Abogado de HC aclara que no se denunció a ningún periodista
Pedro Ovelar, abogado del expresidente Horacio Cartes, aclaró que ningún periodista fue denunciado y que el requerimiento hecho por la Fiscalía a los diarios ABC y Ultima Hora no se realizó a pedido de la defensa. También argumentó que cualquier comunicador sí puede ser llamado a testificar, pero aclaró que no puede ser obligado a responder o revelar su fuente.
En entrevista con la 1330 AM, el Dr. Pedro Ovelar, abogado del expresidente Horacio Cartes, fue consultado sobre el oficio que recibieron Última Hora y ACB Color de parte de la Fiscalía, en el marco de la denuncia presentada por el exmandatario por persecución política. El Ministerio Público solicitó la identificación de los periodistas que redactaron notas sobre las empresas de HC y los pagos al ex titular de la Seprelad Óscar Boidanich.
En ese sentido el letrado aclaró que la diligencia realizada por el Ministerio Público es decisión propiamente de la institución, no es una solicitud de la defensa. “Es una decisión del Ministerio Público solicitar la forma que lo ha hecho”, agregó.
“Hay circunstancias que rodearon al caso, que hicieron una campaña de desinformación, presentarle a Cartes como un lavador de dinero, como vinculado al narcotráfico, al terrorismo, pero sin haber un solo proceso que determinara una condena o prueba fehaciente de certeza”, dijo sobre la campaña mediática propiciada desde órganos estatales que manipularon información para presentarla a la opinión pública.
Por ejemplo dijo que en un informe de la Seprelad se colocó que Unicanal compraba cigarrillos, que Cartes le vendía a sí mismo o que estaba ligado a países involucrados en lavado de dinero, y se sacaron en grandes titulares y con indicaciones tendenciosas. Siendo lo anterior totalmente falso.
El Ministerio Público está investigando, tras la denuncia hecha por Cartes, la filtración que se hizo a los medios de prensa, de modo a saber quiénes son los funcionarios públicos responsables del ilícito cometido.
“En ningún momento hemos denunciado periodistas ni hemos dicho que tienen la obligación de callar o no pueden expresarse como desean. En ningún momento hemos amedrentado a un periodista ni dicho que hayan cometido algún ilícito. Sí hemos dicho que funcionarios públicos, órganos del Estado, han realizado acciones violando disposiciones legales para perseguir políticamente, circunstancia totalmente distinta”, dijo.
No obstante, reconoció que estos funcionarios también se valieron de medios de prensa para que tenga repercusión, porque de lo contrario no hubiera tenido el mismo efecto que lo hayan hecho solo en el ámbito de sus instituciones.
Ovelar reiteró que esta es una investigación sobre filtración, con la cual se busca saber de qué manera el entonces presidente Mario Abdo Benítez tuvo acceso a la información sensible y confidencial de la Seprelad y lo hizo público mediante la prensa. “Acá no se trata de periodistas, sino que se trata de investigar quiénes filtraron la información, para qué lo hicieron y qué es lo que filtraron”, explicó.
En la entrevista dijo que la información de la Seprelad fue manipulada al presentarse hechos calificados erróneamente. “Hay hechos que son calificados equivocadamente y son tendenciosos con la intención de perjudicar, o sea que hay una serie de hechos que se van a ir dilucidando a medida que ocurra la investigación y conforme nosotros vamos a ir destacando en la investigación”, agregó.
El entrevistado sostuvo que el fiscal deberá responder por qué solicitó la identificación de los periodistas. Sin embargo, dejó en claro que en ninguna parte del requerimiento se obliga a revelar la fuente de información de ambos medios de prensa. En tanto que el fiscal sí está obligado a investigar.
Ovelar recordó que existe una diferencia entre que a alguien le esté prohibido revelar algo, que a alguien le esté permitido no revelar algo. Explicó que el periodista no está obligado a revelar la fuente, por ende la Fiscalía no puede obligarlo. En cambio al abogado, médico o farmacéutico le está prohibido revelar algo que haya tenido conocimiento en el ejercicio de sus funciones.
“Si (vos periodista) tenés una alta moral ética y valores que te llevan a querer esclarecer un hecho que llegó a tu conocimiento y lo publicaste, no está prohibido que cuentes quién te dijo eso. Parece que está prohibido llamarle a testificar a un periodista y no es así. Que se lo llame no es un amedrentamiento, ya que dependerá de lo que decida el periodista hacer, si revela o no su fuente, ya que está amparado en derecho constitucional de no dar a conocer la identidad de su fuente”, esgrimió.
“El fiscal está obligado a investigar y el periodista puede ser citado a declarar, pero no puede ser obligado a responder”, agregó.
Al parecer de Ovelar, ABC y UH pueden tener una línea editorial contraria a Cartes, pero que no corresponde que la Seprelad, Anticorrupción y funcionarios de Abdo hayan estado filtrado información tergiversada para perseguirlo.
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En otra entrevista radial, con Central Radio, Ovelar sostuvo que el ejercicio del periodismo posee una protección de rango constitucional, por lo que es libre y no existe ningún requisito para trabajar o sanción alguna por esa labor.
Remarcó de vuelta que el Ministerio Público está obligado a investigar y no le está prohibido preguntar a un periodista. Mientras que el periodista no está obligado a responder y la Fiscalía no lo puede procesar o sancionar por no revelarle su fuente.
Ovelar dejó en claro que no existe ningún ánimo de parte de Cartes de ir tras algún periodista o que revele su fuente.
Marito condecoró al alto militar implicado en esquema delictivo
El alto militar Arturo González, detenido por supuesta implicancia en tráfico de armas, fue uno de los “mimados” del Gobierno de Mario Abdo Benítez.
El general del Aire Arturo González, quien fue el comandante de la Fuerza Aérea durante el Gobierno de Mario Abdo Benítez, fue detenido esta mañana durante el operativo Dakovo, por estar supuestamente involucrado en el tráfico de armas.
El uniformado, que fue sacado de la Comandancia en noviembre pasado por el presidente Santiago Peña, fue detenido luego del allanamiento de su domicilio y habría indicios de su vinculación al dueño de la empresa IAS, Diego Dirisio, el aparente líder del esquema junto con su pareja, Julieta Nardi.
En la vivienda del militar se encontró gran cantidad de dinero, según los intervinientes.
Durante la administración anterior, este alto uniformado fue incluso condecorado por parte del presidente Abdo Benítez. De acuerdo con los antecedentes, el 27 de julio pasado, se llevó a cabo la Ceremonia en Conmemoración al Día del Ejército Paraguayo y allí el entonces mandamás impuso la “Medalla de Honor del Ejército” al entonces Comandante de la Fuerza Aérea Paraguaya.
Arturo González asumió como comandante interino en octubre de 2021, y ocupó el cargo hasta el pasado 21 de noviembre.
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Megatráfico de armas: 10 de los 13 detenidos, con pedidos para ser extraditados a Brasil
Diez de los hasta ahora 13 detenidos en Paraguay en torno a la trama del tráfico de armas, son requeridos para extradición al Brasil. La cifra de incriminados puede engrosarse, conforme señalaron los intervinientes.
La información se dio a conocer en medio de allanamientos que se realizan en el marco del operativo Dakovo, que implica a Paraguay, Brasil y Estados Unidos.
En foco del esquema es la empresa Internacional Auto Suply (IAS) con asiento en Asunción, cuyo presidente Diego Dirisio, de nacionalidad argentina, junto a su pareja, la exmodelo Julieta Nardi.
La capitana Josefina Cuevas es una de las detenidas que está en la lista de extraditables, conforme señalaron intervinientes. La otra es una funcionaria castrense, Cinthia Turró Braga.
“La investigación comenzó (en Brasil) en el año 2020. Desde que asumí me dediqué a darle un impulso más acelerado y más fuerte”, dijo desde el Brasil Jalil Rachid, titular de la Secretaría Nacional Antidrogas. El mismo participa del encuentro de autoridades de los tres países miembros del operativo, en el que exponen detalles de los procedimientos.
El esquema desvelado en la fecha, expone que la firma paraguaya International Auto Supply, figura como proveedor del Estado (a Dimabel) , y cuya última licitación significó la cifra de 11.000 millones de guaraníes.
Entre los productos que preveía al Estado, se consigna asimismo explosivos de uso militar.
Una impresionante cantidad de cajas con armas de uso militar y policial fueron encontradas en interior del depósito de la empresa Internacional Auto Supply (IAS).
Te puede interesar: Megaoperativo; allanamientos en Paraguay, Brasil y EE.UU. contra el tráfico de armasDe acuerdo con los datos, los rifles, municiones y pistolas provienen en su mayoría desde Croacia, Eslovenia, Turquía y República Checa.
En una de las tantas cajas se pudo observar la marca Stoeger Industries – fabricante e importador de armas de fuego en Estados Unidos.
Reducen multas de las obligaciones laborales para fomentar la formalización
El Gobierno dispuso por Decreto N° 736, la reducción del 50% de las multas hasta el 29 de febrero del 2024. La disposición entró a regir desde el 1 de diciembre, según la Resolución 534 del Ministerio de Trabajo.
El objetivo es facilitar la regularización de las obligaciones laborales y promover el registro y formalización de los empleadores y trabajadores ante la Autoridad Administrativa del Trabajo.
El Art. 1° del Decreto establece la reducción del 50% de las multas fijadas en los artículos 6, 11 y 12 del Decreto N° 8304 del 2017, modificado por el Decreto N° 9368 del 2018. También autoriza la reducción del 50% de los saldos de las multas fraccionadas con anterioridad a la presente disposición que se encuentren en mora.
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El descuento rige para la inscripción tardía en el Registro Obrero Patronal; la falta de presentación de planillas labores anuales y la presentación tardía de comunicaciones en los siguientes conceptos: entrada y salida de trabajadores, permiso vacaciones, amonestaciones, ausencias, apercibimientos, suspensiones, pre aviso, accidentes laborales, riesgos y enfermedades profesionales.
Cabe mencionar que el Decreto N° 8304/2017 establece, en su Art. 3°, la obligación para los empleadores de inscribirse ante la Autoridad Administrativa del Trabajo (AAT) dentro del plazo de 60 días del inicio de la relación laboral. Asimismo, en el Art. 10 establece la obligatoriedad de la presentación de las planillas laborales en los plazos, orden y modalidad dispuestos por el MTESS.
El incumplimiento de estas disposiciones es pasible de multas de entre 10 y 30 jornales mínimos. El mismo artículo dispone además la obligatoriedad de las comunicaciones citadas más arriba, cuya falta de cumplimiento se sanciona con multas que van de 1 a 5 jornales.
Modalidad de cancelación
La Resolución dispone que las empresas podrán cancelar las multas al contado o fraccionado hasta en 10 cuotas, abonando un pago inicial equivalente al 20% del monto total liquidado.
Explica igualmente que las patronales con incumplimiento en los conceptos mencionados, serán notificados de la liquidación de su multa a través de correo electrónico.
En caso de que la empresa no tenga correo electrónico especificado o lo haya modificado sin actualizar en el sistema, podrá visualizar su liquidación en la plataforma del REOP (Registro Obrero Patronal), ingresando al portal a través de su usuario y contraseña.
La liquidación generada tendrá validez hasta el 29 de febrero del próximo año.
Las empresas podrán efectuar el pago de las multas liquidadas en efectivo en la perceptoria del Ministerio de Trabajo o a través de los medios electrónicos habilitados para el efecto.
Las consultas relacionadas con la aplicación del Decreto N° 737/2023 y la Resolución N° 534 serán atendidas a través de la Dirección de Registro Obrero Patronal de la cartera de Trabajo.