Piden fuerte sanción para propietario de chanchería

La Fiscalía de Ciudad del Este pidió una sanción de más de 100 millones de guaraníes para el propietario de una chanchería por delitos ambientales.

El agente fiscal Víctor Adolfo Santander presentó requerimiento de suspensión condicional del procedimiento en contra del propietario de una chanchería y frigorífico de Santa Rita por supuestos delitos ambientales y solicitó como recomposición la suma de 3 millones de guaraníes de forma mensual por 3 años, a ser destinado a un hogar beneficencia. De esta forma, la sanción aplicada al procesado sería de 108 millones de guaraníes por el daño ambiental causado.

El encausado está identificado como Luiz Filiponi (40), de nacionalidad brasileña. El requerimiento se presentó en el Juzgado Penal de Garantías, a cargo del magistrado Bernardo Silva Vera, luego de que el extranjero adecuara su establecimiento conforme a las normas vigentes en la Ley Ambiental, según se dio a conocer.

Según los antecedentes, el brasileño habría cometido los delitos de procesamiento ilícito de desechos e incumplimiento de medidas de mitigación ambiental, en su establecimiento de cría y engorde de cerdo, tambo lechera, cría de aves y frigorífico. Estos hechos fueron constatados el 16 de julio del 2021, ocasión en que una comitiva de la Unidad Especializada en Delitos Ambientales allanó el local, en cumplimiento del A.I. Nº 782, de fecha 16/07/2021, emanado del Juzgado Penal de Garantías de Santa Rita. La intervención contó con el acompañamiento del técnico de la Dirección Especializada en Delitos Ambientales, Ing. Luis Oviedo.

En el lugar se constató la existencia de aproximadamente 650 animales, los desechos consistían en estiércol que eran vertidos en tres cámaras interconectadas. Mientras, las menudencias se cocinaban para la alimentación de los animales. En el momento de la intervención no fueron exhibidas documentaciones. En otro sector se podía observar la acumulación de gran cantidad de huesos, que estaban acumulados a cielo abierto, constatándose además un frigorífico para la producción de embutido.

Al inicio de la investigación se constató que el Filiponi eludió sus obligaciones legales y ejecutó deficientemente el proyecto ambiental expedido por la autoridad de aplicación, en este caso el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES). No obstante, en el transcurso de la investigación, el propietario presentó todas las documentaciones, como ser informe de auditoría del Plan de Gestión Ambiental, correspondiente al proyecto de cría, engorde de cerdos, tambo lechero y cría de aves para la producción de carne.

Igualmente, el sindicado entregó la copia de constancia de Registro Industrial, con numeración 004163-2, cuya actividad específica es la producción, procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos, despostes de carne y conservación de productos cárnicos, elaboración de embustidos, expedido por el Ministerio de Industria y Comercio y que tiene como fecha de vencimiento 10/08/2023.

Posteriormente, el 29 de diciembre de 2021, el Ministerio Público, se constituyó nuevamente al establecimiento y observó las mejoras implementadas y el cumplimiento de las recomendaciones que fueron realizadas por el técnico ambiental. Además, se comprobó que la matadería ya se encontraba operando para el faenamiento de ganado vacuno, en el sector de la chanchería los desechos consistentes en huesos fueron retirados por una empresa tercerizada, el resto de las actividades se desarrollaban conforme a su plan de gestión ambiental.

De esta manera, el encausado Luiz Filiponi demostró su voluntad de reparar y recomponer el daño causado al medio ambiente circundante, admitiendo los hechos y el consentimiento con el acto conclusivo requerido, que se encuentra avalado con su firma y del abogado defensor en el cuaderno de investigación fiscal.

Por consiguiente, el fiscal Santander solicitó la suspensión condicional del procedimiento de Luis Feliponi por un periodo de prueba de 3 años y la recomposición consistente en la suma de 3 millones de guaraníes de forma mensual, hasta totalizar 108 millones, como daño ambiental, que el procesado deberá abonar a una entidad benéfica.

Operativo Arambe II: concretan pérdidas de cerca de US$ 3 millones a narcotraficantes

El MInisterio Público llevó adelante el Operativo Arambe II en la lucha contra el narcotráfico en el departamento de Canindeyú, desarrollado del 23 al 25 de abril de 2024, ocasión en que se logró la destrucción de 150.000 kilos de supuesta marihuana prensada y picada.

Los procedimientos fueron encabezados por el fiscal antidrogas Néstor Narváez, en el marco del Operativo Arambe II en el departamento de Canindeyú, desarrollado del 23 al 25 de abril de 2024,.

Los trabajos de control se desarrollaron en las zonas rurales del distrito de Villa Ygatimi, y los datos finales señalan que la pérdidas económicas aproximadas para los grupos criminales que operan en estas actividades ilicitas alcanzan la suma de Gs. 22.037.000, equivalente a US$ 2.966.000.

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Durante los procedimientos llevados en forma conjunta con los agentes antinarcóticos de la Policía Nacional se logró la destrucción de 48 hectáreas de supuesta marihuana en etapa de cosecha, distribuidas en 14 parcelas, equivalentes a 144.000 de kilos de marihuana prensada.

Además, se requisaron 6250 kilogramos de supuesta marihuana picada. También se destruyeron once campamentos precarios ubicados en la zona y se requisaron diez zarandas y enseres varios.

Ley de Fomento de la Lectura quedó reglamentada

El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley 7140/2023, cuyo objetivo de política nacional de fomento de la lectura y el libro es promover la lectura, la escritura, la producción y la circulación del libro como instrumento sociocultural imprescindible para la formación integral de niños, jóvenes y adultos.

La ley establece que el Consejo Nacional de la Lectura y el Libro, presidido por la Secretaría Nacional de Cultura y acompañado por el Ministerio de Educación y Ciencia y el apoyo de la Secretaría de Políticas Lingüísticas, deberán diseñar y conducir el Plan Nacional de fomento del libro y la lectura.

Deberán facilitar el acceso de toda la población a las bibliotecas públicas, principalmente, de las personas en condiciones de vulnerabilidad, mediante la incorporación de nuevas tecnologías de la información y el conocimiento, articular la compra de libros de autores nacionales e internacionales destinados a bibliotecas públicas, comunitarias y a aquellas habilitadas en espacios no convencionales, impulsar la investigación científica en el ámbito de la lectura, el libro y el acceso a la cultura, además de otras disposiciones.

Trabajarán con las gobernaciones y los municipios la implementación de programas locales de fomento al libro y la lectura y la correspondiente asignación presupuestaria anual, según la particularidad de sus territorios.

En los casos de territorios en frontera, los planes incluirán, al mismo tiempo, programas de afirmación de la soberanía cultural y de fomento de la integración regional, promoviendo acciones conjuntas con los países vecinos, que beneficien el intercambio de libros, conferencias, presentación de autores, entre otras iniciativas.

Corte suspende al abogado del “narcopastor” José Insfrán

El Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia suspendió por 3 meses en el ejercicio de la profesión al abogado Daniel Lobo por sus declaraciones respecto a la jueza Rosarito Montanía. Así también, se suspendió al abogado Gabriel Rodríguez por 6 meses.

La suspensión se realizó vía sumario en la causa Dubini Franco, que actualmente está en audiencia preliminar. El argumento es por “faltar el debido respeto a magistrados, otros profesionales, funcionarios u otras personas, en el ejercicio de sus funciones, cuando el hecho no sea de tal entidad que constituya una falta grave”.

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Según Daniel Lobo, el sumario se aplicó tras la denuncia que hizo la magistrada Rosarito Montanía en su contra luego de que la acusara de violar la constitución en la causa Dubini Franco.

Voy a iniciar mi batalla, voy a volver a recurrir al Colegio de Abogados, le puede ocurrir a cualquiera que objete que estén violando sus derechos. La Corte pretendió quitarme de la audiencia preliminar, no espero mucho de la Superintendencia de la Corte, yo presenté una recusación. Los 9 ministros son mi contraparte”, expresó el abogado a la radio 650 AM.

Para Lobo, la decisión de la Corte es arbitraria por lo que anunció que planteará un recurso de reconsideración y recurrirá a instancias internacionales, si es necesario.

“Esto es algo que yo me esperé, que iba a ocurrir. Tengo un equipo profesional que me asiste, para llevar a lo internacional. No podemos esperar que la Corte Suprema aplique la ley. Lo mas rápido va a ser iniciar la demanda por daño moral. Eso encuentra sustento en la arbitrariedad. Voy a recurrir al recurso de consideración”, refirió.

Daniel Lobo es abogado defensor de José “Pastor” Insfrán, supuesto narcotraficante detenido en el operativo A Ultranza Py.

Por su parte, Rodríguez Palacios también fue amonestado por la Corte por las iguales razones, supuestos ataques a la misma magistrada.