Fiscalía recuerda las faltas y delitos electorales

Los comicios fueron el 18 de diciembre. Foto: TSJE.

La Fiscal Electoral del Ministerio Público, Sandra Ledesma, recuerda los hechos punibles relacionados con la jornada electoral, que se prevé realizar este domingo 18 de diciembre en todo el país, donde partidos políticos, movimientos y concertaciones elegirán candidatos a cargos electivos en forma simultánea con miras a las próximas elecciones generales de abril de 2023.

La Fiscalía recuerda que las faltas y delitos electorales están tipificados en la Constitución Nacional, en la Ley Nº 834/96 que establece el Código Electoral, como también en el Código Penal Paraguayo. Durante la elecciones internas simultáneas el Ministerio Público a través de los fiscales penales de turno y de delitos electorales, trabajará en cumplimiento a las exigencias y a acorde a cada competencia.

EN EL DÍA DE LOS COMICIOS QUEDA PROHIBIDO:

a) La aglomeración de personas o la organización de grupos en un radio inferior a doscientos metros de los centros en que funcionen las mesas receptoras de votos que directa o indirectamente puedan significar cualquier presión sobre los electores, a menos que se trate de electores formando filas delante de las mesas para sufragar;

b) La portación de armas, aun mediando autorización acordada anteriormente por autoridades administrativas, en el mismo radio señalado en el inciso anterior;

c) La celebración de espectáculos públicos hasta dos horas después de finalizar los comicios; (rige solo para las elecciones generales)

d) El expendio de bebidas alcohólicas (esto rige solo para las elecciones generales)

e) La instalación de mesas de consulta por parte de los partidos, movimientos y alianzas en el radio mencionado en el inciso a) de este artículo; y,

f) El ingreso al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras o cualquier otro aparato capaz de captar o trasmitir imágenes que hagan posible vulnerar el secreto del voto.

El que transgreda el inciso f) de este artículo, será sancionado con una multa conforme a lo establecido en el Artículo 332 de este Código, sin perjuicio de lo establecido en los Artículos 278 y 280 del Código Penal para los autores y partícipes de los hechos punibles tipificados en los mismos.”

En ese sentido, cabe resaltar que para las elecciones internas no rige los incisos C) y D) del referido artículo ya que las mismas rigen para las elecciones generales.

El Código Electoral Paraguayo tipifica como “Delitos” electorales los siguientes actos, entre otros:

Violar la constitución de mesas, votación, escrutinio o negarse a completar las actas o recibir protestas. Trescientos jornales mínimos

Admitir voto de electores cuyo nombre no figure en el padrón, permitir que se vote dos o más veces o admita la sustitución de un elector por otro 300 jornales mínimos.

No entregar documentos electorales 300 jornales mínimos.

Articulo 318 – Negarse a dar certificaciones, impedir que se brinde a electores, apoderados o veedores datos de los padrones; discriminar a los electores para impedir el ejercicio del sufragio. 200 jornales mínimos.

Articulo 319 – Ejercer violencia sobre los electores para que no voten o lo hagan en un sentido determinado o exigieren la violación del voto secreto. 300 jornales mínimos.

Artículo 320 – VIOLENCIA INDIVIDUAL O COLECTIVA SOBRE ELECTORES para evitar que voten, lo hagan en determinado sentido, contra su voluntad o pretendiendo violar el secreto del voto.

Artículo 321 – RETENCIÓN DE DOCUMENTOS DE IDENTIDAD de electores el día de los comicios o exigencia de emisión del voto en determinado sentido, ofreciendo recompensa.

Artículo 322 – IMPEDIMENTO DE ENTRADA, SALIDA O PERMANENCIA en recintos electorales de electores, candidatos, apoderados o veedores.

Articulo 323 – VOTACIÓN REITERADA, es decir; más de una vez en una misma elección.

Articulo 324 – REALIZAR PROPAGANDA ELECTORAL UNA VEZ FINALIZADO EL PLAZO; presionar indebidamente al elector dentro de los 200 metros del local de votación. 100 jornales mínimos.

Articulo 326 – PARTICIPACIÓN DE POLICÍAS Y MILITARES EN REUNIONES POLÍTICAS, CAMPAÑAS PROSELITISTAS, DONACIÓN PARA CAMPAÑAS INTERNAS. Seis meses a un año de penitenciaría.

Artículo 329 – DIFUSIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL. Sondeos de opinión sobre preferencia de electores, boca de urna fuera del periodo previsto.

El Código Electoral Paraguayo considera “Faltas” los siguientes actos, entre otros:

Articulo 331 – INASISTENCIA INJUSTIFICADA POR PARTE DE LOS MIEMBROS DE MESA: 30 a 60 jornales.

Articulo 332 – (quince a 30 jornales): VOTAR ESTANDO INHABILITADO, VIOLAR PROHIBICIONES SOBRE ALTAVOCES.

No votar estando habilitado: de medio a un jornal.

Artículo 334. – PERTURBACIÓN DEL ORDEN en actos y recintos electorales, en estado de ebriedad, bajo los influjos de estupefacientes o armados. La pena es una multa de diez a veinte jornales mínimos.

Articulo 337 – ALTERACIÓN DE TARIFAS POR PARTE DE LOS MEDIOS DURANTE LA CAMPAÑA ELECTORAL PARA FAVORECER A UN PARTIDO: 100 jornales mínimos.

El Código Penal Paraguayo establece en los siguientes artículos los delitos y sus sanciones;

Artículo 275.- Impedimento de las elecciones

1º  El que con violencia o mediante amenaza de violencia impidiera o perturbara una elección o la constatación de su resultado, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa.
2º  En los casos particularmente graves la pena privativa de libertad no será  menor de cinco años.
3º  En estos casos, será castigada también la tentativa.

Artículo 276.- Falseamiento de las elecciones

1º  El que votara sin estar habilitado, o de otra manera produjera un resultado falso de una elección, o falseara el resultado, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa.
2º  La misma pena se aplicará al que proclamara o hiciera proclamar un resultado falso de una elección.
3º  En estos casos, será castigada también la tentativa.

Artículo 277.- Falseamiento de documentos electorales

El que:
1. lograra su inscripción en el padrón electoral mediante declaración falsa;
2. inscribiera a otro como elector, a sabiendas de que no tiene derecho a la inscripción;
3. conociendo la habilitación de otro para elegir, impidiera su inscripción como elector; o
4. se hiciera proponer como candidato para una elección, pese a no ser elegible,
será castigado con pena privativa de libertad de hasta un año o con multa, salvo que el hecho sea sancionado por otro artículo con una pena mayor.

Artículo 278.- Coerción al elector

1º  El que mediante fuerza, amenaza de un mal considerable, presión económica o abuso de una relación de dependencia profesional o económica, coaccionara a otro o le impidiera elegir o ejercer su derecho electoral en un determinado sentido, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa.
2º  En los casos especialmente graves la pena privativa de libertad será de uno a diez años.
3º  En estos casos, será castigada también la tentativa.

Artículo 279.- Engaño al elector

1º  El que mediante engaño lograra que otro en el acto de votar errara sobre el sentido de su voto, no votara o votara inválidamente, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa.
2º  En estos casos, será castigada también la tentativa.

Artículo 280.- Soborno del elector

1º  El que ofreciera, prometiera u otorgara una dádiva u otra ventaja a otro para que no votara o lo hiciera en un sentido determinado, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa.
2º  La misma pena se aplicará al que exigiera, se hiciera prometer o aceptara una dádiva u otra ventaja por no votar o por hacerlo en un sentido determinado.

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Pensión alimentaria cubre al 55,4% de los adultos mayores 

Foto: archivo.

Al cierre de este año, un total de 310.609 personas reciben la pensión alimentaria, representando al 55,4% de la población de 65 años y más estimada para diciembre de 2023, según datos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

El beneficio de pensión alimentaria comenzó a implementarse en el año 2010, atendiendo las limitaciones del pilar no contributivo de la seguridad social. Según estimaciones de la Encuesta Permanente de Hogares, para ese año sólo el 15,4% de las personas de 65 años y más recibía una jubilación o pensión.

En un proceso de expansión progresiva, ya para comienzos de 2017 la pensión alimentaria cubría a 1 de cada 3 personas de 65 años y más, asegurando a los sectores más postergados de la adultez mayor, estando focalizada en las personas en situación de pobreza.

El programa siguió ampliando su cobertura, adecuando sus procedimientos a los cambios normativos (Ley Nº 6381/2020), donde se destaca la elevación del umbral social de acceso a la condición de “vulnerabilidad social”.

La actualización normativa fue acompañada con el fortalecimiento de recursos y procesos destinados a la protección económica de la población adulta mayor.

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Anuncian concurso para 50 cargos en Diputados e investigación de planillerismo

Raúl Latorre, presidente de la Cámara de Diputados.

El presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, anunció un llamado a concurso de méritos para la contratación de 50 personas. Además, una investigación de los casos de planillerismo. No se tomará ninguna medida con la designación de los “hijos de”, alegando que los nombramientos no representan una forma de nepotismo.

En una conferencia de prensa realizada esta mañana, Raúl Latorre, comunicó que, jóvenes de todo el país podrán participar en el concurso de méritos y aptitudes para 50 vacancias en distintos cargos para la Cámara de Diputados.

“Estos 50 espacios van a ser generados a partir de la disminución que logramos del personal contratado de confianza”, expresó Latorre.

También ordenó el inicio de una investigación preliminar sobre las denuncias de ausentismo a los cargos.

Vamos a combatir el planillerismo en forma frontal en nuestra administración, los responsables van a ser sometidos al sumario y a las sanciones correspondientes”, afirmó.

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Sin dar espacio a preguntas, Latorre presentó al abogado Máximo Medina como el nuevo director de asesoría jurídica y director interino de Recursos Humanos para dar más detalles y se retiró cerrando la puerta.

El abogado aseguró que, en relación a los hijos nombrados en cargos de confianza, no se configura ningún caso de nepotismo, tomando en cuenta que, la persona que los nombró, Latorre, no es pariente de ninguna de ellas.

Detalló que, la persona facultada a nombrar o contratar es la que puede cometer nepotismo, solamente si el nombrado es su pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, hechos que no se cumplen con Latorre.

Agregó que, tampoco se violó ninguna norma de ingreso a la función pública, pues, el artículo 63 de la ley de presupuesto exceptúa al Poder Judicial, al Legislativo y a los órganos auxiliares de, cumplimiento de dicha legislación.

Respecto a los planilleros, señaló que, tiene la instrucción de ser implacable con los que se ausentan a sus puestos de trabajo.

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Oficializan entrega de armas incautadas en Operativo Dakovo a la Policía Nacional

Miles de armas incautadas en el Operativo Dakovo fueron entregadas a la Policía Nacional. Foto: SENAD.

Las más de 2.000 armas de fuego incautadas en el marco del Operativo Dakovo fueron entregadas este viernes a la Policía Nacional, a fin de reforzar el combate a los criminales.

En un acto desarrollado esta mañana en la sede de la Intendencia de la Policía Nacional, se procedió a la entrega de las armas incautadas durante la Operación “Dakovo”.

Se trata de más de 2.000 armas de fuego cuyo valor supera los USD 5 millones y que habían sido importadas por la empresa International Auto Supply (IAS), propiedad del prófugo Diego Dirisio.

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Del acto participaron el presidente de la República, Santiago Peña, el ministro del Interior, Enrique Riera, el Comandante de la Policía Nacional, Crio. Gral. Carlos Benítez, y la jueza Lici Teresita Sánchez, entre otros.

El Estado no puede ser sometido por quienes decidieron caminar por fuera de la ley“, expresó Peña durante su discurso, destacando los resultados tanto de Dakovo como de otros operativos impulsados recientemente, incluyendo Veneratio.

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El lote incluye tanto armas de grueso calibre como armas cortas, las cuales pasarán a manos de las fuerzas de seguridad para reforzar el combate a la criminalidad en nuestro país.

Se espera que algunas de las armas incautadas también sean entregadas a la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD), a modo de que sus agentes especiales cuenten con el equipamiento necesario para sus procedimientos.

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