Arco libre a los narcos: Aduanas canceló compra de escáneres nuevos

La incautación de 10 toneladas de drogas en Alemania provenientes de Paraguay, dejan en absoluta evidencia el fracaso en la política antidrogas aplicada en los últimos 5 años. Desde que asumió el Gobierno de Mario Abdo Benítez hubo una política complaciente con la estructura del narcotráfico ya que no se invirtió en la compra de equipos tecnológicos nuevos y solo se apostó por equipos usados, “repotenciados” y de dudosa efectividad.


Fuente: La Caja Negra

Haciendo un recuento de las incautaciones en el exterior hasta noviembre del año 2022 un total de 47 toneladas cayeron en puertos europeos enviados desde Paraguay. En los últimos años, nuestro país se posicionó como un verdadero “hub” logístico de acopio y distribución de cocaína a nivel mundial, estatus que antes no se ostentaba.

La incautación de las 10 toneladas en Alemania constituye la segunda mayor incautación de drogas en puertos europeos, la mayor incautación, que también provino de Paraguay, fue en febrero del 2021 cuando se interceptaron 16 toneladas de cocaína en Hamburgo.

El equipo de la Caja Negra hizo el seguimiento del proceso licitatorio convocado por la Dirección Nacional de Aduanas para la compra de escáneres móviles. La licitación 413631 por valor de Gs. 70.850.000.000 fue publicada el pasado 20 de junio del 2022 y bajo la modalidad de la subasta electrónica se presentaron al llamado 5 empresas oferentes. El proceso quedó llamativamente congelado desde la subasta hecha en el mes de agosto del 2022 hasta el mes de marzo del 2023 cuando Aduanas comunicó la cancelación del llamado.

https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/413631-escaneres-moviles-rayos-x-alta-energia-1.html

Por resolución 480 de fecha 22 de marzo del 2023 la Dirección Nacional de Aduanas comunicó la cancelación de la licitación para la compra de escáneres móviles con una llamativa explicación y alegando el articulo 31 de la ley de contrataciones públicas que habla de caso fortuito o fuerza mayor.

En pleno auge de incautación de drogas, procedente de Paraguay, en puertos europeos por qué la Aduanas cancela un proceso de compra para dotar de más recursos de control a los puertos?

El documento que cancela la licitación.

El argumento expuesto por las autoridades aduaneros hacía referencia a los supuestos “progresos” en las gestiones realizadas, en paralelo a la licitación, para dotar a la institución de más equipos de escáneres mencionando la disponibilidad de 8 equipos de rayos X destinados para el control de las cargas.

En la documentación de la licitación cancelada que aparece en la página de la DNCP (Dirección Nacional de Contrataciones Publicas) se observa que el mejor precio fue ofertado por la empresa “Grupo Empresarial PREVEN-TEC” para la provisión de dos escáneres de la marca “Leidos” de procedencia americana. La misma marca de los 4 equipos donados por Taiwán. Entre los 5 oferentes aparecían dos que cumplían todo lo requerido por el pliego de bases y condiciones. Es decir, existían condiciones para adjudicar a cualquiera de los oferentes que cumplían con todos los requisitos pero sin embargo, llamativamente, se optó por cancelar el llamado.

 

En junio de este año, el propio director de Aduanas Julio Fernández, exponía en sus redes sociales el mecanismo de distribución y la operativa de los 8 escáneres con los que se contaba. Llama la atención, que pese a reconocer la dificultad en el control de los contenedores por la enorme cantidad de puertos instalados en el país (35 en total), la dispersión geográfica y la escasa disponibilidad de equipos con los que se cuenta en la actualidad, se haya decidido cancelar una licitación para la compra de más equipos.

La “estrategia” promocionada por la Aduanas consistió en instalar 3 escáneres en dos centros de escaneo de carga en la zona de Villeta y Mariano Roque Alonso. La propia institución admitió que aún existen zonas “liberadas” donde no existen controles por falta de recursos: en Puerto Murtinho, Mayor Infante Rivarola frontera con Bolivia, Pedro Juan Caballero, Salto del Guaira y otros.

Pasaron cuatro años y 11 meses de gestión de la actual administración del Estado y nunca tuvo como prioridad principal poner fin al negocio de la “exportación” de cocaína, que terminó creciendo de forma exponencial en los últimos tiempos gracias a los casi nulos controles.

El Estado recupera otro lote de los Jardines de Remansito, suman 8 hasta ahora

La Procuraduría General de la República recibió las llaves del lote N° 5, de la finca 916, del distrito de Villa Hayes, el octavo recuperado por el Estado en la zona conocida como “Jardines de Remansito”, y que fueron ocupadas ilegalmente. Todavía quedan por recuperar otras propiedades más.

La entrega de la llave fue realizada por el señor por señor Tomás De Los Santos Lezcano Gaona, ante el Procurador General de la República, Marco Aurelio González.

El terreno entregado cuenta con una superficie de 2.084 metros cuadrados, y forma parte de la propiedad perteneciente al Ministerio de Defensa y que fue desafectada a favor de la Municipalidad de Villa Hayes.

Con esto suman 8 llaves de las 16 que se devuelven al estado, mientras que el resto se rehúsa a entregar porque continúa litigando.

La propiedad es conocida como la finca 916 Jardines de Remansito, que fue tomada por varias familias luego de que un proyecto de Ley, posteriormente vetado por el presidente Santiago Peña.

Desde la Procuraduría General de la República alientan a otros ocupantes irregulares a seguir el ejemplo y también entregar sus llaves.

Detienen a joven automovilista por masturbarse en la vía pública

Iván Daniel Ramírez, 21 años, fue detenido en la ciudad de Villa Elisa, por parte de policías de la comisaría jurisdiccional, después de ser acusado por realizar “sesiones” masturbatorias en la vía pública.


El informe policial señala que el hombre, que estaba al mando de un automóvil, realizaba paradas en calles, y cuando visualizaba el paso de mujeres, abría la puerta del auto y procedía a realizar el acto en cuestión.

La actitud y modus operandi del joven Ivàn Daniel, al decir de los intervinientes, era recurrente, ya que muchas mujeres de la zona en donde lo aprehendieron, ya realizaron quejas por episodios similares que realizaba.

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“El (último) hecho ocurrió en Villa Elisa. La víctima estaba llegando a su casa, él estaba en un auto, él la llama, ella se acerca al auto y lo ve masturbándose en el vehículo. Hoy se relacionó un allanamiento y ya se detuvo a esta persona, el Ministerio Público realizó una imputación por actos exhibicionista, es un joven de 21 años sin antecedentes. Él se abstuvo de declarar”, dijo a la 1020 AM la fiscal Andrea Ríos.

La misma señaló que se relevarán datos en torno al individuo, para definir la categoría de delito, para resolver la correspondiente penalización.

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Ley que prohíbe paro de transporte está, si se ejecuta, la ‘pelota’ quedará en cancha de la fiscalía

El paro de transporte público que anuncian empresarios del rubro, cuenta como contrapunto una legislación que prohíbe a los mismos dejar sin el servicio a los usuarios.


En este sentido la Ley Nº 6789, “cancela la licencia, itinerario y subsidio a empresas del transporte público a infractores del la ley”.

Artículo 1°.- Esta Ley tiene por objeto establecer causales y sanciones de rescisión de contratos e itinerario a las empresas del transporte público de las zonas y áreas metropolitanas que no cumplan con las leyes vigentes.

Artículo 2°.- Las empresas del transporte público, adjudicadas con contratos y licencias de transporte público que sean cesadas por las causales descriptas en esta Ley, no tendrán derecho a solicitar reembolso ni indemnizaciones de cualquier tipo por las sanciones administrativas que conlleve el incumplimiento de los presupuestos. A ese efecto las causales establecidas en esta Ley pasan a incorporarse a los términos de las concesiones de pleno derecho.

Artículo 3°.- Están sujetos a esta Ley todas las empresas del transporte público que fueron adjudicadas y cumplen con sus itinerarios en zonas y áreas metropolitanas en el país.

Artículo 4°.- Establecer las causales, faltas y sanciones aplicables a los infractores, según la siguiente clasificación:

a) La empresa que deje de prestar unilateralmente sus servicios acordados en la concesión en forma regular y no lo regularice en un período de 24 (veinticuatro) horas de intimada por la autoridad competente, será cancelada y perderá su licencia y su itinerario de pleno derecho, debiendo ser dictada la resolución pertinente inmediatamente cumplido el plazo previsto. En este caso, el itinerario volverá a ser licitado. En caso de reincidencia con otras adjudicaciones de la misma empresa en un período de 1 (un) año, serán aplicables las máximas sanciones administrativas, a más de las previstas en el inciso b) de este artículo.

b) La empresa que cometa la causal y falta prevista en el inciso a) de este artículo, durante un período de emergencia nacional, departamental o municipal, sea de naturaleza sanitaria u otra declarada por autoridad competente en el área donde presta servicios, además de cancelarse su licencia y su itinerario, tendrá prohibido participar de licitaciones en licencia o itinerario de transporte público por un plazo de 10 (diez) años. Esta sanción incluye a los directivos de las empresas o sociedades que no podrán participar bajo nuevas sociedades.

c) La empresa que no cuente en sus buses con elevadores o rampas de acceso para personas con incapacidad física, cuanto menos en un 50% (cincuenta por ciento) de su flota no tendrá derecho a percibir algún tipo de subsidio por parte del Estado. Se establece un plazo de 180 (ciento ochenta) días para que las empresas adecuen sus buses a las exigencias de este inciso.

Artículo 5°.- En caso que los directivos, accionistas o representantes legales o gremiales de las empresas del transporte público realicen algún tipo de amenaza o extorsión a órganos del Estado relacionados con la prestación de sus servicios, ya sea por cualquier medio, será considerado como hecho punible de coacción y perturbación de servicios públicos y cualquier ciudadano podrá denunciar estos hechos por cualquier medio a los órganos de persecución penal del Estado.

Artículo 6°.- El Poder Ejecutivo por medio del Viceministerio de Transporte deberá controlar la estricta aplicación de esta Ley.

Artículo 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los quince días del mes de junio del año dos mil veintiuno, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiún días del mes de julio del año dos mil veintiuno, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 2) de la Constitución Nacional.