Grosera manipulación de Aduanas, Seprelad y Anticorrupción para perjudicar a empresa paraguaya

Toda la documentación relacionada a la carga de cigarrillos que transportó a Aruba la empresa de flete aéreo Emtrasur ya había sido remitida por parte de Tabacalera del Este S.A. al Ministerio Público en fecha 8 de julio de 2022. En la carpeta entregada están los correos electrónicos, las facturas de las operaciones realizadas y los montos transferidos vía Banco Nacional de Fomento. No existe ninguna factura clonada, sino una rectificación de la factura N° 640, ya que inicialmente el envío se realizaría vía marítima, pero el comprador, aclara vía mail que consiguió un flete aéreo, por lo tanto se modificó el contenido de la misma factura que es la única que se presentó en Aduanas de nuestro país. Tampoco existe diferencias de montos en las transferencias, erróneamente el gobierno presenta montos de pagos por otras cargas que difieren de carga de factura 640 cuyo monto es de US$ 777.444.

Por Jorge Torres Romero

El 8 de julio de este año, Tabacalera del Este S.A. remitió al fiscal Osmar Legal toda la documentación relacionada a la carga que transportó la empresa Emtrasur a Aruba. En esa oportunidad se entregaron varios documentos, entre ellas, la famosa factura N° 640 de fecha 11/05/2022, además de la lista de empaque, el despacho de exportación del embarque aéreo, las transferencias bancarias, acta de la Senad en la que se inspecciona la mercadería, también una escritura pública que es la constatación de los mail intercambiados entre el vendedor y el comprador.

Si tanto la Dirección Nacional de Aduanas, la Seprelad o el Ministerio Anticorrupción recurrían a la fuente (Tabesa), antes de ventilar la información sesgada y manipulada, como lo hicieron el viernes en la conferencia de prensa, pudieron haberse evitado el bochornoso espectáculo brindado ya que se tiene a mano toda la documentación respaldatoria que confirma que no existe ninguna irregularidad en las operaciones realizadas con el comprador de cigarrillos de Aruba.

El despacho Aduanero N° 22013ECO100000SP se generó a raíz de la exportación por venta de cigarrillos que realizó Tabacalera del Este S.A. al cliente Tabacos USA Inc, quien a su vez vendió la carga a su cliente Tabacal Free Zone NV de Aruba. Por tanto, la persona jurídica que realizó la operación de compra de la carga de cigarrillos de Tabacalera del Este S.A, que fuera exportada según el despacho en cuestión, fue Tabacos USA Inc, una sociedad constituida y vigente bajo la legislación del Estado de Delaware, Estados Unidos de América, con domicilio en Pennsylvania, Ciudad de Easton Country, 4500 Willian Penn Higway, USA con contacto 610-438-2005.

La empresa Tabacalera del Este S.A hace varios años exporta al Caribe y los envíos de las cargas siempre fueron vía fluvial y marítimo, pero con la pandemia se generaron problemas de logística, por lo que ante la escasez de conteiner y para que en destino no haya desabastecimiento, el cliente final (Tabacal Free Zone NV) decidió recurrir a un envío aéreo, por lo que comunicó su decisión por correo electrónico y solicitó que el término internacional de comercio sea el Incoterms FCA1 Minga Guazú – Aeropuerto Guaraní.

En ese contexto, Tabacal Free Zone NV se hizo responsable del flete y se encargó de contratar al agente de carga y este a su vez a la compañía aérea, tanto es así que en fecha 04/04/22 el cliente final Tabacal Free Zone NV confirmó, mediante correo electrónico, la disponibilidad de un avión carguero y en correo sucesivos (arrimados al Ministerio Público el 8 de julio de 2022), ratificó el pago y la fecha del vuelo.

Estas son las dos facturas presentadas por las autoridades del gobierno como “clonadas”. Sin embargo, la única factura que tiene validez es la que consigna el flete aéreo ya que fue la utilizada para concretar las transferencias. La que decía que el transporte de la carga sería marítima fue rectificada por Tabesa por pedido del comprador al comunicar que encontraron un servicio de flete aéreo.

Como la proforma estaba con el Incoterms CIF Oranjestad/Aruba (vía marítima), con el cambio solicitado a FCA (Free Carrier o Libre Transportista) vía aérea, generó un crédito a favor del cliente por valor del flete marítimo.

Es aquí cuando se hace la rectificación de la factura N° 640 que se había remitido inicialmente vía correo cuando la carga iría en forma marítima.

Por la venta realizada a Tabacos USA Inc, Tabesa emitió las siguientes facturas proformas N° 0006/22-TA, N° 0009/22-TA, N° 0010/22-TA, N° 0011/22-TA y N°0014/22-TA que fueron cobradas mediante transferencias bancarias Swift FAAS211705994100, FAAS211705998400, FAAS212206114400 yFAAS211706003900, siendo la factura proforma N° 0014/22-TA pendiente de cobro y recepción de Swift.

En los documentos arrimados a la Fiscalía, mucho antes de la denuncia del viernes pasado realizada por Aduanas, Seprelad y Anticorrupción, se puede apreciar en el cuadro la exportación aérea de fecha 12/05/2022 con Factura de Exportación No.001-002-0000640, Despacho aduanero NO.22013EC010000SP por un total de 7.086 cajas por valor de USS.777.444,00 a TABACOS USA INC, y consignada a TABACAL FREE ZONE NV.

Tabesa también remitió al Ministerio Público el detalle de los swifs cobrados por la totalidad de la proformas mencionadas más la que corresponde a la proforma 005/22-TA, estas incluyen el embarque aéreo así como los demás embarques realizados vía marítima. El valor total de lo cobrado se corresponde exactamente con el valor total facturado en las proformas.

Esta es la hoja de despacho utilizada por las autoridades de Aruba , donde Tabesa ni tiene nada que ver, pero las autoridades paraguayas presentan como que en la misma se consigna el pago en efectivo por las mercaderías cuando que en realidad se refiere al pago en efectivo por los impuestos de despacho que en este caso tampoco se pagan porque es una zona franca.

SOBRE LA SUPUESTA DIFERENCIA DE US$ 400 MIL

Las autoridades de Aduanas, Seprelad y Anticorrupción supuestamente están investigando cuatro transferencias bancarias internacionales recibidas por Tabacalera del Este S.A. a través de cuentas en el Banco Nacional de Fomento (BNF).

“Se dieron es esta operación cuatro transferencias bancarias, con montos distintos de la suma de estos montos resulta un total de específicamente US$ 1.202.045”, había declarado Federico Hetter, ministro Anticorrupción.

Estas afirmaciones confirman, por un lado el desconocimiento de las operaciones realizadas o la mala fe por parte del gobierno en contra de la empresa paraguaya. En realidad desde marzo, abril y mayo no se recibieron solo US$ 1.202.045 como dice erróneamente el ministro Hetter, sino US$ 1.975.378 por diferentes pagos por otras cargas que fueron realizadas vía marítima, mientras que el pago realizado por la carga enviada vía aérea se recibió exactamente lo que consigna en la factura 640 US$ 777.444.

Las autoridades que hicieron la conferencia de prensa el viernes pasado pudieron haberse evitado este bochorno si solicitaban el informe correspondiente al BNF o si recurrían a la fuente, es decir, a Tabacalera del Este S.A.

Este es el resumen de las transferencias que recibió Tabesa de su cliente Tabacos Usa por la venta de cigarrillos a la empresa Tabacal. Son varias transferencias por distintos envíos que fueron marítimo y aéreo, pero desde el gobierno quieren confundir al decir que las transferencias fueron mayores al consignado en la factura por el envío aéreo.

TAMPOCO HUBO PAGO EN EFECTIVO

Otra de las mentiras presentadas por las autoridades del gobierno es que supuestamente los pagos por la venta de cigarrillos a Aruba se realizaron en efectivo. En la hoja de despacho de ingreso del producto a Aruba que exhibieron las autoridades en una parte se lee (Contant) que en la traducción es (efectivo) pero se refiere no al pago en efectivo por las mercaderías, sino por los impuestos del despacho que en este caso no se pagó absolutamente nada porque se operó en una zona franca.

René Fernández, ministro de la Seprelad, Julio Fernández, director de Aduanas y Federico Hetter, ministro Anticorrupción, en la conferencia del prensa del viernes.

Esta es otra confirmación del desconocimiento o mala fe del ministro de la Seprelad, René Fernández, quien insistió en que los pagos se realizaron en efectivo.

Jueza se constituye en vivienda disputada entre una madre soltera y su exsuegra

La jueza de Paz Liz Lobo se constituyó este martes en la vivienda ubicada en el asentamiento Santa Lucía de Coronel Oviedo, por la cual se disputan una madre soltera con dos hijos y su exsuegra, quien en un principio había regalado la casa a la mujer, pero ahora intenta dejarla en la calle.

La constitución de la jueza de Paz fue a modo de constatar el estado de la ocupación de la vivienda, tras la denuncia hecha por Feliciana Sosa Mendoza contra su exsuegra, Ursulina de Franco, quien acompañada de al menos 12 personas se instaló en el lugar con intenciones de sacarla a la fuerza de la casa.

En declaraciones al canal GEN de Nación Media, la jueza se reservó en señalar sobre la titularidad de la vivienda, sin embargo aplicó una medida cautelar.

“La cuestión referente a quién debe habitar la vivienda, no es algo que pueda resolver yo. Lo que puede resolver un juez de Paz es si se puede mantener o no una exclusión, que implicaría de cierta manera que uno de ellos no viva en la casa”, explicó.

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Sostuvo que su tarea fue recabar todo lo necesario para una decisión final. Por otra parte, señaló que el hecho de que la expareja de la denunciante, Milciades Ramírez, haya sido su compañero en la universidad, no es un motivo de excusación.

EL CASO

“Cuando era la novia del hijo de la señora (expareja, Milciades Ramírez). Yo estaba embarazada y me dijo que no iba a usar la casa y que se iba a quedar para mí y mi nieto. Después yo me separé de su hijo y él salió de la casa. Ahí empezaron los problemas”, comentó Feliciana Sosa Mendoza, sobre la disputa por una vivienda ubicada en el asentamiento Santa Lucía de Coronel Oviedo, por el cual había abonado la suma de casi G. 5 millones a su exsuegra.

La mujer señaló que reside en la vivienda hace más de 11 años con sus dos hijos, el mayor que había tenido con su expareja y una niña de 5 años con trastorno del espectro autista, ya de otro padre.

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Al respecto, la denunciante indicó que desde hace 3 o 4 meses, su exsuegra (Ursulina de Franco) viene amenazando con quitarle la casa, a través de maltratos verbales y recurrieron a integrantes de su familia para amedrentarla.

La mujer incluso obtuvo una orden de restricción contra la señora, pero la misma fue revocada. Apenas salida la resolución, la exsuegra junto a otras 12 personas se instaló en la vivienda en disputa desde hace dos semanas.

Advierten nuevo ingreso de sistema de tormentas para Asunción y gran parte del país

La Dirección de Meteorología emitió este martes un boletín en el que se alerta el ingreso de un nuevo sistema de tormentas que afectará a gran parte del país.

El sistema de tormentas está previsto para el centro, sur y este de la Región Oriental, mientras que en la Región Occidental, afectará a la zona sur.

Para los departamentos de Ñeembucú, Misiones, suroeste de Itapúa, sur de Paraguarí, se prevén tormentas ya desde la mañana y hasta la tarde del miércoles.

En cuanto a Asunción, Central, centro y oeste de Itapúa, Caazapá, centro y norte de Paraguarí, Guairá, centro y sur de Pdte. Hayes, las tormentas se darán desde la tarde del miércoles y hasta la mañana del jueves.

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En Cordillera, centro y oeste Caaguazú, este de Itapúa, sur de Alto Paraná, sur y oeste de San Pedro, desde la tarde del miércoles y hasta la tarde del jueves.

Se esperan lluvias con acumulados de entre 40 y 110 mm, con ráfagas de viento en torno o superiores a 100 km/h.

También se prevé la caída de granizos en forma puntual.

Papá moroso condenado a 2 años, desde ahora deberá estar inscripto en el Redam

El hombre recibió la condena de 2 años, con suspensión a la ejecución, por el plazo de 5 años en los que deberá pagar la suma de G. 400.000 mensuales. Inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) no podrá realizar escrituras públicas.

Fue hallado culpable por incumplir el deber legal alimentario en favor de su hija menor. Ahora deberá pagar la suma adeudada por 50 meses.

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El hombre estaba obligado a depositar la suma de G 506.040 en la cuenta Judicial habilitada en el Banco Nacional de Fomento; lo que ocasionó que su hija viva en forma precaria y con muchas limitaciones en el ámbito económico, educativo y de salud, según argumenta el Ministerio Público.

De ahora en más, deberá estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, lo cual le impedirá realizar ningún trámite de bienes registrables, tampoco renovar su licencia de conducir.

Cabe recordar que, desde el 22 de abril pasado los deudores de prestación alimentaria ya no pueden registrar compraventas de terrenos, vehículos y otro tipo de propiedades, según la nueva medida de control establecida por la Corte Suprema de Justicia a través de la Dirección General de los Registros Públicos.

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