IPS aclara: No hay fecha tope para “enrolarse”

El Instituto de Previsión Social (IPS) realiza un enrolamiento biométrico (colecta de huellas dactilares) para contar con un nuevo mecanismo para retirar medicamentos, de modo a agilizar la atención y evitar la ‘fuga' de fármacos. Esta disposición causó la duda de la ciudadanía, que fue en masa a la institución ante una supuesta fecha tope.

Lourdes Drews, directora de Gabinete de la previsional, confirmó la veracidad de la circular que comenzó a viralizarse mediante las redes sociales, donde se hablaba de un enrolamiento para actualizar la lista de pacientes (tanto asegurados como su beneficiarios) para dar los medicamentos.

Tras conocerse esta información que era interna, una gran cantidad de personas fue hasta el Centro de Atención al Usuario para actualizar sus datos, de modo a poder retirar las medicinas.

En conversación con la 970 AM, la encargada aclaró al respecto que el memorándum no debía darse a conocer a la opinión pública, sino que era un trabajo que debían llevar a cabo los funcionarios de manera paulatina, ya que no existe una fecha tope.

Drews explicó que desde el 2015 ya se dispuso realizar el enrolamiento de los asegurados y sus beneficiarios para implementar nuevos servicios y controles a futuro. “Lastimosamente se viralizó ahora y causa un serio problema en el IPS, porque muchos vienen exclusivamente a enrolarse”, indicó.

La directora contó que el plan es que se actualicen los datos de los pacientes cuando estos vayan a consultar. Además, para evitar este trámite, el IPS está en conversaciones con la Policía Nacional, para contar su base de datos, de modo a evitar el trabajo de enrolamiento. “Con esto el asegurado no tendrá que venir a realizar ese procedimiento”, agregó.

“Nadie tiene que venir para enrolarse o los que ya se hicieron no tienen que venir nuevamente. Sino que es algo interno para que nosotros podamos ir ganando más informaciones sobre los asegurados”, insistió.

Siguió contando que la intención es que el asegurado coloque su huella y pueda hacerse cualquier atención, y no tendrá que hacer otros trámites, como la necesidad de contar con distintos sellos en diferentes dependencias de la institución sanitaria.

A esto se suma que cuando entre en vigencia se podrá parar el robo de medicamentos y garantizar que una persona no reciba un fármaco que no le corresponda.

En cuanto a los pacientes que están postrados en sus camas y envían a familiares a retirar los medicamentos, dijo que existen dispositivos móviles que irán a acceder a los datos. El paciente, según explicó, puede dar el poder a una persona que se identifica con su huella para que pueda retirar los fármacos. “Se hará una certificación constante que esa persona sigue con vida, y además tienen que ir a hacerse controles. No toda su vida van a tomar ese mismo remedio”, acotó.

IPS recorta el haber mínimo para nuevos jubilados

El Consejo del IPS resolvió reducir al 50% el haber mínimo jubilatorio que hoy es del 75 %. La disposición regirá para nuevos jubilados.

Durante la última sesión del jueves pasado, el Consejo de Administración del IPS aprobó la resolución, según la cual, se dejó sin efecto aquel aumento del haber mínimo jubilatorio al 75 %, con lo cual, el monto mínimo con el que una persona puede jubilarse pasa a ser el 50 % del salario mínimo legal, pese a que su aporte sea inferior.

Víctor Insfrán, consejero y representante de los trabajadores, explicó que la decisión tomada el jueves atañe a los a nuevos jubilados en condiciones especiales, es decir, los que se aportan por debajo del mínimo, pero aun así cobrarán la mitad del salario mínimo.

“Aquellas personas que tengan un aporte inferior al 50 % del salario mínimo, que su promedio dé una suma inferior, igual van a tener el 50 % del salario mínimo”, explicó Insfrán, en una entrevista con la emisora 1020 AM.

Durante la administración anterior, el haber mínimo fue incrementado dos veces, del 25 al 50 % y del 50 al 75 %. Sin embargo, estas decisiones, según el actual consejo, carecían de sustento financiero y pecaron de irresponsables y populistas.

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Insfrán aludió directamente a Andrés Gubetich y a Pedro Halley, quienes, posteriormente lanzaron sus candidaturas políticas, con esta decisión previa.

El 50 % del actual salario mínimo es de G. 1.340.186 guaraníes. Este es el monto que recibirán los próximos nuevos jubilados con el haber mínimo.

La disposición no afecta a quienes ya se jubilaron con el 75 % del mínimo, equivalente a G. 1.716.000, pues, las leyes no son retroactivas. Cualquier medida tomada se aplica a futuro, no afecta a los que ya tienen un derecho adquirido.

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Revocan fallo contra Christian Chena, la denunciante accionará

La jueza Rossana Frutos revocó el fallo por el cual se condenó al empresario Christian Chena, denunciado por violencia contra la mujer. Los representantes legales de la denunciante Gisele Mousques presentarán una acción de inconstitucionalidad contra lo resuelto por la magistrada.

En la fecha, la jueza Rossana Frutos revocó el fallo de su colega Gloria Machuca, quien había hecho lugar a la denuncia por violencia contra la mujer interpuesta por Gisele Zuni Mousques contra el empresario Christian Chena y el programa RDN (Resumen de Noticias).

En entrevista con el canal GEN, la abogada Margarita Heralesky, representante de la denunciante Gisele Mousques, lamentó la decisión de la magistrada Frutos. Explicó que su clienta presentó una denuncia por violencia contra la mujer y solicitó medidas de protección. El pedido hecho, y concedido por la primera jueza, fue que Chena no realice calificaciones denigrantes y atentatorias contra su dignidad.

La defensa del denunciado apeló la decisión de la Jueza de Paz, y el expediente pasó al Juzgado de Primera instancia, donde ahora la magistrada Frutos hizo lugar a la apelación.

Ante este revés, la abogada Heralesky adelantó que presentará una acción de inconstitucionalidad en contra del fallo.

La letrada aclaró que en ningún momento se buscó censurar a la prensa, sino más bien proteger la dignidad de la denunciante.

MÁS DEL CASO

Mousques había formulado una denuncia contra Christian Chena por el hecho punible de Violencia Contra la Mujer, ante lo cual la jueza Gloria Machuca dispuso una medida de protección para que el empresario no pueda realizar publicaciones o referirse a la mujer a través de sus redes sociales, medios digitales y otros similares que sean de su propiedad, ya sea de manera directa o indirecta.

En el relatorio de hechos que obra en el expediente judicial, Mousques señala haber sido víctima de ataques infundados por parte del propietario del medio RDN (Resumen de Noticias), quien habría utilizado sus redes sociales para dañar su imagen.

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Según la denunciante, viene siendo víctima sistemática de amedrentamientos por parte de Chena, esto luego de haber salido victoriosa en un juicio laboral que data del tiempo en el que la misma trabajaba en el canal RPC (actual El Trece), cuyo propietario en su momento fue Chena.

En el documento se acusa a Chena de “proporcionar información falsa y denigrante” contra Mousques a través de “titulares tendenciosos”. De igual manera, se lo acusa de haber incumplido y desacatado las medidas de protección que habían sido dispuestas previamente por el juzgado.

Asimismo, Mousques alega haber sufrido hostigamientos a través de las redes sociales mediante perfiles falsos que realizaron comentarios denigrantes hacia su persona, en respuesta a un tweet realizado por Chena en su cuenta de Twitter. Además, dijo verse afectada “por el odio social que se instiga a la violencia con sus titulares tendenciosos y la información falsa que proporcionan a la opinión pública”.

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Mousques cuestionó el actuar de Christian Chena al “refritar” publicaciones periodísticas que datan de hace varios años y en los que la misma dijo sentirse agraviada, lo cual a su vez motivó el comentario negativo de varios de sus seguidores en la mencionada red social.

La denunciante sostiene haber sido violentada en su salud física y psicológica debido a estos ataques, al punto de tener que recibir tratamiento psicológico por parte de profesionales. Por ello, recurrió a la justicia para solicitar la aplicación de medidas de protección que actualmente siguen vigentes por disposición judicial.

Transferir dinero o “vaciar” cuenta es imposible sin el PIN, aclara banco tras denuncia viral

Desde el banco Itaú enfatizan que es improbable efectuar una transferencia de dinero sin contar con el PIN de acceso y el de transacción, esto luego de la reciente denuncia formulada por un cliente en cuya cuenta solicitaron un millonario préstamo sin autorización.

Patricia Torrents, directora de Tecnología del banco Itaú, comentó al canal GEN que para poder ingresar a la app o el home banking de cualquier entidad, indefectiblemente se requiere de un PIN de acceso único, el cual es creado de forma segura por el titular de la cuenta.

Posteriormente para transferir los fondos de dicha cuenta, se requiere indefectiblemente de un PIN transaccional que es considerado como un segundo factor de autenticación y que posee otras medidas de seguridad adicionales.

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De acuerdo al perfil del cliente, se pueden conceder préstamos para una emergencia, pero para mover ese dinero y transferir a un tercero me va a pedir siempre el segundo PIN (de transacción)”, mencionó.

Torrents enfatizó que “el dinero no puede salir del banco” sin tener estos dos pines, por lo que descarta que se pueda producir una vulneración sin que la persona detrás del ilícito los tenga a mano.

Cada PIN cuenta con una medida de validación específica, lo cual aumenta el nivel de seguridad y privacidad, además de evitar que terceras personas puedan acceder a una cuenta, refirió, al tiempo de destacar que el home banking y el aplicativo de Itaú poseen estrictas medidas de seguridad para evitar accesos no autorizados.

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Torrents desmintió que el PIN transaccional tenga como segundo factor de autenticación el envío de un mensaje de texto -tal y como había denunciado la esposa de un cliente días atrás a través de GEN-, utilizándose otras medidas adicionales más seguras para ese tipo de situaciones.

La directora de Tecnología de Itaú también manifestó que, como banco, no tienen potestad de tocar el dinero que haya sido transferido a otra cuenta bancaria en una entidad distinta, como sucedió en el caso mencionado anteriormente y que involucró un préstamo de más de G. 20 millones, solicitado sin autorización del titular.