Padres de Limpio levantaron galpones con chapa y media sombra para clases

Tras serie de promesas incumplidas, familias de los estudiantes se ingeniaron en construir modesta estructura para proteger básicamente del sol y que no estén en la total intemperie. El ministerio solamente donó unos postes de metal. Escuelas tienen espacios de riesgo con baños averiados, vidrios rotos, y patios son utilizados como vertederos.

La infraestructura de las escuelas públicas a cargo del Ministe­rio de Educación y Ciencias (MEC) se encuentra en alar­mante estado, pues en cada distrito que va recorriendo el Equipo de Investigación de Nación Media el paisaje es deplorable. Los limpeños deben hacer maravillas para que los niños, niñas y adoles­centes puedan tener un espa­cio techado para desarrollar el programa de estudio.

En la escuela San Ramón hay ocho aulas, pero del total tres son salones improvisa­dos por los padres de fami­lia para que los escolares ya no estén bajo los árboles dando clases en días de sol o que incluso no puedan dar clases en días de lluvia.

El sanitario de la escuela San Ramón representa un riesgo para la integridad de los más pequeños con vidrios rotos.FOTO:EMILIO BAZÁN
El sanitario de la escuela San Ramón representa un riesgo para la integridad de los más pequeños con vidrios rotos.FOTO:EMILIO BAZÁN

Se trata de tres galpones con­vertidos en aulas cuya edi­ficación fue gerenciada por los mismos padres, ya que apenas tuvieron el apoyo del MEC con la donación de algu­nos postes de metal. Todo lo demás pusieron los padres.

Aunque hicieron todo el esfuerzo, los recursos siem­pre son limitados y no se pudo cerrar toda la estructura para que cada aula tenga cuatro paredes. Por ello, deben recu­rrir a colgar cartones y mallas de media sombra para que la luz solar no moleste tanto en las horas de clases.

Pero como si fuera poco, el colegio también necesita una renovación de los sani­tarios, ya que los vidrios rotos y las partes averiadas podrían representar un riesgo para los niños y niñas.

La escuela San José tiene todo un pabellón clausurado por peligro de derrumbe y se deben sobrecargar otras aulas para que los estudiantes puedan desarrollar las clases.
La escuela San José tiene todo un pabellón clausurado por peligro de derrumbe y se deben sobrecargar otras aulas para que los estudiantes puedan desarrollar las clases.

Por otra parte, la realidad de la escuela San José es otra, pues aunque sí tenga aulas, estas están con peligro de derrumbe, como informa­ron las autoridades de la ins­titución. Es todo un pabellón el que está en riesgo porque el techo empezó a ceder desde marzo pasado, apenas unos pocos días después del inicio del año escolar.

Esta situación de las aulas clausuradas obliga a la direc­ción a reorganizar y reubicar a los alumnos, y hay cursos que se enciman en una sola aula, teniendo una sobrepo­blación de estudiantes dentro de un mismo salón de clases, afectando la comodidad y el nivel de enseñanza.

Aquí tampoco pueden volver a utilizar el tinglado donde hace varios años se desarro­llaban los festivales artísticos porque esta estructura tam­bién se está derrumbando.

Esta es la oficina del director del colegio Fernando de la Mora de Limpio, que solamente tiene dos aulas propias.
Esta es la oficina del director del colegio Fernando de la Mora de Limpio, que solamente tiene dos aulas propias.

Por último, tenemos el caso del colegio Fernando de la Mora de Limpio. Allí faltan aulas y para que los estudian­tes puedan tener un espacio digno de enseñanza deben prestar salones de la escuela Inmaculada.

El director del colegio, Emilio Daniel Giménez, explicó que tienen dos aulas, más una que prestan de la escuela, pero necesi­tan al menos cuatro más para poder estar de manera cómoda y optimizar el pro­ceso de enseñanza.

Mientras esperan que alguna vez el MEC les brinde una solución, la dirección de dicha institu­ción educativa debe funcio­nar en los pasillos del pabe­llón por ceder un espacio a los estudiantes y los docu­mentos importantes del colegio el director los debe llevar a su casa para que estén bien resguardados.

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Prometen mejorar el salario de casi 35 mil recursos humanos de Salud

En la tarde de este martes, la Ministra de Salud, María Teresa Barán, se reunió con representantes gremiales, para dialogar sobre el pago de salarios del mes de noviembre de los recursos humanos nombrados y contratados que participaron del concurso de piso salarial.

Desde el Ministerio de Salud explicaron que con el concurso para establecer el piso salarial, la institución apunta a la equidad en la remuneración de trabajadores permanentes y contratados, tanto de blanco como administrativos.

En ese sentido, se estableció un compromiso de que unos 4.000 médicos reciban compensación por mayor carga horaria, cuyo pago se hará de manera retroactiva desde octubre del presente ejercicio fiscal.

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En el marco de dicho concurso, iniciado en octubre en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 7.050/2023, el listado de 6.753 funcionarios permanentes y 28.238 contratados se encuentra en proceso de carga en el SINARH, para la posterior autorización del pago de haberes correspondientes al mes de noviembre de 2023 por parte del Ministerio de Economía y Finanzas.

Cabe resaltar que 24.000 recursos humanos nombrados y contratados no afectados a dicho concurso percibieron sus haberes del mes de noviembre, normalmente.

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Por otro lado, en la fecha culmina el periodo de tachas y reclamos del concurso de piso salarial, en donde continúan en carrera 957 funcionarios permanentes y 2.196 contratados. Este último grupo deberá cumplir con la evaluación de conocimientos la semana que viene, conforme al reglamento de concurso.

Unos 4.000 médicos recibirán, además, una compensación de G. 1.500.000 por mayor carga horaria, cuyo pago se hará de manera retroactiva desde el mes de octubre del presente ejercicio fiscal.

Asaltan oficina administrativa de conocida hamburguesería en Luque

Dos delincuentes llegaron hasta el local e ingresaron de manera violenta a la oficina donde se encontraban varios empleados. Se llevaron la recaudación del fin de semana.

A punta de arma de fuego, atacan a los empleados y obligan a entregar una notebook y otros elementos de valor.

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El hecho ocurrió en el barrio Villa Policial de Luque y quedó grabado en imágenes del circuito cerrado del local donde se observa a los trabajadores refugiándose debajo de los escritorios.

Durante el atraco, a uno de los delincuente se le escapó un disparo hacia donde estaba un empleado, la bala rozó su abdomen, pero resultó ileso.

“Encontrarle a todo el personal el shock, fue una experiencia bastante desagradable” expresó a radio Ñanduti Alejandro Mendieta, gerente general del local.

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Superintendencia: realizan ajustes al proyecto en busca de mayor consenso

El Gobierno sigue firme en el plan de aprobar la ley de Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones, por lo que se decidió realizar ajustes al proyecto con el objetivo de llegar al mayor consenso posible en relación a la propuesta.

“Convencidos en la necesidad de aprobar una Ley de Superintendencia de Pensiones con mayor consenso posible, escuchamos las preocupaciones  de centrales sindicales respecto a la misma”, anunció el ministro de Economía, Carlos Fernández Valdovinos.

Al respecto, el ministro anunció la presentación de modificaciones a los artículos 31, 42 y 43 del proyecto, aclarando más sus alcances.

MODIFICACIONES

Artículo 31. — Revisión judicial de las actuaciones durante la intervención de entidades 

Las acciones de los funcionarios de la superintendencia y los interventores podrán ser objeto de revisión judicial con posterioridad a la culminación de la intervención, por la eventual omisión o desviación en el cumplimiento de las mismas.

La anterior propuesta indicaba que ni los funcionarios de la superintendencia ni los interventores podrán ser sometidos a juicio por las acciones realizadas en el ejercicio de sus funciones legales.

Artículo 42. Determinación transitoria de limitaciones de inversión

Las limitaciones de inversión previstas en el presente artículo permanecerán vigentes hasta la culminación del periodo de transición previsto en el artículo 41 de la presente ley, o cuando la Superintendencia dicte los reglamentos respectivos antes del cumplimiento de dicho plazo. Estos límites están expresados como porcentaje del valor total de los recursos financieros y no financieros administrados por las EJP.

a) Los límites máximos de inversión por tipo de activos especificados en el artículo 11 de la presente ley serán:

i- Para los de la letra “a”, no superior al cincuenta y cinco por ciento (55%);

ii- Para los de la letra “b”, no superior al veinticinco por ciento (25%);

iii- Para los de la letra “c”, no superior al cinco por ciento (5%);

iv- Para los de la letra “d”; no superior al quince por ciento (15%);

v- Para los de la letra “e”; (…) sin límites;

vi- Para los de la letra “f’; no superior al treinta por ciento (30 %);

vii- Para los de la letra “g”; no superior al cinco por ciento (5%);

Artículo 43. – Derogaciones A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, quedan expresamente derogadas las siguientes disposiciones: 

a- El segundo párrafo del artículo 27 del Decreto-Ley N° 1860 /1950 “POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO-LEY N° 17.071 DEL 18 DE FEBRERO DE 1943 DE CREACIÓN DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL”, modificado por el artículo 2° de la Ley N° 98/1992, que dice: “Los recursos financieros del Instituto no podrán sufrir ningún tipo de restricción respecto de su administración, inversión o colocación en el sistema financiero y bancario del país”.

b- El artículo 24 de la Ley N° 238/1954 “POR LA QUE SE SUSTITUYEN LOS DECRETOS LEYES N° s 1.550 Y 10.047 DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE EMPLEADOS FERROVIARIOS”.

c- El artículo 105 de la Ley N° 438/1994 “De Cooperativas”.

d- El artículo 55 y 56 de la Ley N° 2856/06 “QUE SUSTITUYE LAS LEYES N° 73/91 Y 1802/01 *DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE EMPLEADOS BANCARIOS DEL PARAGUAY’ y sus respectivas modificaciones.

Transcurrido el periodo de transición previsto en el artículo 41 de la presente ley, o cuando la Superintendencia dicte los reglamentos respectivos antes del cumplimiento de dicho plazo, quedan expresamente derogados los artículos 53, 54 y 70 de la Ley N° 2856/06 “QUE SUSTITUYE LAS LEYES N° 73/91 Y 1802/01 ME LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE EMPLEADOS BANCARIOS DEL PARAGUAY.”, y sus modificaciones (…).

Ninguna disposición de la presente ley implica la derogación de la ley de acceso a la información pública, en cuanto a la obligación de publicación de información; sin perjuicio del deber de secreto previsto en el artículo 30 de la presente ley.