Seguro social y jubilación para Mipymes: cuánto se pagará y a quiénes alcanzará

El nuevo régimen especial de jubilaciones permite que los dueños de microempresas, quienes antes no podían acceder a la jubilación, puedan aportar bajo ciertas condiciones. Entérese de cuáles son los requisitos y qué porcentaje deberán aportar.

Cualquier trabajador formal, como tal, debe ganar cuanto menos el salario mínimo vigente, y estar asegurado al IPS. Sin embargo, esto no ocurre con los empleadores o patrones, quienes no pueden aportar para sí mismos.

No obstante, el nuevo decreto mediante el cual, se reglamenta la ley que establece un sistema especial de beneficios del sistema de seguridad social (IPS) a los microempresarios, permite que los emprendedores también puedan acceder a la jubilación.

“Esta ley permite que los dueños de esas microempresas que antes no podían inscribirse al IPS hoy también puedan inscribirse”, explicó la gerente de prestaciones económicas del IPS, Vanessa Cubas, en una entrevista con Gen-Nación Media.

El patrón deberá aportar el 23 % de la mayor remuneración que paga en su equipo de trabajo. Por ejemplo, el dueño de una pizzería tiene ocho empleados, de los cuales, el de mayor salario gana 6 millones de guaraníes. En ese caso, el microempresario deberá aportar al IPS el 23 % de 6 millones de guaraníes.

La distribución de ese 23 % es la siguiente:

a) Fondo de Jubilaciones y Pensiones: 12,5, calculado sobre el monto de la base imponible sobre la que fueron pagadas las cuotas.

b) Fondo de Enfermedad y Maternidad: 9% calculado sobre el monto de la base imponible sobre la que fueron pagadas las cuotas.

c) Fondo de Administración General: 1,5%, calculado sobre el monto de la base imponible sobre las que fueron pagadas las cuotas.

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CÁLCULO PARA LAJUBILACIÓN

Las prestaciones económicas de largo plazo se calcularán tomando como Periodo de Referencia el promedio de los últimos 120 (ciento veinte) salarios mensuales sobre los cuales se cotizó al Seguro Social, ya sea únicamente como sujeto de la presente ley, o en forma combinada con otras categorías de cotizante.

El régimen especial no solamente beneficia al propietario, sino también al socio o responsable de una Microempresa. La cobertura es para el propietario de la microempresa y su grupo familiar.

Son consideradas microempresas, y, por tanto, beneficiarias de esta ley, las unidades económicas formadas por hasta un máximo de 10 personas, en la que el propietario trabaja o integrantes de su familia y tenga una facturación anual de poco más de Gs. 600.000.000.

La cobertura abarca los riesgos, accidente y enfermedad común, accidente y enfermedad profesional, maternidad, invalidez, vejez y muerte, conforme a las disposiciones legales que rigen para los cotizantes del Seguro General Obligatorio del IPS.

Además, establece que para las empresas registradas hasta el año 2018, la inscripción será voluntaria y a partir del 1 de julio del 2028, todos los sujetos obligados de la Ley deberán estar inscriptos en el IPS, según la categorización del MIC.

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Imputan a funcionario municipal por enriquecimiento ilícito y lavado

La Fiscalía allanó esta mañana la mansión en la que vivía Wilfrido Cáceres y constató que, pese a haber “vendido” la casa a una joven de 19 años, él continuaba viviendo allí. El funcionario fue imputado por enriquecimiento ilítico y lavado de activos.

En el barrio Lote Guasu de San Lorenzo se encuentra la vivienda allanada esta mañana por la Unidad Anticorrupción del Ministerio Público.

La pesquisa parte de la base del reporte emitido por la Contraloría General de la República, donde se habla de una inconsistencia entre los salarios de Cáceres y los bienes que posee. En ese marco fue imputado por enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

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En el procedimiento se constató que Cáceres y su esposa, Ruth Da Silva, de profesión odontóloga, continúan residiendo en la casa, pese a que, según las investigaciones, la pareja había vendido este inmueble a una joven de 20 años. Esta operación se habría hecho con el objetivo de ocultar la propiedad de la residencia.

La presunción de la Fiscalía es que Cáceres adquirió los terrenos y los transfirió a una tercera persona con el fin de borrar su nombre de al propiedad.

Además de Cáceres, tanto Da Silva y la joven presuntamente involucrada, fueron imputadas por lavado de activos.

Niño se milagrosamente de ser atropellado por conductor borracho

El conductor que casi embistió al niño, se fugó del lugar tras el incidente, sin embargo, logró ser interceptado por los agentes policiales quedando detenido.

Un niño que se divertía sobre su bicicleta se salvó de ser embestido por un vehículo, cuyo conductor se encontraba en estado etílico. El hecho ocurrió ayer en horas de la mañana en inmediaciones del mercado municipal “La Placita” de la ciudad de Encarnación y fue captado por un circuito cerrado de la zona.

En imágenes se observa al pequeño sobre su biciclo paseándose en la vereda cuando, en un momento dado, el automovilista perdió el control de su rodado subiéndose sobre la calzada donde estaba el niño y tras casi impactarlo, escapó del lugar.

Tras el reporte a la Policía Nacional, los agentes comenzaron la búsqueda del conductor hallándolo en estado de ebriedad. Luego de ser aprehendido fue trasladado hasta la base policial, donde se le practicó el alcotest arrojando como resultado 0,493mg/L de alcohol en sangre.

El conductor irresponsable fue identificado como Óscar David Alvarenga González, de 33 años, domiciliado en el barrio Pacú de la mencionada localidad.

El caso fue comunicado a la fiscal de turno, Zulma Britos, quien dispuso la incautación del vehículo involucrado, además que Alvarenga continúe en la comisaría en carácter de aprehendido.


Abogados de Abdo y su gavilla presentan otra acción dilatoria

El abogado Felino Ama­rilla, defensor de Car­los Arregui, impu­tado por filtración de datos confidenciales de la Sepre­lad, sigue presentando chi­canas al solo efecto de dilatar la resolución de la sala penal de la Corte Suprema de Jus­ticia, que debe destrabar el proceso penal que enfrenta el expresidente de la Repú­blica Mario Abdo Benítez y su gavilla de exministros.

Amarilla presentó un escrito ante la sala penal de la máxima instancia judicial donde solicitó que se pida informe a la Fiscalía Gene­ral del Estado si las causas Carlos Arregui y otros sobre revelación de secretos de servicios y otros y Mauricio Espínola sobre revelación de secretos de carácter privado están acumuladas.

Ante el pedido, la sala penal de la Corte hizo lugar y en fecha 6 de mayo remitió un oficio a la Fiscalía General del Estado, quien tendrá que contestar la solicitud hecha por la máxima instancia judicial.

Debido a que dicha presen­tación, los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y César Die­sel no pueden resolver aún la recusación que presentó Amarilla contra los cama­ristas María Belén Agüero, Jesús Riera y Arnaldo Flei­tas, quienes a su vez deben estudiar y decidir si con­firman la competencia de la jueza penal de Garantías Cynthia Lovera, quien fue recusada por el abogado Emilio Fúster, defensor del imputado Arnaldo Giuzzio.

CHICANAS PARALIZAN PROCESO

Los abogados de cada uno de los imputados han presen­tado hasta la fecha más de una docena de chicanas ante la jueza penal de Garantías, Cynthia Lovera, quien tam­bién está recusada. La acti­tud de los profesionales del derecho denota la intención de no litigar o desvirtuar la imputación, sino más bien de dilatar el proceso penal.

Igualmente, los abogados Osvaldo Granada, defensor de René Fernández; Jorge Rolón Luna, quien ejerce la defensa de Carmen Pereira y Francisco Pereira Cohene; y Enrique Kronaweter, defen­sor de Daniel Alberto Farías, habían presentado inicial­mente una reposición y ape­lación en subsidio contra la determinación adoptada por la jueza Cynthia Lovera. Misma acción efectuaron los letrados Felino Amarilla y Emilio Fúster.

Otro incidente planteado por la gavilla de Abdo Bení­tez guarda relación con el cuadernillo de extracción de datos de la Seprelad. Al respecto, los involucrados en el esquema de filtracio­nes para el garrote político no quieren que esta prueba –que forma parte del acta de imputación– sea aceptada, pese a que la magistrada ya la admitió.

Así también, el abogado Kro­naweter apeló la resolución de la jueza de turno Clara Ruiz Díaz, quien había hecho lugar en el mes de enero a la autorización judicial para la extracción de datos como acto investigativo, mediante la cual la Fiscalía tuvo ele­mentos de convicción para sostener su imputación con­tra el expresidente Mario Abdo Benítez y sus excolabo­radores. Con esta medida, la defensa busca obtener la nuli­dad del acta de imputación.