Caso Nico: Fiscal se ratifica en que el fallecido es el culpable y no el conductor ebrio

El fiscal Óscar Delfino en su escrito de pedido de sobreseimiento definitivo a favor de Mauricio Guilino Lird, quien conduciendo bajo los efectos del alcohol atropelló y mató a Rubén Nicolás Fernández el 17 de enero de 2020, concluye que el responsable del hecho fue la víctima fatal.

En un escrito, que a todas luces es parcialista, y está compuesto para beneficiar a Mauricio Guilino, el fiscal Delfino, primero señala que el conductor de la camioneta que ocasionó el mortal accidente fue imputado por los hechos de homicidio culposo y omisión de auxilio, sin embargo luego toma el peritaje hecho por el agente de Policía Carlos Javier Rotela, que concluye que no existe responsabilidad del chofer en el hecho, para llegar a la conclusión que el único responsable de lo ocurrido fue el joven fallecido.

Primer hecho que llama la atención de la pericia es que se señala que la camioneta guiada por Gulino iba a 59,07 kilómetros por hora, cuando en el vídeo del circuito cerrado no solo se ve que el móvil va a más velocidad, sino que se desvía y atropella a Nicolás Fernández quien trata de salirse de la dirección del vehículo, pero no lo logra debido al exceso de velocidad que traía el rodado.

“Según dicho informe pericial “el accidente era inevitable para el conductor”, entre varios puntos el perito explica la zona del cruce que realizó el peatón (no fue en área peatonal), la luminosidad, y otros elementos concluyendo que aquella responsabilidad recae en el factor humano (peatón) quien ejecuta una maniobra de cruce en lugar no habilitado para dicha acción, además de hacerlo en forma intempestiva lo cual no le dio espacio, ni tiempo suficiente para finalizar la acción del cruce constituyendo un peligro para su propia integridad física con lo cual se produce el atropello”, dice textualmente el informe en el que se base el fiscal Óscar Delfino, para pedir el sobreseimiento de Guilino.

En el informe se da a entender que Nicolás Fernández, es quien tiene la culpa del accidente y no el conductor que venía a gran velocidad, ebrio y que luego huyó de la escena del hecho.

A las claras se ve la manipulación que hace el fiscal Delfino del informe para blanquear a Gulino, se podría decir que en el caso que el joven Fernández no hubiese fallecido, hasta podría haber sido imputado por ser causante de un accidente de tránsito. A todas luces es claro que se maniobró a favor del imputado, para pedir su sobreseimiento definitivo.

Pedido que tiene que ser estudiado en la audiencia preliminar que debe afrontar Gulino el próximo martes 20 ante el juez Julián López, quien puede aceptar blanquear al imputado o solicitar un trámite de oposición que es una segunda opinión de la Fiscalía General del Estado.

Una de 4 víctimas de policía gatillo fácil muere tras varios días de agonía

Una de las cuatro personas que fueron heridas por un policía gatillo fácil, murió tras agonizar varios días. El victimario ya tenía antecedente por homicidio.

Rodolfo Duarte, de 43 años, es la víctima mortal del suboficial Ever Ayala, quien fue el que en medio de una disputa con su pareja, en la vía pública, reaccionó de manera brutal contra las personas que iban en un auto al que el agente impedía el paso de vehículo.

Los atacados por el policía, pidieron a bocinazos que el mismo despeje la calle. El funcionario policial, inicialmente aplicó oídos sordos y seguía discutiendo con su mujer. Sin embargo en un momento salió del vehículo y disparó.

El detalle que agrava el cuadro, es que el suboficial Ayala tenía prisión domiciliaria por un homicidio culposo, en el que produjo la muerte de un motociclista en un accidente de transito.

El uniformado solo podía salir de su vivienda para concurrir a su lugar de trabajo. Esa disposición la violò , ya que el día en que realizó el ataque a balazos estaba de franco.

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En ámbito fiscal señalaron que el informe de situación del policía, consigna que cuenta con varios antecedentes de violencia, y de conducta irascible y desproporcionada.

El hecho pone al tapete las pruebas psicológicas que deben pasar los que aspiran a ingresar al cuadro policial. Sucesivos hechos verificados en el ente, demuestran que los episodios de esta naturaleza son numerosos, y ponen en cuestionamiento la calidad de los filtros en el aspecto psicológico.

Colocan valla de seguridad tras mortal raudal en Luque

El municipio de la ciudad de Luque colocaron barandas de seguridad en el sitio donde cayó un vehículo con dos mujeres que fallecieron arrastradas por el raudal.

En el Barrio San Juan, de la ciudad de Luque, a casi dos semanas del luctuoso suceso, la Municipalidad de Luque mandó colocar barandas de seguridad para evitar otra desgracia, según informó el canal GEN/Nación Media.

Además fueron instaladas dos piezas de concreto en el lugar para amortiguar algún impacto e impedir que un vehículo vaya a parar a la zanja.

El 24 de abril, madre e hija fallecieron arrastradas por el raudal, luego de caer a un cauce que no tenía vallas. En la ocasión, se salvaron tres personas, todas ellas, recién egresados del Grupo Lince.

Por el hecho, la Fiscalía formuló imputación en contra del intendente de Luque, Carlos Echeverría, tal cual había ocurrido con el intendente de Lambaré en noviembre pasado, cuando murieron dos militares en las mismas circunstancias.

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Realizaron más de 600 procedimientos de seguridad en fronteras de enero hasta abril

Todos los procedimientos fueron llevados a cabo en los puestos de control fronterizos y aeroportuarios habilitados, en conformidad con lo establecido en la Ley N° 6984/22 de Migraciones.

La Dirección Nacional de Migraciones efectuó 677 procedimientos de seguridad en frontera durante el primer cuatrimestre del año, destacándose los procedimientos realizados en el marco del operativo JOAPY, que derivó en la expulsión de 25 extranjeros de nacionalidad brasileña vinculados al crimen organizado, que guardaban reclusión en penitenciarías del Paraguay y contaban con orden de prisión en su país de origen.

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Procedimientos efectuados del 01/01/24 hasta el 30/04/24: Impedimentos de salida (357), Inadmisiones (203), Expulsiones (74), Procedimientos de entrega (38), Extradiciones (5).

Los impedimentos de salida fueron aplicados por los siguientes motivos: Por no contar con la documentación de viaje requerida (119), Por carencia de Permiso del Menor (127), Por poseer prohibición judicial de salida (99), Por orden de captura (12).

Las inadmisiones de ingreso al país de extranjeros fueron aplicadas a ciudadanos provenientes de: Argentina (51), Brasil (51), Bangladesh (23)Bolivia (11), China (11), Colombia (10), Uzbekistán (8), Cuba (6), Rep. Popular China (5), Ecuador (3), Haití (3), Nepal (3), Venezuela (3), Perú (2), Estados Unidos (2), India (2), Turquía (2), Botsuana (1), Bielorrusia (1), Argelia (1), Filipinas (1), Rep. Dominicana (1), Líbano (1) y Serbia (1).

Las expulsiones del territorio nacional fueron efectuadas en conformidad con la Ley N° 6984/22 de Migraciones: Expulsiones administrativas y (50)Expulsiones judiciales (24).

Los ciudadanos expulsados son oriundos de: Brasil (54),Argentina (8), Colombia (5), Perú (2), Chile (2), Ecuador (1), Afganistán (1) y Francia (1).

Los procedimientos de entrega se realizaron en coordinación con los organismos de seguridad intervinientes: Paraguay (31), Argentina (2), Brasil (2), España (1), Ecuador(1) y Perú (1).

Las extradiciones registradas corresponden a: Paraguayos extraditados desde Argentina (2), Paraguayo extraditado a la Argentina (1), Paraguayo extraditado al Brasil (1) y Argentino extraditado desde Argentina a nuestro país (1).

Todos los procedimientos fueron llevados a cabo en los puestos de control fronterizos y aeroportuarios habilitados, en conformidad con lo establecido en la Ley N° 6984/22 de Migraciones.

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