Premian a personas que trabajan por la memoria histórica y por el ambiente sano

Seis personas que trabajan por la memoria y por la defensa del medioambiente recibieron un reconocimiento de la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (Codehupy) esta semana, en el marco de los Premios Dignidad a la Defensa de los Derechos Humanos en Paraguay.

Los Premios Dignidad tienen como propósito central visibilizar a las personas defensoras de derechos humanos, quienes enfrentan un alto riesgo en el contexto social paraguayo. Este año se llevó a cabo la cuarta edición consecutiva del evento y fueron elegidas dos temáticas de trabajo para recibir postulaciones: Memoria Histórica y Medio Ambiente Sano. En total se recibieron 25 postulaciones para ambas áreas, de las cuales resultaron ganadoras y ganadores:

Premio Dignidad a la trayectoria por un ambiente sano: Petrona Villasboa es hija de un luchador de las Ligas Agrarias Cristianas que peleó contra la dictadura de Alfredo Stroessner. Es madre de 11 hijos, y la muerte de uno de ellos cuando era niño -a consecuencia de una fumigación con agroquímicos- marcó su vida para siempre. Silvino Talavera murió el 7 de enero de 2003 y desde entonces esta madre levanta la bandera contra el uso no controlado de plaguicidas.

Premio Dignidad por la memoria: Yamili Nair Burgos es docente y campesina, quien actualmente vive en la Colonia Santiago Nicolás Bo Parodi, distrito de Carayaó. Integra la Organización de Trabajadores de la Educación del Paraguay – Sindicato Nacional (Otep-SN), con quienes en su momento logró el derecho a la jubilación digna de los docentes. Actualmente, trabaja desde la Coordinadora de Agricultores de Caaguazú (CAC), donde lucha por el fortalecimiento de la agricultura familiar campesina.

Puede interesar: Dengue: se identificaron 382 nuevos casos provenientes de cinco departamentos

Premio Dignidad a la trayectoria por la Memoria Histórica: Liz Paola Cortaza tiene 63 años y es una de las últimas sobreviviente transexual de la dictadura stronista. Hasta hoy sueña con que las leyes del Paraguay le permitan cambiar su nombre respetando su identidad de género, derecho por el cual tiene una acción abierta ante el Poder Judicial.

Premio Dignidad por un ambiente sano: Comunidad indígena Loma Piro’y del pueblo Mbya Guaraní, desde el 2020 buscan recuperar parte de su territorio ancestral y sufrieron numerosos atropellos, desalojos, fumigaciones aéreas de parte de autoridades nacionales y colonos extranjeros -con sus civiles armados- que les disputan el territorio. La comunidad está asentada en Raúl Arsenio Oviedo, departamento de Caaguazú.

La elección de las y los ganadores estuvo a cargo de un jurado externo a Codehupy, compuesto por la historiadora Ana Barreto Valinotti, la directora de cine Paz Encina, el curador y promotor cultural Ticio Escobar, el abogado y teólogo Dionisio Gauto, el sacerdote José Zanardini y la periodista Estela Ruiz Díaz.

En cuanto a las temáticas, se tomó en cuenta que este año Paraguay conmemora los 30 años del descubrimiento del archivo del terror y los 20 años de la Mesa Memoria Histórica, cuyo papel ha sido fundamental en la búsqueda de verdad y justicia sobre lo ocurrido durante la dictadura. Sobre el eje Ambiente Sano se tuvo en cuenta que este año, el Relator Especial sobre Sustancias Tóxicas de las Naciones Unidas presentó un informe sobre la contaminación en Paraguay, subrayando la importancia de apoyar a quienes defienden nuestro medio ambiente.

Lea también: Santiago Peña insta a estudiantes a que hagan escuchar sus voces

También se rindió homenaje a una funcionaria y un funcionario del Poder Judicial por su destacado trabajo en favor de los derechos humanos. Este reconocimiento fue otorgado por las organizaciones que forman parte de la red de Codehupy. Los galardonados fueron:

La Licenciada Rosa Palau, quien desempeñó un papel crucial en la coordinación de los trabajos de registro y clasificación de la documentación sobre la dictadura. Hoy trabaja el Centro Museo de la Justicia, Centro de Documentación y Archivo para la Defensa de los Derechos Humanos, entidad dependiente de la Corte Suprema de Justicia.

Prof. Dr. José Agustín Fernández es un jurista paraguayo con 28 años de experiencia como magistrado, actualmente lidera el Museo de la Justicia y Centro de Documentación para la Defensa de los Derechos Humanos del Poder Judicial. Su excepcional trayectoria ha sido reconocida con diversas distinciones a las que ahora se sumaron los Premios Dignidad.

La ceremonia de premiación se llevó a cabo el 7 de noviembre en el Sitio de la Memoria y Centro Cultural 1A Ycuá Bolaños.

Yamy Nal apelará decisión de juez: “Es una barbaridad, deja nefasto precedente”

Óscar Tuma, abogado de la senadora Yamy Nal, cuestionó el fallo del juez laboral Rubén Darío López, quien hizo lugar al amparo de la abogada Alejandra Peralta Merlo y ordenó a la congresista que la desbloquee en la red social “X”.

En conversación con la radio 650 AM, Óscar Tuma, abogado de la senadora Yamy Nal, anunció que apelará el fallo del juez laboral Rubén Darío López, por carecer de fundamentos para conceder un amparo a favor de la abogada Alejandra Peralta Merlo.

“El fallo, con total seguridad, puedo decir que es una barbaridad desde todo punto de vista. Evidentemente, este amparo sobrepasó la capacidad del juez, que seguramente por ser nuevo, no tiene la solvencia necesaria para obrar conforme a derecho”, esgrimió. “Vamos a apelar porque deja un nefasto precedente”, indicó.

El abogado Tuma sostuvo que el amparo tiene como fin proteger un derecho constitucional y para que se haga lugar, la persona debe accionar contra un acto ilegal. “Ahí tenemos que preguntarnos si existe alguna norma de desbloquear o bloquear, o no interactuar con un internauta, y no existe. Entonces, no estamos ante un acto ilegal porque esta conducta no está legislada”, esgrimió.

Señaló que tampoco es ilegal porque la propia red social da la posibilidad de interactuar, bloquear, aceptar o rechazar a alguien. “La senadora no cometió un acto ilegal porque no está penalizada esta conducta y la propia red social permite esto”, dijo.

Otro punto esgrimido por Tuma es que no consiste en un caso de urgencia, tal como alegó el magistrado, porque la amparista podría recurrir a información a través de canales oficiales de la Cámara del Senado, tales como la cuenta oficial de esa institución o de la TV Cámara. “No iba a quedar sin el derecho a informarse o en indefesión porque fue bloqueada, puede acceder a la información a través de los medios de comunicación, o medios oficiales de los senadores”, resaltó.

Así también, el abogado resaltó que se debe diferenciar entre las cuentas oficiales y las personales. En ese sentido explicó que, la cuenta institucional se utiliza exclusivamente para comunicar los actos oficiales y las políticas institucionales, tal como lo hace el Senado mediante sus canales oficiales. En tanto que, un funcionario público o autoridad electa tiene el derecho de crear una cuenta privada donde emite opiniones personales que no son oficiales.

Finalmente Tuma consideró que se vulnera el derecho de la congresista, al obligarla a tener que aguantar todos los ataques de los demás cibernautas y no poder bloquearlos.

Nota relacionada: Juez ordena a senadora desbloquear a abogada en sus redes

Los cinco delitos por los que pueden procesar al “bromista” del avión

El empresario argentino que dijo tener una bomba en el vuelo de Jetsmart se expone a ser procesado por cinco hechos punibles previstos en el Código Penal. La Fiscalía analiza si abre la causa en Paraguay o solicita la apertura en Argentina.

Los artículos 120, 121, 203 y 213 de Código Penal son los que configuran los hechos punibles en los que incurrió el extranjero que retrasó un vuelo al amenazar con una bomba en pleno despegue.

El 120, sobre coacción, indica que, quien mediante fuerza o amenaza constriña gravemente a otro a hacer, no hacer o tolerar lo que no quiera, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa.

Además, el 121, coacción grave, señala que, se aplicará una pena no menor de ciento ochenta días-multa o una pena privativa de libertad de hasta tres años cuando la coacción se realizara. mediante amenaza con peligro para la vida o la integridad física.

Nota relacionada: Argentino que bromeó con bomba se expone a no volver a volar y a otras sanciones

El 213, producción de riesgos comunes y el 213, atentados al tráfico civil aéreo y naval. El que:

1. aplicara fuerza o vulnerara la libre decisión de una persona o realizara otras actividades con el fin de influir sobre la conducción u obtener el control de una aeronave civil con personas a bordo o de un buque empleado en el tránsito civil; o

2. utilizara armas de fuego o intentara causar o causara una explosión o un incendio con el fin de destruir o dañar dicha aeronave o buque o su carga a bordo, será castigado con pena privativa de libertad de cinco a quince años.

Guillermo Bertolotto, ciudadano argentino que bromeó con una bomba en pleno despegue, pasó la noche en la Comisaría 3ª de Luque, donde espera lo que disponga el Ministerio Público en el marco de la investigación.

El extranjero dice ser ejecutivo de una empresa y que su visita a Paraguay responde a una invitación para un evento, pero que se disponía a retornar ayer.

Desde la Dinac, el titular Rubén Aguilar confirmó que, una de las sanciones a la que se expone Bertolotto es a la prohibición de volar desde Paraguay a otros destinos y viceversa.

Nota relacionada: Descartan alerta de bomba en avión: pasajero argentino quedó detenido

Hospital de Trauma incorpora equipo de última generación al servicio de fisioterapia

El paciente que lo requiera puede acercarse con cualquier orden proveniente de servicios dependientes del Ministerio de Salud, no solamente del hospital de Trauma.

Con el primer equipo de Ondas de Choque Radial en el Hospital de Trauma, se introduce una innovadora terapia en Salud Pública para combatir dolores articulares con un tratamiento no invasivo que produce alteraciones en la permeabilidad celular, generando un efecto analgésico y metabólico.

Las ondas acústicas generadas por esta terapia activan efectos biológicos que conducen a la curación más rápida y regeneración de los tejidos a largo plazo cuando están lesionados, logrando así disminuir la inflamación y, por consiguiente, el dolor articular, informó el Ministerio de Salud.

Lea también: Che róga porâ: inmobiliarias cargarán sus proyectos en la web desde hoy

Este tratamiento ayuda a acelerar el alivio del dolor y restablecer la movilidad de la zona afectada con altos niveles de éxito, sin el uso de medicamentos ni sedación y sin efectos secundarios.

La terapia de ondas de choque cubre una amplia gama de indicaciones: bursitis de hombro, codo, cadera y rodillas, epicondilitis lateral y medial, diversas tendinitis (bicipital, rotuliana, aquiliana, entre otras), fascitis plantar y espolones calcáneos. Cada sesión dura entre 20 y 30 minutos, y se necesitan entre 4 y 5 sesiones, una vez por semana, para lograr el porcentaje del éxito esperado.

En promedio, 2.900 pacientes son atendidos al mes en el servicio de Medicina Física y Rehabilitación.

De acuerdo al protocolo de atención, el paciente puede acercarse con cualquier orden proveniente de servicios dependientes del Ministerio de Salud, no solamente del hospital de Trauma.

Al paciente que se acerca con su orden de onda de choque se le requerirá evaluación del kinesiólogo certificado. Todos los pacientes indicados deberán estar munidos de sus estudios por imágenes, como ecografía de partes blandas.

Además, HOY: ¿Dónde está el otoño? Anuncian máximas de 36ºC esta semana