Guillermo Páez fue condenado por “invadir” la propiedad donde vivió por 68 años

El señor Guillermo Páez (68) fue condenado a 4 años de cárcel por invasión de una propiedad, donde él asegura que vivió durante toda vida. Ahora está recluido en la comisaría de San Bernardino junto con su hijo y otras dos personas.

Arístides Duré, representante legal de don Guillermo Páez, indicó al programa Tempranísimo, radio Universo y canal Gen, que su defendido fue despojado de su terreno de 17 hectáreas, en la cual vive desde que nació, hace 68 años, ya que allí vivieron anteriormente sus padres y abuelos. La propiedad en cuestión se encuentra ubicada entre Altos y Pirayu’i, en San Bernardino.

“El señor nació en el predio en litigio y por lo tanto le corresponde pelear por su propiedad. Esto es una barbaridad, una injusticia desde todo punto de vista. La propiedad tiene una vista privilegiada y dentro de ella está la vivienda de don Guillermo. Es doloroso porque se utiliza como garrote a la Justicia. Ni siquiera pudieron demostrar en dónde vivió don Guillermo Páez durante toda su vida. Nosotros incluso pusimos cinco testigos de más de 60 años de edad y todos afirmaron que don Guillermo vive en la propiedad desde hace 68 años. Realizamos un juicio de usucapión, el cual tampoco tuvieron en cuenta. Es una total injusticia”, indicó.

El letrado mencionó que el abogado Roberto Ruiz Díaz Labrano alega desde el 2019 que en el 1991 había comprado esas tierras de Reinaldo Domínguez Dibb, pero nunca se asentó allí o realizó mejoras. Agregó que el año pasado, Ruiz Díaz irrumpió de manera violenta el sitio con la intención de recuperar las tierras pero los vecinos salieron a favor del señor Páez.

Duré mencionó que presentaron todas las pruebas de que las tierras pertenecen a su cliente y no se trata de una invasión, ya que en el lugar el señor Páez construyó su vivienda hace tiempo.

En otro momento, Arístides Duré lamentó que hubo “fuerzas extrañas” que hizo que la Fiscalía y el Tribunal actuaran al margen de la ley. “Consideraron que el señor Páez se invadió a sí mismo”, indicó.

Aseguró que para la justicia, no existieron elementos que hagan suponer que el señor haya vivido hace tiempo allí, lo cual es un completo absurdo a su parecer. “Dijeron que el colchón era nuevo, que las maderas de la casa estaban aún verdes y que no había señales del jabón en el sitio donde se lavaban las ropas”, acotó.

El Tribunal de Sentencia, conformado por los jueces Liliana Ruiz Díaz, Carlos Peralta e Ingrid Muller, condenó el lunes por invasión de inmueble ajeno a Guillermo Páez, de 68 años, y a su hijo Antonio Páez, ambos en calidad de autores; mientras que sus vecinos Castorino Martínez y Luis Ojeda fueron condenados en calidad de coautores.

Operativo Arambe II: concretan pérdidas de cerca de US$ 3 millones a narcotraficantes

El MInisterio Público llevó adelante el Operativo Arambe II en la lucha contra el narcotráfico en el departamento de Canindeyú, desarrollado del 23 al 25 de abril de 2024, ocasión en que se logró la destrucción de 150.000 kilos de supuesta marihuana prensada y picada.

Los procedimientos fueron encabezados por el fiscal antidrogas Néstor Narváez, en el marco del Operativo Arambe II en el departamento de Canindeyú, desarrollado del 23 al 25 de abril de 2024,.

Los trabajos de control se desarrollaron en las zonas rurales del distrito de Villa Ygatimi, y los datos finales señalan que la pérdidas económicas aproximadas para los grupos criminales que operan en estas actividades ilicitas alcanzan la suma de Gs. 22.037.000, equivalente a US$ 2.966.000.

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Durante los procedimientos llevados en forma conjunta con los agentes antinarcóticos de la Policía Nacional se logró la destrucción de 48 hectáreas de supuesta marihuana en etapa de cosecha, distribuidas en 14 parcelas, equivalentes a 144.000 de kilos de marihuana prensada.

Además, se requisaron 6250 kilogramos de supuesta marihuana picada. También se destruyeron once campamentos precarios ubicados en la zona y se requisaron diez zarandas y enseres varios.

Ley de Fomento de la Lectura quedó reglamentada

El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley 7140/2023, cuyo objetivo de política nacional de fomento de la lectura y el libro es promover la lectura, la escritura, la producción y la circulación del libro como instrumento sociocultural imprescindible para la formación integral de niños, jóvenes y adultos.

La ley establece que el Consejo Nacional de la Lectura y el Libro, presidido por la Secretaría Nacional de Cultura y acompañado por el Ministerio de Educación y Ciencia y el apoyo de la Secretaría de Políticas Lingüísticas, deberán diseñar y conducir el Plan Nacional de fomento del libro y la lectura.

Deberán facilitar el acceso de toda la población a las bibliotecas públicas, principalmente, de las personas en condiciones de vulnerabilidad, mediante la incorporación de nuevas tecnologías de la información y el conocimiento, articular la compra de libros de autores nacionales e internacionales destinados a bibliotecas públicas, comunitarias y a aquellas habilitadas en espacios no convencionales, impulsar la investigación científica en el ámbito de la lectura, el libro y el acceso a la cultura, además de otras disposiciones.

Trabajarán con las gobernaciones y los municipios la implementación de programas locales de fomento al libro y la lectura y la correspondiente asignación presupuestaria anual, según la particularidad de sus territorios.

En los casos de territorios en frontera, los planes incluirán, al mismo tiempo, programas de afirmación de la soberanía cultural y de fomento de la integración regional, promoviendo acciones conjuntas con los países vecinos, que beneficien el intercambio de libros, conferencias, presentación de autores, entre otras iniciativas.

Corte suspende al abogado del “narcopastor” José Insfrán

El Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia suspendió por 3 meses en el ejercicio de la profesión al abogado Daniel Lobo por sus declaraciones respecto a la jueza Rosarito Montanía. Así también, se suspendió al abogado Gabriel Rodríguez por 6 meses.

La suspensión se realizó vía sumario en la causa Dubini Franco, que actualmente está en audiencia preliminar. El argumento es por “faltar el debido respeto a magistrados, otros profesionales, funcionarios u otras personas, en el ejercicio de sus funciones, cuando el hecho no sea de tal entidad que constituya una falta grave”.

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Según Daniel Lobo, el sumario se aplicó tras la denuncia que hizo la magistrada Rosarito Montanía en su contra luego de que la acusara de violar la constitución en la causa Dubini Franco.

Voy a iniciar mi batalla, voy a volver a recurrir al Colegio de Abogados, le puede ocurrir a cualquiera que objete que estén violando sus derechos. La Corte pretendió quitarme de la audiencia preliminar, no espero mucho de la Superintendencia de la Corte, yo presenté una recusación. Los 9 ministros son mi contraparte”, expresó el abogado a la radio 650 AM.

Para Lobo, la decisión de la Corte es arbitraria por lo que anunció que planteará un recurso de reconsideración y recurrirá a instancias internacionales, si es necesario.

“Esto es algo que yo me esperé, que iba a ocurrir. Tengo un equipo profesional que me asiste, para llevar a lo internacional. No podemos esperar que la Corte Suprema aplique la ley. Lo mas rápido va a ser iniciar la demanda por daño moral. Eso encuentra sustento en la arbitrariedad. Voy a recurrir al recurso de consideración”, refirió.

Daniel Lobo es abogado defensor de José “Pastor” Insfrán, supuesto narcotraficante detenido en el operativo A Ultranza Py.

Por su parte, Rodríguez Palacios también fue amonestado por la Corte por las iguales razones, supuestos ataques a la misma magistrada.