, cigoto y embrión

Molinas explicó que es de suma importancia entender el proceso biológico que lleva a que una mujer quede embarazada a través de la fecundación in vitro.

“Utilizamos más las palabras y es un error no diferenciar un gameto de un cigoto y un embrión de un feto, eso biológicamente es un asesinato, es un manipuleo a la ciencia porque no es algo que creo y opino”, afirmó.

Destacó que hay cuestiones debatibles y no debatibles como si el cigoto tiene vida es un tema no debatible biológicamente, lo que sí es debatible si esa vida es una persona, un ser humano, si tiene alma o no.

“Es totalmente debatible y sale del ámbito de la biología, no hay duda que el cigoto tiene vida y no hay duda que el embarazo empieza con la implantación, antes no”, afirmó.

Indicó que con esa teoría si todos los embriones que naturalmente no se implantan en una fecundación espontánea o todo lo que se transfiere al útero y no se implanta se diría que están siendo abortados.

“Técnicamente no se puede hablar de aborto porque solo se puede decir que hubo desde el momento en que se detectó que la mujer está embarazada porque el aborto es la interrupción del embarazo”, explicó.

Explicó que la implantación del embrión en el útero no depende ni del médico, del ginecólogo, del paciente, sino es un proceso que depende exclusivamente del diálogo que exista entre el útero y el embrión transferido. “La captura, transferencia, la implantación es un proceso natural, nosotros colocamos el embrión dentro del útero esperando que se implante”, indicó.

Cuestionó que por una terminología inapropiada puede haber consecuencias muy graves porque los profesionales que realizan la reproducción asistida saben que solamente de cada 10 casos que se transfieren solo 3 o 4 terminan en embarazo y al no haber implantación, con ese criterio, se hará responsable al profesional tratante.

Sobre el fallo judicial que obliga a un médico a realizar la implantación del embrión, Molinas afirma que existen muchos errores ya que está fuera del alcance del médico ginecólogo realizar la implantación puesto que lo que sí tiene posibilidades de realizar es la transferencia al útero de la mujer.

“El hecho de que hagamos una transferencia embrionaria no garantiza que una mujer se va a embarazar, en la mayoría de los caso no se va a embarazar, la tasa de embarazo es del 30 al 40% sobre la cantidad de embriones transferidos, de 10 embriones transferidos solo dos se van implantar”, detalló.

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Pensión alimentaria cubre al 55,4% de los adultos mayores 

Foto: archivo.

Al cierre de este año, un total de 310.609 personas reciben la pensión alimentaria, representando al 55,4% de la población de 65 años y más estimada para diciembre de 2023, según datos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

El beneficio de pensión alimentaria comenzó a implementarse en el año 2010, atendiendo las limitaciones del pilar no contributivo de la seguridad social. Según estimaciones de la Encuesta Permanente de Hogares, para ese año sólo el 15,4% de las personas de 65 años y más recibía una jubilación o pensión.

En un proceso de expansión progresiva, ya para comienzos de 2017 la pensión alimentaria cubría a 1 de cada 3 personas de 65 años y más, asegurando a los sectores más postergados de la adultez mayor, estando focalizada en las personas en situación de pobreza.

El programa siguió ampliando su cobertura, adecuando sus procedimientos a los cambios normativos (Ley Nº 6381/2020), donde se destaca la elevación del umbral social de acceso a la condición de “vulnerabilidad social”.

La actualización normativa fue acompañada con el fortalecimiento de recursos y procesos destinados a la protección económica de la población adulta mayor.

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Anuncian concurso para 50 cargos en Diputados e investigación de planillerismo

Raúl Latorre, presidente de la Cámara de Diputados.

El presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, anunció un llamado a concurso de méritos para la contratación de 50 personas. Además, una investigación de los casos de planillerismo. No se tomará ninguna medida con la designación de los “hijos de”, alegando que los nombramientos no representan una forma de nepotismo.

En una conferencia de prensa realizada esta mañana, Raúl Latorre, comunicó que, jóvenes de todo el país podrán participar en el concurso de méritos y aptitudes para 50 vacancias en distintos cargos para la Cámara de Diputados.

“Estos 50 espacios van a ser generados a partir de la disminución que logramos del personal contratado de confianza”, expresó Latorre.

También ordenó el inicio de una investigación preliminar sobre las denuncias de ausentismo a los cargos.

Vamos a combatir el planillerismo en forma frontal en nuestra administración, los responsables van a ser sometidos al sumario y a las sanciones correspondientes”, afirmó.

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Sin dar espacio a preguntas, Latorre presentó al abogado Máximo Medina como el nuevo director de asesoría jurídica y director interino de Recursos Humanos para dar más detalles y se retiró cerrando la puerta.

El abogado aseguró que, en relación a los hijos nombrados en cargos de confianza, no se configura ningún caso de nepotismo, tomando en cuenta que, la persona que los nombró, Latorre, no es pariente de ninguna de ellas.

Detalló que, la persona facultada a nombrar o contratar es la que puede cometer nepotismo, solamente si el nombrado es su pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, hechos que no se cumplen con Latorre.

Agregó que, tampoco se violó ninguna norma de ingreso a la función pública, pues, el artículo 63 de la ley de presupuesto exceptúa al Poder Judicial, al Legislativo y a los órganos auxiliares de, cumplimiento de dicha legislación.

Respecto a los planilleros, señaló que, tiene la instrucción de ser implacable con los que se ausentan a sus puestos de trabajo.

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Oficializan entrega de armas incautadas en Operativo Dakovo a la Policía Nacional

Miles de armas incautadas en el Operativo Dakovo fueron entregadas a la Policía Nacional. Foto: SENAD.

Las más de 2.000 armas de fuego incautadas en el marco del Operativo Dakovo fueron entregadas este viernes a la Policía Nacional, a fin de reforzar el combate a los criminales.

En un acto desarrollado esta mañana en la sede de la Intendencia de la Policía Nacional, se procedió a la entrega de las armas incautadas durante la Operación “Dakovo”.

Se trata de más de 2.000 armas de fuego cuyo valor supera los USD 5 millones y que habían sido importadas por la empresa International Auto Supply (IAS), propiedad del prófugo Diego Dirisio.

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Del acto participaron el presidente de la República, Santiago Peña, el ministro del Interior, Enrique Riera, el Comandante de la Policía Nacional, Crio. Gral. Carlos Benítez, y la jueza Lici Teresita Sánchez, entre otros.

El Estado no puede ser sometido por quienes decidieron caminar por fuera de la ley“, expresó Peña durante su discurso, destacando los resultados tanto de Dakovo como de otros operativos impulsados recientemente, incluyendo Veneratio.

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El lote incluye tanto armas de grueso calibre como armas cortas, las cuales pasarán a manos de las fuerzas de seguridad para reforzar el combate a la criminalidad en nuestro país.

Se espera que algunas de las armas incautadas también sean entregadas a la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD), a modo de que sus agentes especiales cuenten con el equipamiento necesario para sus procedimientos.

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